CÁMARA DE DIPUTADOS
DEL HONOBRABLE CONGRESO DE LA UNIÓN.
LVIII LEGISLATURA

P R E S E N T E

BERNARDO DE LA GARZA HERRERA, FRANCISCO AGUNDIS ARIAS, JOSÉ ANTONIO ARÉVALO GONZÁLEZ, ESVEIDA BRAVO MARTÍNEZ, MARÍA TERES CAMPOY RUY SÁNCHEZ, OLGA PATRICIA CHOZAS Y CHOZAS, DIEGO COBO TERRAZAS, ARTURO ESCOBAR Y VEGA, JOSE RODOLFO ESCUDERO BARRERA, SARA GUADALUPE FIGUEROA CANEDO, NICASIA GARCÍA DOMÍNGUEZ, ALEJANDRO RAFAEL GARCÍA SAINZ ARENA, MARÍA CRISTINA MOCTEZUMA LULE, JULIETA PRIETO FUHRKEN, CONCEPCIÓN SALAZAR CONZÁLEZ, ERIKA ELIZABETH SPEZIA MALDONADO, diputados de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estado Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar se turne a la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo de la Cámara de Diputados en la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión la siguiente proposición con:

PUNTO DE ACUERDO

El Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México está a favor del federalismo de la descentralización de la Administración Pública Federal, pero siempre y cuando, esta se lleven a cabo con las condiciones y recursos necesarios para garantizar la transferencia de facultades por la gestión ambiental.

El término Federalismo procede de la palabra latina "foedus", que significa "unión,, liga, pacto". Desde le siglo XVII, el término se refiere a la organización de una comunidad jurídica compuesta por varios estados, donde resaltan los derechos de libre determinación y codesición de los miembros que la integran.

En la descentralización de los servicios de gestión ambiental, en lugar de eficientar la actuación institucional y mejorar la calidad del servicio, significa un retroceso con relación a la distribución de competencias previstas en la Constitución de la República y en la Ley General de Equilibrio Eclógico y Protección al ambiente.

Un claro ejemplo con las condiciones actuales de la no viabilidad en la descentralización, es la facultad con la que cuentan los municipios para reciclar aguas residuales, situación que no se ha realizado de ninguna manera.

En otro orden de ideas, México es considerado como uno de los pocos países megadiversos a escala mundial en cuanto a su biodiversidad. Ello conduce a la reflexión sobre la necesidad de desarrollar soluciones eficaces y eficientes para conservar el medio ambiente.

Durante la última década nuestro país se ha propuesto establecer una nueva estructura organizativa a nivel federal, estatal y municipal. En este contexto, la creación de la actual Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), en 1994 propicia el ánimo compartido por el Partido Verde, por realizar una verdadera y eficaz conducción de la política ambiental nacional.

De todos los municipios que componen el Estado Mexicano, solo unos cuantos tienen la capacidad administrativa en materia ambiental, para poder satisfacer el cúmulo de necesidades en las que esta inmersa la ciudadanía compleja y descuidada gestión ecológica. Sobre todo con el recorte presupuestal, que ha minado los recursos y participaciones a los Estados y Municipios, resultando en una total indefensión para combatir y resarcir el daño ambiental de sus comunidades.

Debemos primeramente propiciar el diseño, ejecución y evaluación de un programa ambiental, a través de la participación activa de organizaciones de la sociedad civil, y proponer como legisladores importantes reformas legales para que todos los mexicanos puedan debatir los alcances y el impacto que tendrían las políticas públicas tanto en la preservación de los recursos naturales, como en la integración de una política sectorial incluyente.

Como legisladores propusimos la inclusión de un artículo transitorio en las recientes reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente que obliga a los Estados de la Federación, a que realicen su ordenamiento ecológico de su territorio antes de poder concretar cualquier tipo de convenio de descentralización con la federación.

La descentralización es una valiosa oportunidad política para el fortalecimiento del orden constitucional republicano y sus principios democráticos que no deben faltar en un Estado social que aspira a lograr mejores equilibrios hocícales y económicos, así como de un Estado de derecho orientado a proteger a los ciudadanos, otorgar igualdad jurídica a todos, establecer una clara visión de poderes y estimular la labor del legislador dentro del marco constitucional.

Por ello nos reservamos el derecho de interponer cualquier recurso legal, en contra de cualquier convenio realizado entre los estados que integran la federación y el Poder Ejecutivo Federal. Fomentemos la conservación de los recursos naturales, y no la intención mercantilista de subastar al mejor postor el patrimonio de los mexicanos en franco detrimento de los intereses de la Nación.

Si bien es cierto que la gestión ambiental en gran medida, ha sido manejada desde el centro, lo que ha redundado en decisiones alejadas de los problemas reales que viven los estados y municipios, y en una mínima participación de las autoridades y habitantes locales; también lo es el hecho que, en varias entidades federativas, persisten aún los cacicazgos de grupos de poder que se erigen como propietarios del acervo de todos y cada uno de los habitantes de México y el Mundo.

Concebimos la descentralización de la gestión ambiental, como la coadyuvancia que debe haber entre la federación, los estados y los municipios, pero hasta que se dote de apoye financiero, hasta alcanzar la autonomía operativa necesaria, antes de que el acelerado deterioro del medio ambiente y sus recursos naturales sea irreversible y que los niveles inferiores de gobierno se vean rebasados por la poca capacidad en la que operan.

Por todo lo anterior, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México somete a la consideración del siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Ejecutivo Federal, para que desistan del programa de descentralización paloneado para esta área de la Administración Pública, hasta en tanto no existan las condiciones económicas y técnicas para otorgar facultades a los estados y municipios del país, para hacerse cargo de diversas funciones que actualmente desempeña esa Secretaría de Estado.

SEGUNDO.- Se mandata a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales el cumplimiento del artículo tercero transitorio de la Ley General del Equilibro Ecológico y de Protección al Ambiente que a la letra dice: Para la firma y entrad en vigor de cualquier convenio o acuerdo a que se refiere el artículo 11 de esta Ley, las Entidades Federativas o Municipios participantes en los, habrán de contar con su propio programad e ordenamiento regional, particular o marino según corresponda.

Dado en el Palacio Legislativo de san Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 8 días del mes de abril del 2002.