RESUMEN EJECUTIVO.
El presente trabajo en primer lugar surge por la necesida e conocer más la normatividad y organización de los congresos de las entidades federativas en comparción con el Congreso de la Unión, Ahora bien, primeramente hago una introducción en la forma de integración del Congreso Local del Estado de Guerrero, posteriormente de la forma de instalación de la Cámara; enseguida analizo a la Mesa Directiva, su definición, atribuicons e integraciòn entre otros aspectos, para luego continuar con las Comisiones y Comités tanto a nivel feeral como local, a la Comisión Permanente le doy un apartado especial de estudio y casi paa finalizar hago unos breves comentarios sobre las Fracciones Parlamentarias, concluyendo con algunas consideraciones en el sentido de que una mejor organización del Congreso tenddrá como resultado un eficiente trabajo parlamaentario a través del Servicio Civil de Carrera, que ya esta contemplado en el estado de Guerrero, por lo que propongo algunas adiciones a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estaddo para su implementación, así también la elaboración del Estatuto del Personal del Congreso que contendá la fomra de reclutamiento, evaluaciòn y acceso del personal; y por último la creación de un Centro de Capacitación y Formación Permanente de los Servidores Públicos dentro del Congreso, el cual sería un órgano técnico de la Cámara responsable del reclultamiento, selección formación actualización y evaluación, promoción y ascenso de los funcionarios del servicio; sin lugar a dudas la puesta en marcha de éste mecanismo de modernización tendrá como consecuencia una mejor organización y funcionamiento en el Congrso Local.
PROPUSTA ESPECIFICA
Una mejor organización del Congreso del Estado de Guerrero (y de los congresos ) tendrá como resultado un eficiente y continuo trabajo parlamentario. Para ello es necesario que el Título Décimo, Capítulo II de la Ley Orgánica del Poder Legislativo Local, que se refiere al servicio civil de carrera se implemente; por lo que debería hacerse una adición al artículo 200 de la Ley antes señalada, en virtud de que si bien le corresponde al pleno, a propuesta del Comité de Administración, expedir el Estatuto del Personal del Congreso, no señala ningún termino para hacerlo y por consecuencia queda a la voluntad de las fracciones parlamentarias o de los vaivenes políticos efectuarlo o no. Así también debería adicionarse el artículo 77 de la ley de la materia, en el sentido de establecer dentro de las facultades del Comité de Admnistración, la facultad de proponer el Estatuto del Personal del Congreso. Por otro lado, hace falta que se establezca un Centro de Capacitación y Formación de los Servidores Públicos del Congreso Local, para el desarrollo del servicio civil de carrrera; éste centro sería un órgano técnico de la Cámara, responsable del reclutamiento, selección, formación, actualización, evaluación, promoción y ascenso de los funcionarios del servicio civil de carrera dentro del Poder Legislativo es una de las mejores formas de cómo se puede organizar y por consecuencia mejorar el funcionamiento de éste poder para hacer más eficaz y eficiente las tareas legislativas.