Secretaría General |
Datos Relevantes de la Sesión |
1er. Período Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio de la LVIII Legislatura, Diciembre 05, 2002. |
4. INICIATIVAS
No.
Iniciativa
Origen
Turno o Trámite
Materia
Propuesta
1
Con proyecto de decreto por el que se derogan los artículos 16, 17, 20, 21 y 22 de la Ley Sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de abril de 1961 y el artículo tercero transitorio de la Ley Sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas, publica en el mismo medio informativo el 15 de julio de 1991, y se ordena la Extinción por Liquidación del Organismo Público Descentralizado denominado Productora Nacional de Semillas.
(Extinguir por liquidación el Organismo Público Descentralizado denominado Productora Nacional de Semillas).
Ejecutivo Federal
Se turnó a la Comisión de Agricultura y Ganadería.
Administrativa/
Productora Nacional de Semillas
Extinguir por liquidación el Organismo Público Descentralizado denominado Productora Nacional de Semillas:
1. Se faculta a la Sagarpa para fijar las bases para que el proceso de extinción se lleve a cabo de manera oportuna, transparente y con apego a las disposiciones jurídicas aplicables.
2. Se señala que los recursos obtenidos se destinarán, por orden: a los gastos del proceso extinción; a restituir a la Sagarpa los apoyos prestados para la preparación de la liquidación y ejecución; a reintegrar al Fondo para el Programa de Retiro Voluntario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los apoyos destinados a ese objeto; y a transferir los remanentes a la Tesorería de la Federación.
2
Con proyecto de Decreto que Restrinja la Importación de Carne y Leche hasta en tanto se Establezca una Nueva Fecha para la Apertura Total de la Fronteras en este Sector, de acuerdo al Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
(Restringir la importación de carne y leche, hasta en tanto se establezca una nueva fecha para la apertura comercial en el Sector Agropecuario en el marco del TLCAN).
Diputado
Jaime Mantecón Rojo
(PRI)
Se turnó a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con opinión de la Comisión Especial de Ganadería.
Agropecuaria/
TLCAN
Restringir la importación de carne y leche, hasta en tanto se establezca una nueva fecha para la apertura comercial en el Sector Agropecuario en el marco del TLCAN:
1. Prohíbe la importación de carne y leche al interior de los Estados Unidos Mexicanos, cualquiera que sea su origen.
2. Exceptúa de esta prohibición, la carne importada de los Estados Unidos y de Canadá siempre que no provenga de ganado en pie y dicha importación se restrinja a una cantidad en kilos exactamente igual al peso de ganado en pie exportado por México a dichos países, respectivamente.
3. Señala que en ningún caso se permitirá la importación de carne proveniente de estos países que tenga más de treinta días de haber sido congelada.
3
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 260 de la Ley General de Salud, con relación a los responsables sanitarios en farmacias y boticas.
(Precisar quiénes pueden ser responsables sanitarios de las farmacias y boticas que expendan estupefacientes y psicotrópicos).
Diputado
Neftalí Salvador Escobedo Zoletto
(PAN)
a) Se turnó a la Comisión de Salud.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Salud/
Responsable Sanitario
Precisar quiénes pueden ser responsables sanitarios de las farmacias y boticas que expendan estupefacientes y psicotrópicos.
Se especifica en este sentido, que las farmacias y boticas únicamente requieren dar aviso de responsable para aquéllas que expendan medicamentos que contengan estupefacientes o sustancias psicotrópicas, aclarando que el responsable podrá ser un farmacéutico, químico farmacéutico, químico farmacéutico industrial, químico industrial, médico, así como cualquier profesional cuya carrera se encuentre relacionada con la farmacia.
4
Con proyecto de decreto mediante el cual se reforma la fracción II y se adicionan las fracciones III y IV del artículo 74; se reforma y adiciona un párrafo II al artículo 75; se adiciona una fracción VI al artículo 11; se adiciona una fracción V al artículo 133 y se adiciona una fracción X al artículo 168, todos de la Ley General de Salud.
(Implementar de manera gratuita, obligatoria y a nivel nacional, el modelo psiquiátrico "Hidalgo" de atención en salud mental).
Diputada
Julieta Prieto Fuhrken
(PVEM)
a) Se turnó a la Comisión de Salud.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Salud/
Modelo Hidalgo de Salud MentalLegislar en materia de salud mental, a efecto de:
1. Implementar de manera gratuita, obligatoria y a nivel nacional, el modelo psiquiátrico "Hidalgo" de atención en salud mental, creado el 21 de noviembre del 2000, y basado en la prevención, hospitalización y reintegración social del paciente.
2. Establecer programas comunitarios que favorezcan la reintegración social como parte fundamental de la atención de las enfermedades mentales, la promoción de la salud y la asistencia social.
5
Con proyecto de Ley General de Vivienda.
(Expedir la Ley Reglamentaria del párrafo quinto del articulo 4º constitucional, que regule los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda digna y decorosa).
Diputado
José Marcos Aguilar Moreno
(PAN)A nombre de diputados integrantes de la Comisión de Vivienda.
a) Se turnó a las comisiones de Vivienda y de Desarrollo Social.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Desarrollo Social/
Vivienda
Expedir la Ley que regule los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda digna y decorosa, de conformidad con los siguientes lineamientos:
1. Reglamenta el párrafo quinto del articulo 4º constitucional, relativo al derecho a la vivienda.
2. Establece las bases para la formulación, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, del Programa Sectorial de Vivienda, que integre Proyectos de Desarrollo Regional elaborados en coordinación con los estados y los municipios.
3. Crea la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, con autonomía técnica y facultades ejecutivas, encargado de instrumentar el Programa Sectorial de Vivienda.
4. Integra la Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda, por el Consejo Nacional de Vivienda, el Comisionado y un Comité Consultivo.
5. Integra el Consejo Nacional de Vivienda por titulares de 7 Secretaría de Estado y será presidido por el Presidente de la República, quien a su vez nombrará al Comisionado.
6
Con proyecto de Ley que crea la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
(Expedir el marco legal que regule la organización y funcionamiento del Consejo Federal y de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas).
Diputado
Vitálico Cándido Coheto Martínez
(PRI)A nombre propio y de los diputados Héctor Sánchez López (PRD) y José Feliciano Moo y Can (PRI).
a) Se turnó a las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Asuntos Indígenas.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Indígena/
Comisión Nacional de los Pueblos Indígenas
Expedir el marco legal que regule la organización y funcionamiento de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, de conformidad con las siguientes bases:
1. Abroga la Ley del Instituto Nacional Indigenista.
2. Crea el Consejo Federal para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, como órgano permanente de política y coordinación del Ejecutivo Federal en materia de desarrollo integral de los pueblos indígenas, con la participación de representantes de la Administración Pública Federal e integrantes de foros indígenas e instituciones académicas, y presidido por el Presidente de la República.
3. Instaura la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, como organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
7
Con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 25, 32, 33, 34, 35 del Capítulo Quinto de la Ley de Coordinación Fiscal.
(Transformar el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, en el Fondo para la Superación de la Pobreza).
Diputada
Adela del Carmen Graniel Campos
(PRD)a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Coordinación Fiscal/Fondo para la Superación de la Pobreza
Transformar el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), en el Fondo para la Superación de la Pobreza, contemplando una fórmula más equitativa y transparente para la transferencia de aportaciones federales a las entidades federativas.
8
Con proyecto de decreto que adiciona un artículo séptimo transitorio a la Ley Orgánica del Sistema Banrural.
(Auditar el ejercicio fiscal 2001-2002 de Banrural, a través de la Auditoría Superior de la Federación).
Diputada
Petra Santos Ortiz
(PRD)Con adhesión del Dip. José Manuel del Río Virgen (CDPPN).
a) Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Financiera/
Banrural
Auditar a Banrural, a través de la Auditoría Superior de la Federación, adicionando un artículo séptimo transitorio, para quedar como sigue:
"El Banco Nacional de Crédito Rural, Sociedad Nacional de Crédito, deberá ser auditado en el Ejercicio Fiscal 2001-2002 a través del Órgano de Fiscalización del Poder Legislativo".