5. Resumen y Propuesta.

Considero que se paso por alto una cuestión que al menos en el LVII legislatura fue mucho más evidente, lo relativo a la organización interna de los legisladores que se declaren independientes.

 

Opino que se debe de establecer en la Ley Orgánica para cada una de las Cámaras disposiciones que garanticen la participación y la opinión de estos ciudadanos en el Pleno, como en las decisiones de la Junta de Coordinación Política y en las comisiones de estos legisladores.

Creo que un buen mecanismo es la creación de una figura especial en donde estos legisladores puedan agruparse y tal vez nombrar a un coordinador de este grupo especial.

También, creo que no se estableció disposición alguna relacionada con el trabajo en comisiones unidas; bajo que mecanismo funcionan, ni la manera en que trabajarían, que asuntos podrían resolver en conjunto, entre otras cuestiones que no se señalaron en la Ley Orgánica.

Otra observación, sería la relativa al trabajo en conferencia entre comisiones de ambas cámaras; por lo que se refiere a la Cámara de Senadores si quedo establecido en el artículo 89 de la propia Ley Orgánica que "se podrán crear comisiones conjuntas con la participación de las dos cámaras del Congreso de la Unión para atender asuntos de interés común"; pero en lo relativo a la Cámara de Diputados se pasó por alto esta cuestión.

Ahora bien, considero que las limitaciones más grandes que tienen tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores, son las limitaciones de carácter constitucional que obstruyen en gran medida un desarrollo parlamentario más pleno.

En mi opinión, son necesarias diversas modificaciones constitucionales para impulsar ese desarrollo, como serían:

Estos son para mí algunas cuestiones torales que aún quedan por resolver, aunque también falta revisar el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para adecuarlo a la práctica parlamentaria.