No. 1 Lic. Eleael Acevedo Velázquez.

TITULO DEL TRABAJO

El Juicio Político Previsto en la Legislación del Estado de Morelos.

OBJETIVO DEL TEMA

El autor se propone establecer como base de esta investigación que el titular del Poder Ejecutivo en la legislación del Estado de Morelos, si puede y debe ser responsable políticamente por los actos y omisiones que en el ejercicio de sus atribuciones causa perjuicio graves a los intereses fundamentales de un estado, o desequilibren el funcionamiento normal de las instituciones públicas; y para confirmar la validez de esta propuesta es necesario investigar cual es el objeto y la causa original para que un alto servidor público sea juzgado por la responsabilidad oficial en que pueda en que pudiera incurrir en un gobierno republicano de tipo presidencial.

ANTECEDENTES O REFERENCIAS HISTÓRICAS

La primer referencia es la "Petition of Rights" de 1628, que es un documento inglés donde los Lores y los Comunes reunidos en un parlamento le recuerdan al Rey el cumplimiento de sus atribuciones monárquicas.

Siguiendo el proceso histórico inglés que dió lugar al sistema parlamentario, tenemos la Declaración de Derechos de 1689, donde el pueblo le exige al monarca el respeto de un mínimo de derechos fundamentales.

Con la experiencia inglesa, Francia logra transitar de su régimen feudal, a uno monárquico de tipo absolutista, vestido con las ideas liberales de la época del siglo XVIII.

El caso de Estados Unidos, se encuentra influído por los migrantes ingleses; se recogen las ideas liberales francesas e inglesas lo que lleva a la creación de la primera Constitución escrita donde se plasman las normas y privilegios que ya disfrutaban en Europa.

Finalmente la experiencia Mexicana sobre la adopción de las ideas liberales y la restricción de los excesos autoritarios de España, se vió encausada en la lucha de independencia de 1810; y donde los motivos sociales de la lucha se plasman en el documento conocido como "Sentimientos de la Nación".

DESARROLLO DEL TEMA

Primero se hacen algunas acepciones sobre la figura del juicio político, de acuerdo al análisis de juristas como Ignacio Burgoa, Héctor Fix Zamudio y Jorge Sayeg Helu y finalmente aporta su definición personal.

Por otro lado, se analizan los principales elementos sobre el juicio político en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Constitución de Morelos y en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

También el autor destaca el procedimiento a seguir para el juicio político de quien caiga en responsabilidad. El procedimiento a seguir para el juicio político esta hubicado en el Artículo. 10 Constitucional de Morelos y dice así:

El H. Congreso del Edo. conocera como Jurado de Declaración.

  • Se ratificará en 3 días.
  • Se turna a la comisión de Régimen Interno y Concentración Política para que dictamine: si la denuncia es procedente y aumenta la coacción del procedimiento.

Finalmente se analiza el texto vigente relativo al juicio político aplicable al Gobernador del Estado de Morelos; donde se establece quienes son los servidores públicos y se nombran los funcionarios que podrán ser sujetos de juicio político donde se excluye injustificadamente al Gobernador. Ya que la consideración central del poder judicial para negarse a continuar con el juicio político, se basó en su apreciación particular de que la ley se excedía y contravenía el texto constitucional, cuando se había incorporado la figura del gobernador como un servidor susceptible de ser sujeto de juicio político. El congreso local acudió ante la Suprema Corte de Justicia en vía de controversia constitucional para incorformarse en contra de la resolución del Tribunal Superior de Justicia y ello es un asunto que todavía se encuentra en tramite.

CONCLUSIÓN PROPUESTA O SOLUCIÓN

El autor afirma que ningún alto servidor público debe escapar de la acción de la justicia, sea de carácter penal, civil o político porque cualquier excepción permite o promueve la impunidad, principalmente de los servidores públicos responsables del Poder Ejecutivo, que por la naturaleza de sus funciones es más susceptible de caer en excesos y actos autoritarios o corruptos; por tal razón, el Ejecutivo es quien debe encabezar la lista y catálogo de funcionarios sujetos a reproche político.

APLICACIÓN

Es necesario reformar el marco jurídico en lo que toca a la figura del juicio político utilizando la técnica legislativa más adecuada; asimismo realizar una revisión integral para reconocer que otras importantes figuras de control parlamentario por su insuficiencia técnica favorecen gobiernos centralistas y presidenciales.


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