s explicar de una
manera breve sencilla algunos de los tópicos abordados en el seminario.
ANTECEDENTES O REFERENCIAS HISTORICAS
Según Schmitt, la Constitución e la manera de
ser del Estado, por cuanto la unidad política de un pueblo. En cambio Sieyes (francés),
declara que la constitución comprende a la vez la formación y la organización interior
de los diferentes poderes públicos, su correspondencia necesaria y su independencia
recíproca.
Para Bryce es el complejo total de leyes que comprenden
los principios y las reglas por las que la comunidad está organizada, gobernada y
defendida.
El Derecho Parlamentario de fin de siglo cuyas base están
contenidas en la parte orgánica en la Constitución y se desarrollan en una ley
orgánica, que no requiere ser promulgada por el Poder Ejecutivo, resuelve los dos
aspectos fundamentales: la organización interna y los procedimientos conforme a los
cuales el Congreso ejerce sus competencias. La técnica legislativa es la elaboración de
las leyes, en tanto objetos de cultura, como conjuntos de palabras, frases, cláusulas,
que con lógica y orden integran capítulos, títulos y artículos que servirán para
regular algún sector específico de la vida social.
DESARROLLO DEL TEMA
La constitución es la "ley fundamental de
organización de un Estado". Aristóteles nos dice que la Carta Magna es el ser del
Estado. y en definitiva debe considerarse la Carta Magna como la ley fundamental y suprema
del Estado, que atañe tanto a las atribuciones y límites a la autoridad como a los
derechos del hombre y pueblo de un Estado. El Derecho Parlamentario Mexicano, en la esfera
federal, organiza y regula al Congreso general, a las dos Cámaras que componen al Poder
Legislativo, a la Comisión Permanente y más recientemente, contempla los grupos
parlamentarios. También es el conjunto de normas que regulan la organización y el
trabajo del órgano legislativo, y tiene entre sus funciones diversas, una fundamental: la
elaboración de las leyes. Y la técnica legislativa es el conjunto de reglas prácticas,
de lenguaje y de lógica, que deben seguirse para elaborar una ley desde el punto de vista
material y sirve para elaborar el proyecto.
CONCLUSION PROPUESTA O SOLUCION