RESUMEN Y PROPUESTA ESPECÍFICA

La dinámica social que existe en torno a las funciones de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores es muy extensa en todos sus sentidos. Sus funciones son demasiado amplias para realizarse en el período ordinario de sesiones, el trabajo legislativo se que se realiza en los dos períodos ordinarios no es suficiente para cubrir las necesidades de una sociedad cambiante y diversa por esto, sería bueno reconsiderar ampliar este período al doble de su tiempo actual. De acuerdo a la Ley Orgánica del Congreso, artículo 4, dice: De conformidad con los artículos 65 y 66 de la Constitución, el Congreso se reunirá a partir del 1° de Septiembre de cada año, para celebrar un primer período de sesiones ordinarias y a partir del 15 de marzo de cada año para celebrar un segundo período de sesiones

Cada período de sesiones ordinarias durará el tiempo necesario para tratar los asuntos de su competencia. El primer período no podrá prolongarse sino hasta el 15 de diciembre del mismo año, excepto cuando el Presidente de la República inicie su encargo en la fecha prevista por el artículo 83 constitucional, caso en el cual las sesiones podrán extenderse hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. El segundo período no podrá prolongarse más allá del 30 de abril del mismo año.

Así pues, en el primer período, cumpliendo la ley son cuatro meses de trabajo legislativo, sin contar que este puede desvirtuarse al acontecer y situaciones de la agenda diaria . En el segundo período que comienza el 15 de marzo y termina el 30 de abril, es un mes y medio de trabajo legislativo. Este tiempo no es suficiente para legislar y resolver los problemas de mayor interés, quedando a veces conflictos sin resolver. Por eso, debería ampliarse, a mínimo diez meses de trabajo legislativo intenso, para obtener mejores resultados.