EL C.- PRESIDENTE:- Se abre la sesión vespertina correspondiente a la Tercera
Conferencia Magistral que dentro del marco de las actividades del Último Seminario de
Derecho Constitucional y Parlamentario, la Comisión de Estudios Legislativos está
realizando.
En primer término es prudente que por parte de la Comisión les
damos la siguiente explicación. Debido a un error cometido por la Dirección de Eventos,
programó dos encuentros a la misma hora en el mismo lugar y cosa que desde luego pues es
imposible de realizar, como ustedes saben, nuestro encuentro estaba programado para el
Salón Verde a esta hora, pero por un error de esta Dirección que se les empalmaron las
fechas y al último minuto nos avisaron, es que nos vemos precisados a realizar este
encuentro en este auditorio y por tanto a nombre de la Comisión les ofrecemos una
disculpa por un hecho que desde luego rebasa nuestra capacidad, ya que previmos nosotros
con la suficiente anticipación, como deben hacerse las cosas, pero lamentablemente por
este error no fue posible.
Inmediatamente una vez hecha esta aclaración también es
prudente señalarles que vamos a hacer una ampliación de este Encuentro Académico a
sugerencia de varios de ustedes que han pedido que se trate uno de los temas fundamentales
en los cuales esta Cámara y todos los Congresos en los Estados se verán inmersos, que es
lo referente a los asuntos de carácter estrictamente económico.
Y por tanto, atendiendo esta petición el Comité Académico,
decidió adicionar con una sesión académica más este Seminario. Esta sesión académica
habrá de realizarse el día 25 de noviembre de 18 a 21 horas en este mismo lugar que
ustedes ya conocen. Esta se ocupará de los asuntos referentes al marco tributario en
nuestro país, tendremos a un Especialista de la Secretaria de Hacienda, al Director de
Presupuesto precisamente de esta Secretaría quien nos hará el favor de dar esta sesión
académica que a solicitud de varios de ustedes que se acercaron a la Secretaria Técnica
de la Comisión hemos atendido esa petición.
Por tanto habremos de mover estas fechas y nuestra última
sesión de clausura que la teníamos contemplada para el 24 de noviembre, como todos
ustedes saben con respecto al Programa, habremos de realizar por tal efecto el día 30 de
noviembre en el Salón Verde, es cuando se hará la última Conferencia Magistral, la
cuarta y donde se clausurará este Encuentro Académico, esto para que tomen nota,
obviamente todo esto se los estoy haciendo llegar por escrito, se les estará enviando a
sus respectivos domicilios que tenemos registrados.
Dicho lo anterior, permítanme entonces ya dar inicio a este
evento y quiero agradecer muy cumplidamente la presencia de la Diputada Marlene Catalina
Herrera Díaz, ella es Secretaria de la Comisión de Estudios Legislativos de la Cámara
de Diputados. (Aplausos)
Nos acompaña el C.P. Gregorio Guerrero Pozas quien, como todos
ustedes saben, es el Contador Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados, bienvenido
Contador (aplausos); y nos hace también el favor de acompañarnos el Dr. Gustavo Esquivel
Vásquez quien es Magistrado del Tribunal Fiscal de la Federación (aplausos).
Le solicito a la Diputada MARLENE nos haga favor de dirigir un
breve mensaje para dar inicio a este evento.
- LA C. DIPUTADA MARLENE CATALINA HERRERA DÍAZ: Compañeros
Diputados, señores estudiosos del Derecho Parlamentario y Constitucional señor
Magistrado Dr. Gustavo Esquivel Vázquez, señor C.P. Gregorio Guerrero Pozas. Amigos
todos, muchísimas gracias a todos por estar participando en este Seminario de la
Comisión de Estudios Legislativos que ha organizado para analizar el derecho
Constitucional Mexicano y el Derecho Parlamentario.
Su presencia, su participación en este Seminario
indiscutiblemente ha contribuido a que se logren los objetivos que todos los miembro de la
Comisión nos propusimos y es contribuir a estudiar nuestro marco constitucional y a
sentar los elementos jurídicos y técnicos que permitan su fortalecimiento, su
engrandecimiento, en particular deseo agradecer a nombre del Diputado Enrique Ibarra,
Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos y de todos los integrantes de la
Comisión su presencia y su participación en esta Conferencia magistral que
indiscutiblemente rendirá los éxitos que estamos deseando.
Muchísimas gracias, los felicito a ustedes por su interés en
que este seminario se haya visto ampliado con un tema tan importante como es la
Fiscalización, la rendición de cuentas, indiscutiblemente esta es una de las tareas que
nuestra Cámara tiene encomendadas y le corresponde exclusivamente a la Cámara de
Diputados y que todo lo que podamos hacer para que esta obligación que tienen todos los
legisladores se cumpla cabalmente, será indiscutiblemente retribuida.
A todos los que indiscutiblemente van a SUCEDERNOS AQUÍ en las
curules de la Cámara, a los estudiosos y a mis compañeros Diputados les reitero mi
agradecimiento y sobre todo a los señores ponentes . Muchisimas gracias.
- EL C. COORDINADOR: Muchísimas gracias y vamos a dar inicio a
este evento y déjenme presentar al primer conferencista de esta tarde que es le señor
C.P. Gregorio Guerrero Pozas, antes permítanme ustedes hacer una breve reseña curricular
del señor Contador.
Actualmente ocupa la Titularidad de la contaduría Mayor de
Hacienda de la Cámara de Diputados electo por el pleno en 1998 en el mes de diciembre.
Sus actividades profesionales las desarrolló en diversas
entidades de la Administración Pública e Iniciativa Privada destacando otras, Tesorero
General de la Cámara de Diputados, Delegado de Banobras, Sociedad Nacional de Crédito en
el Estado de Tlaxcala, Coordinador de Asesores del Tesorero de la federación, Director de
Comercialización del Instituto Mexicano de T.V., Tesorero General del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Director de Normas y otro
cargos en la Secretaría de Programación y Presupuesto.
Práctica Independiente de la Contaduría Pública en diversas
empresas del sector privado, ha sido Maestro Titular en diversas asignaturas e
instituciones de Enseñanza Superior, Maestro Conferencista en el Instituto Nacional de
Administración Pública, Conferencista en temas de Presupuesto Público, Finanzas
Públicas y Contabilidad Gubernamental.
Cuenta con el Diplomado en Ideas e Instituciones de México en
el Instituto Tecnológico de México. Ha sido Vicepresidente de la Asociación Mexicana de
Contadores Públicos del Sector Público, Presidente de la Comisión de Contabilidad
Gubernamental del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Representante de México en
el Comité de Normas Gubernamentales de la Asociación Interamericana de Contabilidad.
Damos pues la más cordial bienvenida a la señor Contador
Gregorio Guerrero Pozas.
- EL C.P. GREGORIO GUERRERO POZAS:- Yo quisiera agradecer muy
cumplidamente a la Comisión de Estudios Legislativos de la Cámara de Diputados y a los
señores organizadores de este evento, que me dan la oportunidad de platicar con ustedes
unos minutos. El tema que a mí me han pedido desarrollar es el tema de la rendición de
las Cuentas y el Órgano Superior de Fiscalización que como todos ustedes saben entrará
en vigor a partir del 1 de enero del año 2000.
Quiero iniciar esta charla manifestándoles que una de las cosas
que ha estado siempre presente en las discusiones de la presente Legislatura y en lo que
se refiere a la reforma del estado, es precisamente el tema de la rendición de las
cuentas, hay obviamente otros temas muy importantes que se han estado debatiendo, que se
han estado discutiendo, que se han estado esclareciendo aquí en la Cámara de Diputados,
pero yo siento que uno de los temas importantes es precisamente la rendición de las
cuentas.
Hay muchos intelectuales, muchos escritores que opinan una vez
que ya casi ha quedado solucionado o ha habido un avance de mucha consideración en
materia electoral, ahora es el tiempo de la rendición de las cuentas.
Ustedes saben que en nuestra sociedad, en los medios, existe una
serie de comentarios que nos hacen ver que no hay confianza respecto de la forma en que se
manejan los recursos públicos. Se habla constantemente de la corrupción, de que hay que
abatirla, de que hay que hacer muchas cosas para que este tipo de situaciones ya no ocurra
porque lastima o porque lacera sobre todo a las gentes que tienen menos, a las gentes que
pues requieren de recursos que en ocasiones no llegan a ellos, así lo manifiestan los
analistas, pues en virtud de que hay situaciones de corrupción que agravan este tipo de
situaciones.
Como ustedes saben, la presente Legislatura marca desde su
instalación un punto fundamental en el avance legislativo; desde su instalación hubo
muchos problemas para que esta se constituyera debidamente y ya una vez constituida la
manera en que quedaron configuradas las comisiones, los trabajos que se han venido
desarrollando han sido muy debatidos, han sido ampliamente debatidos.
Para muchas gentes existe la opinión de que no ha habido un
avance muy claro en los trabajos legislativos de la presente Legislatura pero para otros
muchos si, los trabajos que se han venido desarrollando en la Legislatura están
significando un punto de arranque fundamental y de apoyo a las gestiones legislativas.
Para efectos de la rendición de las cuentas, como les decía,
estaba siempre presente en el debate el asunto de la rendición de las cuentas y se
presentaron varias iniciativas; una iniciativa que venía del Poder Ejecutivo y del
Partido Mayoritario en la Cámara, se presentó en la Cámara y posteriormente hubo otras
iniciativas de los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, todos ellos
referidos precisamente a que debía de integrarse, a que debía de formarse un órgano de
fiscalización superior, un órgano que tuviera mucho mayores atribuciones que con las que
actualmente cuenta la Contaduría Mayor de Hacienda y que con estas mayores atribuciones,
las revisiones, la auditoría, la fiscalización que lleva a cabo pudieran ser más
efectivas, pudieran ser de mayor alcance y pudieran tener una mayor gama de participación
en esta disciplina, en esta materia.
Estas 3 iniciativas presentadas por el Ejecutivo, el PRI, el PAN
y el PRD fueron ampliamente debatidas, iban en muchos sentidos y había muchas preguntas
en el aire acerca de qué debía de contener esa nueva ley. Se hablaba por ejemplo de que
si debía de ser un órgano unipersonal, esto es dirigido por una sola persona o debía
ser un órgano colegiado; ya en la Asamblea de representantes también, como ustedes
saben, existe la experiencia de un órgano colegiado.
En el resto de la República en todos los órganos de
fiscalización están dirigidos por una persona, la excepción en este caso la representa
la Asamblea de Representantes en el D.F. que tiene un órgano colegiado.
A nivel mundial yo podría decirles que la Dirección de los
órganos de este tipo de las Contralorías, Auditorías, Tribunales de Cuentas que tienen
muchos nombres los que se dedican a revisar las cuentas, son contralorías dirigidas por
una persona y también existen contralorías o auditorías y también existen tribunales
de cuentas que son colegiados, hay de las dos situaciones.
Si hiciéramos un balance diríamos que mayormente persisten las
direcciones unipersonales en este tipo de órganos de fiscalización.
Entonces es una cosa que se debatía cuando se discutían las
tres iniciativas, iba a ser un órgano unipersonal o colegiado, la decisión final fue
que, una fuera un órgano unipersonal. Si debía fincar responsabilidades o no debía
fincar responsabilidades, actualmente la contaduría Mayor solamente hace recomendaciones
y observaciones a las entidades que les ha hecho las revisiones correspondientes.
Si debía de gozar de autonomía, de independencia también,
actualmente la Contaduría Mayor de Hacienda y así lo dice su Ley Orgánica, depende de
la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda; la Comisión de Vigilancia
está integrada por 30 diputados de los diferentes partidos, están representados en ella
14 diputados del PRI, 7 del PAN, 7 del PRD, 1 del Partido Verde y otro del Partido del
Trabajo.
Entonces, otro cuestionamiento que se hacían es si debían de
continuar dependiendo de una Comisión de la Cámara de Diputados; había también otras
posturas de que debían ser un órgano más independiente, más autónomo para que no
tuviera la influencia de ningún partido en las revisiones.
Queda claro y así sucede en la mayor parte de los países que
estos órganos son independientes precisamente para que no haya una cierta influencia de
algún partido y que las revisiones pudieran tener alguna dedicatoria. Por eso a este tipo
de órganos se les otorga la independencia y la autonomía para que sean ellos los que
internamente decidan cuáles son los trabajos basados en una planeación, en una serie de
indicadores que se tienen, cuáles son las auditorías que habrá de realizar y sobre qué
renglones: Hay una serie de disciplinas y de indicadores que generalmente se usan para
llevar a cabo precisamente este tipo de revisiones.
Todas esta iniciativas se fueron comentando muy ampliamente y
finalmente los señores diputados se pusieron de acuerdo y aprobaron las modificaciones a
la Constitución, que posteriormente apoyadas por la Ley orgánica, darán origen al
Órgano Superior de Fiscalización.
Las modificaciones constitucionales siguieron el proceso legal
que tuvieron que seguir; inicialmente se habían aprobado aquí en la Cámara, se mandaron
a la de Senadores y hubo algunas propuestas de modificación, regresaron a la Cámara de
Diputados y finalmente se aprobaron. Ya una vez que se volvieron aquí en la Cámara de
diputados, volvieron a ir al Senado, ya en ese momento había los acuerdos
correspondientes; el Senado también las aprueba y van a las legislaturas locales para que
ya cumpliendo con la mayoría necesaria se les diera precisamente el carácter de
modificaciones constitucionales.
Finalmente el 31 de julio del presente año, ya se les dá la
categoría definitoria de modificaciones constitucionales y así aparecen ya en el Diario
Oficial de la federación y estas modificaciones que las veremos, las comentaremos en su
momento, pues son las que le dan fuerza, las que le dan mayor vigor al nuevo Órgano
Superior de Fiscalización, como veremos tiene definitivamente otro tipo de atribuciones
que le darán mayor vigencia a esta institución fiscalizadora.
También cuando se estaba debatiendo, cuando se estaba
discutiendo las iniciativas correspondientes, sucede otro evento que también para mi
gusto marca una diferencia fundamental en la conducción del órgano de fiscalización. En
diciembre del año pasado terminaba el año de 8 años del anterior Contador Mayor de
Hacienda y había que elegir a uno; generalmente, antaño, lo que ocurría con la
elección del Contador Mayor pues era que venía una sugerencia para nombrarlo y
generalmente se aprobaba esa sugerencia para su nombramiento por la mayoría del partido
en el gobierno y así es como quedaba nombrado el Contados Mayor de Hacienda.
Esta es la primera ocasión y eso sucedió el año pasado,
aproximadamente por estas fecha, un poquito antes, que los señores diputados deciden
abrir una convocatoria pública para que puedan participar en ella todos los profesionales
que se sientan con la capacidad para dirigir el órgano de fiscalización: la Contaduría
Mayor de Hacienda.
Sale la convocatoria pública y se reciben 51 solicitudes de
profesionistas y ya una vez que se reciben estas solicitudes, se forma una subcomisión de
la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda integrada por 5 diputados:
uno de cada partido de los representados actualmente en la Cámara de Diputados, esto es,
del PRI, del PAN, del PRD, del PT y del Partido Verde y estos diputados analizan todos los
curriculus y los documentos que se habían solicitado en la convocatoria y empiezan a
hacer, de acuerdo con unas reglas que ellos mismos se habían marcado, empiezan a hacer
ciertas eliminaciones para ir eliminando a las personas que ellos consideraban que tenían
menos posibilidades de que pudieran ser electos ya cuando, después de varias etapas,
cuando quedan 10 personas, los señores diputados de esa subcomisión los manda llamar y
los entrevista y hablan con ellos, pues obviamente tratan de conocer acerca de la
experiencia que pudieran tener en materia de rendición de cuentas, en materia de cuenta
pública, en materia presupuestal y, en general, en aspectos de finanzas públicas y de
economía.
Una vez que hacen estas entrevistas con la 10 personas que
todavía estaban en ese momento vigentes, la subcomisión hace una elección, una nueva
elección o una nueva eliminación de personas y finalmente propone a la Comisión de
Vigilancia a 5 funcionarios que pueden ser los que pudieran estar al frente de la
Contaduría Mayor de Hacienda.
Una vez que llegan a la Comisión de Vigilancia esas 5
sugerencias, la Comisión de Vigilancia también, en una serie de debates, comentarios y
discusiones, finalmente propone al pleno a 3 finalmente, en una elección que se da en el
Pleno de la Cámara, en votación secreta, se elige al titular de la Contaduría. Esto en
ocasiones anteriores no había ocurrido, al menos de esta manera, y no fue por una
convocatoria abierta como ocurrió en esta ocasión.
Finalmente en la elección, la persona elegida, gana por 349
votos con el apoyo de 4 de los 5 partidos que están representados en la Cámara; esto
también le dá una mayor legitimidad al órgano de fiscalización por la forma en que se
llevó a cabo esta elección.
Esta situación fue llevada a cabo por la presente Legislatura;
también yo considero que es un punto importante que está marcando una serie de
diferencias por el interés que los señores diputados tienen de fortalecer al órgano que
habrá de apoyarlos en su función fundamental como es la parte legislativa en la función
de fiscalización.
Ya una vez que también esta situación sucede y se dan, como
había comentado anteriormente, ya las modificaciones constitucionales y se aprueban ya
fundamentalmente por las mayorías necesarias, ya en este caso vienen las modificaciones
que contiene la Constitución para crear el nuevo Órgano de Fiscalización.
Los cambios fundamentales son que se le dá a este órgano
autonomía técnica y de gestión, como yo les decía, anteriormente la Contaduría Mayor
dependía y así lo decía, claro, la Ley Orgánica correspondiente, de la Comisión de
Vigilancia. Con estas modificaciones constitucionales se le dá autonomía técnica y de
gestión.
Otro punto fundamental es que anteriormente la Contaduría Mayor
solamente empezaba o iniciaba a hacer sus revisiones a partir de la cuenta pública; esto
hacía que sus revisiones, sus auditorías, fueran ya muy retrasadas porque la cuenta
pública, como ustedes saben, se presenta el 10 de junio de un año posterior al que
finalizó el ejercicio fiscal, hasta en ese momento la Contaduría Mayor podía iniciar
sus revisiones que se dividían en dos etapas fundamentales: hacía una primera revisión
para presentar lo que se denomina el informe previo y el informe previo lo presentaba el
10 de noviembre de ese mismo año. En ese informe previo se hacían una serie de
observaciones y se obtenían una serie de indicadores que precisamente servían para
posteriormente hacer o plantear las auditorías que el órgano de fiscalización
consideraba conveniente llevar a cabo.
Este informe previo que se hacía sobre la cuenta pública, se
presentaba el 10 de noviembre y ya una vez que se hacían las auditorías, también
corría un espacio de tiempo y hasta el siguiente año, el 10 de septiembre, se presentaba
el resultado de estas revisiones de esta cuenta pública. Si tomamos como ejemplo el año
de '98, diríamos que la Contaduría tiene la obligación, que ya lo hizo, de presentar el
informe previo el 10 de noviembre del año de '99 y hasta el año 2000, en septiembre,
presentar el informe de resultados.
Estamos hablado de 22 meses después de que concluyó el
ejercicio; esto obviamente les daba una falta de oportunidad a las revisiones y no se
tomaban o no se podían tomar decisiones para corregir ciertas anomalías o para tomar
nuevas decisiones por parte de las entidades en relación a la forma en que se estaban
manejando el presupuesto público.
Se plantea dentro de las modificaciones constitucionales que el
Órgano de Fiscalización, el Órgano Superior de Fiscalización podrá ya, desde el
momento en que se rindan algunos informes y digo algunos informes porque la definición
real de cuándo se tienen que presentar estos informes vendrá hasta la Ley Orgánica;
actualmente los señores diputados trabajan en la confección, en la configuración de la
Ley Orgánica, algunos suponen que en este período de sesiones todavía se podrá aprobar
y algunos dicen que ya sería hasta el siguiente período de sesiones -de marzo a abril
del año siguiente- cuando se aprobaría finalmente la Ley Orgánica que le daría ya
vigencia y sustento al nuevo Órgano Superior de Fiscalización.
Entonces se plantea que a partir de los informes que les
presenten las entidades, las dependencias, los entes públicos que manejan recursos
presupuestales, recursos públicos, a partir de ese momento el Órgano de Fiscalización
podrá iniciar sus auditorías.
En los textos anteriores a los definitivos que se plantearon en
las modificaciones constitucionales, se hablaba de informes semestrales; finalmente
consideraron los diputados y senadores que es mejor que no se pusiera en la Constitución
la periodicidad pero sí que se estableciera en la Ley Orgánica correspondiente. Pero
obviamente muchos suponen y sustentan que deben ser informes semestrales los que deben
rendir en los entes públicos que manejan recursos patrimoniales de la Federación.
Y también hay otras excepciones. No solamente en el momento en
que se presenten los informes, que insisto pueden ser semestrales, sino cuando la Cámara
de Diputados y el Órgano Superior de Fiscalización consideren que hay algún manejo de
recursos que no queda suficientemente claro y en ese momento puede solicitar información
y a partir de que le presenten esa información excepcional, puede el Órgano Superior de
Fiscalización iniciar también ya las auditorías correspondientes.
Se mantiene vigente la idea de que sean revisiones esposes, pero
ahora lo posterior lo definen los informes semestrales y los informes excepcionales que
puede solicitar el Órgano de Fiscalización y con acuerdo de la Cámara de Diputados.
Esto obviamente da una mayor oportunidad en las revisiones y una mayor oportunidad para
que los señores diputados a través de los informes que se les rindan, una vez que se
hayan hecho las auditorías correspondientes, puedan ellos tomar las decisiones que
consideren más convenientes.
Por otro lado, como yo les mencionaba, actualmente en la
Contaduría se presentan dos informes: el previo, que se presenta aproximadamente 11 meses
después del cierre del ejercicio; y, el informe de resultados o definitivo. Actualmente
se elimina el previo y únicamente se presentará el informe de resultados que contendrá
obviamente, por un lado, la síntesis de los informes parciales que se van ir presentando
a la Cámara y el resultado general de las revisiones o de las auditorías que se llevaron
a cabo.
Esto tendrá que hacerse el 31 de marzo del año siguiente
cuando concluye el ejercicio fiscal; esto es 15 meses, se van ahorrar 6 meses de lo que
actualmente se da, porque les digo que el informe definitivo actualmente se presenta el 10
de septiembre y en las modificaciones constitucionales se habla de énfasis a las
auditorías de desempeño.
Fundamentalmente ahora, la Contaduría Mayor de Hacienda hace
revisiones que tienen que ver con el manejo de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de
Egresos, pero las modificaciones constitucionales se les da énfasis a revisar, el Órgano
Superior de Fiscalización tiene que revisar actualmente si estos recursos que se están
gastando se están manejando eficiente, eficaz y económicamente. Esto es los que define
un poquito la auditoría de desempeño. Se verá si los recursos que se están manejando
cumplieron con los propósitos que originalmente se plantearon, y si en todo caso se está
dando el servicio, que también originalmente se había previsto dar.
Hay ocasiones que, por ejemplo, se construye en alguna zona, una
clínica para darle servicio a 500 gentes, y resulta que solamente hay cien
derechohabientes en esa parte donde se construyó la clínica.
Este tipo de revisiones se van hacer, si efectivamente se
cumplió con los planes para los cuales fueron previstos la erogación de los recursos
correspondientes.
Se hace énfasis en esta parte de las auditorías de gestión, y
también se da énfasis en que el nuevo Órgano de Fiscalización podrá revisar a los
entes autónomos, como el IFE, como el Banco de México, como las universidades.
Actualmente, aunque se hacían este tipo de revisiones, el
sustento legal no estaba del todo claro, por eso se da el énfasis en esta parte, que
también es muy importante.
En relación a la autonomía de gestión, será el Órgano
Superior de Fiscalización quien decida ahora acerca de su organización y de su
estructura interna, y que también decida acerca de los recursos humanos, materiales y
presupuestales con los cuales habrá de cumplir su cometido.
Supondría que en la Ley Orgánica se hará una descripción
más clara acerca de esta autonomía, pero, como les he comentado, ya no será como
actualmente es la dependencia real de la Comisión de Vigilancia.
Debo decirles, y esto desde luego sería un reconocimiento muy
claro a la Comisión de Vigilancia, que actualmente la Contaduría Mayor trabaja con el
absoluto respeto a la Comisión de Vigilancia, le han dado una gran confianza, y los
planteamientos que ha hecho la Contaduría respecto a su organización actual, respecto al
manejo presupuestal y respecto al ejercicio de los recursos humanos, materiales y
presupuestales, ha sido muy respetado por los señores diputados que integran la Comisión
a la que aludo.
En relación a la autonomía, pues también es muy importante
que se establezca de esa manera, porque ustedes bien saben que este tipo de revisiones no
debe estar influenciado por algún color. No es algún partido el que diga: "Oye, haz
esta revisión porque yo quisiera a equis persona que la revises y que, en todo caso, le
encuentres algo para que le vaya mal." U otro partido que diga: "No revises
esto, porque a lo mejor ahí se encuentran cosas inapropiadas, que políticamente pueden
ser delicadas, etcétera."
Son de las situaciones que no deben de existir, y que en todos
los órganos de control, en todas las contralorías, auditorías generales o tribunales de
cuentas, está debidamente planteado. Este tipo de instituciones son autónomas, para que
no entren este tipo de convencionalismos por parte de algún partido, o este tipo de
tentaciones que pudieran quitarle imparcialidad, profesional y técnica, a las revisiones
que debe plantear este Órgano de Fiscalización.
Con la solicitud de esta información previa al cierre de la
Cuenta Pública, como les decía, habrá una mayor oportunidad de que las revisiones que
plantee el nuevo Órgano de Fiscalización, sean más adecuadas.
Ustedes bien saben que actualmente se le ha dado, se ha
privilegiado el avance de la fiscalización en el Poder Ejecutivo. En el Poder
Legislativo, que es el órgano que por mandato constitucional debe hacer la fiscalización
a los tres poderes, no había tenido un arranque o un despegue fundamental el órgano
correspondiente, en este caso la Contaduría Mayor.
Ustedes saben que la SECODAM si tuvo durante muchos años un
apoyo muy importante, y tuvo un crecimiento realmente de consideración.
Para muchas personas, obviamente, yo entre ellos, opinan que el
órgano que debe tener la mayor jerarquía en materia de fiscalización, lo es el órgano
que dependa del Poder Legislativo, y esto es lo que tratan los señores diputados de darle
al actual órgano de fiscalización, de darle ese sustento, de darle esas bases, para las
revisiones que hagan sea con una mayor profundidad, estén mayormente sustentadas,
contemplen otro tipo de disciplinas, y no solamente la financiera, y con todas estas
situaciones que se fortalezca la gestión de la rendición de cuentas, desde el punto de
vista del Poder Legislativo.
Estoy cierto de que hay retos de mucha importancia para el
Órgano de Fiscalización.
Voy a dejar aquí con los organizadores un texto que preparamos
para esta reunión, viene en algunas partes mucho más amplia la explicación o más
analizada, en relación a lo que yo les he comentado a ustedes, y desde luego estaría a
sus órdenes, y mis compañeros en la Contaduría Mayor de Hacienda, también estaríamos
a sus ordenes para cualquier aclaración que se derive de este tipo de situaciones.
Les diría que las tareas a desempeñar por la entidad de
fiscalización superior de México no son sencillas, demandan fortaleza para vencer
inercias y presiones, profesionalismo para actuar con seriedad y visión, capacidad para
convertirse en promotores de la modernización, probidad para hacer un ejemplo de lo que
se predica, y, sobre todo, un incondicional apego a derecho para no caer en la inmoralidad
con el pretexto de combatirla.
En México, estoy cierto, está presente la convicción de
extender y arraigar la moral social, que implica la preservación intrínseca de la
honradez y la honestidad, así como la defensa y respeto a las convicciones ideológicas
individuales, el reconocimiento de la voluntad de las mayorías, el respeto a los derechos
de las minorías y a la disidencia, el rechazo a la mentira, el apego a la ley, la
oportunidad en relación a la procuración de justicia y la condena a la ineficiencia y a
la impunidad.
Les diría que el momento de la rendición de las cuentas en
esta época es de mucha significación.
En la Contaduría Mayor de Hacienda, tenemos un ponderado
optimismo por el apoyo que tenemos obviamente recibiendo por parte de los señores
legisladores, para que este órgano tenga una presencia mucho más importante y cumpla con
las expectativas que los propios señores diputados, los señores senadores, la sociedad
en general, tiene de este órgano revisor, de este órgano fiscalizador.
Yo con esto concluiría mi participación. Parece que pudiera
haber algunas preguntas que yo respondería con todo gusto. Les diría que tengo un
poquito de prisa por que salgo a una reunión de la Asociación de Organos Fiscalizadores
de toda la República, los contadores mayores de los congresos locales, nos habremos de
reunir, y yo tendría que salir corriendo, materialmente, de esa reunión, pero
tendríamos aproximadamente 15 minutos para que ustedes pudieran hacer las consideraciones
necesarias.
ELMODERADOR Muchas gracias. Agradecemos y reconocemos la
brillante exposición del señor contador don Gregorio Guerrero Pozas, y en atención a
este pedimento que nos hace nuestro conferencista en esta tarde, me permito solicitarles a
cada uno de ustedes que en formulación de sus dudas o cuestionamientos, pudiéramos
realizarlas de manera especifica y concreta, de tal suerte que pudiéramos escuchar un
mayor número de éstas, y pudiéramos ver la posibilidad de que el señor contador
respondiera igualmente a un número mayor de éstas. Sin más preámbulo, nuestros amigos,
en el vestíbulo, licenciada Monreal, si tiene alguno por ahí. No hay. El compañero.
Le quisiera preguntar específicamente al contador, si en toda
la historia de la Contaduría Mayor de Hacienda, ¿Alguna vez sea fincado alguna
responsabilidad a los funcionarios públicos? Sabemos que México se distingue en el mundo
como uno de los países en donde hay más corrupción. Entonces quisiera saber si debido a
esa proliferación de funcionarios corruptos que hay, la Contaduría Mayor de Hacienda
alguna vez haya fincado alguna responsabilidad.
EL C.: Realmente no, compañero. El asunto es que actualmente la
Contaduría Mayor de Hacienda no tiene facultades para fincar responsabilidades.
Comentaba en los inicios, que actualmente la Contaduría Mayor
de Hacienda, hace solamente recomendaciones u observaciones a las entidades para que
corrijan las fallas que se han derivado de la revisión o de la auditoría. Y cuando la
Contaduría Mayor presume que haya una infracción, tanto administrativa como penal, hace
la notificación correspondiente a las autoridades, o a la S.E.C.O.D.A.M., en este caso, y
a las otras instancias legales, para que sean ellos los que finquen en definitiva la
responsabilidad correspondiente.
Esto obviamente para mí resulta un contra sentido, porque no es
posible que si mayormente la fiscalización está conformada al Poder Ejecutivo, la
Contaduría Mayor de Hacienda, cuando ya había obtenido alguna evidencia de algún acto
de corrupción, volviera nuevamente a la Contaduría, al Poder Ejecutivo, para que
decidiera si finalmente había razón para hacer o no la responsabilidad correspondiente.
Pero también, como les mencionaba, actualmente con las
modificaciones que ya han sido aprobadas por el Congreso de la Unión, el Organo Superior
de Fiscalización sí tendrá la posibilidad de fincar las responsabilidades
correspondientes.
EL C.: En el sentido de que sea culpado mucho al gobierno de
utilizar recursos públicos para las campañas electorales, para apoyar a su partido. No
me queda claro, y quisiera pedir su opinión en el sentido de que, por ejemplo, cuando se
vienen las revisiones a las Secretarías de Estado, me queda duda si es bueno o es malo
que se den a conocer públicamente los ingresos y egresos de estas Secretarías, porque
nosotros no tenemos información o no tenemos acceso a esa información. Sabemos que se
hace un presupuesto global, el Poder Legislativo lo Aprueba, pero a la hora de que yo,
como ciudadano, quisiera ir a ver cómo están los ingresos y los egresos, no tengo
oportunidad, y se da pie para que se puedan desviar los recursos, en este caso para las
campañas políticas.
Concretamente: ¿Si traería problemas o consecuencias que se
publicaran libremente las cuentas, sin mayor problema?
EL C.: Mire, su pregunta es muy interesante, porque
precisamente, ya dentro de las modificaciones constitucionales, para crear el Organo
Superior de Fiscalización, se menciona que los informes, una vez que se presenten a la
Cámara de Diputados, en que los informes parciales y el de resultados, tendrán el
carácter público. Ya en el momento en que se entrega ahí, cualquier persona puede
consultarlos. Entonces ese es otro avance muy importante, precisamente para tener esa
transparencia, que es pedida por muchas instancias.
C.: Unicamente para llegar a conocer su opinión acerca de
¿cuál será la instancia competente en este caso tomando en cuenta la autonomía
técnica y financiera de la entidad Superior de Fiscalización, que podría en determinado
momento exigir algún tipo de responsabilidad, en el supuesto de un mal manejo por parte
de los integrantes de la entidad.
EL C: Mire, ésta es un situación que creo que quedará
debidamente puntualizada precisamente en la Ley Orgánica, y también reforzada en su
reglamento correspondiente.
Actualmente, lo que en principio se ha acordado con los señores
diputados, es que el lente fiscalizador será auditado por un despacho que los señores
diputados contratarán, y este despacho les dará información a los diputados para que
ellos actúen en consecuencia. Pero, insisto, la definición real como tal no ha quedado
establecida ahorita, y quedará establecida en la Ley Orgánica correspondiente.
LA C. : Contador, ¿quisiera saber si me puede dar la fecha en
que se establece para el Distrito Federal el Órgano Colegiado de la Dirección de la
Auditoría o Contaduría en forma colegiada, como nos comentaba, y si usted va a terminar
su período de ocho años? Y sobre el D.F.. ¿si hay algún tipo de revisión por
delegaciones, no tengo idea?
Yo trabajo en la Biblioteca del Congreso y para el compañero
que preguntó sí damos consulta de las Cuentas Públicas, nada más a la fecha que nos
lleguen, ahorita la última que tenemos es 94 del D.F., nos están pidiendo información
del D.F., por eso mi pregunta y federal hasta 97', pero si es público para cualquier
persona que lo quiera consultar, cuestan 30 centavos cada copia.
EL C. CONTADOR: Pues su pregunta es muy interesante, si
terminaré o no el período. Fíjese que yo no creo tanto en las autonomías, señorita, y
tengo la experiencia de que hubo un Contador Mayor, yo en ese tiempo trabajaba, no
recuerdo si en Hacienda o en la Secretaría de Programación y Presupuesto, y teníamos
finalizado un sexenio y teníamos una reunión con él, y estábamos platicando sobre
algún proyecto de trabajo.
Como le digo, finalizaba el sexenio y él nos decía, bueno pues
este proyecto lamentablemente ustedes ya no lo van a ver terminado, porque es costumbre
que cuando terminan los sexenios cambian a la mayor parte de los funcionarios o del
personal que está en las Secretarías, yo no, porque yo soy el Contador Mayor de Hacienda
y yo fui elegido por ocho años. Quiero comentarle que él salió antes que nosotros,
señorita.
-EL C.: Yo quiero manifestar o que en este caso, ¿actualmente
cómo es el procedimiento para hacer una auditoría y cómo se determina las fechas que se
empieza en cada una de ellas?.
- EL. C. CONTADOR: Mira actualmente nosotros recibimos la Cuenta
Pública el 10 de junio y nuestra área de análisis económico de evaluación de
proyectos hace un estudio muy puntual acerca de cómo fue en términos generales el
desarrollo o el ejercicio del Presupuesto y de la Ley de Ingresos, y ellos determinan una
serie de variables, por ejemplo, si en la Secretaría x se había previsto gastar 100 y se
gastaron 120, si en otras se habían previsto gastar 200 y se gastaron 180, si en una se
había previsto hacer 10 hospitales o 10 escuelas y solamente se hicieron cinco, estos
análisis, primero se hace el análisis global y luego el análisis por cada una de las
Secretarías, y se buscan una serie de indicadores en relación al ejercicio del
Presupuesto, obviamente también de la Ley de Ingresos, y cuando hay variaciones
importantes, esos son uno de los puntos que nosotros tomamos en cuenta para en todo caso
plantear una auditoría.
Hay muchas situaciones que se determinan una vez que se ha
llevado a cabo esta revisión y que concluye con la presentación del informe previo.
También, obviamente los resultados que nosotros hemos tenido en auditorías anteriores
nos sirven para saber ya con el conocimiento que tienen esas auditorías si es necesario
plantear una nueva auditoría o darle seguimiento a alguna situación que no quedó tan
correctamente concluida.
También nosotros dirigimos fundamentalmente nuestra revisión a
las entidades que tienen un gasto de mucha importancia, generalmente en ese sentido por
eso hacemos auditorías a PEMEX a la Comisión Federal de Electricidad, a la Secretaría
de Comunicaciones y Transportes, porque son entidades que tienen un gasto muy relevante,
muy alto.
Por otro lado, actualmente se habían estado planteando tres
fases de auditoría que se traían a comentario a la Comisión de Vigilancia para que los
señores diputados dieran se aprobación si esas entidades son las que se tenían que
revisar o tenían que adicionarse algunas otras en función a la propia información que
ellos tenían. Pero el acuerdo de todos modos se tomaba a nivel de la Comisión, un
diputado proponía hacer una auditoría, por ejemplo en educación, pero tenía que ser
aprobada por toda la Comisión.
Y este planteamiento de tres fases, en cada fase se iba a llevar
a cabo, se venía con la Comisión de Vigilancia para que ellos hicieran la aprobación
correspondiente de cada una de las fases.
En esta última revisión nosotros les planteamos a los señores
diputados llevar a cabo estas revisiones solamente en dos fases, y darle prioridad
precisamente a las auditorías de desempeño que yo les estaba haciendo mención.
Ya los señores diputados aprobaron la primera fase que ya
iniciamos, ya estamos haciendo ahorita auditorías; el del planteamiento que nosotros les
hicimos de 304 auditorías a realizar, ellos sugirieron algunas otras y creo que
finalmente las auditorías que en esta fase nosotros llevaremos a cabo es alrededor de
320.
EL C.: Muchisimas gracias, agradecemos al señor Contador Don
Gregorio Guerrero Pozas su asistencia y sus brillantes comentarios. Muchas gracias
Contador. (Aplausos)
Bien, vamos a continuar con nuestro programa de esta tarde y me
permito dar la más cordial bienvenida al señor Licenciado José Antonio Alvarado
Ramírez, a nombre de la Comisión de Estudios Legislativos y del Instituto de
Investigaciones Jurídicas, le agradecemos que nos haga usted el favor de acompañarnos
esta tarde.
Permítame antes de dar paso a su exposición hacer una breve
semblanza curricular del Señor Licenciado.
El Licenciado José Antonio Alvarado Ramírez, nació en el
Distrito Federal el 23 de junio del 58, es Economista egresado de la Universidad Autónoma
Metropolitana, ha desarrollado su carrera profesional fundamentalmente en la
Administración Pública Federal.
Ha realizado diversos estudios de especialización sobre
economía relacionados principalmente con política y finanzas públicas; participando en
diversos foros y seminarios tanto en México como en el extranjero.
En cuanto a su trayectoria en el sector público ha ocupado
desde 1981, diversos cargos dentro de la Administración Pública federal. Laboró en la
Dirección General de Estadística del INEGI como Jefe del Departamento de Cuentas
Financieras hasta el año de 1986.
Dentro de la extinta secretaría de programación y Presupuesto
asumió entre otras responsabilidades a partir del 86 la Dirección de Finanzas Públicas,
y en 1990 la Dirección Coordinadora dentro de la dirección General de Política
Económica y Social.
Posteriormente como coordinador de asesores del Secretario de
Planeación de Desarrollo y Control Presupuestal, cargo que desempeñó hasta febrero de
1992. Se incorporó a la Secretaría de Educación Pública como Coordinador de Asesores y
Subsecretario de Coordinación Educativa entre enero de 92 y 93.
En 1993 se incorpora a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público ocupando el puesto de Coordinador de Asesores del Subsecretario de Egresos hasta
febrero del 94. Posteriormente se hizo cargo de la Dirección General de Programación,
Presupuesto de Salud, Educación y Laboral hasta febrero de 1998.
En marzo de 98 fue designado Jefe de la Unidad de Política
Control Presupuestal de la Subsecretaría de Egresos, puesto que ocupa hasta la fecha.
Dentro de sus funciones se encuentra la Coordinación para la
formulación de Políticas de gasto Público y el seguimiento y evaluación del mismo;
como parte de esas actividades destaca el estar a cargo de la integración del Presupuesto
de egresos de la federación y el funcionamiento del Fondo para Desastres Naturales,
FONDEN, le damos la más cordial bienvenida al señor Licenciado José Antonio Alvarado
Ramírez. (Aplausos)
- EL C. LIC. JOSÉ ANTONIO ALVARADO RAMÍREZ: Muchísimas
gracias, me da mucho gusto estar en este seminario, pido una disculpa por el retraso
involuntario pero las épocas en este momento de cuestiones de Presupuesto a veces nos
hacen que las actividades varíen de manera importante.
Bien. Quisiera comentar con ustedes lo que se ha denominado el
Proyecto de reforma al Sistema Presupuestario en México, es un proyecto que tiene su
connotación ya expresa en el Presupuesto de Egresos a partir de 1998.
En primer lugar voy a hacer una breve sinopsis sobre los
antecedentes de este proyecto, después voy a describir las características del mismo,
qué componentes tiene, qué retos tiene un proyecto de esta naturaleza en cualquier
administración pública y en particular dentro de la administración pública en México
y los avances y resultados que hemos alcanzado hasta la fecha.
Cuando hablamos de reforma al sistema presupuestario nos estamos
refiriendo a todo lo que tiene que ver en su conjunto con la elaboración, el ejercicio y
la revisión de cuentas en materia presupuestal.
En 1996 se inició un diagnóstico respecto de cómo estaba la
situación y los mecanismos presupuestarios en México. Básicamente se llegó a la
conclusión de que existían cuatro eventos que estaban incidiendo fuertemente ya dentro
de la administración pública, y que era necesario reconocer en cualquier planteamiento
presupuestario.
En primer lugar los avances, digo no en orden de importancia,
los avances en la reforma del estado que se habían llevado a cabo durante década y
media, las crecientes demandas sociales y los avances en la democracia, y finalmente como
cuatro elemento tenemos las acentuadas restricciones presupuestarias a las cuales el
sector público se ha tenido que sujetar particularmente en los últimos años.
Estos cuatro eventos han incidido de manera importante en la
forma en que la administración pública actúa hoy día y sobre todo determina cuál es
el camino y el rumbo que tiene que seguir la administración pública en México desde
nuestro particular punto de vista.
El análisis que se realizó llegó a una serie de conclusiones
de las cuales yo sólo quiero resaltar algunas de ellas, dentro de la que destaca en que
en materia presupuestal existe una desvinculación entre las aportaciones o contribuciones
en materia de impuestos que realiza la sociedad, con los resultados, los bienes o los
servicios que recibe la propia sociedad por parte del sector público. No hay una, digamos
una correlación muy estrecha por parte de todos nosotros, de qué es los que aportamos,
para qué aportamos y qué recibimos y si los recibimos en términos recíprocos al
esfuerzo que venimos realizando como contribuyentes o como adquirientes de bienes y
servicios públicos.
En segundo lugar, destaca el que la administración pública
había llegado ya a niveles de centralismo en varias cosas, desde la toma de decisiones,
el manejo de los recursos y la forma de operar hacia la administración pública tomara
largos caminos, largos tiempos y elevados costos para llevar a cabo una decisión por muy
particular que ésta fuese. Digamos a manera de ejemplo y en una forma bastante extrema.
La decisión de construir una escuela en alguna localidad del país, en muchas ocasiones
era tomada desde el nivel central, sobre todo en el Distrito federal.
Esto, sin lugar a duda no reconocía las circunstancias que
estaban detrás de esta decisión y muchas veces por los tramos de control y por los
procedimientos mismos la decisión de construir o de llevar a cabo una acción pública
tomaba bastante tiempo.
En tercer lugar está el hecho de que ante una restricción
presupuestaria existía una muy limitada capacidad por parte de la administración
pública para enfrentar las demandas sociales y los requerimientos en materia de
desarrollo económico y social en nuestro país. De esta manera se pone en juego cuánto
es lo que podemos lograr con una restricción presupuestaria o con recursos bastante
disminuidos en los últimos años en un contexto en que las demandas son recientes, la
aprobación es creciente y algunos otros aspectos demandan que el sector público
respondieran de forma más rápida, de forma más eficiente.
También se llegó a la conclusión de que el proceso de
programación-presupuestación que hasta entonces llevábamos a cabo ya no reconocía los
cambios que se habían operado en diferentes aspectos, desde la propia reforma del estado,
desde los procesos de desregularización o regularización del presupuesto, y sobre todo
en aspectos como el análisis y la evaluación del propio presupuesto habían quedado en
los términos en los que operaban bastante atrás de lo que hoy día tendríamos que
operar.
Por otra parte se plantea que la evaluación en sí mismo estaba
descansando bastante en determinar si cualquier ejecutor de gasto había seguido o no los
procedimientos establecidos en las normas o en los reglamentos correspondientes y el
enfoque sobre los resultados que estaban alcanzando con la ejecución de las políticas
públicas, no estaba requiriendo la importancia que debería tener.
De esta manera se plantea que la evaluación tiene que cambiar
de una evaluación de procesos a una evaluación hacia los resultados, y esto implica en
sí mismo el hecho de que pongamos de relevancia la autonomía de gestión que deben de
tener todos los ejecutores de gasto si queremos que los resultados sean lo primordial como
parte de la evaluación de la administración pública.
Por último, se detectó una carencia de esquemas de incentivos
para los Trabajadores al Servicios de Estado, que promovieron más una actitud proactiva
en términos de llevar a cabo sus responsabilidades y sobre todo llevar a cabo las metas
que tenías comprometidas en materia presupuestal, así como por otra parte siempre la
carencia de una seguridad o una certeza de que podamos o se puedan mantener en su nivel de
trabajo después de haber que renovarse y eso finalmente implicaba, pues si no un
desprecio de recursos, sí no un uso tan eficiente de los mismos.
En términos generales lo que reconoce el diagnóstico es que la
sociedad en materia presupuestal exige más y mejores resultados, que también está
poniendo el dedo en la llaga en términos de la transparencia de la información, así
como en acotar desde un sentido estratégico la discrecionalidad del manejo de los
recursos y que por último tenemos que llevar a cabo un proceso de mayor eficiencia y
mayor eficacia en la aplicación del presupuesto.
De esta manera el reto en materia del sector público, para el
sector público desde entonces se reconocía, desde 1996-1997, es cómo proveer de los
satisfactores a una población mayor y más demandante. Por los tanto el paradigma que se
pone sobre la mesa de la discusión cuando llevamos a cabo todo este diagnóstico, es
cómo alcanzar o anterior con menores recursos disponibles en materia presupuestal.
De esta forma nace el proyecto que se ha denominado
"Reforma al Sistema Presupuestario". La Administración Pública se plantea y se
replantea el qué y el cómo ésta debe llevar a cabo sus actividades. Es necesario en
esto tomar en consideración que cuando hablamos de replantearse no es como un acto en un
solo momento, sino que es como parte de todo un proceso de cómo estamos hoy día
necesariamente imbuidos en una revisión de casi todos los aspectos dentro de la
administración pública que permitan mejorar la forma en que ésta opera, que permitan
reducir los tiempos, que permitan acotar los costos en los cuales cualquier política
pública tiene que tomar en consideración.
Por ello mismo la reforma al sistema presupuestario plantea una
serie de actividades que van encaminadas precisamente a modificar la forma de actuación
dentro de la administración pública y esto parte desde el hecho de poder alinear, como
se le conoce técnicamente, los esfuerzos de las instituciones y de cada una de ellas,
así sean las direcciones generales, así sean entidades paraestatales, así sean niveles
de Subsecretaría. El proyecto es y señala que lo que tenemos que determinar para cada
una de las unidades dentro de la administración pública, hacia dónde se tiene que
enfocar su esfuerzo y si ese esfuerzo está precisamente alineado o no a los objetivos
básicos y más importantes que tiene el sector público en cada una de las esferas en las
que participa.
Una vez que se pueda llevar a cabo esta alineación de los
esfuerzos de cada una de las unidades responsables, tenemos que asegurar que
concomitantemente la localización de los recursos públicos también guarde
correspondencia con esta alineación de responsabilidades y con esta alineación de
prioridades. Todo ello también en un esfuerzo por tratar de alcanzar mayores estándares
de calidad y de eficiencia en la forma en que opera la administración pública.
Sin lugar a dudas que una transformación de esta naturaleza, de
llevar a cabo dentro de la administración pública, puso también de relieve la necesidad
de modificar algunas herramientas que estábamos utilizando para llevar a cabo los
procesos presupuestarios desde su elaboración, su ejercicio y también la evaluación del
mismo. Asimismo nos planteamos como objetivo importante, que las decisiones en materia de
gasto público y la ejecución de los programas tuvieran tiempos más cortos de los que se
operaba en el esquema anterior, que abatiéramos costos en la toma de decisiones y en la
ejecución de los programas y que de alguna manera como resultado de procesos de
simplificación y de desregularización concomitantemente pudiéramos establecer de manera
muy clara los niveles de responsabilidad que tienen cada uno de los ejecutores.
A veces hay un traslape entre quién realiza, quién autoriza y
quién tiene que rendir cuentas dentro de la administración pública. Es claro que cuando
algún proyecto va marchando bien, todos están contentos, pero cuando algo va marchando
mal, de manera no adecuada, no siempre queda establecido en qué tramos de responsabilidad
es donde está fallando. Por eso mismo la reforma al sistema presupuestario señala de que
el aspecto de corresponsabilidad tiene que ser una aspecto claramente definido en donde
los tramos de control deben de quedar perfectamente acotados.
Asimismo es necesario dentro de todo ello que promovamos una
permanente, por decirlo de esta manera, capacitación o actualización del personal dentro
de la administración pública. De hecho la reforma al sistema presupuestario plantea un
reentrenamiento, por decirlo de esta manera, o una reconversión de las capacidades que
tienen los funcionarios públicos, hacia esfuerzos que requieren de otras herramientas y
la aplicación de otros métodos que no necesariamente son coincidentes con los que
estábamos llevando a cabo.
En resumen, lo que estamos planteando a través de la reforma,
es una adecuación importante, una adecuación bastante profunda en los términos de la
actuación de las instituciones, pero también a su vez, de los servicios públicos.
Por otra parte debemos de reconocer que la reforma al sistema
presupuestario es un proceso que tiene un período de maduración que lleva algunos años.
Todas las experiencias que se han, que hemos nosotros analizando en algunos otros países,
llámese Nueva Zelanda, El Reino Unido, en fin, Australia, Canadá, han tomado en muchos
de ellos hasta 10, 15 años para llevar acabo la transformación de la administración
pública hacia resultados. Nosotros tenemos con este el segundo año que con este que
hemos iniciado este proceso de reforma al sistema presupuestario y por supuesto después
de discutido de haber hecho una serie de cosas ya tenemos alguna serie de resultados que
van encaminados sobre todo a transformar la administración Publica , una administración
publica mas eficaz mas oportuna, que le dejemos en el lugar que le corresponde a los
procesos y que resaltemos básicamente los resultados.
Que entendemos por resultados dentro de este proyecto , miren
las asignaciones presupuestales el ejercicio del gasto y la evaluación del gasto hasta
antes de este planteamiento estaba básicamente descansando en determinar cuantos
kilómetros de carreteras íbamos construir cuantos maestros íbamos a ocupar para
proporcionar servicios de salud, igual médicos o bien cuantas escuelas íbamos a
construir.
Eso sin lugar a duda si es importante conocerlo lo que plantea
el proyecto es que el sector publico si bien sin restarle importación lo que tiene que
decir como abatir y en cuánto voy a abatir la tasa de analfabetismo? ¿Cómo voy a elevar
el rendimiento escolar promedio de la población? ¿Cómo voy a disminuir las tareas de
deserción en materia escolar? ¿Cómo voy a disminuir las tasas de mortandad infantil?
¿Cómo voy a elevar la esperanza de vida? ¿Cómo voy a cortar los tiempos de traslado
entre dos puntos y cuánto de este ahorro me significa en términos monetarios inmediato
la construcción de carreteras?
Eso es lo que nosotros entendemos como enfoque en resultados. Si
para esto alcanzar estos objetivos yo tengo que llevar a cabo más acciones de vacunación
o consultas, es una decisión que se tiene que tomar en las esferas correspondientes, pero
que debe de basarse en un análisis de cuál es la contribución de cada uno de estos
esfuerzos en los particular a este resultado en lo general. Muchas ocasiones lo que pasaba
con la forma y con el concepto de presupuesto hasta antes de este nuevo proyecto, es que
había de dar tantas consultas médicas, sí, pero no sabíamos si aumentar las consultas
médicas era más importante que brindar educación para la salud, por ejemplo. El
proyecto significa por tanto que reconozcamos todos los factores que inciden en el
resultado que queremos alcanzar, que pondremos la contribución de cada uno de esos
factores y que los ejecutores de gasto mediante un análisis minucioso, lleve a cabo las
decisiones para poder impulsar más-menos cualquiera de estas acciones en lo particular en
el contexto del resultado a alcanzar en lo general.
La reforma al sistema presupuestario tiene seis componentes en
este momento:
En primer lugar, lo que hemos denominado "La nueva
Estructura Programática", que es una forma de clasificar y de mejor clasificar las
actividades públicas.
En segundo lugar tenemos "El Sistema de Evaluación al
Desempeño", que indica el sistema mediante la conformación de indicadores
estratégicos y las metas para esos indicadores, los términos y el marco de referencia
para poder evaluar la gestión pública.
En tercer lugar tenemos "La Vértice de Costeo",
puesto que la administración pública tiene que conocer cuánto le cuesta llevar a cabo
una actividad, no cuánto gasta en esa actividad. Cuánto nos cuesta abatir o incrementar
en un punto porcentual o en un año la escolaridad de la población en general. Eso
tenemos que conocerlo y la sociedad reconoce más para cuestiones de evaluación y
determinación de presupuesto, ese indicador que si utilizamos dos millones 300 mil
maestros o no, digo un número en abstracto como lo estoy mencionando, si bien importante,
tiene que reflejarse en cuál es la contribución. Entonces el Sistema de evaluación al
Desempeño y el Costeo van hacia este punto para determinar cuánto nos cuesta llevar a
cabo algo y si lo que estamos haciendo lo estamos haciendo de la mejor forma.
La Administración Pública se caracteriza, como lo comenté
hace un momento, en largos tramos o se caracterizaba en largos tramos de control y para la
resolución de cualquier decisión. Por ello destacamos que la reforma al sistema
presupuestario plantea una importante desregulación y simplificación en los
procedimientos presupuestarios ligados al ejercicio del gasto público.
También lo que está proponiendo este proyecto es que la
Administración Pública tiene que elaborar en un contexto de un Servicio Civil de
Carrera. Los trabajadores deben de tener los incentivos, la seguridad de que se
permanencia será con base en los resultados y que los ascensos serán sobre la base de
los resultados alcanzados. Por supuesto, existen algunos elementos que debemos de
considerar en ello, los aspectos de capacitación, los aspectos de evaluación o los
esquemas de evaluación que sean claramente definidos.
Y por último tenemos un proyecto que está en marcha también
que es el sistema de administración Financiera Fiscal.
Llevar a cabo los pagos dentro de la Administración Pública, a
veces es bastante tardado considerando los tiempos en los que estamos, sobre todo que
existen mecanismos para llevarlo a cabo de manera más rápida, hay veces que tardemos
dos, tres meses en llevar a cabo el pago de alguna adquisición, esto se revierte en
contra de la administración pública pues no hay ningún proveedor que no tome
consideración dentro de sus expectativas de precio que ofrece al sector público, el
tiempo que va a tardar en poder cobrar los bienes y servicios que está proporcionando al
mismo. De esta manera el Sistema Integral de Administración Financiera del sector
Público, lo que quiere hacer es realizar pagos de forma mucho más expedida con el
propósito de abatir también los costos correspondientes.
Un proyecto de esta envergadura y con la trascendencia que
tiene, también por supuesto tiene una serie de factores a su favor, pero también tiene
una serie de retos que tenemos que considerar en el transcurso de lo que vayamos
implementando año con año.
En primer lugar está la determinación de esquemas generales,
diversos esquemas particulares.
En segundo, cómo hacemos compatible el control macroeconómico
con la autonomía de gestión.
En tercer lugar, cómo transitamos de una evaluación de
procesos hacia una evaluación de resultados.
En cuarto lugar el Etatus cuo ver un cambio de cultura en donde
toda la administración publica, cualquier administración organización existe la
resistencia al cambio cuando este cambio implica un esfuerzo importante por parte de
quienes participan. Por ultimo tenemos permanencia por antigüedad ver su servicio civil
de carrera por resultados, estos factores que trataré de describir muy brevemente.
Los tenemos permanentemente en consideración para este
proyecto, la administración Pública no es una administración publica homogénea existen
diferencias no solamente en las actividades que realizan las unidades publicas sino
también la forma en que cada una de ellas y a veces de manera muy amplia llevan a cabo
esas actividades.
Todos los proyectos demandan de la participación de importantes
recursos humanos institucionales por lo tanto quienes participan y quienes toman
decisiones tenemos un abanico bastante considerable que el proyecto también toma en
consideración en términos de lo que plantea para llevar a cabo algunas de sus acciones
que voy a describir a continuación
Asimismo debe generar siempre un equilibrio entre herramientas
generales de aplicación toda la administración pública pero que estas herramientas
generales den cabida a las particularidades de cada una de las unidades que ejecutan o que
llevan a cabo la ejecución programa público.
Por lo tanto el balance entre estos factores que estoy
comentando, o sea, el reconocer las característica de las actividades, las diferencias de
las actividades la forma en que se llevan a cabo, el que es necesario ciertos elementos
homogéneos pero que a su vez de espacio para la flexibilidad y la adaptación a las
particularidades de las unidades ejecutoras, es siempre, en un proyecto de esa naturaleza,
un reto importante. Aveces cuando emitimos alguna disposición general, no, muchos de los
ejecutores de gasto, por supuesto protestan porque esa generalidad o bien los ata o bien
no reconoce la particularidad que tienen. Entonces el equilibrio entre estos factores es
algo permanente dentro de este proyecto.
Cuando hablamos de una administración por resultados, estamos
hablamos de que cualquier unidad responsable de algún programa, lo que desea es llevar a
cabo ese programa de una forma más flexible de la que hoy existe y mediante toma de
decisiones que no dependan algunos aspectos no tan importantes de la participación de dos
o tres niveles adicionales a esa decisión que el tiene que tomar.
Perdón, a veces por los ejemplos tan ridículos, tan simples
por no decirlo de otra, que si quiere mandar, si quiere construir una escuela aquí o en
un lugar de una escuela acá, que puede tomar alguien esa decisión sin estarle
consultando, no sé al Secretario o al Subsecretario, los ejecutores que están en la
operación de los programas, demandan de esta flexibilidad para poder decir: por estas
razones yo quiero, en lugar de construir esta escuela aquí la quiero construir acá, hay
razones de peso.
Esto si lugar a dudas en algunos aspectos tiene a su vez
repercusiones sobre las decisiones de gasto. Si queremos construir una carretera, digamos
de 400 Kilómetros, va a tardar dos o tres años en construcción y con un alto costo, por
supuesto que hay cierto nivel de flexibilidad que hay que darle a quien ejecute esta
carretera.
Pero lo que si tenemos que cuidar es que decisiones de esta
naturaleza no se contrapongan con el control macroeconómico que necesitamos realizar del
gasto público. No por decisiones particulares pongamos en riesgo los niveles de gasto
presentes y futuros, y por lo tanto también es difícil hacer este balance en ciertos
niveles y en ciertas decisiones de ejecución en materia presupuestal.
Así, si bien, necesitamos el control macroeconómico para
alcanzar las metas fiscales, también es cierto que necesitamos la autonomía de gestión,
para que quienes ejecutan los programas tengan mayor flexibilidad y tengan mejor
oportunidad para llevarlo a cabo.
Para llevar a cabo esto, sin lugar a dudas que los aspectos de
planeación y programación tienen que ser mejorados, y tienen que basarse sobre análisis
más detallados, en alguna ocasiones más en algunas ocasiones más sólidos en algunas
otras.
Llevar a cabo una autonomía de gestión en los términos que
estoy comentando, pues implica que la decisión que yo planteé desde un inicio al
proyecto de presupuestos y después durante su ejecución, descansó de un análisis que
yo elaboré previamente en donde yo reconocí cuál es la importancia de los que deseo
hacer, reconozco cuál es el impacto en lo que deseo hacer y reconozco también cual es el
resultado de los que debo de hacer.
De esta manera tenemos que emplear algunas herramientas como
costo-efectividad o hacer análisis de costo o de efectividad, perdón, para poder
teorizar y brindar mejores decisiones en materia presupuestal.
Evaluación del proceso de esos, evaluación del desempeño por
resultados. Cuando y creo que por favor no se mal interprete lo que voy a decir, en el
sentido de que no es importante saber si yo quisiera construir 20 escuelas o no, si, y si
la evaluación tiene que abandonar eso. De ninguna manera, creo que todas las decisiones
de la administración pública tienen que ser sujetas a una evaluación o de un dictamen o
de una contraloría.
Lo que nosotros planteamos dentro del proyecto, es que vemos
más relevancia a la evaluación de los resultados. Disminuyamos la evaluación sobre os
procesos o aveces sobre ciertos procedimientos.
Cuando si en lugar de haber hecho esta decisión hice esta otra
y el resultado salió mayor, tal vez lo más importante es el resultado, sin que esto
implique que ponemos el riesgo ni la honorabilidad de la decisión ni que estamos
fomentando de ninguna manera prácticas indeseables en torno a esas decisiones.
En este sentido el marco jurídico, el marco normativo, tiene
que establecer claramente lo que si se puede hacer en cada uno de las etapas del proceso
de promoción - presupuesto, no lo que se debe hacer. Tenemos que hacer una norma
proactiva si, que se incentive a la toma de decisiones, en un marco establecido claramente
y los más acotado, y por lo tanto la evaluación de resultados debería de tener más
preeminencia que lo que hoy tenemos sobre los procedimientos.
La mayor parte de las evaluaciones en su conjunto realizadas por
los órganos internos de auditoría dentro de la administración pública, se enfocan
sobre si anota lo cual procedimiento y el oficio lleva tales o cuales características, y
a veces en eso tenemos un contrapunteo de ello. Pero, bueno, el marco hoy día si lo
establece, no lo estamos violentando, solamente teniendo el puente para pasar un marco
también adicional.
Así es de que cuando hablamos de la evaluación del desempeño,
precisamente también estamos hablando de que tenemos que establecer los indicadores
estratégicos, los indicadores de resultados que queremos evaluar y las metas de estos
indicadores para un año determinado.
Cuando decimos que tenemos 500 mil alumnos o cualquier otro
indicador que ustedes dicen, no siempre revela que estamos bien o estamos mal, si es mucho
si es poco. O sea la administración pública tiene que cambiar, hacia una forma de
actuar, pero también hacia una forma de informar distinta a la que hoy todavía es
preeminentemente la forma en que se lleva a cabo.
Alguien le dice si hay, digamos dos millones de personas en el
analfabetismo son muchas son pocas, ¿no?. O sea contrariamente si hablamos de que ya
tenemos 9.7% de la tasa de analfabetismo eso indica otra cosa.
Eso es lo que planteamos en materia de resultados y la
evaluación enfoque con esos criterios.
Siempre un cambio dentro de cualquier otra administración como
lo comenté, implica siempre una resistencia al cambio.
En muchos lados de la administración pública que se han
seguido procedimientos homogéneos durante períodos largos, las personas están renuentes
voluntariamente a modificar eso que ya tiene tan seguro en la forma en que lo hacen. Por
lo tanto, sin lugar a dudas que tenemos que reconocer que existe este factor, pero
también tenemos que hacer algo para que este factor no sea un obstáculo para un proceso
de cambio.
Y en ese sentido estamos hablando de un cambio cultural dentro
de la administración pública, de un nuevo enfoque, de una nueva visión de quién es el
funcionario público de sí mismo y quién el funcionario dentro de la sociedad.
Y en ese sentido es necesario que la administración pública,
los servidores públicos se sientan más comprometidos, pero también tengan los elementos
que le motiven a forma distinta de actuación. Y para ello sin lugar a dudas que no basta
con decretarlo, porque eso es insuficiente, sino que hay que también general el ambiente
para que yo sea adecuado y en ese sentido hay muchos avances en la forma en que hoy día
la administración pública está actuando al interior y hacia afuera, con aspectos de
mayor transparencia, de menor discrecionalidad, de reglas más claras entre todos los que
no hay que esconder, está la información que está.
Sin embargo, insisto, algunas áreas, algunos procedimientos,
algunas organizaciones o algunas de las organizaciones, no siempre están dispuestas a
darle un giro a la forma en que se están operando.
Va ligado a lo anterior es que tenemos que considerar la
necesidad de que podamos establecer un servicio civil de carrera dentro de la
administración pública. Un servicio, que reivindique el servicio pero que a su vez
determine la permanencia o el ascenso con base en los méritos y con base en los
resultados.
Hay un principio general dentro de la administración pública
es que todo puede ser auditado, todo puede ser evaluado. Si, el comportamiento de las
personas como el comportamiento de los programas, puede ser completamente evaluado.
Y en ese sentido, reconociendo el principio genérico, es por
ello que consideramos si tenemos un servicio civil de carrera, los servidores públicos
van a tener un horizonte sobre el cual puedan construir su vida profesional y su vida
personal, pero con reglas claramente establecidas, en donde cada quien sabe qué es lo que
puede realizar, hasta donde puede alcanzar y qué es lo que tiene que hacer para ello.
Esto a veces suena como algo chusco, porque bueno dicen: pues
llega el titular y el titular trae a su gente, bueno, si, pero como señale hace un
momento, existen grupos de trabajo que han laborado durante algunos años que saben
perfectamente lo que están haciendo, y que ya la curva de aprendizaje ya fue asumida, la
pregunta es: ¿para qué moverlos? Y además si lo que están haciendo lo están haciendo
bien, o crecientemente bien y por lo tanto menos su permanencia o su promoción tiene que
descansar sobre esto.
Aunque existen algunos ya algunos servicios civil de carrera
específicos dentro de la administración pública, sin lugar a dudas sin que esto sea
como parte de toda la administración aún falta por hacerlo.
¿Qué es lo que hemos hecho a partir de 1998 de una manera muy
correcta? En el presupuesto del año pasado ya planteamos la clasificación función del
gasto, que defiere de la clasificación sectorial del gasto. Y esta es una cuestión
importante en lo siguiente: las organizaciones públicas si bien realizan una actividad
importante, también puede realizar, tal vez no tan importante como la primera, sin
embargo lo realizó, voy a poner algunos ejemplos muy concretos:
Petróleos Mexicanos todos sabemos qué es lo que hace:
exploración, perforación, refinación, petroquímica, pero también tiene une parte de
sus servicios o una parte de sus recursos, que están asignados para proporcionar
servicios de salud, y tiene también recursos para el cuidado del medio ambiente y tiene
también recursos asignados digamos para la investigación. Pero la parte más importante,
por supuesto, de Petróleos Mexicanos tiene que ver con los hidrocarburos.
Con la clasificación funcional que estamos implementando desde
98', reconoce y asigna los recursos presupuestales en cada una de estas actividades, si, y
esto es algo importante porque sabemos exactamente cuánto gastamos en educación,
independientemente que lo realice puede estar en la Secretaría de Agricultura que tiene
dos o tres universidades, o que esté en el gasto de investigación o que no esté en el
sector de la Secretaría de Educación Pública, pues lo realicen dos o tres dependencias
más dentro de la administración pública.
¿Qué pasa cuando planteamos bajo ese concepto versus el que
bueno antes era el Sector Energético, Pemex totalmente, si. Bueno, lo que estamos
revelando con esta nueva clasificación, es no solamente cuánto gastamos en qué sino
también quiénes participan en qué, si.
Esto lleva en el largo plazo en la toma de decisiones y a la
administración de las instituciones, de tal manera que si queremos digamos es un
horizonte a muy largo plazo, que todo el esfuerzo educativo esté dentro de un sector a
cargo de un responsable único, pues obvio que la Universidad de Chapingo, la Universidad
Narro, tendrían que resignarse hacia quien vaya a tener esa responsabilidad.
En términos de la función que estamos desempeñando, en
términos de los servicios que queremos llevar a cabo, las instituciones, los recursos,
los esfuerzos tendrían que linearse hacia eso necesariamente. Esto es totalmente
incompatible con que se mantenga, pero si saber por parte del responsable quién está
haciendo qué y para qué lo están haciendo.
Y eso también produce algunos otros resultados en términos de
comparaciones entre diferentes participantes para una misma función, como cuál, es el
costo promedio por alumno en tal universidad que está en la Secretaría de Agricultura
versus que está en la Secretaría de Educación Pública, en fin, este tipo de
comparaciones son necesarias para que podamos, como lo comenté hace un momento,
determinar cuál es el costo de lo que estamos llevando a cabo y si no existen traslapes,
o bien la cadena de los servicios de alguna manera tiene un flujo que digamos muy dúctil
o si conduce bien o que existen algunas barreras para prestar algún servicio.
También hasta 1997 la clasificación sectorial del gasto no
reconoce la participación de los Poderes Legislativo y Judicial, el Distrito Federal,
Instituto Federal Electoral y ahora la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
La clasificación funcional asigna a una función específica
las actividades que realiza cualquier ente público con cargo al Presupuesto de Egresos de
la Federación. De esta manera tenemos el total del gasto y así consideramos el principio
de unidad de que está todo dentro del presupuesto y que además ese todo ha sido
clasificado en las funciones que han sido definidas y que se reconocen en esta
clasificación funcional.
El sistema de evaluación al desempeño, es una de la tareas de
mayor detalle que se llevan a cabo en un proyecto de esa naturaleza. Esto implica que para
cada una de las áreas que se definen como unidad responsables, que es el núcleo básico
del presupuesto y una unidad responsable es una dirección general o bien es una entidad
paraestatal X. Ese es el núcleo en que se maneja y se asigna el presupuesto se presenta a
la Cámara de Diputados.
Para cada una de ellas tenemos que llevar a cabo un proceso de
planeación estratégica, donde definamos cuál es el objetivo de esta institución o de
esta tarea, si esta institución está enmarcada dentro de los objetivos generales en el
sector en el que está, y cuáles son los resultados que tiene que llevar a cabo.
Esto implica que elaboremos indicadores estratégicos o de
desempeño para cada una de estas unidades responsables, que a su vez mediante su
agregación darán pie a otro indicador estratégico a ese nivel, la que a la suma de
éstos también va a dar otro nivel indicador.
El objetivo es la administración pública de la que estamos
hablando, y eso es un trabajo bastante arduo. Tenemos dos años trabajando muy fuertemente
en ello. De hecho, con el programa de modernización de la administración pública de la
SECODAM, también ya se tienen avances en este sentido.
Pero cuando tenemos o logremos alcanzar para toda la
administración pública estos indicadores, ellos conforme se van elaborando, ellos sirven
para guiar y para normar criterios de asignación y criterios de decisiones dentro de la
administración pública.
Hay casos muy buenos que ya se están observando, como por
ejemplo el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social, donde tiene una serie de
indicadores, que es como un monitor de qué está pasando, de si están atendiendo en
tantos minutos una consulta, si el tiempo de espera de un paciente es de tantos o cuantos
minutos, y por supuesto mediante la fijación de estándares en algunos de los objetivos,
el esfuerzo de las instituciones tiene aún un más sentido estratégico para ello.
Como lo comenté también, necesitamos saber cuánto nos cuesta
una decisión o una actividad pública, no cuánto nos gastamos anualmente en esto;
cuánto realmente cuesta extraer un barril de petróleo, cuánto cuesta transitar un
kilómetro de carretera, en fin, para determinar y para que la sociedad sepa cuánto
cuesta una decisión.
Incluso, como se ha comentado con algunos legisladores, a veces,
cuando se hace la legislación de una ley, no se toma en consideración cuál es el costo
de lo que se está legislando, y en términos de cuál es la obligación que se está
imponiendo, para que se dé cumplimiento a esa disposición y necesariamente es un factor
a considerar en materia presupuestal para definir qué es lo que sigue a continuación.
El costo de efectividad también es otra de las tareas que
estamos realizando, puesto que aveces existen alternativas distintas para alcanzar un
mismo resultado, como dice el Sector Salud: "Un año de esperanza de vida" se
alcanza en dos formas, y cada una de ellas tiene costos distintos.
Por otra parte análisis de equidad para que tengamos claramente
los recursos asignados a los grupos o población objetivo que queremos alcanzar con el
presupuesto.
Desde 1998 se inició un proceso de regulación y
simplificación presupuestal importante. En 1997 el manual de normas que regía el
ejercicio del gasto público, tenía 613 reglas; había algunos heroicos que se les
conocían, pero imagínese ustedes 613 reglas que para toda la administración pública,
para algunas cuestiones en particular, otras para la administración paraestatal o para el
sector central o para los fideicomisos, pero quienes tomaban decisiones de gasto o quienes
ejecutaban esas decisiones de gasto, pues tenían que verificar si además de cumplir con
este procedimiento estaban cumpliendo con éste otro y además con estos cinco más.
Entonces es bastante difícil que podamos tomar decisiones a
tiempo y que Tomemos buenas decisiones cuando tenemos tanta norma. Hoy día el manual
tiene 270 reglas, lo cual es casi una desregulación al 60%. Como primer paso, el próximo
año vamos a dar un paso adicional en ese sentido, puesto que el manual de procedimientos
tendría que reducirse aún mucho más; tenemos que establecer las principales reglas, las
reglas genéricas, las reglas proactivas que digan: esto se puede hacer, y como se dice,
lo que no está aquí no se puede, que quede claro.
También llevar a cabo la integración del presupuesto demandaba
de un esfuerzo importante dentro de la administración pública, que no agregaba el valor
a lo que se estaba llevando a cabo. Era un llenado de formatos, un vaciado de número que
como estaban desperdigados en 18 ó 20 formatos había que hacer que todo cuadrara.
Las áreas de presupuesto dentro de las dependencias y entidades
consumían mucho esfuerzo, mucho tiempo en hacer este vaciado de información y además en
verificar en que todo coincidiera.
En este año se elaboró un sistema integral, un sistema de
información para la integración del proyecto de presupuesto, que ahorra en 65% al menos
el tiempo que se dedica al vaciado de la información, al cuadro de la información y
donde ya los aspectos de forma no tienen relevancia, puesto que el sistema los realiza. Lo
que tenemos con esto es que las áreas presupuestales destinan más tiempo al análisis de
las asignaciones que están proponiendo, vs al vaciado de todo esto que a veces se repite
una tras otra, tras otra, tras otra, según el área por la que va pasando la información
correspondiente y todo se puede simplificar.
Asimismo, a partir del año 2000 tendremos un sistema de control
de gestión en materia presupuestaria, que va a reducir en 45 días en promedio los
trámites que tiene que ver con la autorización del gasto público.
Había decisiones que tardaban 3, 4 ó 5 meses. No va a haber
decisiones de gasto en términos para el ejercicio del gasto, que consuma más allá de 15
días y esto mediante una cosa que se ha realizado.
Pero por qué y su explicación es porque necesitamos abatir los
costos de las transacciones al interior del sector público, donde tenemos que mejorar y
agilizar la toma de decisiones y por supuesto clarificar, como lo comenté, los tramos de
control y de responsabilidades, para que todos sepamos quién tuvo qué tomar qué
decisión y en qué etapa del proceso se está atorando alguna actividad.
Por último, para hablar de enfoque en resultados y autonomía
de gestión, quisiera comentar con ustedes que estamos llevando a cabo la celebración de
convenios de desempeño con entidades paraestatales y órganos desconcentrados en la
administración pública. Un convenio de desempeño establece un marco de flexibilidad
adicional al que establece la norma general, pero a cambio tiene que establecer claramente
los resultados, antes que se comprometa esta entidad paraestatal. De esta manera, mayor
autonomía y flexibilidad que adquieren estas entidades paraestatales, concomitantemente
se relaciona con mayores y mejores resultados y también acciones de modernización y
acciones de cambio estructural dentro de las entidades paraestatales.
Pensamos que vamos a tener aproximadamente como 30 entidades
paraestatales bajo la figura de convenios de desempeño, esto es trabajar por resultados,
y el próximo año nuestro propósito es que una de cada tres entidades del sector
público, entidades paraestatales y órganos desconcentrados, esté operando en el marco
de convenio de desempeño.
Definimos los montos, definimos los resultados a alcanzar y
otorgamos mayor flexibilidad, de decisión a quienes son responsables. Por supuesto los
aspectos de auditoría y de evaluación han sido fortalecidos, pero los puntos que tienen
que estratégicamente ser auditados y evaluados.
¿qué es lo que vamos a auditar y qué es lo que vamos a
evaluar? Está considerado dentro de esto.
Cuando tengamos ya un ambiente más adecuado, continuaríamos
sobre llevar a cabo convenios de desempeño adicionales. Hay algunas entidades que ya
están operando con resultados muy favorables; el caso del Instituto Mexicano del Seguro
Social es el caso a destacar. Esto les ha permitido a ellos incrementar en los dos
últimos años su nivel de inversión que tanto requerían, por encima de lo que habían
tenido en los años previos y de una manera muy importante.
Vamos a firmar un convenio de desempeño con el Instituto
Nacional de Migración, con el Instituto Nacional de Antropología, en fín, con varias
entidades para que podamos tener algunos resultados en muy pocos días.
Esto es básicamente lo que provocó la reforma del sistema
presupuestario, los elementos que la conforman y los resultados que hasta la fecha estamos
alcanzando.
Sí quisiera insistir que es un proyecto de cambio permanente,
que es un proyecto de mediano y largo plazo, que estamos trabajando sobre este enfoque y
que los resultados dentro de la gestión pública algunos ya son notorios, algunos están
madurando, algunos van a empezar a generarse y que sin lugar a dudas esto tiene que ver
mucho con un cambio importante dentro de la administración pública, necesario para que
el sector público se conduzca bajo mejores condiciones, con mejores objetivos y también
en un ambiente de mayor responsabilidad con todos.
EL MODERADOR: Muchísimas gracias Lic. Alvarado. Le agradecemos
su exposición en esta tarde que ciertamente vienen a darnos luz en un asunto tan
complicado como es éste de la formulación de los presupuestos y que tanto tienen que ver
con las actividades propias de los Congresos, tanto locales como del Congreso Federal.
Ahora iniciaremos un período de preguntas y respuestas, diez
minutos, tal y como está establecido. ¿Nuestros amigos en el vestíbulo? La compañera
por favor si nos ayuda.
- LA C.: Buenas tardes Licenciado. Gracias por su exposición.
Un comentario: realmente este proyecto muy compacto, muy
reducido por cuestiones de tiempo, pero bastante claro y preciso, de escucha muy, muy
atractivo. Ojalá se llegue a aplicar.
Sin embargo, yo quisiera preguntarle: ¿qué tanto se toma en
consideración la participación de una sociedad? Si bien es cierto, no se puede estar
preguntando a cada ciudadano lo que le gusta, lo que le parece y cuál es su necesidad;
sería demasiado absurdo y sería en cuestión del tiempo el preguntarlo, pero yo creo que
también es válido, porque a veces estos proyectos en la práctica, a la ciudadanía hay
que hablarle con palabras sencillas, con lenguaje entendible, con algo que se digiere. No
pueden ellos a veces capturar este tipo de información, si bien a veces utilizando una
terminología muy técnica, muy propia para ciertas áreas o ciertas profesiones; a la
ciudadanía hay que hablarle con cierto lenguaje muy corto y muy simple.
¿Por qué? porque a veces el mismo sentir de la sociedad dice:
Bueno, ¿por qué aplicaron esto, quién tomó esta decisión? Un ejemplo simple, como los
que utilizaba hace un momento, el hecho de remozar una calle, el hecho de colocar boyas y
que después en menos de un año las tienen que quitar por cuestiones de contraflujo,
porque es cuestión cultural, porque es cuestión de que no hubo eficacia, pero eso
implicó un costo, un costo de material y un costo de mano de obra.
Entonces, a veces el remozar un periférico, un viaducto o
alguna avenida principal a las doce del día, con señalamientos, cuando se puede hacer en
la noche, a lo mejor cuesta más, por supuesto cuesta más y mejor ubicamos que la gente
se acostumbre a ver los señalamientos mientras están pintando las líneas o arreglando
algún muro de contención o qué se yo.
Entonces, yo creo que también aquí es importante no solamente
evaluar la gente capaz o competente que se tenga para programar los proyectos, sino
también un sondeo importante de una necesidad. Creo que hoy, con los desastres naturales
lo vimos. Si no se hubiera talado, si no se hubiera hecho, si el puente, si el camino, si
la carretera
hoy creo que se está invirtiendo más en remozar los desastres
naturales y en muchas ocasiones y en gran parte sí han sido por errores humanos, no por
errores de naturaleza, por una falta de programación, por una falta de esa planeación,
con una logística propia, no por el hecho de justificar un ingreso, un egreso, y decirle
al pueblo: sí, ya gasté en esto y aquí está; que no resultó, bueno el de atrás que
venga y lo diga o lo componga.
Yo creo que eso es una falta de respeto inclusive a la
ciudadanía.
RESPUESTA: Estoy totalmente de acuerdo con usted. La forma en
que el sector público tiene que informar a la sociedad, debe de reconocer los canales
más adecuados para ello y también esos mismos canales tienen que ser los que alimenten
al propio sector público para la toma de decisiones.
Nosotros hacemos, y no lo traje aquí, un hincapié en cómo la
información del sector público hacia la sociedad y de la sociedad al sector público, es
parte fundamental de un proceso de planes en estratégica. Cuando hablamos de toma de
decisiones es que estamos hablando de incorporar las prioridades que son expresadas por
diferentes canales y los canales, como no se puede satisfacer a todos, tienen que revelar
las prioridades de las demandas y de los proyectos que tendría que ejecutar el sector
público, porque de otra manera podemos tener veinte mil expresiones, pero ¿de qué
manera esas veinte mil expresiones estamos incorporándolas bajo criterios de decisiones
que determinen que yo quiero hacer tal o cual proyecto?
Pero más allá de esto, yo estoy totalmente de acuerdo con
usted, el planteamiento también dentro de este proyecto, es una serie de actividades y
una serie de informaciones que tendrían que dar las unidades de la administración
pública, desde poner en cada entrada de la oficina cuáles son los derechos y cuáles son
las obligaciones de la sociedad para esa oficina pública, a qué tiene derecho cualquiera
que llegue ahí, qué es lo que proporciona esa entidad, qué es lo que proporciona esa
dirección general y qué puede exigir la ciudadanía, claramente revelado y de una forma
bastante sencilla.
Como yo de otra manera lo que yo traté de decir, cuando estoy
hablando de tasas de deserción escolar o de rendimiento escolar, lo que yo quiero decir
es digámosle a toda la población que lo que estamos alcanzando es esto y que estamos
metiendo estos recursos porque hemos de incrementar en dos años la esperanza de vida,
disminuir en 50 por ciento la tasa de desnutrición, eso dice más que decir estoy
aplicando 500 mil vacunas, que estoy dando 2 millones de raciones; estamos transitando a
esto, no es un cambio sencillo, estamos en la primera etapa.
Pero sin lugar a dudas, lo que usted está mencionando, es uno
de los elementos que hacen que la administración pública tenga que replantear como dije
el qué y el cómo está haciendo, pero también a través de qué.
Yo le puedo dar algunos ejemplos de lo que hemos hecho por
ejemplo en ese sentido; en 1999 por primera ocasión se publicaron, aunque esté en el
Diario Oficial de la Federación, las reglas de operación de los programas con subsidios,
en donde se dice qué es lo que tiene que hacer ese programa, a quién tiene que atender,
cuáles son los montos de subsidio, bajo qué condiciones y en qué regiones. Es una
información que estaba, pero no estaba revelada, digamos no estaba ofrecida hacia la
opinión pública. Hoy ya está, pero también la opinión pública o la sociedad poco a
poco también tiene que ir leyendo esos documentos y es algo así como ir acercando a las
dos partes, cómo nosotros simplificamos los informes y cómo la sociedad también se
procura informarse en forma.
Sin lugar a dudas que si tenemos esa retroalimentación, las
unidades dentro del sector público podrán tomar mejores decisiones y también informar
de mejor forma. De hecho, para varias de las actividades dentro del sector público, se
tienen consideradas que como parte de la evaluación tendrían que aplicar encuestas de
satisfacción, o sea qué opina la sociedad respecto de no sé, la forma o el tiempo, la
forma en que se tramita un pasaporte este es. Eso tendremos que medirlo.
Cuando digo que hay que medir cuáles son los resultados, a
veces algunos compañeros dicen: no, pero lo que yo hago no tiene medición; no, no, sí
tiene medición y es en función de qué es lo que está realizando, para qué lo está
realizando, a quién están atendiendo y en ese caso, hagamos una encuesta de
satisfacción que es bastante sencilla.
Espero haber contestado a su pregunta.
Licenciado concretamente en esta era del tema de la globalidad,
ya nos ha inmerso en su propia dinámica, ¿esta propuesta de evaluación de resultados
qué experiencia tienen en otros países, cómo se ha asimilado en México y qué
viabilidad tendrían específicamente cuando algunas otras instituciones de carácter
internacional, ya han establecido algunos índices de este tipo?
- EL C. LIC.: Yo creo que Nueva Zelanda, junto con Australia y
tal vez en un tercer lugar Reino Unido, ya tienen avances muy importantes en esto,
particularmente los dos primeros tienen desarrollado todo el sistema de evaluación al
desempeño bajo el concepto que estoy comentando. El Reino Unido lo tiene muy consolidado,
aunque le falta una última etapa que es fusionar áreas que realizan un mismo servicio
para que puedan proporcionar el servicio de manera conjunta; hoy día lo tienen mediante
agencias y tal vez dos agencias realizan lo mismo, hace falta saber no solamente si los
puede fusionar para que sea una sola agencia y que proporcione el servicio, sino
adicionalmente cuestiones de contabilidad.
Pero lo que si nos basamos sobre estos resultados alcanzados, la
respuesta es contundente en el sentido de que también se puede hacer en México. Sin
embargo, no es esta la motivación por la cual vienen las reformas al sistema presupuestal
y lo quiero dejar muy claro, no es porque hayamos ido a otros países y descubrimos que
eso era, sino que es tan obvio que la administración publica tiene que mejorar en un
proceso continuo, más acelerado hoy día y pensamos nosotros que primero es necesario
tener cierta infraestructura para poder hacer la evaluación de resultados.
Estamos llevando a cabo talleres donde llevamos no solamente a
dar a conocer, o estamos dando a conocer lo que implica este proyecto con mandos medios y
superiores dentro de la administración pública, esperamos alcanzar una capacitación de
6 mil funcionarios públicos a 1999, quiere decir dos de cada diez de quienes toman
decisiones tendrán ya que manejarse bajo este concepto. Eso es digamos la parte digamos
básica de la administración pública donde tendremos que elaborar todo esto y
posteriormente tendríamos que ir construyendo hacia arriba para la determinación de los
indicadores globales.
Quiero comentar que en varias áreas precisamente porque nunca
fueron enfrentadas a esto, son bastante suspicaces de que esto se lleve a cabo y sin
embargo esa suspicacia seguramente se verá rebasada una vez que mostremos algunos
resultados en concreto en algunas de las áreas que ya estamos operando bajo este
concepto.
- EL C.:Yo escuché aquí que se habló de evaluación de
desempeño y de resultados; no sé si por ahí exista algo porque no lo escuché, en
cuanto a la evaluación de proyectos. Me refiero a evaluación de proyectos porque
generalmente se hacen proyectos en los que se piden presupuestos muy altos que no
corresponden al proyecto.
En ocasiones también se hacen presupuestos a proyectos que son
muy cortos y tampoco corresponden y en los dos casos son pérdidas económicas muy
grandes.
En el primero las pérdidas económicas de un presupuesto,
bueno, porque se está sobrevalorando este proyecto y se gasta de más, y en el otro
porque un proyecto que no se termina y en el que se gastó cierta cantidad y que queda
truncado, bueno, se perdió todo este dinero.
En estas evaluaciones de proyectos, deben de ser no sólo en
cuanto a cantidades, sino también de tiempos y de esto yo no escuché nada, no sé si
haya algo de esto.
- EL C. LIC. En la primera parte de su pregunta, tienen que ser
dos las evaluaciones que tenemos que hacer respecto de decisiones como las que usted está
comentando:
Una, evaluar el proyecto en sí mismo, cuánto cuesta y cuál es
el beneficio social y económico de llevarlo a cabo. Es un primer nivel; pero también
otro análisis que se tiene que hacer es si llevar a cabo esa decisión en términos de
las prioridades establecidas, contribuye o no contribuye al objetivo que yo quiero
alcanzar.
O sea, una cosa es que tengamos y digamos: sí, este es rentable
y es digamos, el beneficio es superior al costo en que vamos a incurrir.
Pero hay que decir si este proyecto, en esta prioridad definida
para cualquier actividad o cualquier programa va a contribuir o no a alcanzar el resultado
que se ha fijado a este nivel, digamos un poco más agregado.
Después vendría, digamos una tercera etapa, es si es la única
forma, si este proyecto es la única alternativa para que se alcance este resultado que
estamos planteando y efectivamente, lo que está considerando también dentro de este
proceso, pero como ustedes lo mencionan, a lo corto del tiempo se dan una serie de
detalles que no se revelan, pero tenemos considerado llevar a cabo esto.
La segunda parte de su pregunta creo que toca más en términos
si hacemos presupuestos multianuales, desde mi punto de vista; si alguno dura tres, cuatro
años en realizarse, si tenemos que considerarlo desde ahora o si tendríamos que
transitar hacia proyectos multianuales, creo que es una discusión que va a ser inevitable
conforme una serie de aspectos cambien, no solamente en el aspecto jurídico que nos rige
en materia presupuestal, hoy día la ley establece que el presupuesto es anual, no puede
ser bianual, entonces tiene que haber una serie de modificaciones en el aspecto jurídico
en las herramientas y en el aspecto presupuestal para dar paso a este presupuesto
multianual. Mi opinión personal, es de que en cierta parte del gasto público,
tendríamos que tener estos presupuestos multianuales, pero esa es nada más mi opinión.
- EL C. MODERADOR. Muchas gracias.
Hay muchísimas preguntas y siguen levantando la mano los
compañeros. En orden al programa que tenemos establecido, ya hemos rebasado los diez
minutos que tenemos para este tema; ciertamente es un tema, valga la redundancia, que
requiere de esto, pero pido pues, en acato al programa que ya tenemos establecido y para
no rebasar los tiempos que ustedes mismo marcaron, demos paso a la siguiente conferencia y
agradecemos muy cumplidamente al licenciado Alvarado. Muy gentil.
Dr. Gustavo Arturo
Esquivel Vázquez,
Antes de dar inicio a su exposición, permítanme hacer una breve síntesis
curricular del doctor Esquivel.
Sus estudios los realizó en la Escuela Nacional de Estudios
Profesionales Acatlán, obteniendo el título de Licenciado en Derecho por la Universidad
Nacional Autónoma de México. Cuenta con un Diplomado en Finanzas de la facultad de
Contaduría de Administración de la Universidad Nacional Autónoma de México. Sus
estudios de posgrado, los efectuó en la División de Estudios de Posgrado de la Facultad
de Derecho de la Universidad Nacional en la especialidad de Derecho Constitucional y
Administrativo, Obteniendo el grado de Doctor en derecho con mención honorífica por el
sínodo que lo examino.
Es profesor de posgrado de derecho de la UNAM, donde pertenece
al Comité de Tutoria de Doctorado por investigación en el área de derecho fiscal y
derecho financiero; imparte además las materias de régimen fiscal de la empresa, las
relaciones internacionales y las contribuciones, sistema de imparticion de justicia fiscal
y sistema nacional de ingresos públicos, así como ha formado parte de la comisión
encargada de actualizar en 1998 los programas de posgrado; también ha impartido clases en
la maestría de finanzas del Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey en
el campus del Estado de México, en la división de Estudios Profesionales de la Facultad
de Derecho en las materias de derecho fiscal, clínica procesal de derecho fiscal, el
derecho fiscal I, y en la Universidad Tecnológica de México ha impartido seminario de
amparo.
La Editorial Porrua le publico el libro "La prueba en el
Juicio Fiscal Federal" y ha publicado diversos artículos en la revista de la
Facultad de Derecho de México, "Prontuario de Actualización Fiscal", revista
mexicana de derecho de autor y actualización Jurídica", entre otras ha sido
conferencista de radio Red, Radio Universal y otros foros. Pertenece a la Asociación
Nacional de Doctores en Derecho, a la Academia Mexicana Derecho Fiscal y al Colegio
Nacional de Profesores e Investigación de Derecho Fiscal y Finanzas Publicas.
Ha colaborado en el Tribunal Fiscal de la Federación, donde
actualmente es Magistrado Regional Metropolitano.
Le agradecemos y recibimos al doctor Gustavo Arturo Esquivel
Vazquez.
Muy amable.
EL C. DR. GUSTAVO ARTURO ESQUIVEL VAZQUEZ. :Buenas tardes.
Todo va que el examen de la cuenta publica de esta cerca del
ejercicio del presupuesto y que se cubre con las contribuciones que decreta el Congreso
Federal, resulta pertinente previamente efectuar algunas consideraciones a cerca de la Ley
de Ingresos, que precisamente contemplara los recursos que deberán obtenerse para cubrir
el presupuesto.
En el mismo numeral que prevé como facultad exclusiva de la
cámara de diputados lo relativo a aprobar el Decreto de Presupuesto y la Cuenta Publica,
se establece que anualmente la Cámara de Diputados, será la cámara de origen en lo
referente a la discusión de la Ley de Ingresos de la Federación: esta ley tienen como
particularidad un principio de anualidad, es decir que cada año deberá ser presentada,
discutida y en su caso aprobada, a lo que se agrega que esta ley es la que les da sustento
a las demás leyes fiscales en cuanto a si bien es cierto que existen leyes que regulan
con detalle la acusación de los impuestos como por ejemplo, la Ley del Impuesto de
Automóviles Nuevos, la Ley del Impuesto al Activo, etc., no menos cierto es que existe
consenso entre los doctrinarios de que si en un ejercicio no se contempla dentro de la Ley
de Ingresos a alguna de las contribuciones, la administración se encontraría
imposibilitada para recaudarla, ya que esta ley es la que formalmente las establece en su
obligación anual.
En ese contexto la Ley de Ingresos deviene en auxilio del Poder
Legislativo, estableciendo las contribuciones de manera anual sin tener que discutir y
aprobar en detalle todas las leyes fiscales, ya que la ley de Ingresos se reduce a un
simple listado de los ingresos públicos ordinarios permanentes no guardando relación con
las leyes reglamentarias de cada contribución en cuanto a que no se debe de referirse
concretamente a los elementos principales de las contribuciones.
En la Ley de Ingresos se contemplan dos clases de ingresos: los
tributarios y los no tributarios, que son a su vez los impuestos, derechos, contribuciones
de mejoras y aportaciones de seguridad social, es decir las cuotas del IMSS.
Dentro de los ingresos no tributarios se comprende a los
derivados de financiamientos y que se refieren a la deuda interna y externa; los que son
regulados por la Ley de Deuda Publica y a los provenientes de organismos descentralizados
y de las empresas de participación estatal.
En la Ley de Ingresos como instrumento de la política
económica no solo se contemplan los ingresos que percibirá el Gobierno Federal, puesto
que además suprime exenciones, establece estímulos fiscales y subsidios a incluso
condonación de recargos y cancelación de créditos fiscales.
De esta manera la política de ingresos del sector publico esta
enmarcada en el contexto de la planeación de los siguientes aspectos fundamentales:
A: Como la fuente de financiamiento del gasto público y
B: por los efectos que causa en la economía dicha política de
financiamiento.
En otro orden de ideas el control de la ejecución del
presupuesto, tienen como propósito la regularidad de los actos de gestión y el adecuado
manejo de los fondos públicos, además de la apreciación de la orientación general del
gobierno, el costo y la eficiencia de sus dependencias y entidades, así como la
adecuación de la actividad desarrollada en los planes de la acción económica y social.
Teóricamente la función controladora se puede clasificar de
acuerdo a:
Primero: las personas afectadas de donde seria el control de los
ejecutores administrativos y de los funcionarios contables.
Segundo: a los hechos realizados estimados en el control de
recursos y derogaciones.
Tercero: Considerando la oportunidad en que se ejerce la
fiscalización; señalándose como control preventivo o a posteriori o post audit.
Cuarto: Según los órganos intervenientes se considera control
administrativo, jurisdiccional o político.
En la practica todos estos controles se conjugan. Resulta
pertinente señalar que existen dos tipos o sistemas principales de control del ejercicio
de presupuesto: el legislativo o tipo ingles y el jurisdiccional o tipo francés, con la
acotación de la existencia de un tipo político partidario ya en desuso y casi en
extinción y que se han utilizado en la Unión Soviética y sus gobiernos afines.
Por lo que le toca al sistema legislativo o tipo ingles debe de
mencionarse que en el Reino Unido y la Gran Bretaña, el control de la ejecución del
presupuesto es realizado directamente por el Parlamento y que dada la complejidad que
lleva, la realizan otros organismos llevándose a cabo un sistema denominado Taste Audit,
que se lleva a cabo seleccionando determinadas actividades o gastos para la fiscalización
intensiva y repentina.
Similar sistema se encuentra en los Estados Unidos de América,
que cuenta con oficinas especializadas que pertenecen al Congreso y a los distintos
comités permanentes que fiscalizan el gasto publico.
En lo que corresponde al sistema jurisdiccional o tipo francés,
el control se encuentra ejercido con base a una corte de cuentas o cámara de cuentas
establecida desde la época napoleónica, que cuenta con funciones de carácter
jurisdiccional, que se contempla por controles de órganos administrativos y de la
Asamblea Nacional.
La principal actividad de la corte de cuentas es eminentemente
jurisdiccional, ejerciendo únicamente sobre los contables, no con referencia a los
administradores.
En México se puede estimar que se encuentra mas cerca del
sistema legislativo o tipo ingles, ya que el examen de la Cuenta Publica, es decir, del
ejercicio del presupuesto, es llevado a cabo por el Poder Legislativo a través de su
órgano técnico que actualmente es la Contaduría Mayor de Hacienda.
Constitucionalmente el artículo 74 establece que la Cámara de
Diputados revisará la cuenta pública teniendo por objeto conocer los resultados de la
gestión financiera, comprobar si se han ajustado los criterios señalados en el
presupuesto y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.
Abundando acerca de este tipo de control administrativo
jurisdiccional o político, este puede distinguirse a identificarse según sea la forma o
la naturaleza de los órganos que se llevan en la practica o en su ejecución. Si es
instruido por la administración activa, por órganos jurisdiccionales especializados o a
cargo de los cuerpos legislativos.
Tomando en consideración el órgano que lleva a cabo las
medidas de control y el interés de quien instrumenta, será interno si se ubica en el
propio ambiente administrativo y externo cuando se encuentra fuera del marco
administrativo; en el sistema mexicano coexisten ambos. Interno es el realizado por una
dependencia administrativa como es la SECODAM y externo el practicado por la Contaduría
Mayor de Hacienda, ya que lo realiza una entidad que no forma parte del Poder Ejecutivo.
Por razón de materia puede ser técnico, económico o
jurídico. Por el fin que persigue, formal o legal y de mérito u oportunidad. En
relación al momento en que ejerce en preventivo y posterior.
Por su duración en permanente o periódico, que puede ser
eventual, alterado, intermitente. Por su intensidad en analítico y sintético. En razón
de la vía que se intenta en directo o indirecto. En atención sobre lo que ejerce
personal o sobre actos. Por carácter, en ordinario y extraordinario.
Las anteriores modalidades el control de fiscalización se
armonizan o concurren entre si el la practica cotidiana de manera simultanea o separada.
Por otra parte, dentro de las funciones parlamentarias se
encuentra el de la función de control en el entendido de una inspección, fiscalización,
comprobación o examen que lleva a cabo el Legislativo sobre la actuación del Ejecutivo,
con el propósito de constatar que se adecua a lo previsto en las leyes.
Con todo esto no resulta gratuito que la fracción IV del
articulo 74 constitucional, establezca como facultades exclusivas de la Cámara de
Diputados, el que examine, discuta y apruebe anualmente el presupuesto de Egresos de la
federación, lo que como ya se ha indicado, en la doctrina se ha calificado como el
principio de anualidad de las contribuciones, discutiendo los diputados como Cámara de
origen la Ley de ingreso que debe expedirse para cubrilo y revisar la cuenta publica del
año anterior.
Se plasma en el tercer y cuarto párrafo de este dispositivo en
comento, que el objeto del examen en la cuenta pública, es el de conocer los resultados
de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el
presupuesto y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas.
En el caso de que de la revisión de la cuenta publica que lleve
a cabo el órgano técnico de la cámara de diputado, que es la contaduría mayor de
hacienda, se encontrasen discrepancias entre las cantidades gastadas y las partidas
respectivas del presupuesto o no existiera exactitud o justificación en los gastos
efectuados, se determinarán las responsabilidades de conformidad a la ley.
En lo tocante a la obligación constitucional de principio de
anualidad, debe enfatizarse que la contaduría mayor se encuentra obligada a elaborar y
rendir a la comisión de Presupuesto y Cuenta Publica, de la Cámara de Diputados, por
conducto de la Comisión de Vigilancia de la Contaduría, que es la Comisión Legislativa
que supervisa y controla a esta Contaduría, un informe previo entre los diez primeros
días del mes de noviembre siguiente a la presentación de la Cuneta Pública del Gobierno
Federal, documento que debe contener enunciativamente, comentarios generales sobre si la
Cuenta Pública está presentada de acuerdo con los principios de la contabilidad
aplicables al sector gubernamental; dos, los resultados de la gestión financiera; tres,
la comprobación de si las entidades sujetas a su vigilancia se ajustaron a los criterios
señalados en la Ley de Ingresos y en las demás leyes fiscales y reglamentos aplicables
en la materia, así en el Presupuesto de Egresos de la Federación; cuarto, el
cumplimiento de los objetivos y metas de los principales programas y subprogramas
aprobados; quinto, el análisis de los subsidios y metas de los principales programas y
subprogramas aprobados.
Las transferencias, apoyos para operación e inversión, las
erogaciones adicionales y otras erogaciones y conceptos similares y el análisis de las
desviaciones presupuestales.
Igualmente debe rendir a la Cámara de Diputados el informe
sobre los resultados de la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno Federal, mismo que
tiene que remitir por conducto de la comisión de Vigilancia en los diez primeros días
del mes de septiembre del año siguiente al de su recepción, con señalamiento expreso de
las irregularidades que hubiese advertido en la realización de las actividades objeto de
la revisión.
Para la presentación de este informe goza de un plazo que como
ya se indicó vence el 10 de septiembre del año siguiente a la recepción de la Cuenta
Pública, en la inteligencia o entendido, de que si por cualquier causa el plazo no le
fuese suficiente, lo hará del conocimiento de la Cámara de Diputados por el mismo
conducto de la Comisión de Vigilancia, solicitando prórroga para concluir la revisión y
expresando las razones que fundan y motivan su petición. Prórroga que en ningún caso
puede exceder de tres meses.
Por su parte las entidades en general sujetas a fiscalización
por parte de la Contaduría, dentro de un plazo improrrogable de 45 días hábiles
contados a partir de la fecha de recibido de los pliegos de observaciones debe informar a
la propia Contaduría y a la SECODAM, sobre su trámite y las medidas dictadas para hacer
efectivo el cobro de las cantidades no percibidas por la Hacienda Pública federal, el
resarcimiento de los daños y perjuicios causados y el fincamiento de las
responsabilidades en que hayan incurrido sus empleados o funcionarios, así como los
organismos y entidades paraestatales y sus funcionarios y empleados, las empresas privadas
o los particulares que hubieran intervenido en el ingreso o en el gasto público, dando
noticia en su caso, de las sanciones impuestas, de su monto cuando sean de carácter
pecuniario y del nombre de los afectados.
La SECODAM dictará las medidas sobre las responsabilidades que
afecten a la Hacienda Pública federal y al patrimonio de las entidades de la
Administración Pública Paraestatal, que se conozcan a través de los pliegos de
observaciones que emita la Contaduría Mayor de Hacienda. Estas responsabilidades tienen
por objeto indemnizar por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública
Federal o a las entidades de la Administración Pública Paraestatal, además de que
cuentan con el carácter de créditos fiscales, se fijan en cantidad líquida por la
SECODAM y serán exigidos a través del procedimiento de ejecución correspondiente.
La naturaleza de créditos fiscales de estas responsabilidades
se las otorga el artículo 4o, del Código Fiscal de la Federación y según la
definición que preceptúa el artículo 3o, del mismo código, el diverso 47 de la Ley de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y el artículo 1o. Fracción VII inciso 2) de
la Ley de Ingresos de que se trata , de una indemnización por los daños y perjuicios
ocasionados a la Hacienda Pública. Por los tanto, es un ingreso para el estado.
Por otra parte, la ley con el propósito de satisfacer la
garantía de audiencia que otorga la Constitución a los Involucrados, establece la
posibilidad de demandar en juicio a las resoluciones definitivas de los pliegos de
responsabilidades ante el Tribunal Fiscal de la Federación. Las propias entidades a
solicitud expresa de la Contaduría, deberán informarle sobre los actos, convenios o
contratos de lo que les resulte en derechos u obligaciones, con objeto de verificar si de
sus términos o condiciones pudieren derivarse daños en contra de la Hacienda Pública
Federal, que efectan a la Cuenta Pública o impliquen incumplimiento de alguna ley,
reglamento u otra disposición relacionada con el ramo.
La Contaduría en los términos y con las modalidades que indica
su Ley Orgánica, debe de mantenerse en coordinación con la SECODAM, a fin de uniformar
las normas, procedimientos, métodos y sistemas de contabilidad así como las de archivo
contable de libros y documentos justificativos y comprobatorios del ingreso y del gasto
público, siempre y cuando se trate de normas de auditoría gubernamental. Ambas
instituciones habrán de determinar de común acuerdo, los documentos justificativos y
comprobatorios de la Cuenta Pública y los títulos y cupones amortizados o cancelados de
la deuda Pública Federal que deberán conservarse, microfilmarse, en la inteligencia de
que la Contaduría Mayor de Hacienda debe conservar indefinidamente las leyes de ingresos
y los presupuestos de egresos de la Federación, al igual que los informes previos y sobre
el resultado de la revisión de la Cuenta Pública y asimismo los pliegos de observaciones
que formule y las responsabilidades que finque.
Para presentar de manera práctica los tiempos y momentos del
examen de la Cuenta Pública, se tiene que por el ejercicio de 97 se presentó la Cuenta
Pública por el Ejecutivo Federal, el 10 de junio de 1998 ante la Comisión de
Programación y Presupuesto y Cuenta Pública, el 10 de septiembre de 98 la Contaduría
Mayor de Hacienda por conducto de su Comisión de Vigilancia, entregó a la Comisión de
Programación y Presupuesto y Cuenta Pública, el informe previo. El 24 de diciembre de
1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto de la revisión de la
Cuenta Pública y el 10 de septiembre de 1999, La Contaduría entregó el informe sobre el
resultado de la revisión.
Se ha sostenido que la fiscalización que se produce por parte
del Legislativo sobre el Ejecutivo a través de su órgano técnico, puede equilibrarse a
una auditoría externa del Ejecutivo. Es de mencionarse o de reiterarse, que la revisión
practicada por la Contaduría, se efectúa sobre la información contenida en la Cuenta
Pública, lo que implica que se lleve a cabo sobre hechos pasados, con lo cual se estaría
frente a una revisión posterior, resultado oportuna precisar que la fiscalización que
realiza la SECODAM y la Contaduría, son distintas ya que la Contaduría afecta su
revisión a posterior y, mientras que la SECODAM la puede instaurar con anterioridad a la
entrega de la Cuenta Pública, es decir, un control preventivo que se ha denominado a
priori o ex ante. De tal suerte, del concepto de fiscalización externa, conocida también
como fiscalización superior, es el control de las finanzas públicas efectuado por un
órgano independiente del Poder Ejecutivo, derivado su motivo de que los recursos
públicos son manejados por la administración y el propietario de los mismos, que el
pueblo tiene derecho a vigilar su manejo a través de un órgano que no se encuentre
supeditado al ejecutivo.
Este esquema ha sido divulgado por la International Organization
of Supreme Audit Institutions, es decir, la Organización Internacional de Instituciones
de Fiscalización Superior, la que se conformó en 1953 y reúne a las entidades públicas
que fiscalizan en la mayoría de los países miembros de la ONU, organización a la que se
encuentra adherida la Contaduría. La IOSAN por sus siglas en inglés, se reúne con una
periodicidad de tres años de manera alterna en algún país miembro y de distinto
continente para intercambiar avances y experiencia, así como sugerir la instrumentación
de medidas y programas para el mejoramiento permanente de la función.
En el noveno de los congresos surgió la Declaración de Lima,
que precisa las características y objetivos principales de los organismos que llevan a
cabo la fiscalización superior que son, entre otras, las siguientes:
Cada Estado cuente con una entidad fiscal superior, eficaz y
cuya independencia se encuentre garantizada en ley. Que los propósitos de la
fiscalización sean el adecuado y eficiente uso de los recursos públicos, la búsqueda de
una gestión rigurosa, la regularidad en la acción administrativa y la información a los
poderes públicos, a través de informes objetivos.
En los Estados Unidos Mexicanos la unidad que realiza la
función fiscalizadora externa superior sobre la actividad de la administración pública
federal, como ya se ha indicado, es la Contaduría Mayor de Hacienda, órgano técnico de
la Cámara de Diputados.
En este orden de ideas, el marco jurídico del examen de la
cuenta pública es la propia Constitución, en su artículo 64, fracción IV, la Ley
Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda, la Ley de Deuda Pública, la de
Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público y su reglamento, principalmente.
Resulta pertinente una pequeña disgresión para comentar que
cada entidad federativa cuenta con un órgano de fiscalización superior denominado, de
igual manera, Contaduría Mayor de Hacienda, establecido en la constitución local
respectiva, que examina la cuenta pública del gobierno estatal y lleva a cabo actividades
similares a las de su correlativo federal, existiendo un organismo que las agrupa
denominado Asociación Nacional de Organismos Superiores de Fiscalización y control
Gubernamental, las ASOFIS, que se reúnen de manera periódica con propósito de
intercambio de experiencias y para programas de capacitación.
Acotada esta disgresión, cabe señalar que por exigencia de la
propia Constitución la cuenta pública del año anterior,. Como ya se ha indicado, debe
ser presentada a la Cámara de diputados del H. Congreso de la Unión dentro de los
primeros 10 días de junio, existiendo posibilidad de que se amplíe el plazo, previa
solicitud del Ejecutivo, y que debe ser justificada a criterio de la Cámara de Diputados
y por comparecencia del Secretario del Despacho, que en esta ocasión sería el de
Hacienda y Crédito Público.
La Contaduría Mayor de Hacienda tiene encomendada la revisión
de la Cuenta Pública del Gobierno Federal para lo cual, ejerciendo facultades de
Controlaría debe, en relación a las entidades comprendidas en el artículo 2 de la Ley
de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público, esto es, el Poder Legislativo y Judicial,
la Presidencia de la República, y siempre que se encuentren comprendidos en el
presupuesto de egresos, también los organismos descentralizados, las empresas de
participación estatal mayoritaria y determinados fideicomisos; verificar si se realizaron
sus funciones en lo general y en los particular, con apego a la Ley de Ingresos de la
Federación, y si cumplieron además con las disposiciones correspondientes de la Ley de
Deuda Pública, de Presupuesto, Contabilidad y gasto Público, Orgánica de la
Administración Pública Federal y demás ordenamientos aplicables.
Por su parte, también debe supervisar si ejercieron correcta y
estrictamente sus presupuestos conforme a los programas y subprogramas aprobados, si
ajustaron y ejecutaron los programas de inversión en los términos y montos autorizados,
de acuerdo con sus partidas, y en adición si aplicaron los recursos provenientes de
financiamientos con la periodicidad y forma establecidos por la ley.
Tales labores de verificación exigen que la Contaduría
fiscalice los subsidios concedidos por el Gobierno Federal a las entidades federativas, a
los órganos de la administración pública paraestatal, a los municipios y a las
instituciones privadas o a los particulares, cualesquiera que sean los fines de su
destino, así como que constate su aplicación al objeto autorizado.
También debe comprobar si la recaudación de los ingresos se ha
realizado con sujeción a las leyes aplicables en la materia y si se ha hecho
efectivamente y eficientemente, si las inversiones y gastos autorizados a las dependencias
se han aplicado estrictamente al logro de los objetivos y metas de los programas y
subprogramas aprobados, contando al efecto con amplias facultades para revisar toda clase
de libros, instrumentos, documentos y objetos, practicar visitas, inspecciones de
auditorías y en general para recabar lo elementos de información necesarios para el
cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de acudir a cualquier medio lícito que
conduzca al esclarecimiento de los hechos y de aplicar, en su caso, técnicas y
procedimientos de auditoría.
Lo anterior significa que no basta que se llevaron a cabo las
erogaciones, sino que legalmente debía efectuarse el pago y su destino era el adecuado.
A propósito de la auditorias que, en uso de las facultades de
que se encuentra investida y práctica la Contaduría Mayor de Hacienda, su Ley orgánica
previene que también puede dedicarse a verificar si las operaciones se efectuaron
correctamente y si los estados financiaron se presentaron con oportunidad, en forma veraz
y términos accesibles, de acuerdo con los principios de contabilidad aplicados al sector
gubernamental, a determinar si las dependencias y entidades auditadas cumplieron en la
recaudación de los ingresos y en el ejercicio de sus presupuestos y, por último, revisar
si las dependencias y entidades alcanzaron con eficiencia los objetivos y metas fijados en
los programas y subprogramas correspondientes.
Respecto a las visitas, inspecciones y auditorias ordenadas por
la Contaduría mayor de Hacienda, éstas habrán de efectuarse por auditor y personal
expresamente comisionados para el efecto, en el entendido de que el auditor tendrá el
carácter de representante del Contados Mayor de Hacienda en todo lo concerniente a la
comisión referida.
Para obtener los elementos de información y las pruebas
suficientes para determinar las responsabilidades y son el soporte legal correspondiente,
la Contaduría Mayor de hacienda, como ya de indicó, puede solicitar todo libro de
libros, documentos, auditorías y estas facultades pueden ser ejercidas de manera
simultánea o paralela.
Para llevar a cabo la práctica de las auditorías o visitas de
inspección, es necesaria la expedición de la orden correspondiente, suscrita por el
Contador mayor de Hacienda o quien lo supla o lo delegue, precisándose la entidad o
dependencia que será motivo de los actos de fiscalización, la cuenta pública que se
revisa y el personal designado para el propósito.
Las solicitudes de exhibición de libros, informes o documentos
se deben llevar a cabo mediante oficio girado a la entidad, dependencia o persona
requerida.
Una vez efectuado el análisis de la información y
documentación recabadas a través de las acciones de fiscalización, si la Contaduría
considera oportuno ampliar las investigaciones para contar con mayores elementos de juicio
u obtener otras pruebas que sustenten legalmente las irregularidades supuestamente
constitutivas de responsabilidades, podrá solicitar a cualquier persona oficial o privada
que hubiese llevado a cabo operaciones con las dependencias o entidades directamente
fiscalizadas durante el ejercicio que corresponda a la cuenta pública en revisión la
información o documentación que se encuentra relacionada con tales operaciones.
Una vez que se cuente con suficientes elementos para estimar que
se han cometido de la siguiente manera: si se trata de faltas administrativas contempladas
en la Ley Federal de responsabilidades de los servidores Públicos, la Contaduría Mayor
de Hacienda informará de los hechos a la autoridad competente para que instruya el
procedimiento plasmado en la referida ley.
Si se está en presencia de hechos presumiblemente
constituyentes de delito, la Contaduría deberá denunciarlos ante el Ministerio Público
Federal.
En la hipótesis de que se detecten cantidades recibidas de
manera ilegal o gastos indebidamente efectuados, la Contaduría mayor de Hacienda puede
establecer acciones para la recuperación correspondiente, según se trate de ingresos o
de gasto público.
Si se trata de ingresos, promoverá el cobro de las cantidades
no percibidas por la hacienda pública o el pago de los recargos, daños y perjuicios
causados a la misma. Esto proviene de la revisión de la cuenta pública, así como de sus
documentos justificativos.
Por ejemplo, de una declaración sobre el impuesto sobre la
renta se advierte que el cálculo aritmético para el pago del impuesto no fue correcto.
En esta situación, La Contaduría puede enviar al SAT un oficio para promover el cobro de
la cantidad líquida cuyo pago se omitió, señalando los fundamentos y motivos tanto de
las facultades ejercidas como de los hechos y su adecuación a las disposiciones
aplicables.
Recibida la comunicación, la autoridad hacendaría debe
simplemente expedir el documento de cobro del crédito constituido al contribuyente omiso,
sustentando en los motivos y fundamentos precisados por la Contaduría Mayor de hacienda y
proceder a su identificación y ejecución.
Si lo detectado es en materia de gasto público, después de
haberse efectuado las investigaciones iniciales, se expide un documento denominado pliego
de observaciones, debiendo el servidor público informar lo conducente, sin que esto
signifique que se le atribuya autoría en la irregularidad detectada en el ejercicio del
gasto público, toda la información y la documentación comprobatoria o justificativa de
la erogación correspondiente.
Recabamos los informes y la documentación solicitados en el
pliego de observaciones o transcurrido el plazo concedido, sin que hubiese sido
solventado, es decir, contestado, la Contaduría deberá resolver sobre la existencia o no
de las irregularidades encontradas y, en su caso, actuar de la siguiente forma: si
corrobora que la observación fue desvirtuada o que se efectuó el resarcimiento de los
daños y perjuicios causados a la Hacienda Pública, la Contaduría deberá tener por
desahogada en su autoridad el pliego de observaciones.
En el supuesto de que se desvirtúa parcialmente la observación
o el resarcimiento parcial de los daños y perjuicios, se deberá tener por desahogada de
manera parcial el pliego de observaciones y por lo que no fue desvirtuado se fincará un
pliego de responsabilidades, el que también se fincará si no se desvirtúa totalmente el
pliego de observaciones.
Para que se finque este pliego de responsabilidades existentes y
los sujetos responsables, se debe acudir ante la SECODAM para que, de manera formal,
confirme las determinaciones de la Contaduría y los espida.
Los pliegos de responsabilidades, como ya se manifestó,
constituyen créditos fiscales a cargo de quienes resultaron responsables por las
cantidades correspondientes a los daños y perjuicios ocasionados a la hacienda pública,
documentos que a su vez son remitidos a la Tesorería de la Federación para su
notificación y cobro.
Al respecto existe un oficio circular por el que se dan a
conocer los lineamientos y procedimientos para el control, seguimiento y cobro de las
sanciones económicas, multas y pliego de responsabilidades, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 15 de enero de 1999; en lo particular es su sección segunda,
regla 13.
Para tal efecto, la Contaduría remite oficio de la SECODAM
debidamente fundado y motivado con la documentación que sustente legalmente las
irregularidades encontradas, anexándose el pliego de observaciones y las actas en que
consten las irregularidades, entre otros documentos, promoviendo el fincamiento a cada uno
de los involucrados en las irregularidades que ocasionan los daños y perjuicios a la
Hacienda Pública, debiéndose precisar si se trata de responsables directos, solidarios o
subsidiarios.
Así se tiene que son responsables directos las personas que
ejecutaron directamente los actos u omisiones que ocasionaron los daños y perjuicios a la
hacienda pública; los responsables subsidiarios son los servidores públicos que, por la
índole de sus funciones, hayan omitido la supervisión o autorización los actos de los
responsables directos por culpa, dolo o negligencia.
Finalmente, los solidarios son los terceros que hubiesen
coaparticipado en los hechos que produjeron las responsabilidades.
Para ejemplificar lo anterior se tendría lo siguiente: un
contratista se obliga a construir una escuela con determinadas características y
materiales y ciertas especificaciones, condiciones y precios. Concluida la obra y pagado
el precio correspondiente y otorgado el visto bueno tanto de la obra como de los pagos por
el servidor público de que se trate, la Contaduría, al llevar a cabo la fiscalización,
advierte que la obra no fue construida de acuerdo a lo acordado y en concreto respecto a
los materiales y especificaciones convenidas pues el precio de los colocados resultó
inferior a los pactados, causándose daños a la hacienda pública en una cantidad
determinada.
El responsable directo es el supervisor de la obra que informó
que había sido ejecutada en las condiciones de manera dolosa, culposa o negligente,
siendo el responsable solidario el contratista, por recibir un pago indebido.
La SECODAM recibe la promisión del financiamiento de la
responsabilidad formulada por la Contaduría Mayor de Hacienda en cantidad líquida y a
las personas que se les atribuye.
El pliego de responsabilidades es remitido a la Tesorería de la
federación para su notificación y cobro en términos del Código Fiscal de la
Federación en contra de los responsables directos o solidarios y, en su caso, en contra
de los subsidiarios.
Sobre esto se puede comentar que la Ley Orgánica de la
Contaduría previene asimismo que si de la revisión de la Cuenta Pública del Gobierno
Federal se determinan responsabilidades, el Contador Mayor de Hacienda se ocupará de
promover el ejercicio de las acciones que correspondan, formulando directamente a las
dependencias y entidades los respectivos pliegos de observaciones, así como los
relacionados con las empresas privadas o con los particulares que hayan coparticipado en
el ingreso o en el gasto público.
En otro apartado importante relativo a la normatividad, la Ley
Orgánica confiere a la Contaduría atribuciones para establecer normas, procedimientos,
métodos y sistemas de auditoría, así como promover la elaboración de los manuales
requeridos para su aplicación interna.
Finalmente se puede concluir que el examen de la cuenta pública
se ejerce puntualmente por la Cámara de Diputados a través de su órgano técnico, la
Contaduría Mayor de Hacienda, y que en la dinámica y constante evolución de las
instituciones y sistemas el próximo paso es el órgano superior de fiscalización, pero
ello ya sería motivo de otra conferencia.
Muchas gracias.
EL C. COORDINADOR: Muchisimas gracias al Doctor Esquivel. Vamos
a abrir nuestro periodo de preguntas y respuestas; si tenemos alguna, por favor nos
gustaría escucharla.
Sí, adelante, por favor.
E. C.: Nada más me queda una duda. Esta cátedra que nos acaba
de dar en función de los que está establecido en este momento; incluso ha mencionado la
Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Glosa, y entiendo que ya cambia a partir del año
que entra, o sea, vendría quedando ya en el pasado parte de esta charla.
E. C. DOCTOR ESQUIVEL: No, porque precisamente en la primera
conferencia del Contador Mayor de Hacienda les informó, aún que da pendiente el
reglamento y la Ley orgánica de este nuevo órgano superior de fiscalización. Mientras
tanto, no sabemos en qué términos venga esa legislación.
Tan es actual que en este año precisamente ya se está
observando el principio de anualidad que les comentaba y mencioné las fechas por lo
pronto respecto al ejercicio que les comenté, que fue el 10 de septiembre de 99. Todavía
el Contador mayor de Hacienda está presentando esta documentación.
No podíamos estar divagando acerca de lo que podía decir la
nueva ley o el nuevo reglamento porque el propio Contador confesó que los desconoce en
qué términos venga.
- EL C. DOCTOR
Muchas gracias.
Hablar de un órgano superior de glosa, incluso es tema fuera
del órgano de gobierno del Congreso del Poder Legislativo, es una tendencia que incluso a
nivel local a veces está sucediendo, yo hablo del Congreso del Estado de Morelos, y
además es un discurso muy reiterado, ¿no?, decir que el Congreso del Estado no tiene la
capacidad o del Poder Legislativo no tiene la capacidad para ejercer una atribución que
tiene desde 1917 formalmente.
No sería justo que antes de haberle dado la oportunidad
formalmente y materialmente al Poder Legislativo de ejercer esa atribución de glosa, de
ejercer esa atribución de fiscalización del gasto público, ¿si?, yo hasta el momento
no conozca experiencias que hayan formalmente denuncias que hayan trascendido, ya sea
administrativas o penales. Que además caeríamos en el juego centralista o
presidencialista, es decir, hago una revisión de una dependencia del Ejecutivo federal,
¿si?, si encuentro responsabilidad administrativa o penal y acudo al mismo Ejecutivo a
través de su SECODAM o a través de un Procurador que depende de él a hacer la denuncia
de un servidor público de él. Es decir, se agotaría necesariamente porque habría que
ver si es que el Presidente quiere que se avance o no sea indagatoria.
Pero, bueno, regreso al tema. Hasta ahora que viene una nueva
relación entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo ciertas atribuciones que ha
tenido siempre el Poder Legislativo empiezan a tener otra dinámica, pero el discurso no
tiene capacidad, se le está juzgando de manera a priori, o sea, no les ha dado los
elementos materiales, por primera vez voy a ejercer mis funciones parlamentarias y ya me
está diciendo que no tengo la capacidad.
¿No sería más justo quizás primero experimentar de manera
más concreta dentro de la Cámara de diputados? Y lo digo también en la local, ¿no?
- EL C. DOCTOR
Efectivamente, desde las instituciones que nos trasplantaron a
nosotros porque precisamente esta Contaduría de Hacienda es una herencia totalmente
castellana, les iba a comentar rápidamente que en la primera Constitución formal que
rigió en México, que es la de Cádiz, la de 1812 ya se establece una Contaduría Mayor
de Cuentas. Y se le daba esa Facultad o esa facilidad a las Cortes y ya pasa a nosotros al
Congreso.
Tiene usted razón, desde 1917 existe esa facultad. Sin embargo,
siempre se a dicho, y esto pues es atribuible quizás al propio poder legislativo. ¿El
poder de bolsa, el poder tributario, en poder de quién está? Del Congreso, El ha
permitido, facilitado o tolerado que la capacidad técnica radique en el Ejecutivo.
Esta LVII Legislatura tengo entendido que ya creó una oficina
de Presupuesto, para precisamente ya estar en igualdad de condiciones o por lo menos tener
personal técnico que le pueda rebatir a la propuesta, a la iniciativa de ley del
Ejecutivo , lo procedente o quizás sus situaciones más técnicas del presupuesto.
Esto es un trabajo a largo plazo y coincido con usted: si se le
da la oportunidad a los congresos locales de llevar a cabo esta revisión de glosa, como
usted indica, pues el propio Congreso, es el que expide las leyes, él tendría la
oportunidad de asimismo facilitarse las cosas y crear sus organismos, sus oficinas de
presupuesto que recaben a los funcionarios con la suficiente capacidad técnica para
llevar a cabo estos análisis.
Yo creo que es sano la evolución que estamos llevando. Hemos
ido avanzando a pasos pequeños pero se han llevado a cabo. En este momento, precisamente,
el Contador mayor de hacienda sigue haciendo auditorias, sigue llevando a cabo sus
ejercicios de fiscalización en base a la legislación vigente, que es la que está
llevando a cabo y tiene que acatarse a ello.
No conozco, de primera mano, que alguna vez se hubiese
presentado la promoción de una denuncia penal. Lo que sí le puedo decir es que me ha
tocado conocer de pliegos de responsabilidades fincados a base de actuaciones de la
Contaduría Mayor de Hacienda. Eso sí se lleva a cabo.
Una de las cuestiones que fue debatida muy seriamente por
críticos del Fonaris, como usted gusten llamarle, lo que usted apunta: "Yo te reviso
contaduría, pero no tengo facultades para determinar estos pliegos de responsabilidades,
sino que las promuevo frente a las entidades del ejecutivo, que es precisamente una de las
situación que va a surgir el año próximo, va a tener mayor facilidad.
Eso es lo que yo le podría comentar.
Buenas tardes. Muchas gracias por la Conferencia. Yo tengo una
duda respecto a ¿qué momento consideran para determinar los daños? Teníamos entendido
que la definición de los daños es la aprobación o menoscabo sufrido en el patrimonio.
En este caso cuando el funcionario es omiso y le fincan una responsabilidad, le reclaman
daños y perjuicios. Obviamente todavía no ha salido de la esfera hacendaría algún
patrimonio. Lo que ha dejado de percibir son los créditos que ustedes marcan, ¿no? Lo
que ha dejado de percibir es una ganancia. Entonces mí pregunta es: Qué factor toman
para determinar los daños?.
El C. Doctor
Bueno, la definición que usted me da se encuentra precisa en el
Código Civil respecto a que daño es precisamente en menoscabo en la hacienda y en
perjuicio de las ganancias que se dejan de percibir.
Como les comentaba hace un momento y le puse el ejemplo, si se
advierte que se omitió percibir un ingreso que deba ser obtenido por la hacienda
pública, se hace una promoción de cobro de ese ingreso y les puse el ejemplo. Se
presenta una declaración del impuesto sobre la renta. Se advierte de la revisión
aritmética que 2+2 no dan 3 que son 4. Entonces por ese faltante se establece el crédito
fiscal y el organismo compete, que sea el SAT, debe de exigir su cobro. No va a adicionar,
no va a quitar nada. En base a lo que le señaló la Contaduría Mayor de Hacienda va a
hacer esa gestión de cobro.
Y el otro ejemplo que dimos, que es el daño a la Hacienda
pública es cuando se haya efectuado un gasto que no se justifique o que sea ilegal, que
eso es de lo más común en este sentido y lo quiero precisar, no es que sea una práctica
común sino que cuando se encuentra esta irregularidad se va a fincar el pliego de
observaciones, obviamente no se solventa, se determina el pliego de responsabilidades, se
fija en cantidad liquida, o sea, se gastó tanto indebidamente y entonces hay que
resarcirla, tu tienes que pasarla.
Esto es un poco materia a veces de escándalo por las cantidades
que luego se menciona en los diarios respecto a que contratos multimillonarios, etcétera,
¿si? A veces lo que se están haciendo referencia más bien son a actuaciones de SECODAM
y no tanto a la Contaduría Mayor de Hacienda. Y reitero,, en estos pliegos de
observaciones se determina el faltante y la SECODAM tendrá que fincar el pliego de
responsabilidades señalado la cantidad líquida y cobrar, en base a lo que le diga la
Contaduría Mayor de Hacienda sin hacer observación alguna.
Gracias.
EL C. Doctor muchas gracias por su brillante conferencia, lo
felicito, y me permito hacer una reflexión.
Por un lado, tenemos dentro del contexto de la administración
pública federal la existencia de la SECODAM, de la Contraloría de la Federación; y,
tenemos por otro lado, la existencia de la Contaduría Mayor de Hacienda próximo órgano
superior de fiscalización. La existencia de estas dos instituciones llega a un poco de
convergencia en sus funciones que pueden sufrir un empalmamiento de funciones, es decir,
la Contraloría por su parte no realiza glosa pero si realiza una función de Contraloría
y esa contraloría muchas veces se ve nada mas limitada a los aspectos meramente
administrativos y no abunda en aquellos aspectos financieros o contables del presupuesto
ejercido, cosa que si hace desde luego la Contaduría Mayor de Hacienda, pero lo hace a
tiempo pasado del gasto ejercido. De detectar alguna situación irregular la tramita a la
Contraloría. Es decir, ahí hay una confusión de funciones o de atribuciones que si
sería conveniente deslindar y especificar mas, considero.
EL DOCTOR. Su comentario me parece muy atinado. Efectivamente
desde que coexisten la SECODAM con la Contaduría Mayor de Hacienda se pensaba o se estima
que tendrían duplicidad de funciones, o sea, que están haciendo exactamente lo mismo.
Sin embargo, como señalamos en la platica, existen dos tipos de controles. Y este control
que lleva a cabo la Contaduría Mayor de Hacienda es un control externo y la SECODAM es un
control interno. No dudo que pueda existir la duplicidad sobre la misma cuestión, estoy
casi seguro que así sucedería, pero se da la oportunidad al Ejecutivo de que el mismo
"purgue", entrecomillado, las irregularidades que estén sucediendo dentro de la
administración activa.
Eso no significa que la Contaduría Mayor de Hacienda no vaya a
revisar, debe de revisar y hacerlo.
En lo que me pareció entender de su ultimo comentario, es
exactamente. La Contaduría Mayor de Hacienda todavía debe de presentar sus pliegos de
observaciones a la SECODAM para que está los haga efectivos. Entonces es determinado el
momento el fiscalizado, el revisado, es el que va finalmente a ejercitar las acciones de
recuperación de todo lo que hemos platicado.
Esa es una situación que ha sido muy debatida y que esperamos
que con el órgano superior de fiscalización se supere, se mejore o desaparezca.
EL C. Buenas tardes Doctor. Muchas gracias por su conferencia.
Yo quería preguntarle algo en el marco de la reforma presupuestaria. La Cuenta Pública
del '98 presente ciertos proyectos o actividades institucionales cuyo contenido en
ocasiones varia de una dependencia a otra, como son las actividades constitucionales no
asociadas a proyectos, los programas normales de operación y la administración de
recursos humanos, materiales y financieros.
¿ No sé si podría usted aclarar cuales son los contenidos y
los limites de estos proyectos y de estas actividades?.
EL DOCTOR. Bueno, esa sería una pregunta demasiada
técnica-programática y no tendría los elementos para contestarla, porque tendría que
ser bastante especifico, ¿no?. Ver programa, subprograma. ¿Qué se fue a gasto
corriente? ¿Qué fue gasto extraordinario? Lamentablemente no estaría en aptitud de
contestarlo.
EL C. Buenas tardes. Mire, hasta ahorita hemos estado hablando
de cuando se dejan de hacer pagos. Para el caso especifico, hace poco, creo que hace un
año se hizo la creación del Registro de Automóviles a nivel nacional.
En el caso especifico de Veracruz ese cambio de placas no estaba
presupuestado y en cambio si se cobro. ¿Cuáles serían los daños y perjuicios en ese
cobro no presupuestado y quien seria el responsable por ese cobro de impuestos no
presupuestados?
EL DOCTOR. A ver si entendí correctamente su pregunta. El año
pasado en el estado de Veracruz
EL C. No, fue a nivel nacional. O sea, fue a nivel nacional pero
no se había implantado aun en Veracruz ese cambio de placas, y en cambio no se
presupuesto y si se está cobrando.
EL DOCTOR. No, yo creo que estaríamos hablando de situaciones
distintas. En términos de la Ley de Coordinación Fiscal el Impuesto sobre Tenencia y uso
de vehículos el 100 porciento se les va a entregar a las oficinas federativas y una de
las reglas y condiciones que se les da es que establezcan o tengan perfectamente bien
establecido un control vehicular.
Entonces en la Ley de Ingresos para nada se iba a establecer el
cobro del derecho por el cambio de placas o el control vehicular, eso sería una
situación estatal. Y como desconozco la legislación veracruzana en ese aspecto no
podría contestarle, pero ese cobro de derechos de cambio de placas no es federal, es
estatal.
EL C. Bueno, pues muchísimas gracias. Agradecemos la presencia
del Doctor Esquivel y sus atinados comentarios. Y nos vemos mañana a las 18:00 horas para
nuestra siguiente sesión de carácter académico en este mismo lugar.
Gracias.