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CUADRO COMPARATIVO DE LOS ARGUMENTOS DE LAS TESIS CONTRADICTORIAS:

ARGUMENTOS A FAVOR DE LA EXTRADICION DE NACIONALES

ARGUMENTOS EN CONTRA DE LA EXTRADICION DE NACIONALES

"… tratándose de la extradición de nacionales mexicanos requeridos por parte de los Estados Unidos de América, de acuerdo con los previsto en el Tratado de Extradición correspondiente en su artículo 9 y 14 de la Ley de Extradición Internacional, su entrega constituye una facultad discrecional del Poder Ejecutivo, cuyo ejercicio no es absoluto sino limitado a que se trate de casos excepcionales a juicio del propio Ejecutivo. Por lo que se establece que por regla general los nacionales mexicanos no pueden ser objeto de extradición solicitado por Estados Unidos de América, salvo que se encuentren en casos excepcionales a juicio del Ejecutivo Federal, quien al respecto se encuentra obligado a motivar en esta caso concreto, por lo que se puede afirmar que no está en la hipótesis de una prohibición sino de una limitación.

"… si bien el artículo 4º del Código Penal Federal establece que los delitos cometidos en territorio extranjero, serán penados en la República, con arreglo en las leyes federales; sin embargo no puede sostenerse que este precepto constituya una obstáculo para la extradición de nacionales a los Estados Unidos de América, puesto que por una parte no contienen una prohibición sobre el particular, y por otro lado, atendiendo a lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley de Extradición Internacional, tales preceptos deben interpretarse conforme a la hermenéutica jurídica de manera lógica y en el contexto general del sistema legal del cual forman parte, pues debe partirse de que el legislador no dicta disposiciones inútiles ni redundantes y del que todas las normas deben interpretarse en tal forma que sin excluirse se complementen.

"De acuerdo al artículo 9 del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, el Ejecutivo Federal no está obligado a entregar a sus nacionales; y si bien es cierto que el Ejecutivo no está facultado para determinar discrecionalmente la entrega de un nacional, también lo es que dicha facultad se encuentra limitada por el mismo precepto que dispone que ello ocurrirá siempre que al Ejecutivo 'no se lo impidan sus leyes'.

 

"Además el artículo 4º del Código Penal Federal, en la expresión 'los nacionales serán penados en la República con arreglo a las leyes federales', establece un imperativo que constriñe a la autoridad a no entregar a un mexicano que haya cometido algún delito en el extranjero y a que sea juzgado por leyes mexicanas."

 

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