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CUADRO COMPARATIVO DEL TEXTO VIGENTE YDEL TEXTO QUE SE PROPONE
INICIATIVA DEL DIP. RICARDO GARCÍA CERVANTES(PAN)
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 92.
La conducción de las actividades de las estaciones de radio del Congreso de la Unión o de las Cámaras, según sea el caso, corresponde a la Coordinación de Comunicación Social bajo la supervisión del Consejo Consultivo de Comunicación Social y de la Presidencia de cada uno de ellos
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