RESUMEN EJECUTIVO
Los instrumentos de control parlamentario, son de gran utilidad en los países, sean éstos de regímenes parlamentaristas o presidenciales ya que se conciben no como la sanción de tipo dictatorial sino como el orden fundado en leyes que da beneficios tanto al buen y estructurado trabajo gubernamental como a los resultados que, son lo más importante, dados a la ciudadanía, a la cual representa aquella estructura legislativa y gubernativa en su totalidad.
En México, cada vez es más necesaria la firme reglamentación de cada uno de ellos, para que puedan desplegar libremente y sin obstáculos jurídicos o burocráticos, la función tan necesaria a la que están destinados.
Los controles parlamentarios en México deben ser el medio para frenar la burocracia y hacer el desempeño de cada gestión lo mejor posible, sin corrupciones o retrasos irremediable; por tal razón los legisladores deben estudiar el presente tema para que conozcan la necesidad urgente sobre una regulación y aplicación de éstos benéficos controles.
PROPUESTAS
Hay una actividad íntimamente ligada a la formación parlamentaria, es la información, existe en nuestro país el problema de que no se está regulado sobre la materia como debería, puesto que las cámaras tienen el derecho y la gran necesidad de ser informadas y el gobierno el deber de brindarles toda la información en un tiempo breve.
Sólo está regulada tal necesidad en el artículo 89 del reglamento del congreso de la unidad, el cual da autorización a las comisiones para que mediante su presidente, soliciten a los archivos u oficinas de la Nación, todo lo que requieran para el desarrollo de sus negocios siempre que el asunto referido no sea de los que se conservan necesariamente en secreto.
Por tal situación, relativa al secreto se presenta una laguna en tal disposición, pues no especifica de manera concreta cuál es la información secreta.