No.
1 Lic. Eleael Acevedo Velázquez.
TITULO DEL TRABAJO
El Juicio
Político Previsto en la Legislación del Estado de Morelos.
OBJETIVO DEL TEMA
El autor se
propone establecer como base de esta investigación que el titular del Poder Ejecutivo en
la legislación del Estado de Morelos, si puede y debe ser responsable políticamente por
los actos y omisiones que en el ejercicio de sus atribuciones causa perjuicio graves a los
intereses fundamentales de un estado, o desequilibren el funcionamiento normal de las
instituciones públicas; y para confirmar la validez de esta propuesta es necesario
investigar cual es el objeto y la causa original para que un alto servidor público sea
juzgado por la responsabilidad oficial en que pueda en que pudiera incurrir en un gobierno
republicano de tipo presidencial.
ANTECEDENTES O REFERENCIAS
HISTÓRICAS
La primer
referencia es la "Petition of Rights" de 1628, que es un documento inglés donde
los Lores y los Comunes reunidos en un parlamento le recuerdan al Rey el cumplimiento de
sus atribuciones monárquicas.
Siguiendo el proceso histórico inglés
que dió lugar al sistema parlamentario, tenemos la Declaración de Derechos de 1689,
donde el pueblo le exige al monarca el respeto de un mínimo de derechos fundamentales.
Con la experiencia inglesa, Francia logra
transitar de su régimen feudal, a uno monárquico de tipo absolutista, vestido con las
ideas liberales de la época del siglo XVIII.
El caso de Estados Unidos, se encuentra
influído por los migrantes ingleses; se recogen las ideas liberales francesas e inglesas
lo que lleva a la creación de la primera Constitución escrita donde se plasman las
normas y privilegios que ya disfrutaban en Europa.
Finalmente la experiencia Mexicana sobre
la adopción de las ideas liberales y la restricción de los excesos autoritarios de
España, se vió encausada en la lucha de independencia de 1810; y donde los motivos
sociales de la lucha se plasman en el documento conocido como "Sentimientos de la
Nación".
DESARROLLO DEL TEMA
Primero se
hacen algunas acepciones sobre la figura del juicio político, de acuerdo al análisis de
juristas como Ignacio Burgoa, Héctor Fix Zamudio y Jorge Sayeg Helu y finalmente aporta
su definición personal.
Por otro lado, se analizan los principales
elementos sobre el juicio político en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en la Constitución de Morelos y en la Ley de Responsabilidades de los
Servidores Públicos.
También el autor destaca el procedimiento
a seguir para el juicio político de quien caiga en responsabilidad. El procedimiento a
seguir para el juicio político esta hubicado en el Artículo. 10 Constitucional de
Morelos y dice así:
El H. Congreso del Edo. conocera como
Jurado de Declaración.
- Se ratificará en 3 días.
- Se turna a la comisión de Régimen Interno y
Concentración Política para que dictamine: si la denuncia es procedente y aumenta la
coacción del procedimiento.
Finalmente se analiza el texto vigente
relativo al juicio político aplicable al Gobernador del Estado de Morelos; donde se
establece quienes son los servidores públicos y se nombran los funcionarios que podrán
ser sujetos de juicio político donde se excluye injustificadamente al Gobernador. Ya que
la consideración central del poder judicial para negarse a continuar con el juicio
político, se basó en su apreciación particular de que la ley se excedía y contravenía
el texto constitucional, cuando se había incorporado la figura del gobernador como un
servidor susceptible de ser sujeto de juicio político. El congreso local acudió ante la
Suprema Corte de Justicia en vía de controversia constitucional para incorformarse en
contra de la resolución del Tribunal Superior de Justicia y ello es un asunto que
todavía se encuentra en tramite.
CONCLUSIÓN PROPUESTA O SOLUCIÓN
El autor
afirma que ningún alto servidor público debe escapar de la acción de la justicia, sea
de carácter penal, civil o político porque cualquier excepción permite o promueve la
impunidad, principalmente de los servidores públicos responsables del Poder Ejecutivo,
que por la naturaleza de sus funciones es más susceptible de caer en excesos y actos
autoritarios o corruptos; por tal razón, el Ejecutivo es quien debe encabezar la lista y
catálogo de funcionarios sujetos a reproche político.
APLICACIÓN
Es necesario
reformar el marco jurídico en lo que toca a la figura del juicio político utilizando la
técnica legislativa más adecuada; asimismo realizar una revisión integral para
reconocer que otras importantes figuras de control parlamentario por su insuficiencia
técnica favorecen gobiernos centralistas y presidenciales. |