CAMARA DE DIPUTADOS DEL "LVII" CONGRESO DE LA UNION

D U P L I C A D O

 

Para el C. Dip. Jaime Rodríguez López, Presidente de la Comisión de Agricultura y Ganadería.

 

AÑO: PRIMERO SECCION: tercera NUMERO: 409 .

 

COMISION: DE AGRICULTURA Y GANADERIA Y DE HACIENDA  Y CREDITO PUBLICO, DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL.

México, D.F., a 22 de diciembre

DE: 2000

PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO, PARA SOLCITAR LA ADICION DE UN PARRAFO, AL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO, DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001, A FIN DE PROTEGER LA PRODUCCIÓN DE GRANOS, presentada por el Dip. Silvano Aureoles Conejo, a nombre de varios Diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de Revolución Democrática y Revolucionario Institucional.

 

INDICE: "P" . FOJA 19 . LIBRO IV.

pps*

 

MESA DIRECTIVA
LVIII LEGISLATURA

OFICIO No.: D.G.P.L. 58-II-3-

 

 

Dip.
Jaime Rodríguez López,
Presidente de la Comisión de
Agricultura y Ganadería,
Edificio.

En sesión celebrada en esta fecha por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el Diputado Silvano Aureoles Conejo, presentó una Proposición con Punto de Acuerdo para solicitar la adición de una párrafo al Artículo Segundo Transitorio, de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2001, a f in de proteger la producción de granos, a nombre de varios Diputados de los Grupos Parlamentarios de los Partidos de la Revolución Democrática y Revolucionario Institucional.

La Presidencia dictó el siguiente trámite: "Túrnese a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Comercio y Fomento Industrial y de Agricultura y Ganadería".

 

México, D.F., a 22 de diciembre de 2000.

 

Diputado Secretario  Diputado Secretario

Anexo: Duplicado del expediente No. 409 y la versión estenográfica de los Diputados que participaron en este tema.

pps*

PROPUESTA CON PUNTO DE ACUERDO PARA SOLICITAR LA
ADICION DE UN PARRAFO AL ARTICULO SEGUNDO
TRANSITORIO DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001 CON EL FIN DE PROTEGER
LA PRODUCCION DE GRANOS Y LA SOBERANIA
ALIMENTARIA DE NUESTRO PAIS.

 

 

Diputado Ricardo García Cervantes
Presidente de la Mesa Directiva
de la H. Cámara de Diputados
P r e s e n t e .

El suscrito diputado federal, presidente de la Comisión de Desarrollo Rural de la H. Cámara de Diputado e integrante de la Fracción parlamentaria de¡ Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42 de la Ley Orgánica para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 58 del Reglamento para el gobierno Interior, vengo a hacer del conocimiento del pleno una proposición con punto de acuerdo con fundamento en los siguientes

 

ANTECEDENTES

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) suscrito por el gobierno federal y aprobado con carácter de ley por el Senado de la República, ha resultado a siete años de su puesta en marcha gravemente lesivo para el sector agropecuario y forestal mexicano.

Es de resaltar que aún cuando dicho tratado fue negociado por el gobierno mexicano en condiciones claramente adversas para el sector rural, se logró establecer un tratamiento especial de desgravación a muy largo plazo (15 años) para los productos agropecuarios extremadamente sensibles para la agricultura la economía y la seguridad nacional, tales como el maíz, frijol, cebada, arroz, papas, manzanas frescas, malta, cerdos en pie,, carne de puerco en canales,, jamones, manteca de cerdo, grasas y aceites animales,, trozos de gallina, pavo, etc.

El acuerdo de clasificación de dichos productos como extremadamente sensibles para México y un plazo de desgravación a 15 años y 10 años respectivamente, incluyó un sistema de arancel cuota mediante el cual se autorizaba un nivel de importación de dichos productos cada año sin pago de aranceles al tiempo que se acordó un arancel para todas aquellas importaciones que rebasaran dicha cuota. As¡ por ejemplo, en el caso del maíz, la cuota libre de arancel para las importaciones de¡ mismo provenientes de Estados Unidos se estableció en 2.5 millones de toneladas para el año uno, es decir, 1994, aumentando el 3 por ciento en cada uno de los años subsiguientes hasta el año 14, es decir, el año 2007. en el que la cuota de importación libre de arancel seria de 3.7 millones de toneladas. A partir de¡ año 15 (2008), la importación de maíz se liberalizaría por completo. Asimismo, se acordó un arancel decreciente en 14 años para las importaciones fuera de cupo; as¡, para el primer año (1994) seria de 206.4% y para el año 14 (2007) sería de¡ 18.2%, para desaparecer por completo el año 15 (2008) y completar as¡ la liberalización total a las importaciones de maíz provenientes de Estados Unidos y Canadá.

Esta protección mínima acordada en el TLCAN para los productos agropecuarios nacionales sensibles y extremadamente sensibles permitiría, en teoría, proporcionar un periodo de transición y un margen razonable de protección a los sectores agropecuarios sensibles, principalmente para los pequeños y medianos productores. Dicha transición y margen de protección permitiría, impulsar un vasto programa de fomento a la competitividad y de reconversión productiva a efecto de garantizar una gradual adaptación y desarrollo de los sectores más vulnerables de la agricultura mexicana y más estratégicos desde el punto de vista de la seguridad nacional, de cara a la liberalización total que sobrevendría ineludiblemente en el año 15 del TLCAN.

Sin embargo, la realidad a este respecto en los siete años de vigencia de¡ TLCAN ha sido diametralmente opuesta al texto de la ley que aprobó el Senado de la República y que constituyó un compromiso de Estado frente a la agricultura mexicana y principalmente, frente a su sector más desfavorecido y mayoritario, los pequeños y medianos productores de granos básicos de temporal.

Por decisión unilateral de la Secofi, en cinco de siete años se ha rebasado el cupo de importación libre de arancel de maíz sin cobrar un sólo centavo de los impuestos a la importación acordados en el TLCAN. Esto ha significado una pérdida fiscal de más de 2,000 millones de dólares tan sólo para el caso del maíz y la completa liberalización de¡ mercado de¡ maíz no en el año 15 de¡ TLCAN (2008) sino a partir del año 3 (1996).

Si tomáramos en consideración la información de¡ Departamento de Agricultura de los Estados Unidos para las ventas de maíz a México, desde el año 1, o sea desde 1994, se incumplió el cobro de aranceles para las importaciones de maíz fuera de cuota. Es decir,, no ha tenido efecto la protección y el periodo largo de desgravación para productos extremadamente sensibles como el maíz comprometida con los productores nacionales: se ha vivido la liberalización y desprotección total a partir del año uno, no ha habido un indispensable impulso a la competitividad,, y mínimamente fomento a la reconversión.

En cambio si se desmanteló abruptamente todo el sistema de apoyo y regulación a la producción y distribución de alimentos básicos: eliminación de los precios de garantía, virtual supresión de¡ crédito agropecuario, desaparición de Conasupo, privatización de Almacenes Nacionales de Depósito, desaparición de Bodegas Rurales Conasupo, eliminación de¡ subsidio a la cadena maíz-tortilla, etc.

Todo lo anterior, ha afectado al subsector de granos básicos desordenando los mercados, deprimiendo los precios, propiciando la caída en la rentabilidad, estimulando el rentismo, la migración y la utilización de prácticas agrícolas antiecológicas y demandando subsidios a la comercialización tan crecientes como ineficiente e inequitativos. Asimismo ha sido afectado el importante y estratégico sector cañero y azucarero nacional a causa de la importación de edulcorantes y maíz para producirlos. Además, se han desarticulado las cadenas productivas y se ha propiciado una concentración antícompetitiva en el sector agroprocesador y agrocomercializador que ha impactado desfavorablemente en los precios al consumidor.

Observando lo anterior la H. Cámara de Senadores de la pasada Legislatura tuvo el tino de incorporar en la ley de ingresos 2000 en su articulo transitorio autorizando el cobro de los aranceles para las importaciones fuera de cupo establecidos en el TLCAN. Aún así, se importaron, en el caso de¡ maíz, casi 2 millones de toneladas de maíz arriba de cupo sin pagar el arancel correspondiente.

La secretaria de Economía antes Secofi y los importadores argumentan la insuficiente producción interna y los elevados costos al consumidor pero contrario a eso el costo de la canasta básica se incremento en promedio en 370% de 1994 al 2000, de conformidad con el Asociación Mexicana de Estudios para la Defensa del Consumidor (La Jornada; 24/10/00).

Esta argumentación es falaz, puesto que aún sin pagar impuestos a la importación, tenemos un mercado internacional con precios deprimidos en los años de¡ TLCAN, con excepción de 1996l habiendo recibido subsidios de apoyo a la comercialización de la Sagar-ASERCA por aproximadamente 15 mil millones de pesos.

Por otro lado, es justamente por la desprotección y la competencia desleal de las importaciones que la producción nacional se ha estancado. Cumpliendo con la protección originalmente pactada en el TLCANL el campo mexicano tendrá capacidad para satisfacer la demanda nacional de alimentos actual y la de los próximos 25 años.

Restablecer y ejercer el derecho de nuestro país para proteger a sus sectores sensibles y estratégicos así como restablecer el acuerdo del Estado con los campesinos mexicanos, es un imperativo de justicia, de legalidad, de fortalecimiento del estado de derecho. Asimismo, es una precondición para el aumento de la oferta interna de alimentos y materias primas a precios apropiados, la reconstrucción e impulso a la competitividad de las cadenas agroalimentarias y de la garantía de la calidad de los alimentos a que tiene derecho toda la población mexicana.

Lo anterior, debe estar asociado a un manejo adecuado, transparente y participativo de los cupo de importación; un impulso a cadenas de agroalimentarias integradas y competitivas; un mejoramiento de los sistemas y apoyos a la distribución, un mejoramiento del nivel adquisitivo de los salarios, y, la superación de las imperfecciones del mercado agroalimentario dadas principalmente por la altísima concentración anticompetitiva del sector procesador, comercializador y distribuidor.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente :

PUNTO DE ACUERDO

PARA SOLICITAR LA ADICION DE UN PARRAFO AL ARTICULO SEGUNDO TRANSITORIO DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2001 CON EL FIN DE PROTEGER LA PRODUCCION DE GRANOS Y LA SOBERANIA ALIMENTARIA DE NUESTRO PAIS:

TRANSITORIOS

Segundo ...

 

UNICO: "Es obligatorio el cobro de los aranceles para los productos que rebasen la importación de la cuota libre de arancel, consignados en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte para el año 2001

 

ATENTAMENTE

Dip. Federal Silvano Aureoles Conejo.

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