CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN TERCER PARRAFO AL ARTICULO 47 DE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión PRESENTES

Me permito remitir a ustedes, para los efectos constitucionales, Expediente con Minuta Proyecto de Decreto que adiciona un tercer párrafo al artículo 47 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Reitero a ustedes las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

México, DF, a 11 de abril de 2000.

La Presidencia

Sen. Dionisio Pérez Jácome (rúbrica)

Vicepresidente en funciones

Minuta Proyecto de Decreto

Que adiciona un tercer párrafo al artículo 47 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

ARTICULO UNICO.- Se adiciona un tercer párrafo al artículo 47, recorriéndose el orden del actual tercero para quedar como cuarto de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores:

"Artículo 47.- ...

...

Asimismo, el Consejo de Administración expedirá reglas que permitan tomar en cuenta, para la determinación del monto de crédito, ingresos adicionales de los trabajadores que no estén considerados como parte integrante de su salario base, siempre y cuando la cuantía, periodicidad y permanencia de tales ingresos sean acreditables plenamente y se garantice la recuperabilidad de dichos créditos...."

Transitorio

UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores.- México, DF, a 11 de abril de 2000.

Sen. Dionisio Pérez Jácome (rúbrica)

Vicepresidente en funciones

Sen. Raúl Juárez Valencia (rúbrica) Secretario