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DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

CUADRO COMPARATIVO DEL TEXTO VIGENTE Y

DEL TEXTO QUE SE PROPONE


INICIATIVA DEL DIP. RICARDO GARCÍA CERVANTES

(PAN)

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

CAPITULO CUARTO

De La revisión de los proyectos de Ley

Artículo 144.

Las Cámaras procederán en la revisión de los proyectos de ley, de conformidad con lo que preceptua sobre la materia el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

De La revisión de los proyectos de Ley

Artículo 135.

Las Cámaras procederán en la revisión de los proyectos de ley, de conformidad con lo que preceptúa sobre la materia el artículo 72 de la Constitución.

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