RESUMEN EJECUTIVO

 

El documento que aquí se presenta, es una propuesta concreta a fin de hacer más eficaz el poder legislativo, mediante el fortalecimiento de las Comisiones. Tal propuesta, nace de la preocupación por eficientar a la Cámara de Diputados a efecto de responder ágil y adecuadamente a las demandas sociales, a través de la optimización de las potencialidades de una de sus partes fundamentales: las Comisiones.

El objetivo del trabajo y su planteamiento es muy específico, busca poner de relieve la importancia de las Comisiones pretendiendo lograr una mejor organización de las mismas, tanto para su propio desarrollo como para la organización de la Cámara en su conjunto, proponiendo un Organo Coordinador de Comisiones que logre una verdadera planeación impulsando su desarrollo.

El análisis parte del actual marco jurídico establecido en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, atendiendo al Título Segundo de ésta (De la organización y funcionamiento de la Cámara de Diputados capítulos del primero al séptimo), y considerando los tres órganos fundamentales que conducen la Cámara de Diputados. Así, El documento ensayo, es un análisis específico presentado formal y técnicamente por una carátula, resumen ejecutivo, índice, y apartados que le componen desglosándose en: Introducción; El actual funcionamiento de los órganos rectores de la Cámara de Diputados; El papel de las Comisiones; Propuesta: La necesidad de un Organo Rector de Comisiones al interior de la Cámara de Diputados (y en su caso en la Cámara de Senadores); Conclusiones, Bibliografía.

 

Propuesta: La necesidad de un Organo Rector de Comisiones al interior de la Cámara de Diputados (y en su caso en la Cámara de Senadores)

Entre las atribuciones fundamentales y resumidas de las instancias rectoras de la Cámara que actualmente contempla su ley orgánica, sólo se encuentra lo señalado anteriormente, y nada más que explícitamente establezca el desarrollo las Comisiones de forma amplia y detallada, se da más bien por hecho que ello sucede, aunque en la realidad se observen múltiples vacíos traducidos en un desarrollo laxo e intrascendente.

Se tiene que:

La Mesa de Decanos para fines prácticos sólo cumple en sesión constitutiva con la protesta constitucional de los diputados electos presentes; con la elección de la mesa directiva; y con la declaración de la legal constitución de la Cámara.

La Mesa Directiva conduce las sesiones de la Cámara, los debates, discusiones y votaciones del pleno, garantizando la debida aplicación de la normatividad.

Los grupos parlamentarios

La Junta de Coordinación Política que es al mismo tiempo expresión de pluralidad de la Cámara, se convierte en la instancia mediadora para el entendimiento y convergencia políticas con los órganos involucrados, a fin de alcanzar los acuerdos necesarios y a efecto de que el pleno adopte las decisiones que constitucional y legalmente corresponden.

La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que es integrada por el Presidente de la Cámara y los miembros de la Junta de Coordinación Política, tiene entre sus responsabilidades el establecimiento del programa legislativo de los periodos de sesiones, orden del día por sesión, formas que seguirán los debates, discusiones y deliberaciones. Asimismo, deberá proponer el cuadro de funcionamiento y control administrativo, como de algunos nombramientos de alto rango en dicho campo.

También señala que deberá "impulsar el trabajo de las comisiones para la elaboración y el cumplimiento de los programas legislativos".

Otras instancias:

Comisiones y Comités

Secretaría General de la Cámara

Secretaría de Servicios Parlamentarios

Organos técnicos de la Cámara

Atendiendo a lo que antecede, se plantea la necesidad de robustecer a las Comisiones considerando la posibilidad de conformar un órgano coordinador exclusivo de los trabajos que éstas desarrollan. Los objetivos, fortalecer a las Comisiones, agilizar y eficientar sus trabajos, equilibrando si se quiere las responsabilidades y funciones, como las técnicas de gobierno al interior de la Cámara a partir de la producción y aportación de iniciativas, opiniones, información, resoluciones, sustentándose en los criterios mencionados al principio del documento que son calidad, eficacia, eficiencia, relevancia, oportunidad, innovación, y viabilidad.

Este órgano coordinador, mediaría principalmente entre las Comisiones y los actuales tres grandes órganos de dirección, apelando siempre a la institucionalidad y proyecto "común" de la legislatura en turno. Su misión: dar fuerza y eficiencia a las Comisiones.

Así, dicho órgano quedaría integrado por los presidentes de cada una de ellas y un secretario técnico también por cada comisión, eligiendo a éstos y para cada caso de entre los diputados secretarios de cada comisión, a través de voto universal, directo y secreto.

Igualmente, se procederá a la elección del presidente y secretario técnico del órgano, eligiéndolos de entre los integrantes respectivamente, que toda vez constituidos, éstos, asignarán las tareas necesarias que correspondan entre los integrantes del órgano, previo plan de trabajo, manual de funciones y organigrama, fijando objetivos y metas generales y particulares.

Este órgano, se justifica en tanto que al revisar las funciones, atribuciones, o facultades de los tres órganos rectores mencionados, incluso las de la Secretaría General de la Cámara, y las de la Secretaría de Servicios Parlamentarios, sólo aparece un planteamiento general y quizá "ambiguo" respecto de dar impulso a alas Comisiones, en realidad no se señala nada relacionado con la planeación y desempeño de las Comisiones de manera más clara y detallada. En consecuencia, cabría dar curso a un órgano propio de las Comisiones que coordine, produzca, aporte, e incluso publique.

De esta forma, en el órgano coordinador de Comisiones y a diferencia de los presidentes integrantes, los Secretarios Técnicos tendrán voz pero no voto. Dicho órgano, atendiendo al artículo 38 inciso "C" de la Nueva Ley Orgánica del Congreso y referente a las atribuciones de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos que a la letra dice: "impulsar el trabajo de las comisiones para la elaboración y el cumplimiento de los programas legislativos", tendrá la tarea de planear con cada comisión los trabajos a desarrollar de cada una de éstas, elaborar conjuntamente sus planes operativos anuales, dar seguimiento de los productos que aquéllas generen (iniciativas, opiniones, análisis, evaluaciones, resoluciones, etc.), deberá estar pendiente de que se satisfagan y gestionen adecuadamente las necesidades institucionales de cada comisión realice por su cuenta, y deberá rendir cuentas de los resultados frente a la Conferencia.

Por tanto, deberá tratarse más de un órgano de Planeación y evaluación que de un órgano de decisión, siendo una instancia que apoye el trabajo institucional que cada comisión lleve a cabo, siendo al mismo tiempo un transmisor, interlocutor y mediador entre la Conferencia principalmente, el resto de las instancias, y las Comisiones.