Texto Aprobado
Cuadro Comparativo
Iniciativa
Dictamen
Oficio JCP
Moción Suspensiva
Considerandos Modificados
Comparativo
Reservas
Votación
Versión Estenográfica
 
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En sesión ordinaria del 15 de diciembre de 2011, la Cámara de Diputados, aprobó el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El proceso legislativo de dicha modificación es el siguiente:

  1. En sesión del 18 de marzo de 2010, el diputado José Ricardo López Pescador, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    En resumen, la iniciativa proponía incluir el derecho a la libertad de conciencia y de religión, concibiéndolo como la libertad de tener o adoptar, o no tener ni adoptar, la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de ritos, las prácticas, la difusión y la enseñanza, siempre que no constituyan una falta o un delito sancionado por la ley. Asimismo prevé que el Estado respetará la libertad de los padres o tutores legales para garantizar que los hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones.

    Fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.

  2. En fecha 14 de diciembre de 2011, la Comisión de Puntos Constitucionales remitió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, el dictamen a dicha iniciativa.

    El dictamen fue incorporado en el orden del día de la sesión del 15 de diciembre de 2011, para efectos de Declaratoria de Publicidad.

  3. Durante la misma sesión del 15 de diciembre, la Junta de Coordinación Política, solicitó por escrito, que al citado dictamen se le dispensaran todos los trámites y fuera sometido a discusión y votación de inmediato, lo cual fue aprobado por el Pleno.

  4. Iniciado el tema, el diputado Feliciano Rosendo Marín Díaz del GPPRD, presentó una Moción Suspensiva.

    El argumento principal de la Moción se versó en el procedimiento empleado al interior de la Comisión de Puntos Constitucionales para la elaboración del dictamen.

    El diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas del GPPAN, impugnó en tribuna la Moción Suspensiva.

    Se decretó un receso a las 14:33 horas para que los grupos parlamentarios buscaran los mayores consensos para aprobar el dictamen.

  5. A las 16:55 horas, se reanudo el tema y el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas, hizo uso de la tribuna para fundamentar el dictamen y presentó modificaciones al mismo.

  6. Hicieron uso de la palabra diversos diputados para rectificación de hechos y alusiones personales.

  7. Discutida la Moción Suspensiva fue puesta a votación, para dicho efecto se instruyó la apertura del Sistema Electrónico de Votación.

    El resultado fue 98 votos en pro, 163 votos en contra, y 10 abstenciones.

    La Moción Suspensiva fue desechada, por lo que el dictamen fue puesto a discusión.

  8. A las modificaciones presentadas por el diputado Carlos Alberto Pérez Cuevas del GPPAN, se integraron propuestas presentadas por el diputado Felipe Solís Acero del GPPRI, las cuales fueron aceptadas por ser coincidentes. Las modificaciones fueron a la parte de consideraciones del dictamen.

  9. Por los grupos parlamentarios fijaron posición los diputados Jaime Cárdenas Gracia por el GPPT, Teresa Incháustegui  Romero por el GPPRD, Javier Corral Jurado por el GPPAN y Felipe Solís Acero por el GPPRI.

  10. Hicieron uso de la palabra diversos diputados en contra y en pro del dictamen.

  11. Se presentaron diversas reservas para la discusión en lo particular del dictamen:

    a) Dos de la diputada Enoé Margarita Uranga del GPPRD, al párrafo primero y al párrafo tercero del artículo 24.

    b) Una del diputado Porfirio Muñoz Ledo del GPPT, al tercer párrafo del artículo 24.

    c) Dos del diputado Jaime Cárdenas Gracia, al párrafo primero y al párrafo tercero del artículo 24.

    Sólo fueron aceptadas las reservas presentadas por la diputada Enoé Margarita Uranga del GPPRD.

  12. Considerado suficientemente discutido el dictamen en lo general y en lo particular, se sometió a votación con las modificaciones aceptadas (presentadas al momento de su fundamentación y las reservas que propuso la diputada Enoé Uranga).

    El resultado de dicha votación fue de 199 votos a favor, 58 en contra y 3 abstenciones.

    Por lo que siendo aprobado por mayoría calificada, fue remitido el proyecto al Senado de la República.

  13. Se incluye cuadro comparativo que muestra, el texto del artículo 24 constitucional vigente, el propuesto en el dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales y el aprobado por la Cámara de Diputados el 15 de diciembre de 2011.


  14. De la misma manera se integra la versión estenográfica correspondiente a la sesión del 15 de diciembre de 2011.

 

 

 
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