1. ANTECEDENTES:

 

En el año de 1955 la Organización de las Naciones Unidas emite la recomendación N° 99 en la cual existían conceptos que actualmente sabemos que son peyorativos como es inválido, incapaz, etc., pero debemos reconocer que en su momento buscaron dar a las personas con discapacidad los derechos que les permitiesen lograr la integración a una vida común y otorga el reconocimiento al derecho laboral y a la salud.

Dándole continuidad a la anterior recomendación y buscando nuevos caminos, en el año de 1981 la ONU proclamó el Año Internacional de las Personas con Discapacidad, esto llevó a la búsqueda de nuevas medidas que cumplieran las expectativas de la Recomendación N° 99. Y es así como en 1983 la OIT pronuncia el "Convenio 159", el cual como principal característica establece que las personas con discapacidad tengan derecho a un trabajo, mismo que puede ser en igualdad de circunstancias, o bien en un trabajo protegido. En este sentido diversos países se han adherido a este convenio como una clara muestra del interés de cada uno de sus ciudadanos que padecen de alguna discapacidad.

En México se inicia el camino para adecuar un marco jurídico que permitiera promulgar y respetar los derechos que se establecen tanto en la Recomendación N° 99 como el Convenio 159, de esta manera las asociaciones de y para personas con discapacidad fueron quienes impulsaron los primeros cambios en diversos ordenamientos jurídicos y finalmente en 1992 se establece la primer reforma, la cual tiene como fin reconocerle una capacidad jurídica plena para que una persona con discapacidad bajo cualquier circunstancia pueda por si misma o por otra ejercer sus derechos.