Democracia Sindical

Tiene el uso de la palabra para presentar iniciativa de reformas a diversas disposiciones legales sobre la requisa, a nombre del grupo parlamentario del Partido del Trabajo el diputado Juan Carlos Regis Adame.

EL DIP. JUAN CARLOS REGIS ADAME: Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. Presente.

CIUDADANOS SECRETARIOS DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNION. PRESENTE.

Los suscritos, Diputados a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por el artículo 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la H. Cámara de Diputados, la presente Iniciativa de Decreto que Deroga diversas disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicación, Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, de la Ley de Aviación Civil, Ley de Aeropuertos y de la Ley Federal de Telecomunicaciones con base en la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

Los antecedentes de la requisa, en nuestro marco jurídico se remontan al auge de la Segunda Guerra Mundial; esta figura jurídica tuvo vigencia en aquel momento por el propio contexto histórico, en su inicio ésta se incorporó en la Ley de Vías Generales de Comunicación, sin embargo se puede afirmar que pese a la violación categórica que hizo la requisa en aquella etapa, se validó ya que era de vital importancia garantizar de manera adecuada el sistema de las vías de comunicación frente a los posibles sabotajes realizados por agentes extranjeros.

Actualmente los efectos que se observan por la aplicación de esta figura jurídica tiene graves consecuencias, una de ellas y posiblemente la más significativa es la violación que hace a los derechos laborales alcanzados por los sindicatos, es decir, cuando el Gobierno arbitrariamente decide aplicar la figura de la requisa, el Contrato Colectivo de Trabajo, por ejemplo, y pese a que éste busque el mejoramiento de las relaciones de trabajo a fin de dar equilibrio a las relaciones entre patrones y trabajadores, la requisa debiera no ser aplicable.

La requisa es pues, un acto administrativo de cesión forzada de bienes, que implica una limitación de la propiedad privada, esta figura jurídica de naturaleza administrativa se puede realizar en propiedad o en uso, la requisición en propiedad opera en materia de bienes muebles, y la de uso solo opera en tratándose de bienes inmuebles, La requisa debe circunscribirse al uso temporal de los bienes inmuebles.

En nuestro sistema jurídico, existen tres causas que motivan la requisa, estos son: primero, en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o cuando la sociedad peligre, como segundo caso, la requisición militar en tiempo de guerra, y como tercer tipo la requisición de tipo administrativa para casos excepcionales y urgentes, el objeto de esta iniciativa se referirá a la requisa administrativa.

El Partido del Trabajo dentro de su ideario político, específicamente en su Declaración de Principios y su Programa de Acción, busca un equilibrio entre las desigualdades de clase, en donde la clase trabajadora es la que normalmente resulta más dañada, por lo que de obtener el equilibrio entre clases se construiría un sindicalismo propositivo que conlleve al aumento de eficiencia y productividad de los trabajadores; por tanto, la requisición vulnera gravemente la garantía de estos derechos colectivos laborales.

Por otro lado al seguir permitiendo la existencia de la requisa, también se esta coartando el derecho a la libre sindicalización pero aún más el derecho de huelga consagrado en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, derecho social regulado específicamente en el artículo 123 apartado A fracción XVI, y reglamentado en la Ley Federal del Trabajo, por lo que no podemos olvidar la génesis en la cual se desarrollo este derecho social, los mismos que representan para nosotros, los propios derechos individuales en las relaciones sociales elevados a la categoría superior como una nueva justicia social.

Compañeras y compañeros Diputados

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55 fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos poner a la consideración de la H. Cámara de Diputados, a efecto de que se turne de inmediato para dictamen a la Comisión correspondiente la siguiente iniciativa de:

Decreto por el que se Derogan diversas disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicación, Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, de la Ley de Aviación Civil, Ley de Aeropuertos y de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

ARTICULO PRIMERO: Se deroga el artículo 112, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, para quedar como sigue:

Artículo 112. (Derogado)

ARTICULO SEGUNDO: Se deroga el Capitulo IX artículo 56, de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, para quedar como sigue:

Capitulo IX

De la requisa

Artículo 56. (Derogado)

ARTICULO TERCERO: Se deroga el capitulo XVII artículo 83, de la Ley de Aviación Civil, para quedar como sigue:

Capitulo XVII

De la requisa

Artículo 83. (Derogado)

ARTICULO CUARTO: Se deroga el Título XIII, artículo 77 de la Ley de Aeropuertos.

Titulo XIII De la requisa

Artículo 77. (Derogado)

ARTICULO QUINTO: Se deroga el Capitulo VII, artículo 66 de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Capitulo VII

De la requisa

Artículo 66. (Derogado)

TRANSITORIOS

ARTICULO PRIMERO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARTICULO SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se contrapongan al presente decreto.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los nueve días del mes de noviembre del dos mil.

Por el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

Hacemos entrega de esta iniciativa a la Secretaría.

EL PRESIDENTE: Muchas gracias diputado Juan Carlos Regis Adame. La iniciativa que usted ha presentado a nombre del grupo parlamentario del PT, se turna a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos y a la Comisión del Trabajo.