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14 Lic. Carlos Ivan Arenas Angeles TITULO DEL TRABAJO
Regulación de la Técnica Legislativa en el
Marco Jurídico del Poder Legislativo
OBJETIVO DEL TEMA
Proponer una
reglamentación que permita una técnica legislativa adecuada para la elaboración de los
actos normativos internos y externos a que todo Poder Legislativo está obligado, analizar
las bases en que se fundamenta la técnica legislativa, investigar las normas que auxilian
a la técnica legislativa.
ANTECEDENTES O REFERENCIAS HISTORICAS
La técnica
legislativa condensa toda la orientación del Cammon law que en sus aspectos doctrinales
consideraban que el juez que conocía de un asunto jurídico, estaba obligado a resolverlo
de acuerdo a los precedentes existentes en México los estudiosos de técnica legislativa
han sido regulados en virtud de que poco se ha investigado y escrito sobre la materia, lo
que ha propiciado la improvisación en la elaboración y redacción de las leyes. La
tradición anglosajona con muchos años de antigüedad que tiene como punto de partida las
formas adoptadas para la deducción de los proyectos de Ley en países como Gran Bretaña,
los cuales se centralizan en un órgano dependiente del Gobierno, compuesto por personas
especializadas en la redacción de los textos legales, este órgano fue creado en 1869.
En México, los estudios de técnica
legislativa han sido relegados en virtud de que poco se ha investigado y escrito sobre la
materia, lo que ha propiciado la improvisación en la elaboración y redacción de las
leyes, así como una precaria bibliografía sobre el particular. En el mejor de los casos,
las referencias sobre el tema forman parte del contenido del Derecho Constitucional, por
lo que es analizado en forma muy general, sin entrar a los por menores de las múltiples
facetas que hacen del proceso legislativo un capítulo importante del Derecho
Parlamentario.
DESARROLLO DEL TEMA
La elaboración de
la Ley, es decir los mecanismos anteriores a su presentación no se encuentran regulados,
siempre se habla de proceso legislativo, así lo citan la doctrina y la Ley. La técnica
legislativa quedaría de la siguiente manera: La técnica de elaboración que abarcaría:
ámbito de aplicación, objeto de la Ley o Decreto, estructura normativa, normas mínimas,
estudio comparado para su aplicación recursos, sanciones adecuadas al gobernado. La
técnica de reducción que contendría: iniciativa dictamen y voto particular. Técnica de
discusión la cual abarcaría: debate cerrado y debate abierto.
La voz técnica deriva del sustantivo
latino technicus "técnico, especialista" del griego terhniros", "de
arte, de destreza, práctico" a su vez proveniente de "arte, destreza,
oficio", del indoeuropeo ters-na "oficio o arte (de dejer o construir)".
Según la acepción primera, la técnica es un adjetivo que significa "perteneciente
o relativo a las aplicaciones de las ciencias y las artes". Se aplica también a
personas que poseen conocimientos especiales en un conocimiento especializado referente a
las aplicaciones y aspectos prácticos que son necesarios en la redacción, composición y
elaboración de las leyes en general. La técnica legislativa, es una parte del Derecho
Parlamentario que tiene como objeto de estudio el conocimiento de los pasos que se adoptan
para la elaboración y adecuada redacción de las leyes en general y de las disposiciones
normativas particulares.
CONCLUSION PROPUESTA O SOLUCION
Es inaplazable que
se realicen acciones tendientes a lograr que los Congresos dispongan de los elementos
necesarios, no sólo materiales sino esencialmente humanos, para acreditar la eficacia de
esta institución que a pesar de la respetable tradición con que cuenta no ha logrado ser
consecuente con los requerimientos de madurez que la población esta demandando.
APLICACIÓN
La adopción de mecanismos nuevos para seguir avanzando
hacia el perfeccionamiento del parlamento en México, realizando normas o reglas que
permitan una adecuada elaboración de leyes, decretos o acuerdos previendo así la
realización de apropiadas normas que garanticen al gobernar una seguridad jurídica. |
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