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DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

CUADRO COMPARATIVO DEL TEXTO VIGENTE Y

DEL TEXTO QUE SE PROPONE


INICIATIVA DEL DIP. RICARDO GARCÍA CERVANTES

(PAN)

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 157.

Para calificar los casos en que los asuntos son de urgente y obvia resolución, se requieren las dos terceras partes de los votos presentes, de conformidad con los artículos 114 y 115 de esta Ley.

Artículo 159.

Para calificar los casos en que los asuntos son de urgente u obvia resolución, se requieren las dos terceras partes de los votos presentes, de conformidad con los artículos 50 y 60 de este Reglamento.

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