os antecedentes
de no reelección relativas plasmadas en el art. 59 de la constitución política vigente
se remonta hasta la constitución de Cádiz emitida en el año de 1812 ley fundamental en
el art. 110 dispuso: " Los Diputados no podrán volver a ser elegidos sino mediante
otra diputación ". No existe en el proyecto de Venustiano Carranza, ni en la
Constitución aprobada en 1917 antecedentes de la no reelección relativa. Es hasta las
reformas publicadas el 29 de abril de 1933, en el que se incorpora el texto vigente del
articulo 59 constitucional en donde se prohibe la no reelección inmediata de los
legisladores.
La escasa información acerca de las
elecciones en la década de 1920 no parece confirmar la hipótesis de la independencia
política de los legisladores. A pesar de que en la década de 1920 no había
restricciones a la reelección de los legisladores, sin embargo tanto la Cámara de
Diputados como el Senado eran cuerpos sumamente inestables.
DESARROLLO DEL TEMA
Una de las reglas fundamentales
que afectan las estrategias de supervivencia politica es la cláusula constitucional que
prohibe la reelección de los diputados y senadores en el periodo inmediato; la no
reelección consecutiva convierte los cargos en el Congreso en meros " trampolines
" para saltar a otras posiciones políticas. La no reelección consecutiva afecta la
relación entre los legisladores y el electorado en varios aspectos. Para el Dr. Miguel
Carbonell la reelección de legisladores fortalece al poder legislativo ya que crea una
verdadera carrera parlamentaria mediante la profecionalización de los parlamentarios
incentivando la formación de verdaderos legisladores expertos porque " la mayor
parte de la doctrina sobre parlamentos coincide en que la principal motivación de los
parlamentarios es reelegirse. Y considera tres ventajas: permite crear una relacion entre
el representante y sus electores, a través de las campañas ya que al reelegirse podrá
rendir cuentas a sus representados; fortalece la responsabilidad de los legisladores con
sus electores; la profecionalización de los legisladores.
CONCLUSION PROPUESTA O SOLUCION