RESUMEN EJECUTIVO Y PROPUESTA ESPECIFICA
Al realizar el presente trabajo se pretende una serie de propuestas que modifiquen la forma de elección para Senadores así como los requisitos para el cargo que difieran de la de Diputado, ya que la representación de unos y otros es totalmente diferentes. Siendo para el primero de los casos la representación Estatal y para los segundos la representación popular. La primera basada en el número de Estados que integran la Federación; la segunda con base en cuestiones demográficas.
A través del estudio histórico que se presenta, vemos las diversas características que han identificado al Senado de la República, así como su papel que ha desempeñado en el acontecer histórico nacional y la responsabilidad que hoy en día debe asumir como Organo perteneciente al Poder Legislativo.
PROPUESTA GENÉRICA. Es preciso una nueva reforma al artículo 56 y 58 Constitucional que tome en consideración las propuestas específicas que se mencionan a continuación
- Establecer mayores requisitos para el cargo de Senador de la República, entre los que destaquen la edad (30 años como anteriormente se planteaba), una residencia efectiva de más de un año en el Estado de origen, haber realizado trabajos o prestado servicios de elevada calidad en el Estado de origen que hayan representado un beneficio directo en la Entidad, gozar de buena reputación y que pueda pertenecer o no a un partido político.
- Suprimir la fórmula de primera minoría y representación proporcional para que sean las propias legislaturas de los Estados, quienes en el ejercicio pleno de soberanía de la Entidad, designen a sus representantes (2), al Senado de la República.
- Renovar la Cámara de Senadores por mitad cada tres años, entrando en funciones en primera instancia los electos por mayoría relativa y posteriormente los designados por cada uno de los Congresos Locales, de esta manera contaremos en todo tiempo con representantes electos por ambas vías.
- Facultar al Senado para que en el ejercicio de sus funciones ratifique a los Secretarios del Despacho, y estos sean responsables no sólo ante el Ejecutivo sino también que puedan ser llamados en cualquier tiempo por el Legislativo, ya que los cargos en comento son de carácter Federal; y por otro lado, aprobar la remoción del Procurador General de la República, ya que actualmente solo tiene la facultad de ratificar su cargo, pero el Presidente de la República está facultado para removerlo libremente al igual que los Secretarios del Despacho.