Secretaría General |
Datos Relevantes de la Sesión |
1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Diciembre 09, 2002. |
13. INICIATIVAS
No.
Iniciativa
Origen
Turno o Trámite
Materia
Propuesta
1
Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en materia de agua potable.
(Establecer la tasa del 0% del IVA al suministro de agua potable para los usuarios del servicio doméstico).
Senadora
Martha Sofía Tamayo Morales
(PRI)
Iniciativa presentada en el Senado de la República el 5 de diciembre de 2002.
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Fiscal-IVA/
Agua Potable
Establecer la tasa del 0% del Impuesto al Valor Agregado a la prestación o suministro de agua para los usuarios del servicio doméstico.
2
Con proyecto de decreto que modifica la denominación y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.
(Otorgar facultades tributarias adicionales a las entidades federativas y municipios).
Senador
Genaro Borrego Estrada
(PRI)Iniciativa presentada en el Senado de la República el 5 de diciembre de 2002.
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Coordinación Fiscal/
Federalismo Hacendario
Otorgar facultades tributarias adicionales a las entidades federativas y municipios, con los siguientes propósitos:
1. Modificar la denominación de Ley de Coordinación Fiscal por Ley de Coordinación Hacendaria.
2. Formular un indicador mas estable y generalizado que refleje la participación de cada entidad federativa en el Fondo General de Participaciones.
3. Incluir el impuesto predial y los derechos de agua en los conceptos asignables para el cálculo del Fondo de Fomento Municipal.
4. Delegar facultades a los estados en materia de bebidas alcohólicas, cerveza y tabacos labrados, y en materia de recaudación del ISR, tratándose de pequeños contribuyentes.
5. Permitir que los municipios celebren convenios con la Federación, en materia de administración de ingresos federales, previa autorización expresa de la Legislatura Local.
6. Incorporar en la Ley, el Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), como un octavo Fondo de Aportaciones Federales.
7. Modificar la fórmula de distribución para los recursos excedentes del Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal y del Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud.
8. Otorgar a las Legislaturas de las entidades federativas la facultad de determinar la fórmula de distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal entre los Municipios.
3
Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
(Actualizar la normatividad de protección al consumidor, en materia de seguridad, calidad de los productos y acciones de información, verificación y vigilancia).
Ejecutivo Federal
Se turnó a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial.
Comercial/
Profeco
Actualizar la normatividad de protección al consumidor, en materia de seguridad, calidad de los productos y acciones de información, verificación y vigilancia, a efecto de:
1. Ampliar la protección al consumidor intermedio.
2. Facultar a la Profeco para conocer de servicios de naturaleza mercantil.
3. Prever medidas de protección de datos confidenciales que un consumidor entregue al proveedor.
4. Facultar a la Profeco para emplear medidas precautorias como la inmovilización de bienes y transportes, colocación de sellos de advertencia y la suspensión de publicidad y comercialización de bienes y servicios, así como para ordenar que se informe a los consumidores la forma en que serán retribuidos o compensados cuando resulten afectados.
5. Establecer como tasa de indemnización mínima un 20% en los casos en que los consumidores hayan resultado con daños y perjuicios.
6. Contemplar el registro forzoso de contratos relacionados con actos inmobiliarios y de autofinanciamiento.
7. Reforzar las figuras de bonificación o compensación.
8. Transparentar las actuaciones de la Profeco al realizar las diligencias de verificación y vigilancia.
9. Incrementar el monto de las multas y precisar los casos en los que procede la clausura como sanción por causas particularmente graves.