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Datos Relevantes de la Sesión |
1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Septiembre 24, 2002. |
4. ACUERDO DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA
No.
Contenido
Turno o Trámite
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Acuerdo de integración de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados (propuesta original de la Junta de Coordinación Política).
De conformidad con los artículos 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Junta de Coordinación Política cuenta con la facultad y obligación de proponer al Pleno de esta Cámara de Diputados, la integración de la Sección Instructora que tendrá competencia conforme a los ordenamientos legales citados, para intervenir en los procedimientos de Juicio Político y Declaración de Procedencia, previstos en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En tal virtud, la Junta de Coordinación Política, procede a formular el siguiente acuerdo de integración de la Sección Instructora de la Honorable Cámara de Diputados bajo los siguientes:
Considerandos:
Primero.- Con fundamento en el Artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Junta de Coordinación Política, propuso al Pleno de esta Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la integración de la Comisión Jurisdiccional, conformada por 16 miembros de la siguiente manera:
Mesa Directiva:
Presidente: Dip. Arturo Hérviz Reyes (PRD)
Secretario: Dip. Eduardo Andrade Sánchez (PRI)
Secretario: Dip. Jorge Carlos Ramírez Marín (PRI)
Secretario: José Francisco Blake Mora (PAN)
Secretario: José Tomás Lozano Pardinas (PAN)
Integrantes:
Dip. Francisco Agundis Arias (PVEM)
Dip. Cuauhtémoc Cardona Benavides (PAN)
Dip. Fernando Díaz de la Vega (PRI)
Dip. J. Jesús López Sandoval (PAN)
Dip. Ricardo Moreno Bastida (PRD)
Dip. Raúl Gracia Guzmán (PAN)
Dip. Salvador Rocha Díaz (PRI)
Dip. José Elías Romero Apis (PRI)
Dip. Felipe Solís Acero (PRI)
Dip. José Sergio Rodolfo Vaca Betancourt Bretón (PAN)
Dip. Roberto Zavala Echavarría (PRI)
Segundo.- Con fundamento en los artículos 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a esta Junta de Coordinación Política le corresponde proponer al Pleno de esta Cámara de Diputados de entre los integrantes de la Comisión Jurisdiccional, a quienes habrán de conformar la Sección Instructora de este órgano legislativo, para intervenir en los procedimientos a que se refiere la Ley Reglamentaria del Título Cuarto constitucional.
Tercero.- Esta Junta de Coordinación Política acuerda proponer la conformación de la Sección Instructora de esta Cámara de Diputados a efecto que de que desarrolle la parte respectiva del procedimiento de Juicio Político y que intervenga en el procedimiento de Declaración de Procedencia, ambos previstos en el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conformada por cuatro diputados propietarios integrantes de la Comisión Jurisdiccional, de la siguiente manera:
Presidente: Diputado Ricardo Moreno Bastida (PRD)
Secretario: Diputado José Francisco Blake Mora (PAN)
Integrante: Diputado Cuauhtémoc Cardona Benavides (PAN)
Integrante: Espacio en blanco, sin nombre.
Cuarto.- en términos del artículo 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, por cada integrante de la Sección Instructora se designará un Suplente que sólo podrá asumir sus funciones en caso de ausencia temporal o definitiva de quien se trate, sin necesidad de acuerdo o aprobación por parte de algún órgano o Comisión de la Cámara, los que son, respectivamente:
Diputado Arturo Hérviz Reyes (PRD)
Diputado José Tomás Lozano Pardinas (PAN)
Diputado J. Jesús López Sandoval (PAN)
Espacio en blanco, sin nombre.
Quinto.- Una vez que el Pleno de esta Cámara haya aprobado el presente acuerdo, la Sección Instructora para los procedimientos de Juicio Político y Declaración de Procedencia se instalarán en el lugar que les sea asignado y se les proveerá de los recursos materiales y humanos necesarios para el desarrollo de sus funciones.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, esta Junta de Coordinación resuelve el siguiente acuerdo:
Único. Sométase a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión los puntos primero al quinto de las consideraciones descritas, como si se insertaran a la letra del presente texto.
a) La Presidenta de la Mesa Directiva informó que, en virtud del momento procesal en que se encontraba el punto de acuerdo en la Sesión anterior (concluida por falta de Quórum) y dado que en la misma habían intervenido 6 diputados en contra y 6 diputados en pro, se consultaría si el asunto se encontraba suficientemente discutido y se procedería de inmediato a su votación.
b) En votación económica se consideró suficientemente discutido.
c) Aprobado en votación nominal por 263 votos en pro, 190 en contra y 1 abstención.
d) Se instruyó comunicarse las autoridades correspondientes.
Con relación a la integración de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados (propuesta complementaria de la Junta de Coordinación Política).
Resolutivo Único:
El cuarto integrante de la Sección Instructora será el Diputado Eduardo Andrade Sánchez (PRI) y su Suplente el Diputado Roberto Zavala Echavarría (PRI).
Escrito de protesta de la Coordinación del Grupo Parlamentario del PRI:
"Diputada (Beatriz Paredes Rangel) Presidenta:
Para el efecto de que la propuesta de la integración de la Sección Instructora colme los extremos del artículo 11 de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en el sentido de que la misma debe quedar formada por cuatro miembros de la Comisión Jurisdiccional y ratificando la ilegalidad de la propuesta hecha por la Junta de Coordinación Política, la cual carece de facultades y competencia para ese efecto, según ya hemos alegado y probaremos jurídicamente en el debate que sigue, el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional propone ad cautelam y bajo protesta a un miembro propietario y un suplente en dicha Sección Instructora, los cuales son:
Propietario: Diputado Eduardo Andrade Sánchez.
Suplente: Diputado Roberto Zavala Echavarría
Con esta propuesta dejamos en claro que el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional no apuesta al obstruccionismo ni a impedir la aplicación de las leyes hasta sus últimas consecuencias, pero ello no implica la aceptación de las muestras de ilegalidad, parcialidad y falta de objetividad de quienes proponen un acuerdo a todas luces improcedente."
Observaciones: Los oficios del acuerdo original, del acuerdo complementario y del escrito de protesta, fueron remitidos tal y como se presentaron en la Sesión del 19 de septiembre de 2002.