Secretaría General

Datos Relevantes de la Sesión

1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Septiembre 05, 2002.

12. MINUTAS

11. ELECCIÓN DE LA MESA DIRECTIVA PARA EL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA LVIII LEGISLATUARA

IV. ASUNTOS NO ABORDADOS

No.

Contenido

Turno o Trámite

1

Con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 17 bis, a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; se reforma el artículo 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y el artículo 28 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada en el Senado de la República, en la Sesión del 25 de septiembre de 2001, por los Senadores Jorge Emilio González Martínez, Verónica Velasco Rodríguez, Sara Isabel Castellanos Cortés y Gloria Bertha Lavara Mejía del Grupo Parlamentario del PVEM.

2. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores, en la Sesión del 30 de abril de 2002, por 83 votos en pro y 0 en contra.

Materia: Administrativa/Ambiental.

Propuesta:

Impulsar reformas en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios de sistemas de manejo ambiental, a efecto de señalar que:

1. La Administración Pública Federal, el Poder Legislativo Federal y el Poder Judicial de la Federación, expedirán los manuales de sistemas de manejo ambiental, que tendrán por objeto la optimización de los recursos materiales que se emplean para el desarrollo de sus actividades, con el fin de reducir costos financieros y ambientales.

2. Las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, fínanciamiento, oportunidad, eficiencia energética, el uso responsable del agua y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con lo que establece la presente Ley.

Se turnó a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Desarrollo Social.

2

Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Sen. Antonio García Torres (PRI),en Sesión de la Comisión Permanente el 14 de febrero de 2001, turnándose a la Cámara de Senadores para su estudio y dictamen.

2. Dictamen aprobado en la Cámara de Senadores, en la Sesión del 30 de abril de 2002, por 92 votos en pro y 0 en contra.

Materia: Protección de Datos Personales.

Propuesta:

Expedir la Ley Federal de Protección de Datos Personales, de conformidad con las siguientes bases:

1. Se crea esta Ley con el objeto de "asegurar que el tratamiento de datos personales se realice con respeto a las garantías de las personas físicas".

2. Se aplica esta Ley "a los datos de carácter personal que figuren en archivos, registros, bancos o bases de datos de personas físicas, y a todo posterior, incluso no automatizado, de datos de carácter personal registrados en soporte físico susceptible de tratamiento automatizado."

3. Con relación al órgano facultado para la protección de datos personales, se señala que "el Instituto encargado de controlar, organizar, estructurar, evaluar y vigilar la protección de los datos personales, que se encuentran en los bancos de datos, archivos o registros; así como a los responsables de los mismos, regulados por esta Ley, será el que disponga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública."

4. Se establecen como sanciones por infracciones a la presente Ley las siguientes: apercibimiento; suspensión de operaciones; multa hasta por el equivalente de 1 a 100 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de comisión de la infracción; y clausura o cancelación del archivo, registro o banco de datos.

5. Se crea la figura de "acción de protección de los datos personales o de habeas data", que procede "para conocer los datos personales almacenados en archivos, registros o bancos de datos públicos o privados destinados a proporcionar informes, y de la finalidad de aquellos; y en los casos en que se presuma la falsedad, inexactitud, desactualización, omisión, total o parcial, o ilicitud de la información de que se trata, para exigir su rectificación, actualización, inclusión, complementación, reserva, suspensión o cancelación."

Se turnó a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

11. ELECCIÓN DE LA MESA DIRECTIVA PARA EL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA LVIII LEGISLATUARA

IV. ASUNTOS NO ABORDADOS

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