INICIATIVAS APROBADAS


*Iniciativas presentadas en periodos anteriores.

*0427

PERIODO: 1er. Ordinario Año II LVI Legislatura

INICIATIVA: Decreto por el que se reforman los artículos 73, 74, 78 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

FECHA PRESENT: 19951128

PRESENTADA POR: Ejecutivo

TURNADA A COMS: Gobernación y Puntos Constitucionales

FECHA 1a. LEC.: 19981214

OBSERVACIONES: Adiciona con un segundo párrafo y ocho fracciones el artículo 78 y con una Sección V el Capítulo II del Título Tercero; reforma los artículos 73, fracción XXIV; 74, fracción IV, párrafos quinto y sexto y 79; deroga las fracciones II y III del artículo 74.- Dictaminada conjuntamente con la presentada por el PAN el 2 de abril de 1996 y la presentada por el PRD 24 de abril de 1997.- Se dispensan todos los trámites.- en votación nominal se aprueba por 338 votos en pro y 121 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO : Pretende emprender una reforma profunda al esquema de control y supervisión de la gestión pública federal, que prevea instrumentos más efectivos de fiscalización del uso honesto y eficiente de los recursos que la sociedad aporta al gobierno y, un oportuno y claro rendimiento de cuentas por parte de los servidores públicos, promoviendo una reforma integral a los órganos de control externo e interno, que tienda al equilibrio adecuado de poderes, a fin de asegurar que, efectivamente, se limiten y controlen entre sí.


*0576

PERIODO: Com. Permanente 2o.reces. AÑO III LVI Legislatura

INICIATIVA : Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal

FECHA PRESENT: 19970508

PRESENTADA POR :Asamblea de Representantes del Distrito Federal

TURNADA A COMS: Vivienda; Distrito Federal

FECHA 1a. LEC.: 19981211

PUBLIC. D.O.F.: 19981231

OBSERVACIONES: Nueva Ley.- Se dispensa la segunda lectura.- Sin debate se aprueba por 425 votos en pro.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Pretende dotar de un nuevo marco normativo a todo lo relacionado con la propiedad en condominio de inmuebles como es: la calidad del condómino y los bienes de propiedad exclusiva y los de uso común; la organización y Administración de los condominios; las obligaciones y derechos derivados del régimen condominal; el condominio de carácter vecinal; la cultura condominal; la destrucción, ruina y reconstrucción del Condominio y, finalmente, las sanciones en caso de inclumplimiento a sus disposiciones.

DEROGA: Todas las disposiciones que se opongan a los dispuesto en esta Ley.

ABROGA: La Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal publicada el 28 de diciembre de 1972, sus reformas y adiciones.


*074

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: I

INICIATIVA : Decreto que reforma el artículo tercero transitorio del Decreto por el que se reforman los artículos 30, 32 y 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

FECHA PRESENT : 19971213

PRESENTADA POR: Diputados de las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Relaciones Exteriores

TURNADA A COMS: Gobernación y Puntos Constitucionales; Relaciones Exteriores

FECHA 1a. LEC.: 19971214

PUBLIC. D.O.F.: 19990206

OBSERVACIONES: Reforma el artículo Tercero Transitorio del Decreto publicado el 20 de marzo de 1997.- La Asamblea le dispensa la segunda lectura.- En votación nominal se aprueba por 443 votos.- Pasa al Senado.- Con fecha 3 de febrero de 1999, se presenta proyecto de declaratoria el que se aprueba en votación nominal por 32 votos en pro.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Propone extender el nuevo régimen de nacionalidad para que abarque y sea aplicable a los mexicanos que quedaron excluidos en la pasada reforma constitucional.


*0104

PERIODO: 2o. Ordinario AÑO I

INICIATIVA : Decreto que reforma, adiciona y deroga disposiciones del Decreto que reformó los artículos transitorios del diverso por el que se reformaron el Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal; el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de septiembre de 1993

FECHA DE PRESENT : 19980407

PRESENTADA POR: Dip. David Cervantes Peredo PRD

TURNADA A COMS: Vivienda; Distrito Federal

FECHA 1a. LEC : 19981013

FECHA 2a. LEC : 19981015

PUBLIC D.O.F.: 19981019

OBSERVACIONES :Deroga el artículo primero y reforma los artículos tercero y cuarto transitorios.- Se dispensa la segunda lectura.- Se aprueba en lo general y en lo particular por 371 votos en pro y 3 abstenciones.- Pasa al Senado.- Con fecha 15 de octubre el Senado devuelve el proyecto con modificaciones, para los efectos del artículo 72 d) constitucional.- Se dispensa la segunda lectura.- Se aprueba por 362 votos.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO : Pretende evitar la agudización de la problemática de la vivienda en el Distrito Federal.

DEROGA : El artículo primero transitorio.


*0118

PERIODO: 2o. Ordinario AÑO I

INICIATIVA : Reformas y adiciones a la Ley Federal de Cinematografía

FECHA PRESENT : 19980423

PRESENTADA POR: Dip. María de Lourdes Rojo Incháustegui PRD

TURNADA A COMS: Cultura; Radio, Televisión y Cinematografía

FECHA 1a. LEC : 19981213

FECHA 2a. LEC : 19981215

PUBLIC. D.O.F.: 19990105

OBSERVACIONES: Modifica el nombre de la Ley para quedar como Ley Federal de la Industria Cinematográfica; reforma los artículos 2; 4; 5; 6; y 9 a 15, así como la denominación y ubicación de los Capítulos I, II, III y IV; adiciona los artículos 16 a 60; así como los capítulos VI, VII, VIII y IX.- Se dispensan trámites.- Se aprueba en lo general y en lo particular por 478 votos.- Pasa al Senado.- El 15 de diciembre de 1998, se da cuenta con la minuta enviada por el Senado con modificaciones.- Se dispensan todos los trámites y en votación nominal se aprueba por 372 votos en pro y 1 en contra.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO : Pretende recuperar los niveles de inversión y restablecer las cadenas productivas cinematográficas; aprovechar toda la capacidad instalada de la industria y preservar el patrimonio cultural.


*0124

PERIODO: 2o. Ordinario AÑO I

INICIATIVA : Decreto mediante el cual se reforma el artículo 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

FECHA PRESENT : 19980427

PRESENTADA POR: Dip. Israel Hurtado Acosta PAN e integrantes de la Comisión de Asuntos de la Juventud

TURNADA A COMS: Gobernación y Puntos Constitucionales; Asuntos de la Juventud

FECHA 1a. LEC.: 19981214

OBSERVACIONES: Reforma el artículo 58.- Se dispensan todos los trámites.- En votación nominal se aprueba por 391 votos en pro y 51 en contra.- Pasa al Senado

CONTENIDO : Tiene el propósito de ampliar la participación de los ciudadanos, reduciendo la edad mínima requerida para ingresar al Poder Legislativo.


*0125

PERIODO: 2o. Ordinario AÑO I

INICIATIVA : Decreto mediante el cual se reforma la fracción II del artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

FECHA PRESENT : 19980427

PRESENTADA POR: Dip. Israel Hurtado Acosta PAN e integrantes de la Comisión de Asuntos de la Juventud

TURNADA A COMS: Gobernación y Puntos Constitucionales; Asuntos de la Juventud

FECHA 1a. LEC.: 19981214

OBSERVACIONES: Reforma la fracción II del artículo 55.- Se dispensan todos los trámites.- En votación nominal se aprueba por 391 votos en pro y 51 en contra.- Pasa al Senado

CONTENIDO : Tiene por objeto que la ciudadanía se adquiera plenamente a los 18 años, pero no solamente en lo que respecta al derecho de votar y ser votado, sino que, en este último caso el ciudadano, por el sólo hecho de serlo, pueda acceder a cualquier cargo de elección popular.


*0134

PERIODO: 2o.. Ordinario AÑO I

INICIATIVA : Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

FECHA PRESENT : 19980428

PRESENTADA POR: Ejecutivo Origen Senado

TURNADA A COMS: Justicia

FECHA 1a. LEC.: 19981212

PUBLIC. D.O.F.: 19981224

OBSERVACIONES: Reforma los artículos 77; 81; 82, 83 bis, 84 y 85; adiciona los artículos 10 bis, 83 Ter, 83 Quat, 84 Ter y 85 bis.- Sin debate se aprueba por 450 votos en pro y 7 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO : Propone las cantidades límite para la posesión de cartuchos y armas, así como los requisitos para la portación de las mismas y las sanciones aplicables a los infractores de esta Ley.


*0155

PERIODO: Com.Permanente AÑO I

INICIATIVA : Cuenta de la Hacienda Pública Federal para el Ejercicio Fiscal de 1997

FECHA PRESENT.: 19980617

PRESENTADA POR: Ejecutivo

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público

FECHA 1a. LEC.: 19981212

PUBLIC. D.O.F.: 19981224

OBSERVACIONES: Se dispensa todos los trámites.- Sin debate se aprueba en votación nominal por 441 votos en pro y 8 en contra.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO : Presenta la Cuenta de la Hacienda Pública Federal para el ejercicio fiscal de 1997, para su revisión.


*0158

PERIODO: Com.Permanente AÑO I

INICIATIVA : Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, de la Ley del Mercado de Valores, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y del Código Federal de Procedimientos Penales

FECHA PRESENT: 19980701

PRESENTADA POR: Dip. Francisco Javier Morales Aceves PRI

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público; Justicia

FECHA 1a. LEC.: 19981213

OBSERVACIONES: Adiciona dos párrafos al artículo 12; reforma el primer párrafo del artículo 112 bis 2; el primer párrafo y las fracciones II, V, VI y VIII del artículo 112-bis 3; el artículo 112 bis 5; la parte inicial y la fracción I del artículo 112-bis 6 y adiciona el artículo 112-bis 7 de la LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS; reforma el párrafo tercero del artículo 140; el artículo 144; 145; 146 y adiciona el artículo 146-BIS de la LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS; adiciona el artículo 52-bis 4 de la LEY DEL MERCADO DE VALORES; el artículo 108 bis de la LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO; el último párrafo del artículo 194 del CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.- Dictaminada conjuntamente con las presentadas por el PAN y PT.- En votación económica se dispensan los trámites.- Sin debate se aprueba en votación nominal por 388 votos en pro y 16 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO : Considera indispensable fortalecer el orden jurídico para que otorgue mayor seguridad, certidumbre y protección a la población, dando vital importancia a la sanción de los ilícitos de carácter financiero ya que esta materia incide directamente en el desarrollo económico del país y en el bienestar social de los gobiernos.


0170

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la República en materia del Fuero Federal; del Código Federal de Procedimientos penales y de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

FECHA PRESENT.: 19981006

PRESENTADA POR: Ejecutivo Origen Senado

TURNADA A COMS: Justicia

FECHA 1a. LEC.: 19981202

OBSERVACIONES: Reforma los artículos 40, párrafo segundo; 164, párrafo primero; 196 Ter; la denominación del Capítulo II del Título Decimotercero del Libro Segundo, y las fracciones XIV y XV del artículo 381; adiciona un segundo párrafo al artículo 178; los artículos 240 bis y la fracción XVI al artículo 381 del Código Penal para el Distrito Federal en materia del Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; Reforma los artículos 133 bis; 181; 193 y 194 en su actual último párrafo; la fracción VII del artículo 367 y la fracción IV del artículo 399; adiciona un último párrafo al artículo 194 y deroga el artículo 182 del Código Federal de Procedimientos Penales; reforma el artículo 73, fracción X, párrafo segundo; adiciona un segundo párrafo al artículo 138, y un último párrafo al artículo 155, y el artículo 124 bis, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.- Se dispensa la segunda lectura.- Se aprueban en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 402 votos en pro; 23 en contra y 6 abstenciones.- En lo particular se aprueban los artículos reservados: del Código Penal, el artículo 178 por 325 votos en pro, 110 en contra y 5 abstenciones; el artículo 240 bis, por 309 votos en pro, 99 en contra y 4 abstenciones; del Código de Procedimientos Penales, el 133 bis, por 313 votos en pro, 93 en contra y 3 abstenciones; el 193 por 294 votos en pro, 90 en contra y 1 abstención; y, el 194 por 302 votos en pro, 97 en contra y 3 abstenciones; de la Ley de Amparo, el artículo 73, se aprueba por 313 votos en pro y 98 votos en contra, el 124 bis, por 314 votos en pro, 9 en contra y 3 abstenciones, el artículo 155, por 314 votos en pro y 102 en contra y el artículo 138 por 318 votos en pro, 95 en contra y 1 abstención.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Pretende establecer instrumentos legales que garanticen a la sociedad que quien cometa un delito calificado como grave, cumpla con la totalidad de la pena que le sea impuesta y que faciliten la investigación de los delitos y abatan la impunidad.


0169

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto que reforma los artículos 16, 19, 22 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

FECHA PRESENT.: 19981006

PRESENTADA POR: Ejecutivo Origen Senado

TURNADA A COMS: Gobernación y Puntos Constitucionales; Justicia; Seguridad Pública

FECHA 1a. LEC.: 19981110

PUBLIC. D.O.F.: 19990308

OBSERVACIONES: Reforma el segundo párrafo del artículo 16; reforma el primer párrafo y adiciona un segundo párrafo al artículo 19; adiciona con un tercer párrafo el artículo 22; reforma el primer párrafo y adiciona un tercer párrafo a la fracción XIII del Apartado B del artículo 123.- Se dispensa la segunda lectura.- Se aprueban en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 404 votos en pro y 1 en contra.- Se aprueban en lo particular, el artículo 22 por 324 votos en favor, 3 en contra y 27 abstenciones; el artículo 123 por 289 votos en pro y 116 en contra.- Pasa a las legislaturas estatales.- Con fecha 3 de febrero de 1999, se presenta dictamen proyecto de declaratoria, el que es aprobado por unanimidad de 30 votos.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Propone flexibilizar los requisitos establecidos para obtener una orden de aprehensión; que en el libramiento de un auto de formal prisión se acredite la plena existencia de los elementos objetivos del tipo penal, la probable existencia de los demás elementos del delito de que se trate, así como la probable responsabilidad del indiciado; crear una nueva figura jurídica para la aplicación en favor del Estado, de los bienes que sean instrumentos, objeto o producto de aquellos delitos que la sociedad considera como graves, incluidos los de la delincuencia organizada y, establecer un marco constitucional que permitiría, por una parte, cumplir con el objeto de los sistemas de carrera de las instituciones de seguridad pública y, por la otra, contar con los mecanismos necesarios para remover libremente a aquellos servidores públicos que no cumplan con los requisitos de permanencia que las leyes vigentes, en el momento de la remoción, señalen para permanecer en el cargo.


0173

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto que reforma las diversas leyes financieras en materia de delitos y el Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; y adiciona el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales

FECHA PRESENT.: 19981008

PRESENTADA POR: Grupo Parlamentario del PAN

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público; Justicia

FECHA 1a. LEC.: 19981213

OBSERVACIONES: Modifica los artículos 111; el primer párrafo del artículo 112 y sus fracciones II, III, IV y V en sus incisos a), c) y e); primer párrafo del artículo 113 y sus fracciones I y II; 114; los párrafos primero, segundo, tercero y sexto del artículo 115; adiciona las fracciones VIII y IX del artículo 112 y los artículos 113-A; 113-B; 113-C; 113-D; 113-E; 113-F; 115-A; 115-B y los párrafos segundo y tercero del artículo 116; deroga la fracción VI del artículo 106 de la LEY DE INSTITUCIONES DE CREDITO; modifica los párrafos primero y tercero del artículo 95; 96; 97, en su primer párrafo y fracciones I y II en su párrafo primero y en los incisos b) y e) y la fracción III; 98, en su primer párrafo y en sus fracciones II, III y IV y el artículo 101; adiciona las fracciones VII, VIII y IX al artículo 98; y los artículos 99-A; 101-A y 101-B; deroga la fracción VII del artículo 23; la fracción III del artículo 38; la fracción XII del artículo 45; la fracción III del artículo 45-T; la fracción VII del artículo 87-A y el artículo 96 de la LEY GENERAL DE ORGANIZACIONES Y ACTIVIDADES AUXILIARES DEL CREDITO; modifica la fracción XIV del artículo 60; el párrafo primero del artículo 112; el artículo 112 bis en sus fracciones I y II; el párrafo primero del artículo 112 bis1; el párrafo inicial y la fracción VI del artículo 112 bis2; el párrafo inicial y las fracciones II, IV, V, VI y VII del artículo 112 bis3; el párrafo inicial y la fracción II del artículo 112 bis4; 112 bis5; el párrafo inicial y las fracciones I, II, III, IV, VII y VIII del artículo 112 bis6; adiciona los artículos 112 bis7 y 112 bis8 y deroga el párrafo final del artículo 112 bis4 de la LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS; modifica el artículo 140 en su párrafo primero, el artículo 141 en sus fracciones I y II; el artículo 142 en su párrafo inicial, el artículo 143 en su párrafo inicial y en la fracción II; el artículo 144; el artículo 145 en su párrafo inicial y en sus fracciones II, III y V; el artículo 146 en su párrafo inicial y en las fracciones I, II, IV, VII y VIII y el artículo 147 en su fracción I párrafo inicial e incisos a) y d) y fracción II en su párrafo inicial e incisos a) y b); adiciona las fracciones VI y VII del artículo 145; los artículos 146 bis y 147 bis; 147 bis1 de la LEY DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS; modifica el artículo 103; 104; 105, en su párrafo inicial; 106 en su párrafo inicial y en su fracción II,; 107 en sus párrafos primero y segundo; 108, en su párrafo inicial; adiciona el párrafo final del artículo 108 y los artículos 108 bis y 108 bis1 de la LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO; modifica el artículo 52 en su párrafo inicial; 52 bis; 52 bis1, en su párrafo inicial y en sus fracciones I y II, el artículo 52 bis2 en su párrafo inicial y en sus fracciones I y II, así como en su párrafo final y el artículo 52 bis3 en sus párrafos primero y cuarto; adiciona los artículos 52 bis4; 52bis5 y 52bis6 de la LEY DEL MERCADO DE VALORES; modifica los párrafos cuarto y quinto del artículo 400 bis del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DEL FUERO COMUN Y PARA TODA LA REPUBLICA EN MATERIA DEL FUERO FEDERAL; adiciona el artículo 194 del CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.- Dictaminada conjuntamente con las presentadas por el PRI y PT.- Se dispensan los trámites.- Sin debate se aprueba en votación nominal por 388 votos en pro y 16 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: En relación con los delitos financieros, propone una revisión exhaustiva de los tipos penales y nuevas figuras delictivas, eliminando elementos subjetivos innecesarios y aumentando la penalidad y el periodo de prescripción de la acción penal; establecer los delitos como graves, aumentando la penalidad; eliminar la fraseología inútil o confusa en la Ley y, modificar substancialmente el procedimiento para la persecución de dichos delitos.


0189

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto por el que se reforman los artículos 85, 201, 203, 205 y 208 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal, así como los artículos 8 y 16 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados

FECHA PRESENT.: 19981027

PRESENTADA POR: Asamblea Legislativa del Distrito Federal

TURNADA A COMS: Justicia

FECHA 1a. LEC.: 19981212

OBSERVACIONES: Reforma los artículos 85; 201; 203; 205, primer párrafo y 208 del CODIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE FUERO COMUN Y PARA TODA LA REPUBLICA EN MATERIA DE FUERO FEDERAL; Reforma los artículos 8 y 16 de la LEY QUE ESTABLECE LAS NORMAS MINIMAS SOBRE READAPTACIÓN SOCIAL DE SENTENCIADOS.- Sin debate en lo general, se reservan los artículos 201 del Código Penal y 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.- En votación nominal se aprueba en lo general por 437 votos en pro.- El artículo 201 se aprueba por 277 votos en pro y 91 en contra y, el 194 por 257 en pro y 89 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Propone adecuar el marco jurídico a las circunstancias que se viven en la actualidad, con el fin de lograr mejores condiciones para el desarrollo de los menores e implementar acciones específicas para su protección.


0196

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto que reforma y adiciona los artículos 27, 105, 108, 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para dar autonomía orgánica, financiera y de ejercicio en las atribuciones que la Ley les confiera a las instituciones de procuración de justicia ambiental

FECHA PRESENT.: 19981029

PRESENTADA POR: Diputados todos los Grupos Parlamentarios

TURNADA A COMS: Gobernación y Puntos Constitucionales; Ecología y Medio Ambiente

FECHA 1a. LEC.: 19981215

OBSERVACIONES: Adiciona cuatro párrafos al artículo 27; la fracción I del artículo 105; reforma el párrafo primero del artículo 108; el párrafo primero del artículo 110 y el párrafo primero del artículo 111.- Dictaminada conjuntamente con otras iniciativas presentadas por el PRD y PVEM, proponiendo únicamente la reforma a los artículos 4 y 25 constitucionales .- Se dispensan todos los trámites en votación económica.- En votación nominal se aprueba en lo general y en lo particular por 417 votos en pro.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Expone la necesidad de crear y establecer en la Ley Primaria que norma el Estado, órganos con autonomía de actuación, lo que evitará la concentración del poder, obteniendo, con ello, una mayor especialización, agilización, control y transparencia de sus atribuciones en materia de justicia ambiental; señala la instancia que deberá nombrar al titular del organismo que la imparte y el establecimiento de responsabilidad administrativa, laboral, civil y penal, a los servidores públicos adscritos a él.


0195

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Ley de Organizaciones Ganaderas

FECHA PRESENT.: 19981029

PRESENTADA POR: Dip. Juan Arizmendi Hernández PRI

TURNADA A COMS: Ganadería

FECHA 1a. LEC.: 19981211

PUBLIC. D.O.F.: 19990106

OBSERVACIONES: Nueva Ley.- Artículos del 1 al 26.- Dictaminada conjuntamente con las presentadas por el PAN y el PRD.- Se pone a discusión y, a nombre de la comisión dictaminadora, hace uso de la palabra el diputado Joaquín Montaño, quien presenta un punto de acuerdo respecto a las modificaciones en el dictamen.- Sin debate se aprueba en lo general y en lo particular por 429 votos en pro y 2 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Propone el cambio de la denominación de la Ley por otra más incluyente que reconozca, desde su propia enunciación, la pluralidad en la que podrán organizarse los ganaderos del país y, la diversidad de formas asociativas que lograrán conformar de acuerdo con sus preceptos.


0220

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto que modifica diversas leyes fiscales y otros ordenamientos federales

FECHA PRESENT.: 19981113

PRESENTADA POR: Ejecutivo

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público

FECHA 1a. LEC.: 19981230

PUBLIC. D.O.F.: 19981231

OBSERVACIONES: Reforma los artículos 9, fracción II; 14-A, fracción I, inciso a) y el segundo párrafo de dicha fracción,; 16, último párrafo; 22, actual cuarto párrafo y el último párrafo del artículo; 29, primer y penúltimo párrafos; 29-B, tercer párrafo; 31, primero, cuarto y actual octavo párrafos; 32, cuarto párrafo; 32-A, fracciones I, segundo párrafo, inciso b) y III; primer párrafo, así como los párrafos tercero y quinto del artículo; 42, fracciones I y V; 46, fracción IV, segundo y séptimo párrafos; 47; 49, primer párrafo y fracciones I, II, IV, V y VI; 55, primer párrafo; 56, primer párrafo; 59, fracciones III, IV, V y VII; 62, primer párrafo; 66, fracciones I, noveno y actual décimo párrafos, II, primer párrafo y III, incisos a) y c) y antepenúltimo párrafo del artículo; 69, tercer párrafo; 75, fracciones I, inciso b) y V, segundo párrafo; 76, penúltimo párrafo; 79, fracción IV; 81, fracciones VII, XII, XIV, XVI y XIX; 82, fracciones II, inciso f) y XVI; 83, fracción VII; 84-B, fracción IV; 86-A, primer párrafo y fracción III; 86-B, fracciones I, II y III; 86-E; 92, cuarto párrafo; 103, primer párrafo; 104, fracciones I, II y IV, primer párrafo; 108, fracciones II y III; 110, fracción V; 111, fracción V; 113; 141, fracción I; 144, penúltimo párrafo; 150, tercer y cuarto párrafos; 185, último párrafo y 195, último párrafo; Adiciona los artículos 1, con un tercer párrafo, pasando los actuales tercero y cuarto a ser cuarto y quinto, respectivamente; 17-B; 18-A; 22, con un cuarto y un quinto párrafos, recorriéndose los actuales párrafos cuarto y siguientes en su orden; 26, con las fracciones XV, XVI, XVII y XVIII; 27, con un segundo, un tercer, un cuarto, un octavo y un décimo párrafos, pasando los actuales segundo, tercero y cuarto a ser quinto, sexto y séptimo párrafos, el actual quinto a ser noveno párrafo, y los actuales sexto y séptimo a ser décimo primero y décimo segundo párrafos, respectivamente; 29-B, con un cuarto párrafo, pasando el actual cuarto a ser quinto párrafo; 32-D; 42, con una fracción IX; 46, con un último párrafo; 50; 66, fracciones I, con un décimo y un décimo primer párrafos, pasando los actuales décimo y décimo primero a ser décimo segundo y décimo tercero, respectivamente y III, con un último párrafo; 67, con un tercer párrafo, pasando los actuales tercero a octavo a ser cuarto a noveno párrafos, respectivamente; 70, con un último párrafo; 70-A; 75, fracción I, con un último párrafo; 81, con las fracciones XX, XXI y XXII; 82, fracción II, con un inciso g) y con las fracciones XX, XXI y XXII; 84-G; 84-H; 86-B, con un último párrafo; 105, con las fracciones XII y XIII; 141, con un último párrafo; 141-A; 145, con una fracción V; 146, con un tercer párrafo, pasando el actual tercero a ser último párrafo; 146-A; 196, con un segundo párrafo; 196-A y 196-B; deroga los artículos 31, quinto párrafo; 58; 70, segundo párrafo; 81, fracciones XI y XVII; 82, fracciones XI y XVII y 146, actual último párrafo, del CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION; reforma los artículos 2, actuales tercer y quinto párrafos, fracción VI; 4-A, primer párrafo; 6, primero sexto, octavo y decimoprimero párrafos; 7-C; 7-D, segundo párrafo; 8; 10, primero y actual segundo párrafos; 10-A, primer párrafo; 10-C, primer párrafo; 12, fracciones I, primero y segundo párrafos y III; 12-A, fracción III, inciso b), primer párrafo; 15, primer párrafo; 16, fracciones I, último párrafo, II y III, primero y último párrafos; 19, fracción II; 19-A, segundo párrafo; 25, fracciones I, segundo párrafo; XXIII y XXV; 27, fracción III; 28, fracción IV; 31, primer párrafo; 52-A, segundo párrafo; 52-B, cuarto párrafo; 53, primer párrafo; 54-A, fracción III, inciso b); la denominación del Capítulo IV, del Título II, para quedar como "Del Régimen de Consolidación Fiscal"; 57-A; 57-B, fracciones IV y V; 57-C; 57-D, fracciones II, III y IV; 57-E; 57-F, fracción IV, inciso b); 57-G, fracciones II, IV, V, inciso b) y VI; 57-H, primer párrafo y las fracciones II y III y penúltimo párrafo; 57-I; 57-J; 57-K, fracción I; 57-LL, primer párrafo; 57-N, fracciones I, II y III; 57-Ñ; 57-O; 57-P; 58, fracción XIII; 64-A, último párrafo; 66, primer párrafo y fracción V, segundo párrafo; 67, segundo párrafo; 67-C, segundo párrafo; 67-E, fracciones I y II; 67-F, fracción VI; 67-G, fracción III, penúltimo párrafo; 68, último párrafo; 70, último párrafo; 71, segundo párrafo; 72, fracciones III, primer párrafo y VII; 77, fracción VII; 77-A, último párrafo; 80, la Tarifa, cuarto, quinto y octavo párrafos; 80-A, la Tabla; 80-B, primero y tercer párrafos; 86, segundo párrafo; 97, fracción I; 108, fracciones VII y VIII; 108-A, primer párrafo; 111, fracciones I, primer párrafo, III y IV, inciso b); 112-B, 112-C; 112-D; 119-A, último párrafo; 119-B, penúltimo párrafo; 119-I, fracción X; 119-J, fracción III, penúltimo párrafo; 119-K, penúltimo párrafo; 119-Ñ, fracción VIII; 120, fracción II; 121, primero, tercero y último párrafos; 122; 123, fracción IV; 124; 126, fracción I, 132; 135, primero, segundo, tercero y actual sexto párrafos; 137, fracción I, segundo párrafo; 141, la Tarifa; 141-A, la Tabla; 144, sexto párrafo y fracción II; 148-A, cuarto y quinto párrafos; 150, tercer párrafo; 151, cuarto y octavo párrafos; 151-A, tercer párrafo; 151-B, primero, segundo cuarto y actual quinto párrafos; 152, primer párrafo y las fracciones II, primero y segundo párrafos y III, primero y segundo párrafos; 153, último párrafo; 154, tercer párrafo y las fracciones I, segundo y tercer párrafos y III; 156, fracción II; 157, último párrafo; 159, primero, tercero y quinto párrafos; 159-A, último párrafo; 161, fracción II; adiciona los artículos 2, con un segundo párrafo, pasando los actuales segundo a quinto párrafos, a ser tercero a sexto párrafos; 5-B; 7-A, con un penúltimo párrafo; 7-B, fracción IV, inciso b), con un numeral 7; 10, con un segundo, tercero y cuarto párrafos, pasando los actuales segundo a cuarto párrafos a ser quinto a séptimo párrafos respectivamente; 10-A, con un tercer párrafo, pasando los actuales tercero a quinto párrafos a ser cuarto a sexto párrafos respectivamente; 17-A; 22, con un último párrafo; 24, fracción XXII, con un segundo párrafo; 57-H Bis; 64, con una fracción IV y el segundo párrafo con un inciso d); 66, fracción V, con un tercer párrafo; 68, con un segundo y tercer párrafos, pasando los actuales segundo y tercer párrafos a ser cuarto y quinto párrafos, respectivamente; 74-A; 108-A, con un segundo, tercero, cuarto y quinto párrafos, pasando los actuales segundo y tercer párrafos a ser sexto y séptimo párrafos, respectivamente; 112-B Bis; 112-C Bis; 120, con las fracciones V, VI; VII, VIII, IX, X y XI; 123, con una fracción V; 124-A; 135, con un cuarto párrafo, pasando los actuales cuarto a noveno párrafos a ser quinto a décimo párrafos respectivamente; 144, con un séptimo, octavo, noveno y décimo párrafos; 148-A, con un sexto y séptimo párrafos; 151-B, con un quinto párrafo, pasando los actuales quinto y sexto párrafos a ser sexto y séptimo párrafos, respectivamente; 152; fracciones I, con un último párrafo, II, con un tercer párrafo y con una fracción IV; 154, con una fracción IV; 154-C; 155, con un segundo párrafo, pasando el actual segundo párrafo a ser último párrafo; 158, con un último párrafo; 159-B; 159-C; deroga los artículos 2, penúltimo párrafo; 5, tercero a quinto párrafos; 10-A, actuales quinto a último párrafos; 17, fracción XI; 24, fracción XVIII; 27-A; 51; 51-A; 57-K, fracción III; 57-H, fracción I y último párrafo; 57-L; 57-M; 58, fracción IV; 74, noveno a decimoquinto y último párrafos; 77, fracción XIX, segundo párrafo; 108-bis; 112, fracción IV; 144, fracción III; 151, último párrafo; 154, cuarto párrafo y las fracciones I, quinto párrafo y II, inciso b); 155, último párrafo y 156, tercer párrafo de la LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA; deroga la fracción VI del artículo cuarto transitorio de la LEY QUE ESTABLECE Y MODIFICA DIVERSAS LEYES FISCALES, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 30 de diciembre de 1996; reforma los artículos 1, tercer y cuarto párrafos; 3, segundo párrafo; 4, fracción I, primer y cuarto párrafos; 5, cuarto párrafo; 8, tercer párrafo; 9, fracción VII; 15, fracción XIII; primer párrafo; 17, primer párrafo; 22; 25, fracción I; 29, fracciones I y VI; 32, tercer párrafo; 33, segundo párrafo; 41, fracción VI, primer párrafo y 42, primer párrafo; adiciona los artículos 1-A; 3, con un tercer párrafo, pasando el actual tercer párrafo a ser cuarto párrafo; 4, fracción I, con un quinto y sexto párrafos y con una fracción IV; 7, con un tercer párrafo; 15, con una fracción XVII; 32, fracción III, con un cuarto párrafo y con una fracción V; y 43; deroga los artículos 13; 17, cuarto párrafo y 31 de la LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO; reforma los artículos 2, fracciones I, incisos D), E), y F) y III; 2-C, fracción III; 3, fracciones III, V, IX, X y XV; 4, actuales primero, segundo y tercer párrafos y las fracciones I, segundo párrafo y II, primer párrafo; 5, segundo párrafo y actual quinto párrafo; 6; 8, fracción IV y último párrafo; 11, primero y actuales tercero y cuarto párrafos; 15, segundo párrafo y 19, fracciones II, primero y tercer párrafos, IV, primero, segundo y sexto párrafos, VIII, actuales primer y segundo párrafos, X, XI, XII, primero y segundo párrafos y XIII; adiciona los artículos 2, fracción II, con un inciso B); 3, fracciones I, XIII, XIV y XVIII; 4, con un primer párrafo, pasando los actuales primero a quinto párrafos, a ser segundo a sexto párrafos y el actual sexto párrafo, a ser octavo párrafo y con unséptimo párrafo; 5, con un tercer y cuarto párrafos, pasando los actuales tercero a séptimo párrafos a ser quinto a noveno párrafos;8, con las fracciones I, V y VI; 11, con un segundo párrafo, pasando los actuales segundo a quinto párrafos a ser tercero a sexto párrafos; 14, con un tercer párrafo; 17, con un segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo párrafos; 18, con un segundo y tercer párrafos; 19, fracciones VIII con un segundo párrafo, pasando los actuales segundo a cuarto párrafos, a ser tercero a quinto párrafos; XII, con un tercer párrafo, pasando el actual tercer párrafo, a ser cuarto párrafo, XIV, XV; XVI; XVII y XVIII; 20 y 24, con una fracción V; deroga los artículos 2, fracción I, incisos A), C) y G); 4,fracción IV; 4-A; 4-B; 4-C; 6-A; 8-B; 19, fracciones II, cuarto párrafo, IV, actuales cuarto y quinto párrafos y V; y, 25 fracción IV, de la LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS; reforma los artículos 3, fracción III; 5. fracciones I, en su Tabla y último párrafo, IV y el último párrafo y, 15-A; adiciona el artículo1-A, fracción II, con un último párrafo de la LEY DEL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHICULOS; reforma el artículo 194, último párrafo, del CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.- Se dispensan todos los trámites.- En votación nominal se aprueba en lo general y en lo particular por 348 votos en pro y 133 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO : Propone medidas para fortalecer la capacidad recaudatoria del sistema tributario; combatir la evasión y elusión fiscal; promover la inversión; mejorar la equidad; fortalecer el federalismo fiscal y, adecuaciones complementarias.

DEROGA: La fracción VI del artículo Cuarto Transitorio de la Ley que establece y modifica diversas Leyes Fiscales, de 30 de diciembre de 1996.


0217

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto que reforma la Ley de Coordinación Fiscal

FECHA PRESENT.: 19981113

PRESENTADA POR: Ejecutivo

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público

FECHA 1a. LEC.: 19981230

PUBLIC. D.O.F.: 19981231

OBSERVACIONES: Reforma los artículos 36 y 42 y adiciona los artículos 25, con las fracciones VI y VII, 43, 44, 45 y 46.- Se dispensan todos los trámites.- Se aprueban en lo general y en lo particular los artículos no reservados por 349 votos en pro y 126 en contra.- El artículo 25 se aprueba en lo particular por 324 votos en pro y 127 en contra, el 32 por 314 en pro y 125 en contra, el 33 por 312 votos en pro y 126 en contra, el 35 por 311 votos en pro y 120 en contra, el 36 por 310 en pro y 123 en contra, el 37 se aprueba por 315 votos en pro y 126 en contra, el 38 por 312 votos en pro y 121 en contra, se desecha la propuesta presentada por el diputado Bautista Villegas en relación con el artículo 33, por 278 votos en contra.- Se aprueba en lo general y en lo particular y se turna al Senado.

CONTENIDO: Propone coadyuvar con las entidades federativas y, en su caso, los municipios, en la actividad de la educación tecnológica y de adultos y la de seguridad pública.


0215

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999

FECHA PRESENT.: 19981113

PRESENTADA POR: Ejecutivo

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público

FECHA 1a. LEC.: 19981230

PUBLIC. D.O.F.: 19981231

OBSERVACIONES: Nueva Ley.- Artículos 1 al 22.- Se dispensa la lectura al dictamen.- En votación nominal se aprueban en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 349 votos en pro y 131 en contra.- En lo particular se aprueba el artículo 1, fracción I, por 313 votos en pro y 161 en contra y, el artículo 2, sexto párrafo por 293 votos en pro y 173 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Propone considerar nuevamente como grave el delito de defraudación fiscal, cuando sea por montos superiores a 1.5 millones de pesos o a 500 mil pesos cuando se realice mediante el uso de maquinaciones que lo conviertan en calificado; diversas medidas para adecuar las herramientas con que cuenta el fisco para castigar conductas que afectan indebidamente los ingresos públicos y que, la autoridad pueda condonar multas que derivan de los ingresos, a los contribuyentes con buen historial tributario; incorporar una retención en el pago del IVA para cierto tipo de contribuyentes que son susceptibles de un mayor control; adecuar el régimen fiscal aplicable a asociaciones en participación; regular las operaciones efectuadas por residentes en el extranjero; un cambio en la mecánica de determinación y entero del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios; modificaciones al régimen de consolidación fiscal y, beneficiar a las entidades federativas y municipios.


0219

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Ley que modifica la Ley Aduanera

FECHA PRESENT.: 19981113

PRESENTADA POR: Ejecutivo

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público

FECHA 1a. LEC.: 19981212

PUBLIC. D.O.F.: 19981231

OBSERVACIONES: Reforma los artículos 5; 9; 14, tercero, cuarto y quinto párrafos; 15, primer párrafo y fracciones I, primer párrafo, III, IV, primer párrafo, V, primero y tercer párrafos, VI y VII, así como el quinto párrafo del artículo; 21, segundo párrafo, fracciones I y II; 24; 26, primer párrafo; 28, tercer párrafo; 32, primer párrafo; 33, fracción I; 36, fracción I, inciso e) y segundo párrafo de la fracción; 41, fracción III; 43, primero, segundo, tercero, sexto, séptimo y octavo párrafos; 46; 50, tercer párrafo, fracción II; 54, segundo párrafo, fracción II y último párrafo del artículo; 62, fracción II, inciso b), segundo párrafo; 82, primer párrafo; 83, primero y tercer párrafos; 85, primer párrafo y fracción I; 86, primer párrafo; 87, fracción II y segundo párrafo del artículo; 88, segundo párrafo; 89, segundo y sexto párrafos; 92, primer párrafo; 93, primero y segundo párrafos; 100, segundo párrafo; 106, fracciones I, II, incisos d) y e), IV, inciso a), primer párrafo y V, primer párrafo e incisos c) y d); 107, primer párrafo; 108; 109, segundo y tercer párrafos; 110, primer párrafo y fracción I; 116, fracción IV y tercero y cuarto párrafos del artículo; 120, segundo párrafo; 121, fracción I; 127, tercer párrafo, fracciones III y IV; 128, segundo párrafo; 131, fracción I; 144, fracciones I, II, XIII, XV, XVIII y XXVIII; 146, fracción II; 151, fracciones I, III y IV, así como el actual segundo párrafo del artículo; 152, primero, segundo y tercer párrafos; 153, segundo párrafo; 154; 155, primer párrafo; 157; 160, fracciones V, segundo y tercer párrafos y VI, primero y actuales segundo y tercer párrafos; 162, fracción VII, inciso e); 163, fracción IV; 164, fracción VII; 165, fracción II, primer párrafo e incisos a) y b) y VII incisos a) y b); 168, fracción VII; 169, actuales segundo y tercer párrafo; 171, fracción IV; 173, fracciones I, primer párrafo e incisos a) y b) y segundo párrafo de la fracción, y V, incisos a) y b); 176, fracción III; 178, fracciones II y VI; 183, fracciones I, segundo párrafo, III, primer párrafo, IV y V; 184, fracciones I, III, VI, VII y VIII; 185, fracciones II, III, V y VI; 186, fracciones VI, XIV y XVI; 187, fracciones I, III y VI; adiciona los artículos 2, con las fracciones VIII y IX; 15, con un último párrafo; 36, fracción I, con un inciso g); 43, con un último párrafo; 52, con un último párrafo; 78-A; 78-B; 78-C; 84-A; 86-A; 87, con una fracción III; 89, con una fracción VII; 103, con un último párrafo; 106, fracciones II, con un inciso c), III, con un inciso e) y V, inciso c), con un segundo párrafo; 108, con un segundo y un tercer párrafos; 121, fracciones I, con un segundo, un tercer, un cuarto y un quinto párrafos y IV, con un segundo párrafo; 125, con una fracción III; 127, con un último párrafo; 144-A; 151, con las fracciones VI y VII, y con un segundo párrafo, pasando los actuales segundo, tercero y cuarto a ser tercero, cuarto y quinto párrafos del artículo, respectivamente; 153, con un último párrafo; 154, segundo y tercer párrafos; 160, fracción VI, con un segundo párrafo, pasando los actuales segundo y tercero a ser tercero y cuarto párrafos de la fracción, respectivamente; 162, con una fracción XI; 166, con un segundo párrafo; 169, con una fracción V y con un segundo y un tercer párrafos, pasando los actuales segundo y tercero a ser cuarto y quinto párrafos del artículo, respectivamente; 173, fracción VI, con un segundo párrafo; 176, con las fracciones VII, VIII, IX y X; 178, fracción III, con un segundo párrafo y con las fracciones VII, VIII y IX; 183-A; 184, con las fracciones XI, XII, XIII y XIV; 185, con las fracciones X, XI, XII y XIII; 186, con las fracciones XVII, XVIII y XIX; 187, con las fracciones IX y X; deroga los artículos 15, segundo y tercer párrafos; 32, segundo párrafo; 49; 82, segundo párrafo; 106, fracción IV, inciso b), segundo párrafo y segundo párrafo del artículo; 116, segundo párrafo; 121, fracción II; 158, segundo párrafo; 172, fracción IV; 177, fracciones III y XI; 178, fracción IV, segundo párrafo y segundo y tercer párrafos del artículo y 183, fracción III, segundo párrafo.- Se dispensan todos los trámites.- La Secretaría da lectura a una fe de erratas y sin debate se aprueba en votación nominal por 456 votos en pro y 2 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Propone revisar los procedimientos de verificación y control vigentes, para dotar a la autoridad con los elementos necesarios para combatir eficientemente las prácticas fraudulentas del comercio exterior.


0218

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Ley que modifica la Ley Federal de Derechos

FECHA PRESENT.: 19981113

PRESENTADA POR: Ejecutivo

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público

FECHA 1a. LEC.: 19981212

PUBLIC. D.O.F.: 19981231

OBSERVACIONES: Reforma los artículos 1, cuarto párrafo; 16; 19-C, fracción I, primer párrafo; 19-E, primer párrafo, fracciones I primer párrafo, II, III, IV, V y VI; 19-F; 22, fracción IV, inciso C; 25, fracción IV, inciso b), IX y XI; 29-A, fracciones II y IV; 29-I, primer párrafo; 29-P, fracción II; 29-Q, fracción II; 29-T, fracción I, incisos e) y f); 30-A, fracciones II, III, V y VI; 30-B, fracciones I, II y III; 31-A, fracciones I, II, IV y V; 40; 62, primer párrafo; 67, 76; 86-A, fracción VIII; 86-B; 91; 104, fracciones I y II; 135, primer párrafo; 165, fracciones II y III; 172, fracciones I, II y V; 178, primer párrafo; 187, Apartados A, fracciones I, V, VII y X, B, fracción I, D, fracción II y E fracción I, primer párrafo; 192-A, fracción I y III; 192-D; 194-D, fracciones I y II en su Tabla; 194-E, primer párrafo; la denominación de la Sección VI del Capítulo XIII, del Título Primero, para quedar como "Servicios de Flora y Fauna Silvestres"; 194-F, los Apartados A, primer párrafo y fracción I y B, fracción I, segundo párrafo y II; 194-H; 194-J, fracciones I y II; 194-V, fracciones I, inciso c) y II, inciso c); 195-A, fracciones I, II, III y IV; 195-E, primer párrafo; 195-G, fracción I, inciso c); 195-I, primer párrafo y fracción III, incisos a), b) y c); 222, primer párrafo; 224; 224-A, último párrafo; 231; 231-A; 232, primer párrafo, fracciones I, IV; V, VI y VII; 232-C, en su Tabla y tercer párrafo; 232-D; 234, primer párrafo; 234-A, primer párrafo; 236, primer párrafo; 236-B; 239, quinto párrafo, 240, primer párrafo, fracciones I y II; 264, primer párrafo; 277 fracciones VI, X y XVI; 278, primer y segundo párrafos; 278-A; 278-B, fracción II, segundo, cuarto y sexto párrafos, en su Tabla y el párrafo siguiente a ésta; 278-C, fracción III, primer y segundo párrafos; 281-A, último párrafo; 282, fracción I; 282-A, primero y segundo párrafos; 282-B, primer párrafo; 282-C, primer párrafo y en su Tabla; 282-D; 283, tercer y cuarto párrafos; 286-A; adiciona los artículos 7; 8, con las fracciones I, III y VIII; 15; 19-C, fracción I, con un último párrafo, III y IV; 19-G, con un último párrafo; 19-I, fracción I, con un inciso d); 19-J; 24, con una fracción VII; 25, con una fracción VI; 29-A, con una fracción III; 29-T, fracción I, con un inciso k); 31-B; una Sección Unica al Capítulo Quinto, del Título I, para denominarse "Permisos en Materia de Energía Eléctrica y Gas Natural", comprendiendo los artículos 56 y 57; 62, con una fracción VI; 74-B; 74-C; 184, con las fracciones XXIV y XXV; 187, Apartados D, con una fracción III y F con una fracción IV; 194-F, apartado B, con las fracciones V y VI; 194-D; 195-C, con una fracción III; 195-I, fracciones III, con un último párrafo y VII; 223, Apartado B, fracción I, con las zonas de disponibilidad; 232, fracción I, con un segundo párrafo; 232-C, con los párrafos segundo, tercero y cuarto, pasando el actual tercero a ser quinto; 232-E; 233, con las fracciones V, VI y VII; 234, con un último párrafo; 236, con una Tabla; 244; 277, con las fracciones XIX, XX, XXI, XXII, XXIII y XXIV; 278-B, con las fracciones III, IV y V; 282, con las fracciones VII y VIII; 285, con una fracción III; deroga los artículos 11, fracciones I, V, inciso b) y VIII; 25, fracción X; 30-B, fracciones IV, V y VI; 92; 92-A; 178, fracción III; 181; 194-F, Apartado A, fracciones II, III, IV y último párrafo de dicho Apartado; 194-V, fracciones I, incisos d) y e), II, incisos d), e) y f), III, IV y V; 195-A, fracción VII; 222, los dos últimos párrafos; 232-C, segundo párrafo; 233, fracción I; 236, segundo párrafo; 239, tercer párrafo; 240, fracción III; 278, último párrafo; 278-B, fracción II, último párrafo.- Se dispensan todos los trámites.- Sin debate se aprueba en votación nominal por 470 votos en pro y 1 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Propone ajustes a las cuotas que se aplican en comercio exterior, radio y televisión, minería y correduría pública, la inclusión de derechos que hagan posible la obtención de recursos para financiar el costo de estos servicios; promover convenios de colaboración administrativa en materia de coordinación fiscal; inducir el uso racional de los bienes del dominio público; instrumentar mecanismos fiscales que promuevan el equilibrio ambiental; establecer congruencia entre la Ley y las leyes sectoriales y, adecuar el marco legal a las nuevas estructuras del mercado.


0216

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999

FECHA PRESENT.: 19981113

PRESENTADA POR: Ejecutivo

TURNADA A COMS: Programación, Presupuesto y Cuenta Pública

FECHA 1a. LEC.: 19981231

PUBLIC. D.O.F.: 19981231

OBSERVACIONES: Presenta proyecto de Presupuesto.- Se dispensan todos los trámites.- Se aprueba en lo general por 340 votos en pro y 127 en contra.- Diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRD, PVEM Y PT, presentan voto particular.- Se aprueban los artículos reservados por 308 votos en pro y 121 en contra.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Pretende dar impulso a la mejora de la seguridad pública; aumentar el gasto social sobre todo en lo relativo al combate a la pobreza extrema; que dentro de la inversión impulsada por el sector público, la destinada a los proyectos del sector energético sea superior a la del presente año; avanzar en el fortalecimiento del federalismo; impulsar el desarrollo rural y, el uso más eficaz de los recursos públicos y dar mayor información a la ciudadanía.


0234

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Ley de la Comisión de Protección al Usuario de Servicios Financieros

FECHA PRESENT.: 19981119

PRESENTADA POR: Dip. Charbel Jorge Estefan Chidiac PRI

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público

FECHA 1a. LEC.: 19981212

PUBLIC. D.O.F.: 19990118

OBSERVACIONES: Nueva Ley, en su publicación aparece como Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.- Artículos 1 al 72.- Se dispensan trámites.- Sin debate se aprueba en lo general y en lo particular por 369 votos en pro y 31 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Crea la Comisión de Protección al Usuario de Servicios Financieros, como un organismo descentralizado de la administración pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, la que cuenta con plena autonomía técnica y facultades ejecutivas para dictar y hacer cumplir sus laudos y, con la organización y atribuciones que la Ley establece.


0233

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Ley de Protección al Ahorro Bancario

FECHA PRESENT.: 19981119

PRESENTADA POR: Dip. Fauzi Hamdan Amad PAN

TURNADA A COMS: Hacienda y Crédito Público

FECHA 1a. LEC.: 19981212

PUBLIC. D.O.F.: 19990119

OBSERVACIONES: Nueva Ley.- Artículos 1 al 93.- Dictaminada conjuntamente con las presentadas por el Ejecutivo el 26 y 31 de marzo de 1998.- Se dispensan los trámites y se pone a discusión y votación.- Sin debate se aprueba en votación nominal por 325 votos en pro y 159 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Tiene por objeto establecer un sistema de seguro de los depósitos bancarios, con los límites que esta Ley determine, para garantizar el pago de las operaciones que realizan las instituciones de banca múltiple, en beneficio de las personas usuarias del servicio de banca y crédito, así como las bases para la organización y funcionamiento de la entidad pública encargada de estas atribuciones.


0253

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto de reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; reformas al Código Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal; adiciones a la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y, adiciones al Código Federal de Procedimientos Penales

FECHA PRESENT.: 19981203

PRESENTADA POR: Dip. Luis Patiño Pozas PT

TURNADA A COMS: Justicia

FECHA 1a. LEC.: 19981213

OBSERVACIONES: Adiciona el artículo 2, con una fracción VI, corriéndose la actual fracción VI para pasar a ser VII y así sucesivamente de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; reforma el artículo 400 bis, párrafo cuarto y deroga el actual párrafo quinto, pasando los actuales párrafo sexto y séptimo a ser quinto y sexto, respectivamente del Código Penal para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en materia de Fuero Federal; adiciona una fracción XI al artículo 4, corriéndose en su orden la actual fracción XI pasando a ser XII y así sucesivamente de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y adiciona el último párrafo, último renglón del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales.- Dictaminada conjuntamente con las presentadas por el PAN y PRI.- Se dispensan los trámites.- Sin debate se aprueba en votación nominal por 388 votos en pro y 16 en contra.- Pasa al Senado.

CONTENIDO: Tiene como propósito que se establezca una fiscalía especial en delitos bancarios, para que la misma, y de oficio, cuando presuma la comisión del o los delitos en esta materia, integre la averiguación previa correspondiente y, en su caso, ejercite acción penal; la obligación por parte de la misma Comisión de remitir al fiscal especial de delitos cometidos por funcionarios que representan las entidades del sector financiero, el resultado final de las auditorías que se hayan practicado, en un lapso no mayor de 30 días hábiles, a partir de su conclusión; que no se requiera la denuncia previa por larte de la SHCP para que el Ministerio Público pueda integrar averiguaciones previas en materia de delitos bancarios y que, los delitos cometidos por personas que forman parte de las instituciones nacionales de crédito, sean catalogados como graves.


0297

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto por el que se expide la Ley de la Policía Federal Preventiva y se reforman diversas disposiciones de otros ordenamientos legales

FECHA PRESENT.: 19981212

PRESENTADA POR: Ejecutivo Origen Senado

TURNADA A COMS: Justicia; Seguridad Pública

FECHA 1a. LEC.: 19981213

PUBLIC. D.O.F.: 19990104

OBSERVACIONES: Nueva Ley, artículos 1 al 15.- Reforma la fracción XXXIV del artículo 27 y la fracción XII del artículo 31; adiciona la fracción XXXV al artículo 27 y deroga la fracción X del artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; reforma los artículos 16; 17 y 151, párrafo primero de la Ley General de Población; reforma la fracción II del artículo 3 de la Ley de Vías Generales de Comunicación; reforma la fracción IV y deroga la fracción VII del artículo 5 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; reforma la fracción VIII del artículo 144 de la Ley Aduanera; reforma la fracción II del artículo 7 de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.- Se dispensan todos los trámites.- Se aprueba en lo general por 341 votos en pro y 128 en contra y, en lo particular, por 342 votos en pro y 121 en contra.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de la Policía Federal Preventiva.


0313

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

FECHA PRESENT.: 19981213

PRESENTADA POR: Ejecutivo Origen Senado

TURNADA A COMS: Programación, Presupuesto y Cuenta Pública; Asuntos de la Juventud

FECHA 1a. LEC.: 19981221

PUBLIC. D.O.F.: 19990106

OBSERVACIONES: Nueva Ley.- Artículos del 1 al 17.- Dictaminada conjuntamente con la presentada por el PRD en la LVI Legislatura, con fecha 22 de abril de 1997.- Se dispensan todos los trámites.- Se aprueban en lo general y en lo particular los artículos no impugnados por 407 votos en pro y 7 en contra.- En votación nominal se aprueba en lo particular el artículo 8, por 314 votos en pro y 90 en contra.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Pretende definir e instrumentar una política nacional que permita incorporar plenamente a los jóvenes al desarrollo integral del país, creando el Instituto que será asesor del Ejecutivo en la planeación y programación de las políticas y acciones relacionadas con este fin y, órgano de consulta y asesoría de la administración pública federal y de las autoridades estatales y municipales.


0314

PERIODO: 1er. Ordinario AÑO: II

INICIATIVA : Decreto por el que se reforman los artículos 3o. y 6o. del que autorizó al Poder Ejecutivo Federal a firmar en representación del Gobierno de México el texto del Convenio Sobre el Fondo Monetario Internacional

FECHA PRESENT.: 19981229

PRESENTADA POR: Ejecutivo Origen Senado

TURNADA A COMS:

PUBLIC. D.O.F.: 19990105

OBSERVACIONES: Reforma los artículos 3o. y 6o. del Convenio.- La Asamblea dispensa todos los trámites.- Se aprueba en votación nominal por 333 votos en pro y 45 en contra.- Pasa al Ejecutivo.

CONTENIDO: Solicita autorización para que el Banco de México efectúe al Fondo la aportación de los derechos especiales de giro y, señala, que el gobierno garantizará las operaciones que se realicen.


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