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III.-
ASPECTOS RELEVANTES
Reino
Unido
Es
de destacarse que el parlamento británico es el más antiguo y que no
tiene un momento preciso en el que haya surgido. Sus orígenes se remontan
al siglo XIII. En el siglo XIV se convierte en legislatura bicameral
y las relaciones con la Corona se definen en el siglo XVII.
En
la mitad del siglo XIII el rey tenía un Gran Consejo. En 1265 Eduardo
I tuvo el primer "Parlamento General" que además de los barones
y clérigos, estuvo conformado por caballeros, burgueses y ciudadanos.
Durante
el siglo XIV los caballeros y burgueses en ocasiones, se reunían separados
de los barones y clérigos, lo que dio origen a dos Cámaras, la de los
Comunes y la de los Lores.
El
poder del Parlamento fue incrementándose y los monarcas del siglo XV
necesitaban de su aprobación para impuestos adicionales y apoyo para
las guerras políticas y religiosas.
En
el siglo XVII hubo intento de los monarcas para restarle poder, lo que
originó una guerra civil y la decapitación de Carlos I y la salida de
Jaime II, lo que trajo como consecuencia la supremacía del Parlamento
sobre el rey.
En
el mismo siglo empiezan a surgir los partidos políticos que, ya organizados
emergen en el siglo XIX y que hasta la fecha dominan las elecciones
y la política.
Cabe
destacar que actualmente el Reino Unido a diferencia de Alemania, Francia,
España e Italia, cuenta con dos Gabinetes, el formal designado por el
monarca y el llamado "Gabinete en la sombra" formado por el
partido de la oposición, con miembros que igualan los cargos del gabinete
formal y encargado de vigilar cada uno de los asuntos y acciones de
cada Ministro, que además en el supuesto de que éste partido llegara
al poder, los integrantes se convertirían en los ministros del nuevo
gobierno.
Alemania.
La
historia de las Asambleas representativas en Alemania data de la Edad
Media, sin embargo, un consenso en la composición, derechos y procedimientos
del Reichstag no emerge si no hasta las reformas imperiales de los años
1480 a los de 1490.
Consistía
en 3 colegios de electores: El que elegía al emperador, el de príncipes
seculares y eclesiásticos y el de ciudades bajo la inmediata jurisdicción
del Reich.
Simultáneamente
surgieron las tradiciones parlamentarias territoriales representadas
por la nobleza, el clero y las ciudades. Los impuestos sólo podían elevarse
con la autorización de los Estados.
La
revolución francesa y la ocupación de las tropas napoleónicas en Europa
destruyeron al viejo Reich y condujeron al establecimiento de la Federación
Germánica.
El
desarrollo de un gobierno Constitucional y parlamentario surgió en Frankfurt
en 1848 con una asamblea legislativa y constituyente que elaboró una
Constitución en la que el gobierno central sería responsable ante el
parlamento electo por el pueblo entre 1849 y 1871 las condiciones institucionales
para una nación unificada fueron creadas y emergió un Estado Federado
dominado por Prusia.
El
emperador, que también era rey de Prusia, designaba al Canciller que
era responsable ante él y no ante el Reichstag y era el canciller quien
designaba a los ministros. Otto Von Bismarck fue el primer canciller
de 1871 a 1890.
A diferencia
de los otros países comparados, en cuanto a la destitución del jefe
de gobierno en Alemania, el Bundestag (Cámara baja) puede expresar su
falta de confianza en el jefe de gobierno, mediante la aprobación de
una moción de censura, con una condición importante: para que éste voto
surta efecto, el Bundestag debe presentar el nombre de un sucesor al
canciller, electo por la mayoría absoluta de los parlamentarios, en
el momento en que se aprueba la censura. A ésta modalidad se le denomina
"voto constructivo de no confianza".
España
Se
señala que los orígenes del parlamento español Cortes- se remonta
a 800 años atrás, cuando la península Ibérica era un mosaico de reinos
independientes. Es hasta el siglo XIX cuando hay un sólo parlamento
para toda España.
La
vida parlamentaria española sufrió un cambio con la Constitución de
Cádiz de 1812, en la que se reconoce que los ciudadanos poseen derechos
naturales independientes del Estado y que las Cortes sean electas por
los ciudadanos.
Después
del reinado de Fernando VII que derogó la Constitución, surge un nuevo
ordenamiento fundamental en 1837.
De
1868 a 1874 surge la primera República con dos Cámaras electas por voto
universal. Restablecida la monarquía en 1874 cambia radicalmente la
forma de elección de ambas Cámaras.
Francia
El
parlamento francés surge el 5 de mayo de 1789, en el que los Estados
Generales, cuerpo legislativo con representación del Clero (primer Estado)
la nobleza (segundo Estado) y la burguesía (tercer Estado) se reúnen
en Versalles en respuesta a la convocatoria de Luis XVI, para ayudarlo
a solucionar la situación financiera. Seis semanas después, actuando
por iniciativa del tercer Estado, se declara en Asamblea Nacional.
Los
Estados Generales razonan que, habiendo sido llamados como asamblea
consultiva, en representación de la nación y de la voluntad general,
tienen la representación del pueblo. De esta forma se inició el modelo
constitucional francés, expresado en la Declaración de los Derechos
del Hombre y del Ciudadano del 16 de agosto de 1789.
En
cuanto a formas de gobierno, se encuentra el caso francés con un sistema
híbrido o mixto, el semipresidencialismo, que es una combinación del
régimen presidencial y parlamentario, que consiste en amalgamar las
ventajas de ambos sistemas, pues cuenta con un jefe de Estado electo
directamente por la ciudadanía -como sucede en los sistemas presidenciales-
y con un primer ministro y gabinete responsables ante el Parlamento,
el cual debe aprobar la formación del gobierno y puede provocar su caída
mediante un voto de no confianza -como sucede en los sistemas parlamentarios-.
En
el ámbito parlamentario, al respecto cabe hacer mención que los cinco
países mencionados presentan como principal característica la conformación
de un Parlamento bicameral, en donde existe una gran preponderancia
de la Cámara Baja (Cámara de Diputados) sobre la Cámara Alta (Senado),
las facultades de éste último son limitativas en cuatro de los casos
y se le considera un órgano meramente decorativo, tal es el caso del
Reino Unido en la Cámara de los Lores, cámara de corte aristócrata,
con miembros que adquieren el cargo de manera hereditaria o por designación,
no representan a ningún tipo de distrito o circunscripción. Por el contrario
se encuentra el caso de Italia en donde existe una igualdad de condiciones
para ambas cámaras.
La
disolución del Parlamento es otra característica importante, es facultad
del Jefe de Estado en Reino Unido, Italia, Alemania y Francia, no así
en España donde corresponde al Jefe de Gobierno bajo su exclusiva responsabilidad,
la disolución de las Cortes, del Congreso de los Diputados o del Senado
y, en el caso de Francia cabe hacer mención que el Jefe de Estado que
está facultado para disolver la Asamblea Nacional, no puede hacerlo
más de una vez al año, sin embargo, si está obligado a disolverla por
lo menos una vez durante su mandato.