as Comisiones
Legislativas en el Derecho Parlamentario Mexicano.
OBJETIVO DEL TEMA
El término comisión se designa al
grupo de personas encargadas de ciertas funciones públicas específicas, por encargo de
una instancia de gobierno, superior.
Las comisiones legislativas son órganos
de las Asambleas deliberativas que tienen como funciones el análisis, estudio y
redacción de documentos que son sometidos a su consideración.
De acuerdo a más opiniones en los
ámbitos jurídicos, políticos y parlamentarios de diversos países latinoamericanos y
europeos se analiza la evolución o los cambios de las comisiones legislativas así como
también sus defectos y lo que les falta por avanzar y seguir evolucionando.
ANTECEDENTES O REFERENCIAS HISTORICAS
as normas
relativas al Congreso han venido evolucionando desde el reglamento de 1813 que rigió los
trabajos del Congreso Chilpancingo, En septiembre de 1898se promulgo un nuevo reglamento
interior del Congreso, que permaneció vigente hasta 1934 que regalaba la instalación del
Congreso constituyente, en 1979 se expidió la Ley orgánica del Congreso, en 1999 se hizo
necesaria una reforma sustancial a la Ley relativas a la composición y funcionamiento de
Congreso.
DESARROLLO DEL TEMA
La Constitución de los Estados Unidos
Mexicanos hace referencia en diversas disposiciones a comisiones de alguna de las cámaras
de donde se deriva la creación de los organismos legislativos.
Existen las comisiones:
Ordinarias de dictamen Legislativo: todas
aquellas que tienen a su cargo las tareas de dictamen legislativo y cuya competencia
corresponde a la Administración Pública Federal.
De control e investigación.- las que se
constituyen con carácter transitorio para el ejercicio de la facultad a que se refiere el
párrafo 3º. del artículo 93 constitucional.
Jurisdiccionales: sus funciones son de
conformar el juicio político para los servidores públicos.
Especiales: es aquel cuyo origen,
naturaleza, número y duración varía en cada legislatura de acuerdo con las
circunstancias coyunturales y el contexto socio-político y económico.
Así también otra clasificación puede
ser la siguiente:
- Las creadas por Ministerio de Ley.
- Las permanentes
- Las administrativas
CONCLUSION PROPUESTA O SOLUCION
Las comisiones están facultadas para
analizar , discutir y votar sin participación del pleno, todas las iniciativas, minutas,
dictámenes o proyectos de ley o de reformas a distintos ordenamientos secundarios
relacionados directamente con la materia de su competencia y dejar para la responsabilidad
del Pleno cualquier reforma de la constitución.
APLICACION
De acuerdo al autor: "esta tesina
tiene el propósito de analizar y comparar cómo una futura reforma a la ley orgánica del
congreso pudiera profundizar para las labores parlamentarias que contribuyan a convertir a
estos colegios parlamentarios en verdaderos órganos de debate, análisis y discusión de
iniciativas y proyectos legislativos, pero con capacidad decisionaria en su ámbito de
competencia, para votar y en su caso desechar o aprobar las iniciativas o proyectos.