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Poder Legislativo Federal Estados Unidos Mexicanos 

Coordinación General de Comunicación Social
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión


La coordinación general de Comunicación Social de la Cámara de Diputados es la dependencia profesional y apartidista, encargada de informar sobre los acontecimientos que se produzcan en la misma, así como de atender y dar servicios a los informadores acreditados. 

(Artículo 11 del acuerdo para la difusión de la información.
Palacio Legislativo, 30 de octubre de 1998.- La Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, diputados:
Arturo Núñez Jiménez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presidente;
Porfirio Muñoz Ledo, coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática;
Carlos Medina Plascencia, coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional;
Jorge Emilio González Martínez, coordinador del grupoparlamentario del Partido Verde Ecologista de México
y Ricardo Cantú Garza, coordinador del grupo parlamentario del Partdo del Trabajo.)


*** ARCHIVO DE COMUNICACIÓN SOCIAL ***
Sala de Prensa
"Federico Barrera Fuentes"

Boletines de Prensa del Día .
Archivo de Boletines de Prensa (1998, 1999, 2000, 2001)
Monitoreo de Radio .
Archivo de Monitoreo de Radio (2001)
Archivo de Sesiones de la Legislatura (versiones estenográficas)
Archivo General de Informes de Gobierno (C. Ernest Zedillo 1994-2000, C. Vicente Fox 2000-2006)
Directorio Oficial de la Camára de Diputados .
Sistema Automático de Correo Electrónico .

La coordinación general de Comunicación Social tiene las siguientes funciones:
Artículo 13 del acuerdo para la difusión de la información.

I. Proporcionar a los informadores acreditados ante la Cámara, y en general a todos los medios, la información que se genere en la misma.

II. Informar sobre las iniciativas de ley o decreto, las propuestas que no constituyan iniciativas y que se reciban por la Cámara, así como sobre los proyectos de dictamen que sean discutidos y resueltos por el pleno.

III. Poner a disposición de los informadores las versiones estenográficas, la Gaceta Parlamentaria y el Diario de los Debates.

IV. Facilitar a los informadores acreditados en la Cámara los elementos para su mejor desempeño, conforme a las previsiones presupuestales de la misma.

V. Coadyuvar con los informadores a concertar entrevistas, exclusivas o de difusión general, con las diputadas y diputados.

VI. Acreditar a los representantes de los medios de información, dotarles de identificación de la Cámara y otorgarles las atenciones necesarias para el cumplimiento de su función.

VII. Divulgar entre las diputadas y diputados el compendio de noticias de los diversos medios relacionadas con las funciones de la Cámara.

VIII. Apoyar a las oficinas de Comunicación Social de los grupos parlamentarios de la Cámara.

IX. Realizar conforme a las instrucciones que reciba de la instancia competente de la Cámara, las aclaraciones pertienentes sobre informaciones publicadas por los medios de información del país y del extranjero.

X. Ordenar las publicaciones pagadas en los medios de información, cuidando que éstas señalen con total claridad la procedencia de la Cámara. No podrán ordenarse inserciones en prensa, radio y televisión en forma de gacetilla que no identifiquen a la Cámara como la responsable de la inserción. 

El acuerdo para la difusión de la información tiene como finalidad garantizar las actividades tendientes a difundir una información oportuna y objetiva sobre las actividades que realice la Cámara de Diputados, conforme a sus atribuciones constitucionales.

(Artículo 1o. Acuerdo para garantizar la difusión de la información de la Cámara de Diputados.
Aprobado en la sesión efectuada el día 3 de noviembre de 1998)


Honorable Congreso de la Unión
e-Congreso  ® 2002