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FORO DE CONSULTA SOBRE DERECHO E INFORMÁTICA
TIJUANA, B.C. 25 DE SEPTIEMBRE DE 1996.

A continuación se transcriben las preguntas, comentarios y propuestas o sugerencias que fueron presentadas por el auditorio asistente al evento.

PREGUNTA (P), COMENTARIO (C), PROPUESTA O SUGERENCIA (S)

(P) ¿Existe alguna relación entre seguridad al usuario en el tipo de equipo que compra y la NOM o la NMX?

(P) ¿Consideran que la primera característica para normar conductas de proveedores, hacia los usuarios, sería establecer la obligación de que aquellos: por ley, presten por un tiempo orientación e información para el usuario?

(P) ¿Cómo se podría definir a una empresa competitiva en el mercado informático?

(C) El derecho de autor se otorga adecuadamente a los creadores de un programa de cómputo y debe fomentarse a través de los Institutos de Servicios Educativos en los Estados, y este trámite debe ser ágil. No se ha considerado el otorgar patente a los programas de computación porque estos no son invento (ya que no parten de la nada), sino una obra.

(P) ¿Cómo incorporar la participación del sector educativo en el conocimiento de un futuro marco legislativo?

(P) El derecho informático como rama autónoma del derecho objetivo actualmente no existe. ¿Qué materia abarcaría el futuro derecho informático?

(P) ¿De qué manera se puede educar a la gente para evitar la piratería de la información? ¿Dónde o en qué lugar de México se puede patentar el software?

(C) SECOFI, deberá agrupar y sectorizar a los proveedores por actividad primordial o principal, ejemplo: desarrollo de software, servicios, agencia de datos, etc.; certificando y controlando cada rama de comercio informático.

(C) Fomentar la telemática a nivel educativo para el despliegue de la informática en el país, y fomentar la telemática a nivel de instituciones de crédito e instituciones auxiliares de crédito.

(P) ¿Existen o podrían establecerse incentivos fiscales para que la industria nacional adquiriera o desarrollara los proyectos informáticos para mantenerse competitivo?

(P) Al discutir mecanismos de fomento para la industria informática nacional ¿no estaremos creando condiciones favorables para empresas primordialmente extranjeras?

(P) ¿Qué mecanismos existen para promover tanto en el gobierno como en la iniciativa privada, el desarrollo de las empresas de bienes y servicios informáticos?

(S) Al realizar adecuaciones en nuestra legislación, debe considerarse un lenguaje lo menos técnico posible para que no suceda como en el caso de Brasil y Argentina que su ley de software presenta una terminología 100% técnica.

(P) ¿Se pueden hacer copias de un programa de cómputo si es para el sector educativo?, en caso afirmativo ¿qué pasa con el desarrollador de software educativo que está en las escuelas? ¿existe alguna ley que proteja a esta persona para que no sea pirateado su sistema?

(P) Si consideramos a la propiedad intelectual como género y a la propiedad industrial y a los derechos de autor como las especies, partiendo de la base de que su diferenciación proviene de la explotación que se le de para efectos especulativos a nivel comercial: ¿qué tan conveniente resultaría unir ambas especies en el intento de la regulación informática? ¿no será que la informática es una especie independiente de ese género que es la propiedad intelectual?

(P) ¿Existen fondos para subsidiar el desarrollo de proyectos informáticos genéricos, que pudieran ponerse a disposición de la industria a muy bajo costo?

(C) Se debe hablar de la relación calidad-precio, ya que en este país la economía es lo que rige actualmente las actividades, la diferencia entre la normatividad debe relacionarse con la economía del usuario.

(P) ¿Cómo se deben calificar a los virus creados por los autores de software: como auto-derecho de autor, o como delito?, ya que al activarse destruyen la información.

(P) ¿Qué pasa con los proveedores que venden equipo de cómputo y que incluyen en el mismo paquetes de software pirata?, además ¿quién incurre en el delito; el proveedor o el cliente?, si los estudiantes adquieren software y éste no es el original ¿en qué tipo de delito incurren?

(P) ¿Sería posible que el gobierno presentara sus necesidades y proyectos a la comunidad informática para incentivar su desarrollo?

(P) ¿Cómo se puede combatir el problema de caída de sistema, que es muy común y frecuente en las empresas, el cual retrasa los trámites de los usuarios?

(P) Las grandes empresas desarrolladoras de software, de acuerdo a la Ley de Competencia Económica, ¿podrían ser consideradas como industrias monopólicas?

(P) Los monopolios tecnológicos (competencia desleal) ¿son materia de la Ley de Competencia Económica? ¿está ley es adecuada en materia informática?

(S) En México actualmente la mayoría del copiado y alteración de software se da en las escuelas. Una solución podría ser concesionar el uso de software a las escuelas, y que éstas a su vez dieran prioridad a dichas compañías para que obtengan ganancia del uso y desarrollo del mismo.

(C) La dotación de programas de software en EE.UU. es un procedimiento administrativo, en el cual las empresas comercializadoras de los mismos dotan a los maestros e instituciones educativas de los ejemplares para uso didáctico, estos se proporcionan incompletos para invitar a los usuarios a adquirir las obras con todo su contenido.

(C) Se debe analizar la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su relación con la informática al respecto de la calidad de productos y servicios. Esta Ley tiene por objeto garantizar la calidad a través de las normas oficiales mexicanas y las normas mexicanas, en relación a éstas son las normas ISO. Las normas oficiales mexicanas, son facultad y responsabilidad de cada dependencia en la esfera de su competencia. Para la informática corresponde a SECOFI.

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