CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL HONOBRABLE CONGRESO DE LA UNIÓN.
LVIII LEGISLATURA
P R E S E N T E
BERNARDO DE LA GARZA HERRERA, FRANCISCO
AGUNDIS ARIAS, JOSÉ ANTONIO ARÉVALO GONZÁLEZ, ESVEIDA BRAVO MARTÍNEZ, MARÍA TERES
CAMPOY RUY SÁNCHEZ, OLGA PATRICIA CHOZAS Y CHOZAS, DIEGO COBO TERRAZAS, ARTURO ESCOBAR Y
VEGA, JOSE RODOLFO ESCUDERO BARRERA, SARA GUADALUPE FIGUEROA CANEDO, NICASIA GARCÍA
DOMÍNGUEZ, ALEJANDRO RAFAEL GARCÍA SAINZ ARENA, MARÍA CRISTINA MOCTEZUMA LULE, JULIETA
PRIETO FUHRKEN, CONCEPCIÓN SALAZAR CONZÁLEZ, ERIKA ELIZABETH SPEZIA MALDONADO, diputados
de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario
del PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO, con fundamento en el artículo 58 del
Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos,
ocurrimos a solicitar se turne a la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo de
la Cámara de Diputados en la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión la siguiente
proposición con:
PUNTO DE ACUERDO
El Grupo Parlamentario del Partido
Verde Ecologista de México está a favor del federalismo de la descentralización de la
Administración Pública Federal, pero siempre y cuando, esta se lleven a cabo con las
condiciones y recursos necesarios para garantizar la transferencia de facultades por la
gestión ambiental.
El término Federalismo procede de la
palabra latina "foedus", que significa "unión,, liga, pacto". Desde
le siglo XVII, el término se refiere a la organización de una comunidad jurídica
compuesta por varios estados, donde resaltan los derechos de libre determinación y
codesición de los miembros que la integran.
En la descentralización de los servicios
de gestión ambiental, en lugar de eficientar la actuación institucional y mejorar la
calidad del servicio, significa un retroceso con relación a la distribución de
competencias previstas en la Constitución de la República y en la Ley General de
Equilibrio Eclógico y Protección al ambiente.
Un claro ejemplo con las condiciones
actuales de la no viabilidad en la descentralización, es la facultad con la que cuentan
los municipios para reciclar aguas residuales, situación que no se ha realizado de
ninguna manera.
En otro orden de ideas, México es
considerado como uno de los pocos países megadiversos a escala mundial en cuanto a su
biodiversidad. Ello conduce a la reflexión sobre la necesidad de desarrollar soluciones
eficaces y eficientes para conservar el medio ambiente.
Durante la última década nuestro país se
ha propuesto establecer una nueva estructura organizativa a nivel federal, estatal y
municipal. En este contexto, la creación de la actual Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT), en 1994 propicia el ánimo compartido por el Partido Verde,
por realizar una verdadera y eficaz conducción de la política ambiental nacional.
De todos los municipios que componen el
Estado Mexicano, solo unos cuantos tienen la capacidad administrativa en materia
ambiental, para poder satisfacer el cúmulo de necesidades en las que esta inmersa la
ciudadanía compleja y descuidada gestión ecológica. Sobre todo con el recorte
presupuestal, que ha minado los recursos y participaciones a los Estados y Municipios,
resultando en una total indefensión para combatir y resarcir el daño ambiental de sus
comunidades.
Debemos primeramente propiciar el diseño,
ejecución y evaluación de un programa ambiental, a través de la participación activa
de organizaciones de la sociedad civil, y proponer como legisladores importantes reformas
legales para que todos los mexicanos puedan debatir los alcances y el impacto que
tendrían las políticas públicas tanto en la preservación de los recursos naturales,
como en la integración de una política sectorial incluyente.
Como legisladores propusimos la inclusión
de un artículo transitorio en las recientes reformas a la Ley General del Equilibrio
Ecológico y de Protección al Ambiente que obliga a los Estados de la Federación, a que
realicen su ordenamiento ecológico de su territorio antes de poder concretar cualquier
tipo de convenio de descentralización con la federación.
La descentralización es una valiosa
oportunidad política para el fortalecimiento del orden constitucional republicano y sus
principios democráticos que no deben faltar en un Estado social que aspira a lograr
mejores equilibrios hocícales y económicos, así como de un Estado de derecho orientado
a proteger a los ciudadanos, otorgar igualdad jurídica a todos, establecer una clara
visión de poderes y estimular la labor del legislador dentro del marco constitucional.
Por ello nos reservamos el derecho de
interponer cualquier recurso legal, en contra de cualquier convenio realizado entre los
estados que integran la federación y el Poder Ejecutivo Federal. Fomentemos la
conservación de los recursos naturales, y no la intención mercantilista de subastar al
mejor postor el patrimonio de los mexicanos en franco detrimento de los intereses de la
Nación.
Si bien es cierto que la gestión ambiental
en gran medida, ha sido manejada desde el centro, lo que ha redundado en decisiones
alejadas de los problemas reales que viven los estados y municipios, y en una mínima
participación de las autoridades y habitantes locales; también lo es el hecho que, en
varias entidades federativas, persisten aún los cacicazgos de grupos de poder que se
erigen como propietarios del acervo de todos y cada uno de los habitantes de México y el
Mundo.
Concebimos la descentralización de la
gestión ambiental, como la coadyuvancia que debe haber entre la federación, los estados
y los municipios, pero hasta que se dote de apoye financiero, hasta alcanzar la autonomía
operativa necesaria, antes de que el acelerado deterioro del medio ambiente y sus recursos
naturales sea irreversible y que los niveles inferiores de gobierno se vean rebasados por
la poca capacidad en la que operan.
Por todo lo anterior, el Grupo
Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México somete a la consideración del
siguiente:
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO.- Se exhorta a la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Ejecutivo Federal, para que desistan del
programa de descentralización paloneado para esta área de la Administración Pública,
hasta en tanto no existan las condiciones económicas y técnicas para otorgar facultades
a los estados y municipios del país, para hacerse cargo de diversas funciones que
actualmente desempeña esa Secretaría de Estado.
SEGUNDO.- Se mandata a la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales el cumplimiento del artículo tercero
transitorio de la Ley General del Equilibro Ecológico y de Protección al Ambiente que a
la letra dice: Para la firma y entrad en vigor de cualquier convenio o acuerdo a que se
refiere el artículo 11 de esta Ley, las Entidades Federativas o Municipios participantes
en los, habrán de contar con su propio programad e ordenamiento regional, particular o
marino según corresponda.
Dado en el Palacio Legislativo de san
Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la unión de los
Estados Unidos Mexicanos, a los 8 días del mes de abril del 2002.