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CUADRO COMPARATIVO DEL TEXTO VIGENTE YDEL TEXTO QUE SE PROPONE
INICIATIVA DEL DIP. RICARDO GARCÍA CERVANTES(PAN)
LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Artículo 100.
En las sesiones se dará cuenta con los negocios en el orden siguiente:
I. Acta de la sesión anterior para su aprobación. Si ocurriese discusión sobre alguno de los puntos del acta, deberá informar la Secretaría y podrán hacer uso de la palabra dos legisladores en pro y dos en contra, después de lo cual se consultará la aprobación de la Cámara;
II. Comunicaciones de la otra Cámara, del Ejecutivo de la Unión, de la Suprema Corte de Justicia, de los Congresos de los Estados y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como de los Gobernadores y del Jefe de Gobierno del Distrito Federal;
III. Iniciativas del Ejecutivo, de las Legislaturas de los Estados, de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y de los legisladores de la Cámara de que se trate;
IV. Minutas de ley;
V. Comunicaciones de los particulares;
VI. Dictámenes legislativos y de proposiciones parlamentarias señalados para primera lectura;
VII. Dictámenes legislativos y de proposiciones parlamentarias señalados para discusión y aprobación; y
VIII. Agenda política.
Artículo 30.
En las sesiones se dará cuenta con los negocios en el orden siguiente:
I. Acta de la sesión anterior para su aprobación. Si ocurriese discusión sobre alguno de los puntos del acta, deberá informar la Secretaría y podrán hacer uso de la palabra dos individuos en pro y dos en contra, después de lo cual se consultará la aprobación de la Cámara;
II. Comunicaciones de la otra Cámara, del Ejecutivo de la Unión, de la Suprema Corte de Justicia, de las Legislaturas y de los Gobernadores;
III. Iniciativas del Ejecutivo, de las Legislaturas y de los individuos de la Cámara;
IV. Dictámenes que consulten proyectos de ley o decreto y que deben sufrir una lectura antes del día señalado para su discusión;
V. Memoriales de los particulares;
VI. Dictámenes señalados para discutirse, y
VII. Minutas de ley
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