| Indice | Lista de Reportes |
IV.
CUADROS
INFORMACION
GENERAL
REINO
UNIDO
|
ITALIA
|
ALEMANIA
|
ESPAÑA
|
FRANCIA
|
Nombre
Oficial: Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Capital: Londres.
Población: 58' 490, 000
Superficie: 244, 016 km2
Forma de Gobierno: Monarquía Constitucional.
Lengua Oficial: Inglés, Gaelic,
Welsh.
Moneda: Libra Esterlina
Legislatura: Parlamento.
Número de Cámaras: Dos, Casa de
los Comunes (House of Commons), Casa de los Lores (House of
Lords).
Término de la Legislatura: Casa
de los Comunes 5 años, Casa de los Lores continua.
Sufragio: Universal.
Edad mínima para votar: 18 años.
Edad mínima para ser electo: 21
años.
|
Nombre
Oficial: República Italiana.
Capital: Roma
Población: 57' 460, 000
Superficie: 301, 277 km2
Forma de gobierno: Democracia parlamentaria.
Lengua oficial: Italiano; Alemán
(en Trentino-Alto Adige)
Moneda: Lira
Legislatura: Parlamento
Número de Cámaras: Dos, Cámara
de Diputados y Cámara de Senadores.
Término de la Legislatura: 5 años.
Sufragio: Universal.
Edad mínima para votar: Cámara
de Diputados 18 años, Senado 25 años.
Edad mínima para ser electo diputado
o senador: 25 y 40 años respectivamente.
|
Nombre
Oficial: República Federal de Alemania (Bundesrepublik Deutschland)
Capital Berlín.
Población: 83' 536, 000.
Superficie: 357, 039 km2
Forma de Gobierno: Democracia Parlamentaria.
Lengua Oficial: Alemán.
Moneda: Marco (Deutsche mark)
Legislatura: Parlamento Federal.
Número de Cámaras: Dos, Dieta Federal
(Bundestag); Consejo Federal (Bundesrat)
Término de la Legislatura: Bundestag
cuatro años.
Sufragio: Universal.
Edad mínima para votar: 18 años.
Edad mínima para ser electo: 18
años
|
Nombre
Oficial: Reino de España
Capital: Madrid.
Población: 39' 181, 000.
Superficie: 504, 782 km2
Forma de Gobierno: Monarquía Constitucional.
Lengua oficial: El Castellano o
Español.
Moneda: Peseta.
Legislatura: Cortes Generales
Número de Cámaras: Dos, Congreso
de los Diputados, Senado.
Término de la Legislatura: 4 años.
Sufragio: Universal.
Edad mínima para votar: 18 años.
Edad mínima para ser electo: 18
años.
|
Nombre
Oficial: República Francesa
Capital: París.
Población: 58' 040, 000
Superficie: 549, 000 km2
Forma de Gobierno: Democracia Parlamentaria.
Lengua Oficial: Francés.
Moneda: Franco
Legislatura: Parlamento.
Número de Cámaras: Dos, Asamblea
Nacional, Senado.
Término de la Legislatura: Asamblea
Nacional 5 años; Senado 9 años, renovándose cada tres años un
tercio de senadores.
Sufragio: Universal.
Edad mínima para votar: 18 años.
Edad mínima para ser electo: Asamblea
Nacional 21 años.
|
ANTECEDENTES
REINO
UNIDO
|
ITALIA
|
ALEMANIA
|
ESPAÑA
|
FRANCIA
|
· Desde el siglo X entidad
unificada.
· 1284: Se une con Gales.
· 1707: Se une con Escocia.
· 1801: Se une con Irlanda.
· 1927: Adopta el nombre de "Reino
Unido de Gran Bretaña"
· Gran parte estuvo gobernada por monarquía
absoluta.
· Conforme se convirtió en monarquía
constitucional, la Cámara de los comunes se convierte en contrapeso
de la Corona.
· A partir de 1832 la Corona y la Cámara
de los Lores forman la parte decorativa y la Cámara de los Comunes
se convierte en la parte eficiente de lo que Bagehot llama "una
república disfrazada".
· La Corona pierde su poder eficiente,
para convertirse en parte decorativa, cuando deja de contar con
dos poderes claves: el poder de vetar leyes aprobadas por el Parlamento,
y el poder de disolver el Parlamento.
· Segunda mitad del siglo XIX:
- la
Cámara de los Lores se convierte en parte decorativa.
- Deja
de ser Cámara colegisladora
Se reducen sus poderes a: la capacidad
de revisar y dilatar la aprobación de las leyes del Parlamento,
sin ningún poder de veto de las mismas.
|
· En 1861,
bajo el reinado de Víctor Emmanuel II, hijo de Carlos Alberto y regida
por el Estatuto Albertino, Italia estaba unificada como una monarquía
constitucional, la península Italiana comprendía diversos pequeños
estados, algunos dentro del control de Austria, otros reinos o ducados
independientes y algunos regulados por el Papa.
· Las "élites liberales"
que dominaron desde la unificación en 1860, hasta la "marcha
sobre Roma" de 1922, marcaron el inicio del régimen fascista.
· El 25 de julio de 1943, Mussolini
fue derrotado en el Gran Consejo Fascista, removido de su puesto
por el rey Víctor Emmanuel III.
· Durante veinte meses Italia es ocupada
por fuerzas opositoras y no tuvo gobierno sino hasta el 21 de junio
de 1945.
· El 25 de junio de 1944, los aliados
consultan con el Comité de Liberación Nacional y emiten un decreto
con nuevas disposiciones para la conducta futura del gobierno italiano,
que en su primer artículo convocaba a elecciones para la Asamblea
Constituyente.
· El 2 de Junio de 1946, después de
la Segunda Guerra Mundial, los ciudadanos italianos votaron en un
referéndum para abolir la monarquía y establecer la República, dos
años más tarde se realizan los primeros comicios parlamentarios,
donde las mujeres votan por vez primera.
· La nueva Constitución de 1948 establece
una democracia parlamentaria multipartidista con un presidente como
cabeza de Estado, un primer ministro como cabeza de gobierno y la
separación del poder judicial.
|
Orígenes:
· En el territorio que ocupa hoy Alemania,
existían 39 principados y 2 reinos: Austria y Prusia.
· En 1886 Prusia bajo la dirección
de Bismarck venció a Austria.
· 1887 nació el imperio alemán unificado
tras la victoria de Prusia sobre Francia. Se creó un sistema federal
formalmente representativo con sufragio universal. Un parlamento
bicameral (Reichstag), el poder real recaía en el emperador y su
Canciller.
El II Reich, República de Weimar (1919-1933):
· Tiene problemas económicos
· Sistema constitucional inapropiado
para la época que establecía un sistema semipresidencial.
· El Jefe de Estado tenía privilegios
como convocar a referéndum y decretar Estado de emergencia.
· La presencia de muchos partidos,
la existencia de un parlamento polarizado debilitaron al canciller,
ya que para formar el gobierno necesitaba del apoyo presidencial
y del parlamento.
· La existencia de dos partidos antisistema
(Partido Nacional Socialista Obrero Alemán y el Partido Comunista)
terminan por derrumbar la República de Weimar.
· 1932 los nacional-socialistas consiguen
casi 1/3 de la votación en las elecciones generales.
· 1933 la derecha tradicional (Von
Hindenburg a la cabeza) entregó la Cancillería a Hitler concluyendo
el periodo Weimeriano.
El III Reich Hitler:
· En marzo de 1933 el Reichtag aprueba
el acta del nuevo gobierno, estableciéndose una dictadura unipartidista
,
· Se suspende la constitución de Weimar..
· 1934, las principales instituciones
democráticas se suprimen/disuelven o son controladas por el Partido
Nacional Socialista.
· El Reichstag también es controlado
por los Nazis.
La Posguerra:
· Alemania establece como forma de
gobierno una "Democracia Parlamentaria".
· Se reestructura bajo la supervisión
de los aliados.
· Se forman estados (Landers) bajo
una federación democrática.
· 1949
se promulga la nueva constitución (Ley fundamental o Grundgesetz),
ratificada también por los Estados Occidentales.
· Ese
mismo año un segundo Estado alemán, la República Democrática Alemana
se declara en la zona Soviética con un parlamento bicameral quien
en un inicio contó con un parlamento bicameral: la Cámara baja del
pueblo (Volkskammer) y una Cámara alta que representaba a los cinco
Lander que formaban a la República.
· En
1952 se abolió la Cámara alta junto con los cinco Lander.
· La
República Democrática alemana tenía un sistema multipartidista,
sin embargo, el control político lo tenía el Partido de Unidad Comunista
Socialista (Sozialistische Einheitspartei, SED) y sus organizaciones
en masa aliadas en el Volkskammer.
· En
1952 Los partidos no comunistas reconocen el papel de la SED.
· En
todos los niveles del gobierno, la función principal del SED era
evidente. En 1968, esa función se encerró en la Constitución..
Reunificación:
· En
el otoño de 1989 el régimen de la SED se empezó a disgregar.
· Bajo
protestas contra el fraude electoral en las elecciones locales de
1989 y la fuerte presión de migración de Alemania Oriental a Alemania
Occidental el régimen abre las fronteras en noviembre de 1989 y
cae el Muro de Berlín construído en 1961.
· Las
primeras y últimas elecciones para el Volkskammer, en marzo de 1990
resultaron en una Victoria Cristiano Demócrata y la creación de
una coalición gubernamental que incluía todos los partidos no comunistas
principales.
· En
Alemania Oriental la principal tarea del Gobierno de Lothar de Maizière
era negociar los términos de la unificación con la República Federal.
· El
1º de julio de 1990 entra en vigor un Tratado entre Alemania Oriental
y Alemania Occidental que establecía una unión monetaria, económica
y social.
· En ese mismo mes el Volkskammer aprueba
una ley que reconstituía los cinco Lander abolidos en 1952, además
crea una nueva Tierra de Berlín.
· La unificación llega el 3 de octubre
de 1990, cuando los cinco Lander de la GDR y Berlín declararon oficialmente
su completa entrada política a la República Federal.
· El 14 de octubre de 1990 se celebran
elecciones parlamentarias en los nuevos Lander y en Berlín. Sobre
la unificación 144 delegados del Volkskammer se unieron al Bundestag
hasta que se celebraron elecciones regulares para el Bundestag el
2 de diciembre. Poco después se adopta la Ley Básica de la República
Federal en los cinco nuevos Lander.
· En junio de 1991, el Bundestag decidió
por un voto de 337 a 320 que Berlín, la capital nominal se convertiría
en el asiento del gobierno y del Bundestag en diez o doce años.
· El Bundesrat eligió permanecer en
Bonn para el futuro inmediato.
En noviembre de 1991, el Bundestag
estableció una comisión constitucional conjunta con los estados
federales, para aconsejar respecto a la reforma constitucional a
la luz de la unificación.
|
1874 Bajo
el reinado de Alfonso XIII:
- Se restaura la Monarquía de los Borbones.
- Se reconocen libertades de: Expresión,
Prensa, Reunión, Asociación.
- Se establecen mecanismos para limitar
el poder del rey y los caciques regionales.
1876. La
Constitución dispone:
- Un procedimiento de selección para
la integración de las Cortes -órganos legislativos-.
- Establece un sistema de competencia
entre partidos políticos
- Se da una monarquía constitucional
parlamentaria, aunque el poder se concentra en el rey y en los caciques
regionales.
- El partido conservador y liberal
se alternan el poder.
1898. -
España pierde Cuba y las Filipinas.
- Se agudiza la crisis económica, política
y social.
- Se desintegran los partidos Liberal
y Conservador.
1917. -
Desaparecen totalmente los partidos Liberal y Conservador.
1921. -
La derrota militar frente a Marruecos profundiza la crisis.
- Se consuma el golpe militar de Miguel
Primo de Rivera y éste establece una dictadura.
1924. -
Se creó la llamada Unión Patriótica, una formación con pretensiones
de convertirse en partidos único y basada en una estructura corporativa.
1926. -
Se instaló una Asamblea Nacional Consultiva con el objeto de preparar
el proyecto para una nueva Constitución de la Monarquía.
1930. -
Se celebró el Pacto de San Sebastián en virtud del cual se articularon
las distintas fuerzas políticas contrarias a la monarquía.
- Los efectos de la depresión económica
de 1929 y las elecciones municipales de 1931 detonaron la crisis
y produjeron la caída de la monarquía.
1931. -
Las Cortes Generales adoptaron una forma de gobierno parlamentaria
con algunos rasgos semipresidenciales.
Segunda República:
1931. -
Una vez dados a conocer los resultados de la elecciones, los concejales
identificados con el cambio proclamaron la República (14 de abril),
esa misma noche el rey Alfonso XIII abandona Madrid con destino
a Marsella.
· Entre el 14 de abril de 1931 y el
8 de julio de 1936, cuando inició la Guerra Civil con el levantamiento
franquista se realizaron tres elecciones generales.
· El Primer gobierno, producto de una
coalición de centro izquierda encabezada por Manuel Azaña, se mantuvo
en el poder hasta las elecciones generales de noviembre de 1933,
sin haber logrado poner las bases para la consolidación de la República.
· El triunfo del Frente Popular (coalición
de izquierda) en las elecciones de 1936, enfrentan el levantamiento
militar del 18 de julio de ese mismo año, encabezado por Francisco
Franco, y la Guerra Civil establece el final a la República.
Régimen Franquista:
· Caracterizado por ser un régimen
dictatorial de Corte fascista, obtuvo el respaldo político de los
grupos e intereses más conservadores de España.
· En 1942 se expide la Ley de las Cortes,
que da lugar a una Asamblea Orgánica Legislativa. Tenía la atribución
de los ordenamientos legales necesarios para su organización y funcionamiento.
· 1945. Es derrotado el fascismo en
la Guerra y, el régimen se ve obligado a cambiar su estrategia frente
al exterior, expidiendo diversas leyes que garantizan derechos y
libertades de las personas.
· A partir de finales de la década
de los 50's y especialmente durante los años 60's, España experimenta
una serie de cambios profundos en su economía, en la sociedad y
en la vida política.
· 1969, Francisco Franco designó como
heredero de la Corona a Juan Carlos I de Borbón.
· Se separa la jefatura del Gobierno
y la del Estado, ambas concentradas hasta entonces en su persona.
· Nombra al almirante José Carrero
Blanco jefe de gobierno y se mantuvo él como jefe vitalicio del
Estado español.
· La designación de Carrero Blanco
representó la consolidación del dominio de la tecnocracia del Opus
Dei en la administración pública.
· 1973 Carrero Blanco es asesinado
a manos de ETA. Con la designación de Carlos Arias Navarro en la
jefatura de gobierno, el fracaso por continuar una flexibilización
política tan superficial como gradual hace que la dictadura llegue
a su fin.
Transición Democrática.
· Tras la muerte de Francisco Franco,
el 22 de noviembre de 1975, Juan Carlos I de Borbón es proclamado
rey de España.
· El proceso de transición inició con
el referéndum sobre la Ley para la Reforma Política, en diciembre
de 1976, y concluyó con la aprobación de la nueva Constitución española
en 1978.
· El carácter del la transición española
se debe a la fórmula del consenso entre los distintos actores e
intereses.
· En 1977 se suscriben los Pactos de
la Moncloa, cuyo objetivo consistía en asegurar una mínima legitimidad
y eficacia, sobre la base del consenso, para las políticas y programas
públicos en materia de ingresos y gasto, sistema financiero, seguridad
social y salarios.
· La Constitución de 1978 fue producto
de un largo y profundo proceso de debate, negociación y acuerdo
durante 18 meses, cuya aprobación se llevó a cabo por referéndum.
La combinación de un sistema parlamentario
con un gobierno fuerte, el sistema electoral proporcional y la adopción
del método D' Hondt para la distribución de escaños en el Congreso
de los Diputados, el equilibrio de fuerzas políticas nacionales
y organizaciones políticas regionales y un completo sistema de garantías
individuales para la defensa de la Constitución, conforman las piezas
clave de la maquinaria constitucional que condujo a España a la
consolidación democrática.
|
· I República (1792-1804). Fue proclamada
durante la Revolución francesa, al ser derrocado Luis XVI. Transitó
del régimen radical de Asamblea al gobierno del Directorio y,
finalmente, al autoritarismo personalista del Consulado. Terminó
con la consagración de Napoleón Bonaparte como emperador.
· II República (1848-52). Tuvo una
breve existencia en virtud de que se le concibió únicamente como
un periodo de transición. Comenzó con la destitución del rey Luis
Felipe de Orleans y finalizó con la proclamación de Napoleón III
como emperador.
· III República (1871-1940). Fue
inaugurada después de la derrota de Napoleón III en la guerra
franco-prusiana y finalizó con la ocupación de Francia por el
ejército nazi en la Segunda Guerra Mundial.
· IV República (1946-58). Inició
al terminar la Segunda Guerra Mundial y recogió la tradición parlamentarista
de la III República. Su corta duración fue determinada por una
gran inestabilidad política y social, y por las secuelas de la
guerra en Argelia.
· V República (de 1958-a la fecha).
Fue fundada por Charles De Gaulle. Su propósito fundamental fue
otorgar al presidente una posición más fuerte dentro del sistema
político, en un híbrido conocido como régimen semipresidencial.
|
G O B I E R N O
FORMA DE GOBIERNO
REINO
UNIDO
|
ITALIA
|
ALEMANIA
|
ESPAÑA
|
FRANCIA
|
·Monarquía
constitucional sin una constitución escrita. |
·Democracia
parlamentaria con un sistema parlamentario puro. |
·Democracia
parlamentaria.
Federación democrática
|
·Monarquía
Parlamentaria: |
·Semipresidencial
(Combinación de régimen presidencial
parlamentario).
|
JEFE DE ESTADO
Rey/reina
·Seleccionado por herencia (generalmente
hacia los hijos varones y a falta de éstos hacia la hija mayor).
· Figura con gran valor ceremonial.
· Los actos de gobierno se realizan
en su nombre.
Forma parte de lo ceremonioso de
la formación de un nuevo gobierno.
|
Presidente
de la República
· Elegido por un Colegio Electoral,
conformado por la totalidad de diputados y senadores, más 58
representantes regionales.
· Mandato: 7 años.
· No tiene legitimidad democrática.
· Realiza funciones protocolarias.
· Es posible la reelección.
· Todos los ciudadanos en goce
de sus derechos civiles y políticos, mayores de 50 años, pueden
ser candidatos a la Presidencia de la República.
|
Presidente
de la República.
· Elección indirecta mediante integración
de una Convención Federal (Colegio electoral).
· Puede ser reelecto un periodo
más.
· Emiten voto miembros del Bundestag
e igual cantidad de representantes de los (Landtag) parlamentos
de cada Lander.
· Gana el candidato que obtenga
mayoría absoluta (50% más uno de los votos).
· En caso de no obtener ninguno
de los candidatos mayoría absoluta tras dos rondas, se elige
por mayoría simple en una tercera vuelta.
· Requisitos: Estar en uso de derechos
políticos y mayor de 40 años.
· Mandato: 5 años.
|
Rey o Monarca
constitucional dentro de un régimen parlamentario.
· La Corona de España es hereditaria
· La sucesión en el trono seguirá
el orden regular de primogenitura y representación.
· La persona del Rey de España
es inviolable.
· No está sujeta a responsabilidad.
· Sus actos estarán siempre refrendados
en la forma establecida en la Constitución.
|
Presidente
de la República.
· Electo directamente por la ciudadanía.
· Alto grado de legitimidad.
· Electo en comicios directos.
· Votan los ciudadanos en uso de
sus derechos políticos.
· Reeleción indefinida.
Mandato: 7 años.
|
JEFE DE GOBIERNO
Primer
Ministro.
· Seleccionado por la Cámara de
los Comunes y nombrado por la Corona.
· Será el líder del partido vencedor
de las elecciones generales y con mayoría en la Cámara de los
Comunes.
· En caso de no existir mayoría
absoluta, no celebrarse acuerdo de coalición, carecer el partido
mayoritario de líder, el Rey podrá escogerlo utilizando discrecionalidad.
· No tiene un periodo fijo para
su mandato. Dura mientras su partido mantenga la mayoría en
la Cámara de los Comunes y no haya un voto de censura, así como
por renuncia o muerte.
· El Parlamento debe aprobar la
designación manifestando voto de confianza.
|
Primer
Ministro
· Nombrado por el Presidente de
la República, de acuerdo con los partidos que logren establecer
una coalición gubernamental con el Parlamento.
· Puede ser removido por una moción
de censura de cualquiera de las dos cámaras.
|
Canciller
Federal
· Electo por mayoría absoluta en
el Bundestag.
· Propuesto
por el Presidente Federal.
· Puede
ser destituído mediante una moción de censura, misma que surtirá
efecto, en el momento en que lo apruebe el Bundestag, mediante
voto constructivo de no confianza
· Es
el responsable de la dirección ejecutiva del Estado.
· Es
el Presidente o Secretario General de su partido.
|
Presidente.
· Propuesto por el Rey, a través
del Presidente del Congreso.
· Será nombrado como tal en caso
de obtener la confianza del Congreso de los Diputados.
· La responsabilidad criminal del
Presidente será exigible, en su caso, ante la Sala de lo Penal
del Tribunal Supremo.
· Mandato: 4 años.
· Excepciones a la duración del
mandato:
- Disolución del Parlamento antes
del término del Mandato.
- Dimisión, incapacidad o muerte
del Presidente.
- Triunfo de una moción de censura.
Pérdida del voto de confianza.
|
Primer
Ministro
* Designado por el Presidente de
la República, con la aprobación de la Asamblea Nacional.
|
GABINETE
· Hay dos
gabinetes: El formal y el sombra formado por el partido de la
oposición, con miembros que igualan los cargos del gabinete formal,
y encargados de vigilar cada uno de los asuntos y acciones de
cada Ministro.
· La designación la realiza el
monarca, salvo excepciones, los nombramientos recaen en personas
propuestas por el Primer Ministro.
· Fluctúa entre 15 y 25 miembros
a criterio del Primer Ministro y tienen responsabilidad parlamentaria.
|
Consejo
de Ministros:
· Compuesto por:
- El
presidente del Consejo de Ministros (Primer Ministro)
- Ministros
que forman el Consejo de Ministros.
· Organo colegiado de apoyo al
Congreso.
Existencia de comités interministeriales
que coordinan las políticas entre gobernantes aliados, pero
con obstáculos para el desarrollo de su función.
|
· Los Ministros
del Gabinete son designados o destituídos por el presidente a
propuesta del canciller. |
· El Gobierno
se compone del Presidente, de los Vicepresidentes, en su caso,
de los Ministros y de los demás miembros que establezca la ley
· Los miembros del Gobierno serán
nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente
· El Gobierno cesa tras la celebración
de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza
parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o
fallecimiento de su Presidente.
· El Gobierno cesante continuará
en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.
· La responsabilidad criminal de
los miembros del Gobierno será exigible, en su caso, ante la
Sala de lo Penal del Tribunal Supremo
EL Gobierno responde solidariamente
en su gestión política ante el Congreso de los Diputados.
|
· Designado
por el Primer Ministro, salvo el Ministro del Exterior, que generalmente
es designado por el Presidente de la República.
· Cuando no hay cohabitación el
Presidente tiene influencia en la conformación del Gabinete.
· Las funciones de miembro de gobierno
son incompatibles con el ejercicio de mandato parlamentario,
función de representación de carácter nacional, empleo público
o actividad profesional.
|
FACULTADES, PODERES O FUNCIONES
DEL JEFE DE ESTADO
· Convoca
y disuelve al Parlamento
· Ratifica la legislación aprobada
por las cámaras.
· Designa a los funcionarios públicos
de mayor nivel.
· Venia indispensable para la formación
del Gobierno por parte del primer ministro.
· Da validez a los Tratados internacionales.
· Declara la guerra.
Papel fundamentalmente ceremonial
y protocolario.
|
· Promulga
leyes aprobadas por el Parlamento
· Goza de veto, pero puede ser
superado por el Legislativo en una segunda votación.
· Puede hacer observaciones a una
iniciativa devolviendo ésta.
· Firma decretos con fuerza de
ley.
· Adopta la disposición relativa
a los referéndum populares.
· Nombra al Presidente del Consejo
de Ministros (Primer Ministro).
· Recibe y acredita las representaciones
diplomáticas.
· Ratifica Tratados Internacionales.
· Es jefe supremo de las Fuerzas
Armadas.
· Preside el Consejo Superior de
la Magistratura, así como el Consejo Superior de la Defensa.
· Declara el estado de guerra.
· Otorga los honores al mérito
de la República.
· Disuelve al Parlamento.
· Sirve como árbitro entre los
partidos
En caso de muerte o causas de fuerza
mayor es sustituído por el Presidente del Senado.
|
· Sirve
como representante del Estado Alemán ante el Derecho Internacional.
· Firma decretos y convalida leyes.
· Designa al Canciller y al Gabinete.
· Destituye al Gabinete a propuesta
del Canciller.
· Disuelve el Parlamento.
· Sus actos son convalidados por
el Canciller y el Gabinete.
|
· Arbitra
y modera el funcionamiento regular de las instituciones.
· Asume la más alta representación
del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente
con las naciones de su comunidad histórica.
· Ejerce las funciones que le atribuyen
expresamente la Constitución y las leyes tales como:
a. Sancionar y promulgar leyes.
b. Convocar y disolver las Cortes
Generales y convocar elecciones en los términos previstos en
la Constitución.
c. Convocar a referéndum en los
casos previstos en la Constitución.
d. Proponer el candidato a Presidente
del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a
sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
e. Nombrar y separar a los miembros
del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
f. Expedir los decretos acordados
en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares
y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
g. Ser informado de los asuntos
de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo
de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente
del Gobierno.
h. El mando supremo de las Fuerzas
Armadas.
i. Ejercer el derecho de gracia
con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
j. El Alto Patronazgo de las Reales
Academias.
k. Acreditar a los embajadores
y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros
en España están acreditados ante él.
l. Manifestar el consentimiento
del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados,
de conformidad con la Constitución y las leyes.
m. Previa autorización de las Cortes
Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
n. Nombra y releva libremente a
los miembros civiles y militares de su Casa
|
· Es comandante
supremo de las fuerzas armadas.
· Representante ante el Derecho
Internacional.
· Veto presidencial superado en
segunda aprobación legislativa.
· Encabeza el Consejo de Ministros
y el Consejo de Defensa.
· Todas las iniciativas de ley
deben llevar su firma.
· Convoca a referéndum y somete
a éste cualquier proyecto de ley en materia de organización
de poderes públicos, política social y económica, ratificación
de tratados internacionales.
· Designa al Primer Ministro y
tiene capacidad de removerlo libremente, pero lo designa con
aprobación de la Asamblea Nacional.
· Disuelve la Asamblea Nacional,
no puede hacerlo más de una vez al año,
· Está obligado a Disolver la Asamblea
por lo menos una vez durante su mandato.
|
FACULTADES, PODERES O FUNCIONES
DEL JEFE DE GOBIERNO
· En casos
excepcionales nombra el Gabinete que tendrá que ser aprobado por
la Cámara de los Comunes.
· Es el líder de partido en el
Parlamento.
· Gran peso en la toma de acciones
ejecutivas y legislativas.
· Sugiere a la Corona el nombre
de la cabeza de la Cámara de los Lores.
· Disuelve al Parlamento.
· Convoca a nuevas elecciones en
cualquier momento de su mandato.
· Es conducto de comunicación entre
la Reina y el Gabinete.
· Supervisa de manera directa los
servicios de seguridad e inteligencia.
· Preside los comités de Defensa
y Política Exterior y el de Estrategia Económica.
· Solicita al soberano la Disolución
del Parlamento.
· Prescinde
de sus Ministros solicitándole a la reina la separación de éstos
de su cargo
|
· Es responsable
del gobierno y dirige la política general de éste.
· Mantiene la unidad de la dirección
política y administrativa.
· Organiza y Coordina el trabajo
de los ministros.
|
· Destituye
o designa al gabinete por medio del Presidente Federal.
Puede provocar la disolución del
Bundestag con una solicitud de voto de no confianza.
|
· Dirige
la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros
del mismo, sin perjuicio de la competencia y responsabilidad directa
de éstos en su gestión.
· Propone el nombramiento y separación
de los miembros del gobierno.
· Hace jugar la responsabilidad
del gobierno, tras la oportuna deliberación del consejo de ministros,
mediante la utilización de la cuestión de confianza.
Propone bajo su exclusiva responsabilidad
la disolución de las Cortes, del Senado o del Congreso.
|
· Dirigir
la acción del gobierno.
· Garantizar la ejecución de las
leyes aprobadas por el parlamento.
· Encabeza la administración pública.
· Designa a los ministros de Estado
libremente en caso de cohabitación, de lo contrario hay gran
influencia del Presidente.
· Podrá suplir al Presidente de
la República en la presidencia de un Consejo de Ministros.
|
FACULTADES, PODERES O FUNCIONES
DEL GABINETE
|
· Deliberar
sobre discusiones de leyes de iniciativa gubernamental.
· Decidir sobre los nombramientos
de los puestos más elevados de la administración del Estado.
· Decidir sobre cuestiones de orden
público y referentes a política interna e internacional y sobre
todas las cuestiones en el ámbito de la política general del
gobierno.
· Dictar decretos de ley en caso
de necesidad o urgencia, bajo su propia responsabilidad
|
· Convalidar
los actos del Presidente. |
· Dirige
la política interior y exterior,
· La Administración civil y militar
y la defensa del Estado.
· Ejerce la función ejecutiva y
la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las
leyes.
· Limitantes:
No podrán ejercer otras funciones
representativas que las propias del mandato parlamentario, ni
cualquier otra función pública que no derive de su cargo, ni
actividad profesional o mercantil alguna
|
· Determinará
y dirigirá la política de la Nación.
· Dispondrá de la Administración
y la Fuerza Armada.
· Será responsable ante el Parlamento.
Refrendará las decisiones
del Primer Ministro.
|
|
P A R L A M E N T O
CARACTERISTICAS DEL
PARLAMENTO
· Bicameral:
- House of Commons = Cámara de Diputados o Cámara baja.
- House
of Lords.= Cámara de Senadores o Cámara alta.
· Facultades y atribuciones reducidas
de la Cámara de los Lores.
· Gran disciplina partidista garantizada
por los Whips.
Sistema mayoritario bipartidista
(Cámara de los Comunes).
|
· Bicameral:
- Cámara de Diputados o Cámara baja.
- Senado
de la República o Cámara alta.
· Igualdad de condiciones en ambas
cámaras (bicameralismo puro)
· Frenos o límites constitucionales:
- Revisión
jurídica.
- Referéndum
revocador.
|
· Bicameral:
- Bundestag = Dieta Federal o Cámara baja. (Cámara de Diputados)
- Bundesrat
= Consejo Federal Cámara de Senadores o Cámara alta. (Senado)
· Condiciones desiguales entre
las dos cámaras.
Fuerza política y capacidad legislativa
del Bundesrat relativamente limitadas.
|
· El Parlamento
también llamado Cortes Generales, es bicameral.
- Congreso de los Diputados o Cámara
baja.
- Senado o Cámara alta.
· Condiciones desiguales entre
ambas cámaras. (bicameralismo asimétrico, predominio del Congreso
de los Diputados sobre el Senado).
· Organo colegiado.
· Representante del pueblo español.
Cada Cámara cuenta con una diputación
permanente, que asume las facultades de las mismas en el caso
de que éstas sean disueltas y mientras dura el periodo hasta
la constitución del nuevo Parlamento.
|
· Bicameral:
- Asamblea Nacional = Cámara de Diputados o Cámara baja.
- Senado
= Cámara de Senadores o Cámara alta.
Facultades limitativas
para el Senado
|
PERIODO DE SESIONES
· El parlamento
sesiona durante 160 días en total, generalmente en las tardes
de lunes a jueves de 2:30 a 22:30 cuando menos, y los viernes
por la mañana.
Los lores acuden a sesionar 150
días al año, en promedio.
|
· Trabaja
la mayor parte del año, de 8 a 9 meses. |
Bundestag:
· calendario flexible.
· No sesiona constantemente, lo
hace por una o dos semanas y alternan con 2 semanas con sesión
parlamentaria.
Sesiones públicas
|
Dos periodos
de sesiones anuales: de septiembre a diciembre y de febrero a
junio.
· Sesiones extraordinarias a petición
del gobierno, de la diputación permanente o de la mayoría absoluta
de los miembros de cada una de ellas
· Sesiones
plenarias, en las que se lleva a cabo la actividad semanal,
normalmente dos días, martes por la tarde a jueves a mediodía.
|
· Trabaja
del primer día laborable de octubre al último de junio (9 meses).
· Periodo extraordinario a petición
del primer ministro o mayoría de la Asamblea Nacional, abiertos
o clausurados por decreto presidencial.
Sesiones públicas
|
CAMARA DE DIPUTADOS O EQUIVALENTE
House of
Commons, Cámara de los Comunes o Cámara baja:
· Integrada por: 659 miembros.
· Electos por voto directo, mediante
un sistema de mayoría simple a una vuelta.
Mandato: 5 años.
|
Cámara
de Diputados:
· Integrado por: 630 diputados
· Electos por voto directo, universal
y secreto y representación proporcional
· Se eligen sobre la base de votos
expresados por todos los ciudadanos que hayan cumplido mayoría
de edad (18 años), con goce de derechos civiles y políticos
· Es posible la reelección
· Mandato: 5 años
Edad para ser electo: 25 años
|
Bundestag:
· Integrado por al menos 656 miembros,
de los cuales 328 son electos en forma directa y en principio
328, por fórmulas proporcionales utilizando el método Niemayer.
· Elecciones libres, universales
y secretas.
Mandato: periodo máximo de 4 años
|
Congreso
de los Diputados:
· Se integra por: 350 miembros.
· Electos por circunscripciones
electorales provinciales.
- La Constitución establece un
mínimo de 300 diputados y un máximo de 400.
· Mandato: 4 años.
Goza de la potestad legislativa.
|
Asamblea
Nacional:
- 577 miembros.
- Mandato
de 5 años.
- Electos
por sufragio directo.
Puede ser disuelta
por el Presidente de la República.
|
CAMARA DE SENADORES O SENADO
House of
Lords:
· Integrado por 1200 lores:
- Nobles:
duques, marqueses, condes, viscondes o barones.
- Pares
hereditarios de Inglaterra y Reino Unido.
- Lores
de apelación en ordinario
- Los
pares vitalicios.
- Los
lores escoceses.
- Los
26 lores espirituales (arzobispos de Canterbury y York, obispos
de Londres, Durham y Winchester, obispos diocesanos de la iglesia
en Inglaterra.
· Salvo los espirituales, vitalicios
y judiciales, los demás Lores son hereditarios.
· Los exministros que ya no forman
parte del Gobierno son miembros de la Cámara de los Lores.
· Los miembros no representan ningún
tipo de distrito o circunscripción.
· Mandato:
continuo.
|
Senado
de la República:
· Integrado por : 325senadores:
- 315
electos por sufragio directo y secreto
- 8
por designación
- 2
exoficio.
- Se
eligen con base regional por todos los electores mayores de
25 años.
- Mandato:
5 años
- Cuenta
con miembros vitalicios.
Edad para ser electo: 40 años
|
Bundesrat:
· Integrado por 68 senadores.
· Electos en forma indirecta
· Delegados designados por cada
uno de los parlamentos locales (Landtag) de los Landers (Estados).
· El ministro-presidente (gobernador)
de cada Lander, por derecho se convierte en miembro del Bundesrat.
· No puede ser disuelto.
Mandato: 4 años.
|
Senado:
· Integrado por: 208 senadores.
· Electos por circunscripciones
provinciales e insulares
· Más 48 senadores electos por
los Parlamentos de las Comunidades Autónomas (1 por cada Comunidad
y otro más por cada millón de habitantes
· Mandato: 4 años.
· Limitación en su actividad de
ejercicio de iniciativa de ley, así como a deliberar sobre los
proyectos o proposiciones previamente aprobadas por el Congreso.
|
Senado:
· Integrado por: 321 senadores
· Se eligen en cada departamento
administrativo mediante fórmula indirecta
· Tiene un papel secundario.
Mandato: 9 años, renovándose
cada tres años.
|
FRACCIONES O GRUPOS PARLAMENTARIOS
|
14 Partidos
representados.
- Se integran con:
20 diputados y 10 senadores.
|
Se forman
con un mínimo del 5% del Bundestag, 34 integrantes |
- Se constituirán
por:
· 15 miembros como mínimo.
· Diputados de una o viarias fracciones
políticas que, aún sin reunir dicho mínimo, hubieren obtenido
un número de escaños no inferior a cinco y, al menos, el quince
por ciento de los votos correspondientes a las circunscripciones
en que hubieren presentado candidatura o por el cinto por ciento
de los emitidos en el conjunto de la Nación.
- La constitución de Grupos Parlamentarios
se hará dentro de los cinco días siguientes a la sesión constitutiva
del Congreso.
- Habrá un Grupo Mixto, para aquellos
diputados que no queden integrados en un Grupo Parlamentario.
Ningún diputado podrá formar parte
de más de un Grupo Parlamentario.
|
Se integran con 20
miembros.
|
COMISIONES
· Para
la organización del trabajo legislativo, la Cámara de los Comunes
se divide en comités o comisiones.
· Se forman con un mínimo de 16
y un máximo de 50 miembros. (Dentro de los cuales se encuentran
siempre el Ministro responsable del área y su correspondiente
del gabinete en la sombra).
· Comités permanentes: consideran
los pormenores de los proyectos de ley y determinan si se les
debe hacer una reforma. En la Cámara de los Lores donde raramente
se usan se conocen como Comités de proyectos de Ley públicos.
Comités selectos: nombrados para
que la Cámara considere los asuntos que se refieren a ellos.
|
· 14 Comités
permanentes en la Cámara de Diputados.
· 13 Comisiones permanentes en
el Senado.
· Su integración asciende a 50
en la Cámara de Diputados y 25 miembros en la Cámara de Senadores.
· Comisiones bicamerales a través
de las cuales las cámaras ejercen funciones de supervisión y
de dirección. Sus obligaciones se extienden desde asuntos regionales
hasta la mafia.
· Comisiones de investigación:
se crean para eventos específicos, una vez concluída su tarea
dejan de existir.
· Comités especiales: examinan
asuntos específicos con duración indefinida o limitada.
· Papel principal:
Fiscalización de la actividad
Ejecutiva
Cuando los comités son de gran
tamaño, se consideran como miniparlamentos integrados por 20
a 50 miembros cada uno
|
· Entre
13 y 37 integrantes.
· Facultades exclusivas.
· Poderes extensivos para recabar
evidencias, audiencias y solicitud de documentos.
· Poder de enmienda extenso.
Existencia de subcomisiones.
|
Cada Cámara
puede funcionar en pleno y en comisiones.
Las comisiones estarán formadas
por:
- Los miembros que designen los
Grupos Parlamentarios en el número que, respecto de cada uno,
indique la Mesa del Congreso, oída la Junta de Portavoces, y
en proporción a la importancia numérica de aquellos en la Cámara.
El Presidente del Congreso podrá
convocar y presidir cualquier Comisión, aunque sólo tendrá voto
en aquellas de que forme parte.
· Comisiones legislativas permanentes
para la aprobación de proyectos o proposiciones de ley.
· Comisiones no permanentes: Se
crean para un trabajo concreto. Se extinguen a la finalización
del trabajo encomendado y, en todo caso, al concluir la legislatura.
· Comisiones mixtas o conjuntas,
Congreso/Senado: Su creación será acordada por la Mesa del Congreso,
a iniciativa propia, de dos Grupos Parlamentarios o de la quinta
parte de los miembros de la Cámara y previa audiencia de la
Junta de Portavoces.
Comisiones de investigación: El
Pleno del Congreso acordará su creación, a propuesta del Gobierno,
de la Mesa, de dos Grupos Parlamentarios o de la quinta parte
de los miembros de la Cámara, éstas serán para cualquier asunto
de interés público.
|
· Comisiones
especiales: se constituyen a petición del Gobierno o la Asamblea
para el examen de proyectos o proposiciones de ley. SE integran
con 57 diputados designados por representación proporcional de
los grupos.
· Existen 6 comisiones permanentes.
Los diputados pertenecen a una sola comisión.
· Comisiones mixtas, "paritarias":
convocada por el Primer Ministro, cuando una proposición o proyecto
no ha sido aprobado después de las dos lecturas en cada Asamblea
o si el Gobierno declara su urgencia. Se encargará dicha comisión
de proponer un texto sobre las discusiones que queden por discutir.
Las comisiones pueden crear subcomisiones
necesarias para su funcionamiento.
|
PROCESO LEGISLATIVO
REINO
UNIDO
|
ITALIA
|
ALEMANIA
|
ESPAÑA
|
FRANCIA
|
Corresponde
la iniciativa de Ley a
1. Corona
2. Gobierno
3. Ministros
4. Diputados y Lores.
|
Corresponde
la iniciativa de Ley a:
1. Gobierno.
2. Diputados y Senadores en grupo
o en lo individual.
3. Ciudadanos siempre y cuando
reúnan 50,000 firmas.
4. Consejos locales para temas
de su región.:
|
Corresponde
la iniciativa de Ley a
1. Grupos Parlamentarios (Fraktionenparlament)
2. 5% de los miembros del Parlamento.
|
Corresponde
la iniciativa de ley a:
1. Gobierno.
2. Congreso de los Diputados y
Senado
3. Grupos parlamentarios
4. Asambleas de las Comunidades
Autónomas
5. Ciudadanos (iniciativa popular
acompañada de no menos de 500, 000 firmas)
|
Corresponde
la iniciativa de Ley a
1. Primer ministro.
2. Miembros del Parlamento conjuntamente.
|
Los pasos
del proceso legislativo en cada Cámara son análogos.
a) Primera lectura formal: se lee
el título y se imprime.
b) Segunda lectura: se debate sobre
los principios de la iniciativa.
c) Etapa de comisiones:
En el caso de la Cámara de los
Comunes en su mayoría la iniciativa se envía a una comisión
permanente.
En los últimos años en la Cámara
de los Lores también se da el caso.
Las comisiones pueden modificar
las iniciativas mientras no cambie el sentido y principios de
éstas.
d) Una vez terminada la etapa de
comisiones, se reporta para su tercera lectura y debate final.
(Estos debates suelen ser cortos e inexistentes).
· Una vez aprobada, se manda a
la otra cámara y en ésta se siguen los mismos pasos.
· Si no hay cambios se envía a
la Corona, en caso de haberlos se regresa a la Cámara de origen,
hasta lograr acuerdo entre las cámaras.
Límites para retrasar la aprobación
de la aprobación de las actas.
-Voto suspensivo para la dilatación
de la aprobación de las actas del Parlamento, por parte de la
Cámara de los Lores o para la dilatación de la entrada en vigor
de las leyes aprobadas por la Cámara de los Comunes:
· 30 días para legislación en materia
económica.
· 1 año para toda la demás legislación.
|
1. La
iniciativa presentada se somete al Consejo de Ministros correspondiente,
luego la sanciona el Presidente y posteriormente se envía al Parlamento.
2. Casi
toda la legislación con algunas excepciones tiene que ser aprobada
tanto por la Cámara de Diputados como por el Senado.
En algunos casos es necesaria la
aprobación del Pleno para que una iniciativa sea promulgada,
en otros casos basta la aprobación del Comité. Esto lo define
la Conferencia de Gobierno.
Existe el voto secreto para los
temas de "conciencia".
Para aprobar una ley se necesita
mayoría absoluta.
Los límites establecidos para el
funcionamiento del Parlamento:
a) La revisión jurídica.
b) Referéndum revocador. Que consiste
en una consulta pública para preservar o abolir una legislación
y se dará: en caso de que una propuesta haya sido aprobada por
5 de 20 consejos regionales, o juntando 500,000 firmas para
alguna petición.
c) Veto presidencial aunque puede
ser superado por el legislativo en una segunda vuelta.
|
Existen
3 tipos de leyes:
1 Enmiendas constitucionales: mayoría
de 2/3 en el Parlamento.
2. Leyes simples: resuelta por
el Bundestag pero sujeta a un veto de suspenso por parte del
Bundesrat, lo cual retrasa dicha ley, pero puede ser vencida
por la mayoría absoluta del Bundestag.
3. Leyes de consenso: son las que
afectan las relaciones de la federación con los Estados y requieren
del consentimiento del Bundesrat, es decir son sujetas de un
veto absoluto que no puede ser superado por el Bundestag.
· Las iniciativas propuestas por
el gobierno son revisadas, en primera instancia, en el Bundesrat.
De ahí pasan al Bundestag junto con la opinión del Budesrat.
· Las iniciativas propuestas por
el Bundesrat van primero al gobierno federal, el cual las envía
al Bundestag acompañada de su opinión respectiva.
· Las iniciativas propuestas por
al menos una parte del Parlamento (iniciativas no gubernamentales)
deben ser introducidas primero en el Bundestag.
El Bundestag considera las iniciativas
en tres lecturas. En la mayoría de los casos la primer lectura
consiste en el envío de la iniciativa, por parte del presidente
del Bundestag al comité permanente especializado por su análisis.
A diferencia de la práctica parlamentaria generalizada, el debate
sobre los méritos de una iniciativa en el Bundestag raramente
tiene lugar antes de que la iniciativa sea enviada a comités.
Después de un examen detallado el comité devuelve la iniciativa
al pleno, donde recibe su segunda lectura. Es posible que la
iniciativa sea enviada nuevamente al comité antes de ser votada
por el pleno en la tercera lectura.
- Para ser aprobada una iniciativa
no es necesario el visto bueno del Bundesrat, sin embargo, éste
puede vetar la iniciativa en un término de dos semanas.
|
Existen
distintos procedimientos legislativos.
Procedimiento común: rige para
los proyectos (de origen gubernamental) y proposiciones (de
origen parlamentario) de ley ordinaria.
La Mesa del Congreso publica un
proyecto de ley.
a) Se abre un término de 15 días
para presentación de enmiendas que pueden ser a la totalidad
del texto o al articulado.
b) Si se presenta enmienda de totalidad,
el Pleno de la Cámara deberá debatirlas o rechazarlas, o en
su caso aprobarlas.
c) Salvo que se haga devolución
del texto al Gobierno, el proyecto pasa a ser dictaminado por
la Comisión legislativa correspondiente, quien nombra una Ponencia
para que emita un primer informe (plazo de 15 días)
d) La comisión debate el proyecto
junto con las enmiendas presentadas y propone el correspondiente
dictamen, al cual podrán presentársele enmiendas y votos particulares,
siempre que estos no se hayan incorporado al dictamen.
e) Se abre la fase final de debate
en el pleno de la Cámara con la consiguiente aprobación o rechazo
del proyecto por mayoría simple.
f) En materias regulables por ley
ordinaria, las Comisiones legislativas tienen presunción de
competencia legislativa plena, es decir pueden aprobar el proyecto
(o la proposición) sin que sea necesario el debate por el pleno
de la Cámara.
g) Aprobado el proyecto por el
Congreso se envía al Senado, quien con idéntica tramitación,
podrá aprobarlo en su integridad, proponer modificaciones o
vetarlo.
h) En caso de modificaciones del
Senado, el Congreso podrá aceptarlas o rechazarlas por mayoría
simple.
i) Si el Senado decide vetar el
texto enviado por el Congreso, habrá de hacerlo por mayoría
absoluta en cuyo supuesto éste último puede:
- Ratificarse por mayoría absoluta
en su texto inicial
- Ratificarse por mayoría simple
si han transcurrido dos meses desde que el Senado interpuso
el veto.
En ambos casos de ratificación,
el texto del Congreso se considera aprobado como ley.
· En cuanto a las proposiciones
de ley (que pueden nacer del Congreso o del Senado), el procedimiento
es el mismo que en el caso anterior con algunas variaciones
importantes:
- Para tramitar las proposiciones
tienen que ser aprobadas por el pleno de la Cámara de la que
hayan surgido, superando la llamada "toma en consideración",
fase que consiste en que el pleno conceda su placet para que
la tramitación continúe.
- No se aceptará ninguna proposición
de ley si el Gobierno no presenta un proyecto sobre la misma
materia.
- El Gobierno puede impedir la
tramitación de una proposición si ésta supone aumento de gastos
o disminución de ingresos.
- Las proposiciones de ley que
surjan del Senado, tras su toma en consideración, pasan a ser
tramitadas directamente por el Congreso.
1. Procedimientos legislativos
especiales: Se dan para leyes orgánicas, Estatutos de Autonomía,
Ley de presupuestos generales del Estado, tramitación de urgencia
y aprobación de proyectos de ley en lectura única).
· En la aprobación de los proyectos
o proposiciones de ley orgánica se encuentran las establecidas
para los supuestos de disconformidad entre Congreso y Senado:
- En caso de veto senatorial, su
levantamiento y ratificación del texto inicial por el Congreso
deberá efectuarse siempre por mayoría absoluta.
- En caso de introducción de modificaciones:
a) Estas deberán ser aceptadas
por el Congreso mediante votación favorable de la mayoría absoluta.
b) Si no se consigue la mayoría,
se ratifica el texto del Congreso y se rechazan todas las enmiendas
formuladas por el Senado.
Limitaciones:
Veto senatorial, que es un derecho
de devolución del texto para que el Congreso reconsidere su
anterior aprobación.
|
Un proyecto
de ley gubernamental puede indistintamente depositarse en la mesa
de la Asamblea General o en la del Senado.
1. Examen en comisión. (Art. 43 Constitucional)
2. Inclusión
en el orden del día (sobre el debate de proyecto o iniciativa)
3. Deliberación
en sesión pública.
4. Elaboración
del texto definitivo. (aprobación del proyecto o iniciativa
por las dos asambleas)
5. Votaciones.
Los proyectos deben ser aprobados por las dos Cámaras reunidas
por separado
Medios de presión sobre la Asamblea
para obtener la votación de textos que juzgue necesarios:
- El Primer Ministro puede plantear
la responsabilidad del Gobierno ante la Asamblea en la votación
de un proyecto o de una proposición de ley. En éste caso el
texto se considera aprobado sin que ni siquiera haya sido votado,
salvo una moción de censura, la cual debe presentarse dentro
de las 24 horas siguientes sea aprobada. Los diputados que no
hayan aprobado esta moción se considera que han aceptado de
modo implícito el texto sobre el que el Gobierno planteó su
responsabilidad.
- Veto presidencial que puede ser
superado con una segunda aprobación del legislativo.
|
PRESUPUESTO
REINO
UNIDO
|
ITALIA
|
ALEMANIA
|
ESPAÑA
|
FRANCIA
|
El mes
de abril se reserva para la aprobación y discusión del presupuesto.
Los proyectos de ley de carácter
financiero, previamente aprobados por la Cámara de los Comunes,
son remitidos a la Cámara de los Lores, al menos un mes antes
de que finalice el periodo de sesiones, y no es aprobado sin
enmiendas por la Cámara de los Lores, dentro del mes siguiente
a su remisión, y a no ser que la Cámara de los Comunes decida
en otro sentido, dicho proyecto será presentado a S.M. y se
convertirá en ley del Parlamento en el momento que reciba la
sanción real, aunque la Cámara de los Lores no le haya dado
aprobación.
Todo proyecto financiero, cuando
sea remitido a la Cámara de los Lores o presentado a S. M. Para
ser sancionado irá acompañado de un escrito firmado por el Speaker
de la Cámara de los Comunes, certificando que es de carácter
financiero.
Se consideran de carácter financiero
las siguientes materias:
- Creación, modificación, derogación,
disminución o reglamentación de los impuestos.
- Autorización de créditos, la
afectación de los fondos públicos, su percepción, tenencia y
pago y la comprobación de las cuentas públicas.
- Emisión, garantía y amortización
de cualquier empréstito o de cuestiones secundarias relativas
a estas materias entre otros.
* No se incluyen fondos, empréstitos
o impuestos para autoridades locales
|
· Los presupuestos
de egresos e ingresos son aprobados por las dos cámaras.
· El Gobierno tiene hasta el 30
de mayo de cada año para presentar el plan general económico
que se aprueba el 31 de julio.
· Este plan da los criterios generales
que sirven de base para la aprobación posterior de dichos presupuestos
y se presenta junto con él un presupuesto de emergencia para
en caso de que el parlamento no apruebe el presentado.
· El presupuesto de egresos lo
recibe el parlamento en septiembre.
· Después de aprobado (octubre)
se recibe y discute el de ingresos.
Cuando no se aprueba un presupuesto,
el 31 de diciembre, entra en vigor el presupuesto de emergencia
hasta el mes de abril.
|
· El derecho
exclusivo de presentar el presupuesto recae sobre el ejecutivo.
· Los directores de departamentos
a principios del verano enviarán sus estimaciones al Ministerio
de Finanzas quien se encargará de organizar las negociaciones
interdepartamentales, asegurándose de que los estimados se mantengan
dentro de los límites del Plan de Mediano Plazo del Gobierno.
· El Ministerio de Finanzas se
encargará de: asegurar que los ingresos y los egresos estén
balanceados y de que gastos adicionales estén cubiertos por
medio de créditos.
· Las disputas entre los departamentos
ministeriales llegan a un consenso entre ellos antes de pasar
al Gabinete.
· El Bundestag, hace asignaciones
anuales para fiinanciar las operaciones del Gobierno Federal.
· El Bundestag debe aprobar el
presupuesto para el próximo año antes del fin de año en curso.
· Desde 1949 el presupuesto nunca
ha sido aprobado a tiempo.
· En este caso el Gobierno funciona
haciendo pagos para continuar operando por medio de la habilidad
del Comité de Presupuesto hasta que pase dicha legislación.
· Se pueden asignar fondos antes
de que se apruebe en el Pleno.
· La ley de Presupuesto recibe
una primera lectura después del receso de verano.
· La ley del Presupuesto se envía
a ambas Cámaras a la vez.
· Después de la primera lectura
en el pleno el proyecto se envía a la Comisión de presupuestos,
quien recibe, informa y formula recomendaciones a las otras
comisiones especializadas que tiene una función de vigilancia
de cada uno de los ministerios.
· La comisión más importante es
la del Presupuesto y es presidida por un parlamentario de oposición;
tiene por margen de acción; puede hacer cambios al Plan de Gobierno.
· En la segunda y tercera lectura
del proyecto de ley del presupuesto, la recomendación de la
comisión de presupuesto casi siempre se acepta.
El debate de la segunda y tercera
lectura, tienen la característica de un choque entre el Gobierno
y la oposición sobre amplios asuntos de política pública versus
los rubros presupuestales.
|
1.Corresponde
al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado,
y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.
2.Los Presupuestos Generales del
Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los
gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará
el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos
del Estado.
3.El Gobierno deberá presentar
ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales
del Estado al menos tres meses antes de la expiración de los
del año anterior.
4.Si la Ley de Presupuestos no
se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente,
se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos
del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.
5.Aprobados los Presupuestos Generales
del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que
impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos
correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.
6.Toda proposición o enmienda que
suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos
presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su
tramitación.
7.La Ley de Presupuestos no puede
crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria
sustantiva así lo prevea.
· El Rey recibe de los Presupuestos
del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia
y Casa, y distribuye libremente la misma.
|
El Parlamento:
· Votará los proyectos de leyes
presupuestarias, en un plazo de 70 días:
1. Plazo de 40 días para que la
asamblea se pronuncie en la primera lectura, si no lo hace;
2. Se somete al Senado, el cual
deberá de pronunciarse en un plazo de 15 días.
3. Plazo de 15 días para discutir
diferencias entre las cámaras relativas al presupuesto.
· Si el parlamento no se pronuncia
en el plazo de 70 días, el proyecto podrá entrar en vigor por
ordenanza (decreto).
· Los plazos anteriormente señalados
quedarán en suspenso cuando el parlamento no esté reunido.
· Si la ley de presupuesto que
fije los ingresos y gasto de un ejercicio, no se presenta con
tiempo suficiente para ser promulgada antes del comienzo de
tal ejercicio, el Gobierno pedirá con carácter de urgente al
Parlamento la autorización para percibir los impuestos y consignará
por decreto los créditos necesarios para los servicios votados.
Al parlamento y al Gobierno en
el control de la ejecución de las leyes presupuestarias lo asiste
el Tribunal de cuentas
|
Aviso
Legal - Septiembre 2000 ............................................................................................................................Servicios
de Biblioteca
|