Esta:
Comisión Especial tiene entre sus motivos fundamentales
el prevenir e inhibir el desvío de recursos públicos
federales por parte de servidores públicos de
los diversos órdenes del gobierno federal, estatal
o municipal, durante el proceso electoral del año
2003. Para dar cumplimiento a lo anterior, y en términos
del Acuerdo de la junta de coordinación política
de esta H. Cámara de Diputados de fecha 22 de
mayo de 2003, para su constitución, relativo
al plan de trabajo, se llevarán a cabo las siguientes
actividades:
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1.- Convenios |
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La
Comisión Especial promoverá y celebrará
los convenios a que haya lugar, en términos de
la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos, y se coordinará con las instancias
competentes para el cumplimiento de sus fines, según
el artículo noveno de su constitución.
Esta Comisión Especial establecerá un
grupo de trabajo conformado por cinco diputados a efecto
de que en un plazo que no exceda del 20 de junio, proponga
un formato de los convenios a los que haya lugar.
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2.- Recorridos |
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La
Junta Directiva de la Comisión Especial integrará
subcomisiones que realizarán diversos recorridos
por las entidades del país, en donde se deberá
considerar, además del trabajo que se realice,
la visita a los tres poderes de las entidades federativas,
delegaciones de las dependencias y. entidades en los
estados y solicitudes de información, a través
de la presidencia de la Comisión Especial, para
que pueda cumplir con su objeto.
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3.- Denuncias |
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La
Comisión Especial recibirá quejas y denuncias
relacionadas con su objeto, las turnará a las
instancias competentes para su trámite y resolución,
dará seguimiento a su trámite y en su
caso, ala resolución que le recaiga, según
el Acuerdo de la junta de coordinación política
de esta H. Cámara de Diputados de fecha 22 de
mayo de 2003.
De
conformidad con el Acuerdo de la junta de coordinación
política de esta H. Cámara de Diputados
de fecha 22 de mayo de 2003, la Comisión Especial
prestará orientación y asesoría
personal en la sede de la Comisión y durante
las giras de trabajo que realicen los
diputados a los ciudadanos que lo requieran y que pretendan
presentar por sí mismos denuncias penales o de
juicio político. .
Toda
queja o denuncia que se reciba deberá ser presentada
por escrito, contener la firma autógrafa del
quejoso o denunciante, su domicilio y datos generales,
con una relación sucinta de los hechos que denuncie
y que estime constitutivos de faltas o delitos.
En
forma inmediata a su recepción, la queja o denuncia
recibida será remitida a la Presidencia de la
Comisión Especial para que una vez analizada,
sea turnada a la instancia correspondiente para su trámite
y resolución.
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4.- Presentación
de Denuncias |
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En
este rubro de actividades, la Comisión Especial
podrá proceder a la presentación de las
denuncias o quejas, debiendo aportar a las instancias
competentes los elementos de convicción correspondientes
y las probanzas del caso, debiendo señalar con
claridad a los presuntos responsables y los ordenamientos
que se estimen vulnerados.
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5.- Campañas
de Información, Difusión y Orientación |
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En
cumplimiento del Acuerdo de la junta de coordinación
política de esta H. Cámara de Diputados
de fecha 22 de mayo de 2003, la Comisión Especial
establecerá, dentro de los tres días naturales
siguientes a la aprobación del presente plan
de trabajo, contacto con la Entidad de Fiscalización
Superior de la Federación y con la Secretaría
de la Contraloría y Desarrollo Administrativo,
a efecto de sugerirles la conveniencia de llevar una
campaña de divulgación permanente durante
el proceso federal electoral para orientar a los servidores
públicos, y a la ciudadanía en general,
sobre las normas y disposiciones que regulan el gasto
público y prohíben su utilización
en apoyo de cualquier partido político o candidato,
así como las sanciones aplicables a los infractores.
Para
los efectos anteriores, la Comisión Especial
podrá sugerir los mecanismos de divulgación
que estime necesarios y convenientes, así como
monitorear el desarrollo de las campañas de divulgación
que se realicen.
Independientemente
de lo anterior, la Comisión Especial podrá
desarrollar una campaña para la información,
difusión y orientación de sus objetivos
y actividades, de conformidad con la disponibilidad
presupuestal.
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6.- Monitoreo
del Ejercicio del Gasto Público y Programático |
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La
Comisión Especial evaluará y vigilará
la correcta aplicación de las disposiciones contenidas
en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación
para el ejercicio fiscal del año 2003.
La
Comisión Especial se apoyará en la información
que la misma recabe, así como en los diversos
informes y actividades que conforme al Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal
del Año 2003 deben realizar las diversas dependencias
del Ejecutivo Federal en las fechas y calendarios que
el propio decreto del Presupuesto de Egresos señala.
A
fin de precisar con claridad los informes y actividades
sujetos a verificación, la Comisión Especial
establecerá un grupo de trabajo conformado por
cinco diputados a efecto de que, en un plazo que no
excederá del veintiuno de junio, identifiquen
con claridad las actividades programáticas sujetas
a verificación; las disposiciones correspondientes
a su seguimiento, evaluación y verificación;
las dependencias del Ejecutivo Federal u otras instancias
responsables de proporcionar la información y
el calendario de su ejecución.
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7.- Proporcionalidad
de las Subcomisiones |
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La
Junta Directiva de la Comisión Especial integrará
las subcomisiones que considere pertinentes, respetando
la proporcionalidad de las diferentes fracciones parlamentarias
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8.- Rendición
de Informes |
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De
acuerdo con del Acuerdo de la junta de coordinación
política de esta H. Cámara de Diputados
de fecha 22 de mayo de 2003, la Comisión Especial
deberá informar al Pleno de la Cámara
de Diputados, o en su caso a la Comisión Permanente,
sobre el desarrollo y conclusión de sus trabajos.