Resumen Ejecutivo.

 

El Poder Legislativo, depositado en el Congreso de la Unión, hoy por hoy, juega un papel de suma importancia en la historia de nuestro país, puesto que de él emanan las leyes que rigen la vida de todos los habitantes México y es un instrumento de control para los otros poderes de la unión. La LVII Legislatura demostró una notable participación en las decisiones nacionales, cobrando relevancia en la concurrencia de los poderes del gobierno.

La función legislativa que realiza el Congreso de la Unión se realiza a través de lo que se denomina Proceso legislativo que en el sentido formal y material, así como con fundamento en los artículos 69, 71 y 72, es el proceso que tiene por objeto crear, modificar, derogar o abrogar las leyes y sus etapas son: iniciativa, turno, dictamen, discusión, aprobación, sanción o veto, publicación e iniciación de la vigencia.

El proceso legislativo encaminado a la creación de leyes y decretos se vincula con la rama del derecho Parlamentario denominada Técnica legislativa que se refiere al conjunto conocimientos especializados referente a las aplicaciones y aspectos prácticos que son necesarios en la redacción, composición y elaboración de las leyes en general; la técnica legislativa servirá al legislador presentar proyectos de leyes o decretos claros, precisos y adecuados que tengan como finalidad, después de todo el proceso legislativo, ser vigentes dentro del ámbito jurídico mexicano.

 

Propuesta.

 

Mi propuesta está encaminada a modificar el actual artículo 135 constitucional para efecto de hacer más rígido el procedimiento de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es decir, para dilatar y obstaculizar las reformas en materia constitucional a través de diversos medios, como pudieran ser: que la aprobación de las reformas constitucionales sean por el voto de las dos tercera partes del número total de sus miembros, establecer la figura jurídica del referéndum como un instrumento que complemente la legitimidad de las prácticas de los órganos de gobierno, a efecto de que el congreso de la Unión tenga una mayor vinculación con la sociedad, y que no sólo responda a intereses partidistas.

Por otro lado considero que el mismo artículo se debe de reformar a efecto de que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal tenga el derecho, al igual que las legislaturas de los estados, de estudiar y en su caso aprobar las reformas o adiciones a la Constitución para evitar desequilibrios, ya que estas no sólo obligan a los habitantes de las 31 entidades federativas, sino también los habitantes del Distrito Federal las tienen que observar, es decir, las reformas o adiciones tienen un impacto en toda la sociedad y por tanto hay que garantizar que sus representantes defiendan sus intereses.