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CUADRO COMPARATIVO DEL TEXTO VIGENTE YDEL TEXTO QUE SE PROPONE
INICIATIVA DEL DIP. RICARDO GARCÍA CERVANTES(PAN)
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 81.
Las sesiones de la Comisión Permanente tendrán lugar por lo menos una vez por semana en los días y a las horas que el Presidente de la misma indique formalmente, iniciándose a las 10 horas y debiendo concluir, a más tardar, a las 14 horas salvo que, a propuesta del Presidente, el Pleno apruebe su prolongación para el desahogo del orden del día de la sesión.
Artículo 121.
1. Las sesiones de la Comisión Permanente tendrán lugar una vez por semana en los días y a las horas que el Presidente de la misma indique formalmente. Si hubiere necesidad de celebrar algunas otras sesiones fuera de los días estipulados, se llevarán a cabo previa convocatoria por parte del Presidente.
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