Secretaría General

Datos Relevantes de la Sesión

1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Septiembre 10, 2002.

10. INICIATIVAS

9. MINUTA 11. EXCITATIVAS

No.

Iniciativa

Origen

Turno o Trámite

Materia

Propuesta

1

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal.

Diputado

Víctor Emanuel Díaz Palacios

(PRI)

Se turnó a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Fortalecimiento del Federalismo.

Coordinación
Fiscal/ Participaciones Federales-Agua

Incorporar una nueva fórmula para la distribución del 1% de la Recaudación Federal Participable, con el propósito de garantizar el crecimiento de la infraestructura hidráulica para la dotación permanente del servicio de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales en toda la Nación.

2

Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.

Diputado

Herbert Taylor Arthur

(PAN)

Se turnó a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Fomento Cooperativo y Economía Social.

Financiera/Ahorro y Crédito Popular

Promover reformas en materia del régimen financiero de las Entidades de Ahorro y Crédito Popular, con el fin de:

1. Excluir de los requisitos exigidos por la Ley de Ahorro y Crédito Popular a los grupos de personas físicas que tengan por objeto exclusivamente la captación de recursos de sus integrantes para su colocación entre éstos.

2. Establecer que el número mínimo de socios para las Entidades con nivel de operaciones I será de doscientos individuos y de trescientos para las Entidades con nivel de operaciones II a IV.

3. Derogar la figura de la "Auditoría Legal" a las Entidades de Ahorro y Crédito Popular.

4. Incluir dentro de las operaciones que podrán realizar las Entidades de Ahorro y Crédito Popular a los depósitos retirables con previo aviso y al otorgamiento de préstamos de liquidez a aquéllas Entidades que sin ser afiliadas tengan celebrado un contrato de supervisión auxiliar con la Federación.

5. Reafirmar la participación del público en general en las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

6. Crear procesos claros de transformación para aquellas Sociedades de Ahorro y Préstamo y Uniones de Crédito que pretendan ser autorizadas para operar como Entidades de Ahorro y Crédito Popular.

3

Con proyecto de decreto que reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputados

Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta y Lorenso Rafael Hernández Estrada

del Grupo Parlamentario del PRD

Sin intervención en Tribuna.

     a) Se turnó a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en la Gaceta Parlamentaria.

Cámara de Diputados/Elección
de la Mesa Directiva

Sustituir la actual figura de mayoría calificada requerida para la elección y remoción de los integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, por la figura de "mayoría absoluta", a efecto de señalar que:

"Toda elección de integrantes de la Mesa se realizará mediante el voto de la mayoría absoluta de los diputados presentes en el Pleno."

4

Con proyecto de decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputada

Rosa Delia Cota Montaño

(PT)

     a) Se turnó a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

     b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates.

Cámara de Diputados/ Mesa Directiva y Junta de Coordinación Política

Reformar diversas disposiciones relativas a la integración de la Mesa Directiva y la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, para señalar que:

     1. La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados será electa por el Pleno, se integrará con un Presiente, tanto Vicepresidentes y Secretarios como grupos parlamentarios haya en la Cámara, durará en sus funciones un año y podrán ser reelectos.

     2. La Cámara elegirá a los integrantes de la Mesa Directiva por mayoría absoluta de los diputados presentes en el Pleno y aquellos sólo podrán ser removidos por la misma mayoría.

     3. La Presidencia de la Junta de Coordinación Política será rotativa entre los coordinadores de los grupos parlamentarios por el tiempo que resulte dividir los tres años de Legislatura entre el número de grupos parlamentarios existentes en la Cámara.

5

Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fortalecimiento de la Educación Pública Superior en México.

Diputado

Óscar Alfonso del Real Muñoz

(PRI)

A nombre de diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios.

Se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Educación Pública y Servicios Educativos.

Constitucional/

Educativa

 

Adicionar el artículo 3º constitucional, en materia de financiamiento a las instituciones de educación pública superior, para quedar como sigue:

"Artículo 3º .-

...

Fracción IX. El financiamiento del Estado orientado a las instituciones de educación superior públicas y autónomas comprendidas en el presente ordenamiento, será siempre suficiente para el adecuado cumplimiento de sus funciones, objetivos y tareas y nunca podrá ser menor al del ejercicio anual previo.

Los recursos correspondientes estarán resguardados y podrán ser acrecentados por un Consejo Nacional para la Educación Superior y Universitaria, en el que intervengan las instituciones, la ciudadanía y el Poder Legislativo. Sus funciones serán la definición, contraloría, planeación, ejecución, seguimiento y evaluación del financiamiento público para la buena realización de las metas propuestas."

6

Con proyecto de decreto que adiciona la fracción XX del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de excluir de los tratados de libre comercio el capítulo agropecuario o igualar en subsidios y apoyos directos a los productores nacionales en relación con los productores de Estados Unidos y Canadá.

Diputado

Tomás Torres Mercado

(PRD)

Se turnó a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Desarrollo Rural.

Constitucional/
Agropecuaria

 

Excluir a la actividad agropecuaria de los tratados de libre comercio binacional o multilateral, de conformidad con la siguiente reforma:

"Artículo 27.

Fracción XX. El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica, excluyéndola de cualquier acuerdo o tratado de libre comercio binacional o multinacional, que se celebren o se hayan celebrado, a no ser que los subsidios que se otorguen a los productores agropecuarios de México, sean iguales o superiores a los que brindan a los productores de los Estados extranjeros con quienes se celebren dichos acuerdos o tratados. En este caso, la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como las demás disposiciones legales relacionadas, contemplarán los recursos fiscales necesarios. Serán nulos de pleno derecho los acuerdos o tratados que contravengan la presente norma".

7

Con proyecto de decreto que propone derogar el Titulo IV, Capítulo IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para otorgar a los ayuntamientos la facultad de gravar sobre los ingresos por enajenación de bienes inmuebles.

Diputado

Ney González Sánchez

(PRI)

Nota: El diputado promovente presentó un escrito de opción por el que informó de su decisión para optar por el cargo de Presidente Municipal de Tepic, Nayarit, cuya Toma de Posesión realizará el 17 de septiembre de 2002.

a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

b) El escrito de opción se turnó la Mesa Directiva para su desahogo.

Fiscal/ISR-
Facultades de los
Ayuntamientos

 

Otorgar a los ayuntamientos del país, la facultad de gravar sobre los ingresos por enajenación de bienes inmuebles dentro de su territorio, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

8

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Diputado

Alfredo Hernández Raigosa

(PRD)

a) Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

b) Se instruyó su publicación íntegra en la Gaceta Parlamentaria.

Constitucional/

Facultades del Congreso-Tarifas Eléctricas

Adicionar una fracción XXXI al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de otorgar al Congreso de la Unión la facultad para "aprobar las tarifas de uso habitacional por consumo de energía eléctrica".

9

Con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Diputada

Adela del Carmen Graniel Campos

(PRD)

A nombre de los grupos parlamentarios del PRD y PT.

a) Se turnó a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Gobernación y Seguridad Pública.

b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Presupuestal/

Ex-Servidores Públicos

 

Proponer prohibiciones con relación a las erogaciones federales para servidores públicos que dejen de desempeñar su cargo, estableciendo que:

1. "El gasto público federal no incluirá erogaciones por concepto de pago o previsión a servidores públicos que dejen de desempeñar su empleo, cargo o comisión."

2. "Los servidores públicos que hayan desempeñado el cargo de Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos no podrán disponer de empleados de la Federación para el desarrollo de sus actividades personales."

3. "Asimismo, deberán abstenerse de aprovechar la posición de su anterior empleo para autorizar la adquisición de seguros de vida y seguros de gastos médicos mayores en beneficio de él, su cónyuge o parientes consanguíneos con cargo al Erario Federal.

10

Con proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley General de Bienes Nacionales.

Diputada

Bertha Alicia Simental García

(PSN)

a) Se turnó a la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública.

b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.

Bienes Nacionales/

Rescate Financiero

 

Adicionar un último párrafo al artículo 26 de la Ley General de Bienes Nacionales, en materia de facultades del Gobierno Federal en los procesos de rescate financiero, para quedar de la siguiente manera:

"Independientemente del proceso de rescate establecido, quedarán a salvo los derechos del Gobierno Federal de fincar responsabilidad al concesionario para el caso de que el rescate hubiere sido necesario por mala administración o imprudencia, malos manejos, corrupción, desvío de fondos, o cualquier otra irregularidad causada por el mismo concesionario."

9. MINUTA 11. EXCITATIVAS

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