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DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

CUADRO COMPARATIVO DEL TEXTO VIGENTE Y

DEL TEXTO QUE SE PROPONE


INICIATIVA DEL DIP. RICARDO GARCÍA CERVANTES

(PAN)

LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

Artículo 123.

Los miembros de la Cámara hablarán alternativamente en contra o en pro, llamándolos el Presidente por el orden de las listas, comenzando por el inscrito en contra. 

Estas intervenciones no podrán exceder de 10 minutos, cuando hayan hablado 4 oradores en contra y 4 en pro el Presidente consultará a la Asamblea si considera suficientemente discutido el tema, en caso afirmativo suspenderá la discusión y ordenará se proceda de inmediato a la votación; en caso negativo abrirá un nuevo turno de 2 oradores en pro y 2 en contra, al término del cual volverá a consultar a la Asamblea. Así procederá sucesivamente hasta que ésta, considere suficientemente discutido el tema para proceder a la votación.

Siempre que algún legislador de los que hayan pedido la palabra no estuviere presente en el salón cuando le toque hablar, se le colocará al final de su respectiva lista.

Artículo 98.

Los miembros de la Cámara hablarán alternativamente en contra o en pro, llamándolos el Presidente por el orden de las listas, comenzando por el inscrito en contra.

Artículo 115. Cuando hubieren hablado todos los individuos que puedan hacer uso de la palabra, el Presidente mandará preguntar si el asunto está o no suficientemente discutido. En el primer caso, se procederá inmediatamente a la votación; en el segundo, continuará la discusión; pero bastará que hable uno en pro y otro en contra, para que se pueda repetir la pregunta.

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