RESUMEN EJECUTIVO
La búsqueda de mecanismos tendientes a fortalecer y mejorar nuestras instituciones, así como las condiciones políticas, culturales y sociales de México, entre ellas la composición plural tanto del Congreso General como de las Legislaturas locales y los recientes resultados de los comicios, es sin duda la causa que ha permitido e impulsado a un sinnúmero de investigadores para abordar sobre el particular.
En este tenor, la presente tesina no escapa a esta inquietud de revisar nuestras instituciones así como sus órganos que la componen, con el objeto de dotar a los mismos tanto de eficacia como de economía funcional; por tanto y contagiado por el ánimo de que el resultado de un trabajo de investigación sea propositivo y tal vez útil, me aparto, sin ignorar por supuesto la supremacía de las leyes, de la idea de analizar a las comisiones del Congreso General, centrándome al ámbito regional donde resido, el Estado de Morelos.
De las experiencias locales, en el Congreso del Estado de Morelos la distribución del trabajo legislativo y su respectiva remisión a las comisiones parlamentarias ha resultado ineficaz, ya que atendiendo a la materia, también una iniciativa de Ley es turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, circunstancia que coloca a quién preside esta comisión, a monopolizar el trabajo legislativo que ocasiona ineficacia y manipulación de dictámenes; por ello propongo en primer término reorganizar una de las comisiones parlamentarias del Congreso Local de Morelos, es decir, la actual "Comisión Puntos Constitucionales y Legislación" por "Comisión de Puntos Constitucionales".
Como segunda propuesta y a fin de dotar de dinamismo al proceso legislativo, se sugiere que en virtud de que en el seno de las comisiones se discute y dictamina una iniciativa o decreto, sea ésta la que vote en lo particular sobre la materia, cuando el pleno así se lo autorice. Actualmente el pleno, una vez que le es sometido a su aprobación el dictamen de la comisión, en la etapa deliberativa, repite los argumentos que al interior se expusieron; por tanto y con el objeto de abatir el atraso legislativo y para encomendar al órgano especializado en la materia se propone esta modificación a la Ley Orgánica del Estado de Morelos.
Vivimos una etapa de histórica de consolidación democrática, por tanto considero que es momento de fortalecer nuestras instituciones y no únicamente conformarnos con el cambio de nuestros representantes. Llegará el día en regresaran al pode público dirigentes no muy probos, sin embargo el sistema jurídico mexicano con instituciones sólidas les harán frente.
SEMINARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y PARLAMENTARIO DEL NUEVO MILENIO (SEGUNDA GENERACIÓN).
"COMISIONES PARLAMENTARIAS"
No. 104, SERGIO ESPINO GARCÍA.
INTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS.
Cuernavaca, Morelos, julio 14 del 2000.
PROPUESTAS
De las experiencias locales, en el Congreso del Estado de Morelos la distribución del trabajo legislativo y su respectiva remisión a las comisiones parlamentarias ha resultado ineficaz, ya que atendiendo a la materia, también una iniciativa de Ley es turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, circunstancia que coloca a quién preside esta comisión, a monopolizar el trabajo legislativo que ocasiona ineficacia y manipulación de dictámenes, y así vemos, no obstante que esta Legislatura ha sido la más productiva en la historia de Morelos, que la economía funcional no responde a la requerida en la actualidad.
De lo anterior, como primer propuesta se estima que la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, con el objeto de evitar duplicidad con otra análoga, debe reducirse únicamente a "Comisión de Puntos Constitucionales", reforma que por supuesto quedaría en los siguientes términos:
Ley Orgánica del Congreso del Estado de Morelos
Artículo 46,.- Las comisiones ordinarias serán las siguientes:
1.- Puntos Constitucionales y Legislación.
2 a 14...
Como segunda propuesta y a fin de dotar de dinamismo al proceso legislativo, se sugiere que en virtud de que en el seno de las comisiones se discute y dictamina una iniciativa o decreto, sea ésta la que vote en lo particular sobre la materia, cuando el pleno así se lo autorice. Actualmente el pleno, una vez que le es sometido a su aprobación el dictamen de la comisión, en la etapa deliberativa, repite los argumentos que al interior se expusieron; por tanto y con el objeto de abatir el atraso legislativo y para encomendar al órgano especializado en la materia se propone la siguiente reforma a la Ley Orgánica del Estado de Morelos:
ARTICULO 43.- Las Comisiones tendrán las siguientes facultades:
e) Votar en lo particular todo proyecto de ley o decreto que por mayoría absoluta el Pleno le delegue.
f) Las que les confiera el pleno, esta ley y su reglamento.
Vivimos una etapa de histórica de consolidación democrática, por tanto considero que es momento de fortalecer nuestras instituciones y no únicamente conformarnos con el cambio de nuestros representantes. Llegará el día en regresaran al pode público dirigentes no muy probos, sin embargo el sistema jurídico mexicano con instituciones sólidas les harán frente.