III. PROPUESTAS
PARA MEJORAR LA VINCULACION DE LOS MIEMBROS DEL CONGRESO DE
LA UNION CON SUS REPRESENTADOS.
3.- Reelección
inmediata de Diputados y Senadores.
Uno de los factores
que ha sido señalado como relevante para explicar la debilidad
del Poder Legislativo mexicano ante el Poder Ejecutivo, es la
ausencia de una verdadera carrera parlamentaria. A su
vez esta ausencia se ha relacionado con la imposibilidad
que tienen los Diputados federales y los Senadores de reelegirse
`para el periodo inmediato.
En efecto, al no
haber continuidad en la carrera parlamentaria se obstaculiza
la elevación de la calidad del personal político que llega a
las cámaras y con ellos e impide el fortalecimiento cualitativo
del Congreso como un todo. Dicha obstaculización ocurre
porque la no reelección de los legisladores dificulta su
especialización en el conocimiento de la dinámica interna
y en el manejo de la materia propia de las comisiones legislativas
de las que son miembros. Así, en cada nueva legislatura llegan
al Congreso nuevos Diputados y Senadores que o bien jamás
han tenido experiencia en las lides parlamentarias, o si las
tienen, ha sido de una manera discontinua e interrumpida.
Además, el principio
de la reelección inmediata de los legisladores federales
tiene la ventaja de que acerca más al legislador con sus electorado.
Al depender de éste la reelección de aquél, se obliga al Diputado
y al Senador a no descuidar la relación con su distrito o estado.
En este sentido, la introducción del principio de la reelección
para Diputados federales y Senadores de la República, habrá
de vigorizar el sistema representativo federal mexicano, al
aumentar la responsabilidad del legislador con sus electores.
Cabe aclarar que
con esta propuesta se representaría al espíritu del sistema
que aprobó el Constituyente de 1917, ya que, en efecto, el principio
de la no- reelección de Diputados y Senadores se introdujo a
través de la reforma constitucional de 1933. Es decir, el
Congreso Constituyente de 1917 no consideró importante conservar
la posibilidad de que dichos servidores públicos de elección
popular pudiesen reelegirse en ocasiones sucesivas e inmediatas,
para sí darles oportunidad de especializarse en los trabajos
correspondientes al Poder Legislativo. Esto permitirá
forjar verdaderas carreras parlamentarias lo cual, como
ya se explicó, redunda en beneficio del peso político específico
del Congreso como un todo.
Sin embargo, la
iniciativa de reformas reconoce los riesgos que van implícitos
en la admisión del principio de la reelección de Diputados y
Senadores. El riesgo puede significar el enquistamiento en el
Congreso, por muchos años de individuos que de buena o mala
manera controlen las maquinarías partidistas que en los distritos
o estados respectivos son capaces de ganar las elecciones. Por
ello y en consideración de que la movilidad política periódica
es sana para la vida política nacional, la propia iniciativa
ha establecido tres acotaciones al principio de la reelección
de los legisladores federales. La primera consiste en fijar
un límite de una al número de reelecciones al que podría aspirar
un Senador y de dos para el caso de los Diputados federales.
Se trata, entonces, de encontrar un equilibrio entre la necesidad
de crear las condiciones de carreras parlamentarias sólidas
y la consideración de que un cierto grado de movilidad del personal
que integra las cámaras del Congreso, es conveniente porque
las actualiza, e introduce en ellas nuevas perspectivas y renovados
ánimos.
La segunda acotación
consiste en prohibir a los partidos políticos registrar para
ser reelegidos, a más del cincuenta por ciento de los candidatos
que postulen en un proceso electoral federal para Diputados
y Senadores, tanto por el principio de mayoría relativa como
por el de representación proporcional. Esta disposición
se incluye, reiteramos, debido a que se reconocen las distorsiones
que puede llegar a tener el principio de la reelección del legisladores
federales si se le asignará un valor absoluto. Por ello, se
ha establecido un límite al número de Diputados y Senadores
que en cada proceso electoral pueden ser postulados para ser
reelegidos, en aras del propiciar un equilibrio con el principio
también positivo de la circulación de cuadros y movilidad política
de los legisladores.
Por último se
consideró pertinente vincular el principio de la reelección
de los legisladores federales, con el de la eficacia y empeño
en la realización de las tareas que en la Constitución y la
ley asignan a los representantes populares. A efecto de
establecer dicha vinculación, se estimó necesario establecer
la regla de que para poder aspirar a la reelección, los Senadores
de primera minoría deberán ocupar el segundo lugar en la lista
de dos fórmulas de candidatos que los partidos políticos registran
en la elección respectiva. De otra manera, cualquiera que
tenga el control de las estructuras partidarias en sus estado,
aunque no ganara la elección, si se le propone en primer lugar
de la fórmula de Senadores podría estar doce años en el Senado,
sin haber ganado nunca una elección. Se trata así, de estimular
el trabajo político-legislativo, como condición de la reelección
a un cargo senatorial. De manera análoga se propone que los
Diputados solamente puedan ser reelegidos cuando participen
en la elección respectiva como candidatos postulados bajo el
principio de mayoría relativa, en distritos uninominales. De
esta forma se pretende que sea el trabajo en las cámaras,
reconocido directamente por el electorado, lo que lleve a un
legislador federal a ser reelegido, en su caso.
Nota: En la parte
de la iniciativa que se refiere al artículo 52 constitucional,
se reduce en 100 a los diputados electos según el principio
de representación proporcional y en lo referente al artículo
56 suprime a los 32 senadores electos por el principio de representación
proporcional.
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El Legislativo
es el poder de la pluralidad democrática,
sin embargo,
en nuestro país ha sido tradicionalmente un poder desvertebrado,
subordinado, sin grandes atribuciones de control sobre el Ejecutivo
y con una regulación plagada de lagunas legales producto del
desuso de muchas de sus facultades originales.
se trata
de contar con un Poder Legislativo vigorizado y con operación
eficiente que cumpla con sus funciones de análisis, deliberación
y discusión en torno a los grandes problemas que afectan a la
población y de proposición de soluciones a los mismos; que regule
las facultades del Ejecutivo y vigile y controle su actuación;
y que permita, en la medida que aglutine a las fuerzas políticas
más representativas, avanzar en la democracia.
El objetivo
es incrementar la capacidad de influencia de los diputados y
senadores en la política nacional; promover la responsabilidad
de los legisladores y obligarlos a rendir cuentas a sus electores;
asegurar la calidad de los trabajos legislativos; dar plena
vigencia al voto de conciencia; dignificar la organización parlamentaria
e incrementar su experiencia y conocimientos, creando legisladores
de carrera que dependan más de
los votantes que de las estructuras partidistas corporativas
y gravosas; así como crear incentivos para que estos negocien
con las demás fuerzas políticas representadas en el seno de
las Cámaras.
Uno de los aspectos
fundamentales de este proceso integral de transformación del
Poder Legislativo consiste en el otorgamiento de facultades
a sus miembros para que puedan reelegirse de manera inmediata
la aplicación
del principio de no reelección inmediata a los miembros del
Poder Legislativo constituye un serio obstáculo para la profesionalización
de este órgano colegiado y la elevación de la calidad de las
personas que llegan a las cámaras; menosprecia la experiencia
y los conocimientos adquiridos por quienes se han desempeñado
alguna vez como legisladores; y entorpece el desarrollo de una
carrera parlamentaria, al obligar a los legisladores a alternar
su desarrollo profesional en el Congreso con otras actividades
políticas o trabajos en la administración pública.
Dificulta
también la conformación de un espíritu de cuerpo y de una tradición
parlamentaria, la especialización en el conocimiento de la dinámica
interna y el ejercicio de una actividad permanente y experta.
Limita la eficiencia, productividad y continuidad de los trabajos
legislativos, así como la conservación
del espíritu de la ley. Y evita, consecuentemente, que el Legislativo
se convierta en un cuerpo de verdadera fuerza frente al Ejecutivo,
con un sentido y una intervención precisa y definida en la vida
política del país.
la vigencia
de este principio se ha convertido prácticamente en una limitación
absoluta al derecho de los legisladores de reelegirse
El mantenimiento
del principio de reelección relativa dificulta también la generación
de la destreza y fortaleza necesaria en los legisladores para
transformarse en verdaderos interlocutores y controladores de
las actividades del Poder Ejecutivo y les impide ganar un espacio
político propio, así como acercarse y fortalecer sus vínculos
con los electores a los que responden; induciéndolos a apegarse
más a los principios de la disciplina de su partido que a dar
respuesta al mandato de sus electores y a sobreponer los intereses
y voluntad de los primeros sobre los de los segundos. Al
hacer depender del electorado la reelección, se obliga a los
legisladores a no descuidar la relación con su distrito o estado,
vigorizando así el sistema representativo federal.
limita,
al constituir una importante restricción a las aspiraciones
e intereses de los ciudadanos expresados en la libertad política
y de sufragio; así como al derecho de los mexicanos a elegir
libremente a sus gobernantes, impidiendo que los legisladores
que han desarrollado una labor consciente y activa y que por
lo mismo, cuentan con el apoyo de sus representados, puedan
reelegirse. Además de que, con ello, se vulnera uno de los mejores
métodos que tiene el pueblo para revisar la actuación de sus
representantes y exigirles cuentas.
con esta
propuesta se regresaría al espíritu original del Constituyente
de 1917,
consideró
importante conservar la posibilidad
de que dichos servidores públicos de elección popular pudieran
reelegirse en ocasiones sucesivas e inmediatas para así darles
la oportunidad de especializarse en sus trabajos
propiciaría
una mayor profesionalización e independencia de los miembros
del Poder Legislativo; favorecería la mejor estructuración y
organización de las cámaras; reforzaría la especialización parlamentaria;
promovería importantes incentivos para que el legislador adquiriera
un sentido de responsabilidad en la relación con sus representados;
y propiciaría un incremento del Poder de las comisiones en sus
funciones de control a la gestión cotidiana del Ejecutivo.
La facultad de
reelección inmediata
no implica de ninguna forma que
los 628 legisladores federales vayan a ser reelegidos; sino
únicamente aquellos que resulten ser más eficientes y aptos
de acuerdo con el sentir popular o de los partidos que habrán
de proponerlos.
Asimismo, para
fortalecer la vinculación de estos representantes con sus representados
se propone limitar la facultad de reelección únicamente a aquellos
diputados que sean postulados para ser reelectos por el principio
de mayoría relativa en distritos uninominales.
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El Poder
Legislativo se convirtió de hecho en un apéndice del Ejecutivo,
cuya función consistía en ser un trámite protocolario para aprobar
las iniciativas que éste presentaba.
Tal situación derivó
en una debilidad crónica del Poder Legislativo que le impidió
ejercer sus funciones constitucionales. Por la realidad actual
de pluralismo político, esta situación no puede ya subsistir.
El Presidencialismo
vulnera el principio republicano de la división y equilibrio
de poderes, que establece el sistema de pesos y contrapesos,
el cual es garantía de estabilidad democrática y resguardo contra
los excesos del poder unipersonal.
Para eso se requiere
fortalecer al Poder Legislativo. Precisar y ampliar sus facultades,
extender sus periodos legislativos, profesionalizar a sus miembros,
todo ello a través de las siguientes medidas:
Una de las medidas
estratégicas más urgentes consiste en abrir constitucionalmente
la posibilidad de reelección inmediata a los legisladores mexicanos,
para que el Congreso se fortalezca con la permanencia en su
seno de aquellos de entre sus miembros que la ciudadanía refrende
con su voto.
se vuelve
necesario profesionalizar a los legisladores para que estos
puedan tener un control real sobre la agenda del gobierno
Se propone que
la Constitución permita la reelección inmediata de diputados
y senadores por un periodo máximo de doce años. Y para evitar
al fortalecimiento de oligarquías partidarias, se propone que
los diputados plurinominales sólo puedan ser reelectos una vez
por dicho principio, y que, si desean continuar su carrera parlamentaria,
bajen a un distrito y se ganen el voto de la ciudadanía por
vía directa.
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