Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación para las Personas
con Discapacidad de la OEA
Dip. Carlos Quiroga Blanco
Honorable Cámara de Diputados de Bolivia
Me siento inmensamente satisfecho de poder compartir con ustedes algunas ideas, y sobre todo estar en este bellísimo país, México.
Se me encomendó hacer un comentario del Proyecto de la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra las Personas con Discapacidad.
Considero que tiene una importancia trascendental, porque si este proyecto se hace realidad, en la Convención de la OEA, ( Organización de los Estados Americanos) y es firmado por todos los países de América Latina, sin lugar a dudas, esa Convención se transformará en ley en cada uno de nuestros países; y puede transformarse en un hito jurídico para ustedes.
El Programa de Acción Mundial de las Naciones Unidas, y las normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, son dos documentos emanados de las Naciones Unidas, que constituyen los postulados fundamentales sobre la problemática de la discapacidad.
En base a estos documentos, es posible planificar acciones que favorezcan la integración de las personas con discapacidad a la sociedad, en plenitud de derechos y obligaciones.
La ponencia, va a tratar de detallar los aspectos centrales de la discriminación que sufren las personas con discapacidad, y que están contenidas en el Proyecto de Convención de la Organización de los Estados Americanos, contrastándolos con los derechos y obligaciones que tienen de participar en la sociedad, y que pueden y debe hacerse realidad mediante políticas de carácter económico, social y cultural.
El documento de la OEA, comienza contrastando que en muchos países se están adoptando medidas importantes para eliminar o reducir las barreras que se oponen a la plena participación de las personas con discapacidad en la sociedad.
Disposiciones encaminadas a salvaguardar sus derechos y oportunidades, en lo tocante a la asistencia a la escuela, al empleo, al acceso, a los servicios e instalaciones de la comunidad, normas que tienden a proscribir la cruel discriminación de las que son objeto.
Pero lo que es más importante, y que está de alguna manera entendido en el proyecto de la OEA, es que se constata que asistimos a un proceso en el que las propias personas con discapacidad, toman la iniciativa para procurar se hagan realidad los procesos de igualdad de oportunidades. Abogan estas personas y luchan, por su propia integración en el seno de la sociedad. Este es un elemento muy importante.
Sin embargo, a pesar de estos esfuerzos de parte de los Estados y de las mismas personas con discapacidad, que están en lucha por la conquista de sus derechos, se considera que están aún muy lejos de haber logrado la igualdad de oportunidades, y el grado de integración en sus comunidades dista mucho de ser satisfactorio, y esto en la mayoría de los países, en particular de los países que nos llaman del tercer mundo.
La plena participación en las instituciones básicas de la sociedad, la familia, el grupo social y la comunidad, constata ese documento que es la esencia misma de la experiencia humana.
El derecho a igualdad de oportunidades de participación, está consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y debe aplicarse sin exclusión de las personas que tienen discapacidad.
Sin embargo, se suele negar a éstas la oportunidad de participar plenamente en las actividades socioculturales en las que viven.
La discriminación, se produce por barreras físicas, económicas, sociales y culturales, nacida por una parte, de la ignorancia, la indiferencia y el temor, y sobre todo, de un sistema que tiende a globalizarse, y cuyo valor subraya más lo que se tiene, que lo que se es como persona.
Voy a enumerar descriptivamente, algunos de los indicadores dramáticos de esta discriminación que los acepta ese documento al que hago referencia.
Primero, dice, suele ser difícil o imposible, que las personas con discapacidad tengan relaciones estrechas e íntimas con otras personas, es frecuente que queden al margen del matrimonio y la paternidad, incluso cuando no existe una limitación funcional al respecto.
Muchas personas con discapacidad no sólo están excluidas de la vida social normal de sus comunidades, sino que de hecho se las confina en instituciones. Se les excluye también de la participación activa en la sociedad debido a barreras físicas, puertas demasiado estrechas, escaleras y peldaños inaccesibles en edificios, autobuses, trenes y aviones, teléfonos e interruptores de luz fuera de su alcance, servicios higiénicos que no pueden ser utilizados, se pasan por alto las necesidades de las personas con deficiencias auditivas, se ignoran las necesidades de los que padecen deficiencias visuales.
El mayor logro obtenido en el año internacional de la persona con discapacidad, 1981, fue el lanzamiento del Programa de Acción Mundial, aprobado por la Asamblea de las Naciones Unidas el 3 de diciembre de 1982, tuvo como concepto operatorio básico la concepción de la discapacidad, como la relación de las personas con discapacidad en referencia a su entorno.
Las normas uniformes por su parte, propuestas por las Naciones Unidas, sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, se basaron en una evaluación de las experiencias adquiridas durante el decenio 1983-1992. Estas normas establecen, donde niños, niñas, jóvenes, hombres y mujeres con discapacidad, puedan ejercer sus derechos y obligaciones, en un plano de igualdad con el común de la población.
En este propósito se señala por una parte, el deber de los estados de asumir medidas que busquen la cristalización de estos objetivos; y por otra, la necesidad de que las organizaciones de personas con discapacidad, sean parte activa en la consecución de estos objetivos.
Nuevamente encontramos estos dos parámetros, el Estado por una parte, y la capacidad organizativa de las mismas personas con discapacidad, para el logro de estos objetivos.
El principio de igualdad de derechos significa: "que las necesidades de esas personas tienen la misma importancia; que estas necesidades deben constituir la base de la planificación del desarrollo de la sociedad; que los recursos existentes brinden a todos los habitantes las mismas oportunidades de participación; así, y este es un concepto base que se lee en el proyecto de Convención de la OEA". El logro de la igualdad de oportunidades, se le entiende como "el proceso mediante el cual los diversos sistemas de la sociedad, el entorno físico, los servicios, las actividades, la información, se ponen a disposición de todos, especialmente de las personas con discapacidad". Y específicamente, ¿ A qué derechos hacemos referencia?, ¿Cómo aborda éstos derechos este proyecto de Convención?.
Primero, al derecho a la información necesaria para las personas con discapacidad y sus familias, con respecto a los servicios existentes para ellas; así como a la obligación de los medios de comunicación masivos, de presentar una imagen positiva de las personas con discapacidad, para generar una mayor conciencia colectiva acerca de sus posibilidades, y la contribución que estas personas brindan y pueden brindar a la sociedad; también el documento hace referencia al derecho a la educación de los niños, jóvenes y adultos con discapacidad, similar a la que se imparte a la población en general, o en su caso, a aquella impartida en centros integrados, en cuya planificación se insta a que intervengan necesariamente todas las partes interesadas; en los casos en que niños y jóvenes con discapacidad no puedan ser incorporados en el sistema educativo regular, o en los centros integrados, debería preverse la creación de centros educativos especiales, donde se imparta una educación acorde a sus requerimientos y con programas flexibles.
Todo ello supone entre otros, el establecimiento de programas apropiados de formación de maestros tanto regulares como especializados, así como la preparación de materiales didácticos adecuados y de calidad.
El derecho al empleo, y por lo tanto, a contar con un trabajo, que pasa por la elaboración y puesta en práctica de programas de formación y capacitación laboral; el establecimiento de sanciones a empleadores que cierran sus puertas a personas por el sólo hecho de ser discapacitadas; el fomento y la creación de microempresas, cooperativas, talleres protegidos, con asesoramiento técnico y apoyo financiero necesario; el derecho a una remuneración similar a las de sus compañeros de trabajo en similitud de tareas, y a tener las mismas oportunidades de ascenso y promoción.
El derecho a la salud, a la seguridad social y a la rehabilitación; la atención médica a niños y adultos con discapacidad, debe ser de la misma calidad de la que se dispensa al común de la sociedad; en lo supone, que el personal médico y paramédico tenga conocimientos necesarios para prestar una atención debida y oportuna; así como contar con equipos necesarios, y para ello sería impensable sin que se concrete el derecho de las personas con discapacidad, a estar integradas al sistema de seguridad social.
Las familias, conjuntamente las organizaciones de personas con discapacidad, deben constituirse en promotores, instructores y planificadores de políticas de rehabilitación; planes y programas que los estados deben asumir, perfeccionar y difundir, de manera que la rehabilitación alcance a todas las personas con discapacidad, indistintamente de su condición económica o social.
El derecho a vivir en el seno de la familia, a formar una familia, a tener una vida sexual, a recibir instrucción acerca de la planificación familiar, y acerca de la paternidad o maternidad responsables.
Y finalmente entre los derechos que están en la Convención, se encuentra el derecho a participar en todas las manifestaciones culturales y religiosas, a manera de contribuir, con los miembros de la sociedad, en la vida cultural, y en la recreación permanente de la cultura de su sociedad; así como tener accesibilidad al deporte y a la recreación.
Sin embargo, todos los derechos requieren, de un andamiaje institucional que evidentemente es complejo.
Primero, como instituciones está el Estado, que no sólo debiera limitarse a promulgar leyes, establecer sanciones para personas naturales o jurídicas que discriminen a las personas con discapacidad, o que violen sus derechos civiles y sociales, sino también los estados tienen la obligación de elaborar políticas, que consideren presupuestos, recursos económicos, partidas destinadas a la discapacidad, tanto en el plano nacional como regional y local. Y finalmente, estos mismos Estados deben evaluar periódicamente la aplicación de las normas uniformes de Naciones Unidas, sobre la igualdad de oportunidades, y planificar nuevas políticas con la participación de personas e instituciones directamente involucradas.
Los comités nacionales de control, integrados por representantes del Estado, las organizaciones no gubernamentales, inclusive, la empresa privada y representantes de organizaciones de personas con discapacidad, deben estar orientados a la evaluación de políticas, a la aplicación de las normas referidas a la discapacidad, a la promoción de nuevos programas, y a la difusión de sus resultados.
Nada de ello sería factible sin el fomento y la materialización de organizaciones de personas con discapacidad, y organizaciones que se estructuren, tanto a nivel nacional como regional y local; que con el apoyo del Estado, sean las defensoras y los representantes legítimos de las personas con discapacidad; organizaciones que deben ser el resultado de una toma de conciencia de las personas con discapacidad, de sus derechos económicos, sociales, políticos y culturales, y que deben ser resultado de la toma de conciencia de su enorme potencialidad de contribución a la sociedad.
En suma, estas organizaciones deben transformarse en instrumentos que fortalezcan la lucha de las personas con discapacidad, contra toda forma de discriminación, y por la construcción de una sociedad en la que se respeten todos los derechos humanos.
Es evidente que este desafío tiene tales dimensiones que requiere de la solidaridad internacional, del apoyo de organismos internacionales, del intercambio internacional de experiencias, de evaluaciones e investigaciones, en un mundo globalizado, y particularmente de un intercambio, lamentablemente existen dos mundos: los países llamados de primer mundo, y los países del tercer mundo, y donde existen, cada vez distancias más grandes entre unos y otros, al igual que en nuestros propios países existen cada vez más grandes distancias entre las personas que acumulan mucho dinero, y cómo se van ampliando por otra parte los márgenes de pobreza y de marginalidad.
La importancia que tiene esta Convención, es el hecho de que ustedes se transformen en los motores principales de la lucha contra toda discriminación, y por la construcción de una nueva sociedad que termine con estas discriminaciones.
Muchas Gracias.