No. 66 Edgardo Flores Campbell

TITULO DEL TRABAJO

Democracia y Política Constitucional.

 

OBJETIVO DEL TEMA

La exploración de los antecedentes históricos y desarrollo que ha registrado hacia el nuevo milenio del derecho constitucional y su vinculo con la democracia.

 

ANTECEDENTES O REFERENCIAS HISTÓRICAS.

Cuando el gobierno reside en un solo individuo, existe la forma pura de la monarquía, siempre y cuando el individuo en quien recae el poder lo emplea en beneficio de todos, y tiranía se denomina cuando ese individuo utiliza el poder de que dispone en beneficio de si mismo o de quien decide en forma privilegiada. Cuando el gobierno reside en una minoría, existe lo que denominamos aristocracia, siempre y cuando se utilice el poder en beneficio de todos; lo que denominamos oligarquía se presenta cuando el poder solo beneficia a la minoría que lo detenta. El artículo 39 constitucional, señala que todo el poder publico dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. En nuestra cultura se ha tenido un Constitución venerada, idolatrada, cuyo elogio han trasmitido generaciones, este sentimiento extravagante hacia una ley que solo debe ser estimada por su utilidad y acatada para el bien común, arrojo beneficios al sistema político por la utilidad que se le dio con fanatismo.

 

DESARROLLO DEL TEMA

En mayor o menor grado la democracia del país y en el transcurso del tiempo o como la autoridad han sido limitadas la s funciones de gobierno que han asignado a distintos poderes públicos y se han constituido la nación de derecho humano en torno a las actividades no solo del gobierno sino del estado entero.

La Constitución entendida como norma suprema para Ignacio Otto, significa que la Constitución tiene como primer presupuesto la existencia de una función legisladora en sentido amplio y que en este sentido es el conjunto de normas a las que se deben sujetar la creación de normas por los órganos superiores del Estado. el concepto de Constitución se construye a partir de la jerarquía entre normas. Pero las normas constitucionales se diferencian de las demás normas, no por su objeto, sino por la relación que guardan con las demás: por la superioridad respecto de la legislación, de toda la creación normativa de todos los actos de aplicación de la misma. Generalmente a esta supremacía le llamamos superlegalidad en la doctrina, ya que la constitución suprema está por arriba en el último escaño de la posibilidad, sobre la mera legalidad, sobre las leyes y por ende sobre todo lo que se sitúa por debajo de la legalidad. Y este principio no solo rige la actividad que realiza el Estado de acuerdo a sus atribuciones y dificultades, sino que también las relaciones entre los particulares por lo que no solo las violaciones que hagan de ella las autoridades estatales serán consideradas inconstitucionales, sino también hechas por los partidos.

 

CONCLUSION PROPUESTA O SOLUCION

Que a lo largo de la suprema Constitución o carta magna tienen que darse o se da la soberanía y este se de con la confianza de la humanidad para dar soberanía a la Constitución.

APLICACION

Esto se aplicara dándole o seguirle dando a la constitución política toda la soberanía

 

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