Iniciativa de reformas al Artículo 46 de la Ley del Fondo de Vivienda de los Trabajadores, al diputado don Eugenio Hernández Flores, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

EL DIP. EUGENIO HERNANDEZ FLORES: Con su permiso señor Presidente.

Compañeras y compañeros diputados:

El que suscribe, diputado federal de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa de decreto que reforma y adiciona una 5a fracción al artículo 46 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de acuerdo a la siguiente exposición de motivos:

A los integrantes del Congreso de la Unión...

Insertar iniciativa.

C.C. SECRETARIOS DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION, PRESENTES.

El que suscribe Diputado Federal de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción II del Artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Iniciativa de Decreto que reforma y adiciona una quinta fracción al Artículo 46 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, de acuerdo a la siguiente:

EXPOSICION DE MOTIVOS

A los integrantes del Congreso de la Unión, la más alta representación popular, corresponde la tarea fundamental de dictar y modificar normas a ha de ampliar y defender el cumplimiento de los derechos sociales que nuestra Constitución consagra.

La iniciativa que hoy presento, tiene la finalidad de corregir las condiciones de inequidad que impiden a un amplio sector de trabajadores afiliados al INFONAVIT el acceso a los créditos que dicho organismo otorga.

En 1972 se crea el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores. Desde su creación, el INFONAVIT ha otorgado alrededor de 2 millones de créditos a los trabajadores de la producción, el comercio y los servicios. Actualmente, el instituto participa con el 55 % de la oferta total de los organismos públicos de vivienda. Estas cifras nos muestran la importancia que tiene el buen manejo de dicha instituci6n para el bienestar de las familias de los asalariados de México.

Sin embargo, del análisis realizado a la participación porcentual del otorgamiento de créditos a los trabajadores afiliados a este instituto durante el periodo 19972000, resulta que los créditos distribuidos entre los trabajadores con ingresos mensuales de hasta 2 salarios mínimos decrecieron 44.5 % y los destinados a trabajadores con ingresos entre 2 y 3 salarios mínimos se redujeron 24 %.

En contraparte, durante el mismo periodo, el número de créditos que se asignaron a los trabajadores con ingresos superiores a 4 salarios mínimos se elevó en un 88%.

En la fracción I del artículo 46 de la Ley del INFONAVIT se señala que para el otorgamiento de créditos se dará preferencia a los trabajadores de menores ingresos. En los últimos años, este mandato que obedece al espíritu social del la Institución, no ha sido debidamente cumplido por sus autoridades, en perjuicio de miles de familias de trabajadores derechohabientes.

Bajo el esquema actual, las aportaciones propiedad de los trabajadores de menores ingresos son utilizadas para financiar los créditos de vivienda para los trabajadores de mayores ingresos.

La solución del problema habitacional constituye una condición indispensable para la elevación del nivel de vida de la clase trabajadora. Recibir créditos baratos y suficientes para satisfacer sus necesidades de vivienda es una aspiración legítima de los trabajadores derechohabientes del INFONAVIT.

Esta prestación social no puede estar supeditada a marcos rígidos y reglas inequitativas que benefician sólo a los mejores postores. Resulta a todas luces injusto hacer competir por un crédito a trabajadores con distintos niveles de ingreso.

Para cumplir con responsabilidad con el objeto para el cual fue creado, el INFONAVIT debe adecuar sus políticas a las condiciones socioeconómicas reales de los asalariados mexicanos.

En nuestro país, el 70 % de la población económicamente activa obtiene ingresos inferiores a 4 salarios mínimos, mientras que sólo el 30 % gana más de 4 salarios mínimos mensuales.

Contradictoriamente, de la asignación de 198,950 viviendas producidas por programas federales en 1999, únicamente el 7% (14,600 unidades) correspondieron a familias con ingresos inferiores a 4 salarios mínimos. En cambio, el 93 % de las viviendas (184,350 unidades) se asignaron a familias con ingresos superiores a 4 salarios mínimos.

El déficit habitacional que provoca hacinamiento, asentamientos en zonas de alto riesgo y crecimiento desordenado de las ciudades, se vincula principalmente a la reducida oferta d~ vivienda para la población de menores ingresos y a la carencia de financiamiento.

Debemos tener muy claro que solamente las instituciones públicas pueden dar acceso a la vivienda al sector con ingresos inferiores a 4 salarios mínimos.

Sin lugar a dudas, para construir las 750,000 viviendas anuales que los mexicanos demandan, el mayor reto de la política habitacional consistirá en modernizar y hacer más eficientes los procesos administrativos y financieros de las instituciones públicas involucradas.

De esta Representación Popular dependerá que, en todo momento, sus acciones se apeguen a criterios de equidad y justicia social que garanticen a un mayor volumen de familias de trabajadores la satisfacción de sus necesidades habitacionales.

La sociedad exige de sus representantes la revisión constante de las normas y los procedimientos de las instituciones públicas, a fin de que éstas cumplan a cabalidad con sus objetivos sociales. Es una exigencia de muchos trabajadores que se revisen las reglas vigentes del INFONAVIT que los excluyen del beneficio de recibir créditos.

El Artículo 46 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores señala que para la aplicación de recursos en las diversas regiones y localidades del país se considerarán, entre otras, las siguientes circunstancias:

I. La demanda de habitaci6n y las necesidades de vivienda, dando preferencia a los trabajadores de bajos salarios, en las diversas regiones o localidades del país;

II. La factibilidad y posibilidad reales de llevar a cabo construcciones habitacionales;

III. El monto de las aportaciones al Fondo provenientes de la diversas regiones y localidades del país; y

IV. El número de trabajadores en las diferentes regiones o localidades del Territorio Nacional.

La iniciativa de Ley que hoy presento ante esta Honorable Asamblea, propone que, entre las circunstancias a considerar por el Consejo de Administración del Instituto para la aplicación de sus recursos, se adicione una quinta fracción en la cual se indique que la distribución de los créditos asignados a cada región y localidad del país se deberá realizar en forma proporcional al número de derechohabientes por nivel de ingreso.

Se pretende lograr que los trabajadores solicitantes de crédito participen en las subastas en condiciones de igualdad, es decir, que se determine un monto de créditos por cada nivel de ingreso y que accedan a dichos créditos los trabajadores con mayor puntaje, dentro del nivel que les corresponda.

Esta propuesta corrige un esquema injusto de distribución de los recursos que condena a aquellos trabajadores más pobres a participar únicamente como aportadores que subsidian a los trabajadores más favorecidos quienes obtienen mayores salarios.

Es propósito de la iniciativa que hoy presento ante esta Soberanía, devolver al INFONAVIT el carácter social y el espíritu de solidaridad que lo caracterizaron en su origen.

De su aprobación dependerá que la realización del derecho de un mayor número de trabajadores a una vivienda digna no sea más una simple aspiración.

Una Ley del INFONAVIT justa, representa la única garantía de obtener una vivienda digna para miles de trabajadores mexicanos y sus familias.

Por lo anteriormente expuesto, el que suscribe y firma al calce somete a la consideración de esta Soberanía la siguiente:

Iniciativa de Decreto que reforma y adiciona el artículo 46 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Artículo Unico:

Se reforma y adiciona una quinta fracción al articulo 46 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores para quedar como sigue:

Artículo 46

En la aplicación de los recursos a que se refiere el articulo anterior, el Consejo de Administración considerará, entre otras cosas, las siguientes circunstancias:

I, II, III y IV...

V. La distribución de los créditos asignados en las diferentes regiones y localidades del país será realizada en forma proporcional al número de derechohabientes por nivel de ingreso.

TRANSITORIOS

Primero:

Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo:

A partir de la entrada en vigor del presente decreto, los planes de labores y financiamientos que elabore el Director General y aprueben tanto el Consejo de Administración como la Asamblea General, deberán estar apegados a las nuevas consideraciones contenidas en esta ley.

Tercero:

A la entrada en vigor del presente Decreto se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan o se opongan al mismo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 26 de abril de 2001

EL PRESIDENTE: Gracias diputado don Eugenio Hernández Flores.