Influidas
por los ideales liberales y aprovechando la situación de
España en 1808, tras la invasión napoleónica y la abdicación
del rey, algunas de las colonias trataron de definir su
situación política, al no reconocer la autoridad de José 1,
hermano de Napoléon, quien ocupaba el trono en lugar de
Fernando VII. En la Nueva España se designó una Junta
Suprema de México, con el virrey a la cabeza, lo cual
representó el primer paso para la emancipación política, sin
lograr tener éxito. Este intento por alcanzar la soberanía
dejó una profunda huella. Con el tiempo, nuevas
oportunidades se presentarían para manifestar el
descontento. |
El
documento emanado de ese ejercicio legislativo, fue la
Constitución de Cádiz, de 1812, cuya vigencia sería breve.
La vuelta al absolutismo, con el retorno de Fernando VII al
trono español, en 1814, implicó la cancelación temporal de
este esfuerzo liberal: abolió la Constitución, disolvió las
Cortes e inclusive se encarceló a diputados. Cádiz significó
sólo un aspecto del ansia de libertad que prevalecía en los
territorios hispanoamericanos. La Nueva España había elegido
otra vía para lograr las condiciones de igualdad. El 16 de
septiembre de 1810, encabezados por el cura Miguel Hidalgo,
los americanos despertaron a la lucha por la independencia;
fue entonces también cuando las posibilidades de una nueva
nación comenzarían a surgir. A lo largo de once años de
lucha se mostró el anhelo de liberación de los novohispanos.
No en vano, el caudillo Hidalgo había abolido la esclavitud
y posteriormente José María Morelos dictó la supresión de
las castas, el pago de gabelas, y la repartición de tierras
a los indios.
Después
de la muerte de los primeros caudillos, el movimiento se
encaminó hacia dos posiciones: la militar y la política. En
agosto de 1811, en Zitácuaro se constituyó la Junta Nacional
Americana, depositaria de la autoridad y encabezada por
Ignacio López Rayón, José Sixtos Verduzco y José María
Liceaga.
En 1813,
José María Morelos y Pavón consideró necesario crear un
cuerpo representativo, investido de autoridad y del que
emanara la voluntad nacional. En septiembre se iniciaron los
trabajos del Congreso de Chilpancingo; los representantes
designados a participar en este primer esfuerzo legislativo
nacional fueron letrados, eclesiásticos y abogados. Se
inauguró con un discurso leído por Morelos, los Sentimientos
de la Nación, en el que se expresaban las disposiciones de
orden político, económico y social que deberían considerarse
en la futura legislación nacional.
La
realización de este congreso puso de manifiesto la capacidad
de la nación para gobernarse a sí misma, para dictar sus
propias leyes. Entre los 23 puntos contemplados por Morelos
destacaron, por su trascendencia, la declaración de la
independencia; la preservación de la religión católica; el
ejercicio de la soberanía; la división de los Poderes en
Ejecutivo, Legislativo y Judicial; el otorgamiento de los
empleos para los americanos; la condena a los gobiernos
tiránicos; la capacidad del Congreso para hacer las leyes;
el ataque a los cuerpos privilegiados; la proscripción de la
esclavitud y la distinción de castas.
El 6 de
noviembre de 1813, por medio del Acta de Independencia de la
América Septentrional, dada en el Palacio Nacional de
Chilpancingo y firmada por Andrés Quintana Roo, Ignacio
Rayón, José Manuel de Herrera, Carlos María Bustamante, José
Sixto Verduzco, José María Liceaga y Cornelio Ortiz de
Zárate, se planteó formalmente la separación de España y la
posibilidad de los novohispanos de gobernarse a sí mismos.
Un año
más tarde, vio la luz el primer esbozo de constitución
mexicana, la de Apatzingán, que recibió el nombre del sitio
donde se sancionó el 22 de octubre de 1814. En él se
estableció que la América Mexicana era libre, que la
soberanía residía en el pueblo y su ejercicio en la
representación nacional, que eran mexicanos todos los
nacidos en América; que su religión única sería la católica,
apostólica y romana; que el Poder se dividiría en Ejecutivo,
Legislativo y Judicial. El legislativo estaría representado
en una sola Cámara de Diputados. Los ideales consagrados en
este documento consignaban ya la emancipación total de
España y otorgaban a los habitantes la libertad necesaria
para ilustrarse, trabajar y progresar sin restricción
alguna. De acuerdo con su contenido se llevó a cabo la
elección de tres miembros que debían ejercer el Poder
Ejecutivo, el cual recayó en un triunvirato formado por José
María Liceaga, José María Morelos y José María Cos.
A partir
de 1815 el movimiento independentista entró en una fase
diferente. Morelos fue hecho prisionero y fusilado; el
congreso cayó en un franco desorden, provocado por la
ambición de poder y los intereses particulares surgidos
entre sus dirigentes, y ningún caudillo, llegó a tener la
importancia de sus predecesores. Hacia 1816 la lucha
insurgente prácticamente había terminado. Para la autoridad
virreinal se cerró una etapa de la guerra a pesar de la
llegada del español Xavier Mina y las guerrillas emprendidas
por Guadalupe Victoria y Vicente Guerrero.
En 1820,
con la restauración de la Constitución liberal de Cádiz de
1812, se restableció la monarquía constitucional lo cual
trajo consigo nuevas restricciones al rey y redujo el poder
de la Iglesia, posibilitó la colonización extranjera en
territorios hispanoamericanos y liberalizó el comercio.
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Agustín
de Iturbide, del bando realista, fue considerado como el
personaje idóneo para acercarse al caudillo insurgente
Vicente Guerrero y plantear la emancipación como la vía
ideal para contrarrestar el constitucionalismo liberal
hispano. Iturbide y Guerrero se entrevistaron y acordaron,
en el Plan de Iguala, la independencia bajo la forma de un
gobierno monárquico constitucional .
Resuelta
la situación en la Nueva España había que tratar lo relativo
a la metrópoli. La llegada de Juan O'Donojú, capitán general
y jefe político superior, favoreció el entendimiento. Con
los Tratados de Córdoba se dio término a la guerra y, a la
vez, se permitió la subsistencia de la monarquía, al frente
de la cual estaría un miembro de la Casa Borbón, en la
otrora colonia española.
Los
Sentimientos de la Nación consigna las disposiciones de
orden político, económico y social que deberán considerarse
en la futura legislación. |